Sociedad
Coronavirus: Sigue bajando la curva de contagios en Río Negro
Lo que no baja es la ocupación de las camas de Terapia Intensiva. Fallecieron 11 personas en las últimas 24 horas.

410 pacientes curados
35 de General Roca, 5 de Allen, 15 de Villa Regina, 44 de Cipolletti, 10 de Fernández Oro, 18 de Cinco Saltos, 2 de Barda del Medio, 1 de Campo Grande, 10 de Catriel, 8 de Choele Choel, 4 de Chimpay, 4 de Darwin, 8 de Luis Beltrán, 9 de Lamarque, 2 de Pomona, 11 de Río Colorado, 73 de Viedma, 4 de General Conesa, 2 de Guardia Mitre, 14 San Antonio Oeste, 1 de Las Grutas, 3 de Sierra Grande, 1 de Valcheta, 104 de San Carlos de Bariloche, 5 de Dina Huapi, 12 de El Bolsón, 3 de Comallo, 1 de Maquinchao, y 1 de Sierra Colorada.
245 pacientes confirmados
13 de General Roca, 14 de Allen, 1 de Cervantes, 2 de Ingeniero Huergo, 1 de General Godoy, 9 de Villa Regina, 53 de Cipolletti, 3 de Fernández Oro, 3 de Cinco Saltos, 1 de Campo Grande, 28 de Catriel, 11 de Choele Choel, 3 de Chimpay, 1 de Coronel Belisle, 6 de Lamarque, 3 de Río Colorado, 26 de Viedma, 7 de General Conesa, 10 San Antonio Oeste, 1 de Las Grutas, 1 de Valcheta, 38 de San Carlos de Bariloche, 1 de Dina Huapi, 3 de El Bolsón, 5 de Comallo, y 1 de Ingeniero Jacobacci.
11 pacientes fallecidos
Una mujer de 65 años de General Roca, un hombre de 53 años de Allen, dos hombres de 66 y 70 años de Cipolletti, un hombre de 56 años de Fernández Oro, una mujer de 48 años de Cinco Saltos, dos hombres de 33 y 47 años de Catriel, una mujer de 40 años de Viedma, y dos mujeres de 62 y 66 años de San Carlos de Bariloche.
Totales
4.410 activos
75.002 curados
1.871 fallecidos
INFORME COMPLETO DEL MINISTERIO DE SALUD DE RÍO NEGRO
Roca
Después de la lluvia, suben las temperaturas y vuelve el viento al Valle
La AIC anticipa varios días de altas temperaturas, viento persistente y condiciones inestables hacia el inicio de la próxima semana.

Luego de las intensas lluvias registradas el miércoles (04/02) en el Alto Valle, el tiempo en General Roca comienza a estabilizarse, aunque el alivio será solo parcial. Según el pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC), se esperan varios días de calor intenso, con viento persistente y algunas condiciones de inestabilidad hacia el inicio de la próxima semana.
Para este jueves (05/02) y viernes (06/02) se prevén jornadas mayormente despejadas, con temperaturas máximas que oscilarán entre los 28°C y 30°C, y mínimas frescas durante la noche. El viento será moderado, predominando del sector oeste y sudoeste, con ráfagas que podrían superar los 35 km/h.
El sábado (07/02) marcará un nuevo ascenso térmico, con cielo despejado y una máxima cercana a los 35°C, acompañado por viento del noreste. Las ráfagas nocturnas podrían alcanzar los 66 km/h, por lo que se recomienda precaución, especialmente en zonas abiertas.
El pico de calor llegará el domingo (08/02), cuando la temperatura podría trepar hasta los 38°C, con condiciones de sol radiante durante el día y un marcado incremento del viento hacia la noche, con ráfagas que superarían los 70 km/h.
A partir del lunes (09/02) y martes (10/02), la AIC anticipa un descenso de la temperatura, pero con tiempo inestable y ventoso, máximas que rondarán los 24°C a 27°C y ráfagas que podrían alcanzar los 75 km/h, manteniendo el protagonismo del viento en la región.
Río Negro
Se abona el incentivo especial para quienes trabajaron durante las Fiestas
El pago se efectuará el próximo martes 10 de febrero.

El próximo martes (10/02) se abonará el incentivo especial para el personal esencial de la Administración Pública que cumplió funciones durante la Navidad y el Año Nuevo. «De esta manera, el Gobierno Provincial reconoce a quienes garantizaron la continuidad de los servicios esenciales en estas fechas tan especiales», destacaron desde el Ejecutivo.
El beneficio incluye a todo el personal esencial que prestó tareas el 24, 25 y 31 de diciembre de 2025; como también el 1 de enero del corriente año.
El pago del incentivo, no remunerativo y no bonificable, representa $93.750 por cada día trabajado, guardia o turno completo, para el personal comprendido en las leyes 679, 1844 y 5185 que prestaron servicios en dependencias del Ministerio de Desarrollo Humano, Deporte y Cultura; Secretaría de Estado de Energía y Ambiente; Ministerio de Seguridad y Justicia, y Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo.
Además, el beneficio incluye al personal policial y penitenciario, brigadistas del SPLIF, agentes de áreas naturales protegidas y personal de servicios esenciales en los CAINA, en centros socioeducativos, en dispositivos de guardias, y los orientados a la atención familiar en situación de vulnerabilidad y adultos mayores.
En el caso del sistema de salud, se dispuso el pago doble de las horas extras u horas pasivas que cumplió el personal de la Ley 1844 y el pago doble de las guardias activas o pasivas para el personal de la Ley 1904 y para los médicos y médicas residentes comprendidos en la Ley 4919..
Judiciales
Ley de Derecho a la Identidad de Género: Ordenan a una obra social cubrir cirugías de adecuación corporal
Una persona exigió a su obra social una vaginoplastía reconstructiva y una rinoplastía femnizante, aunque necesito recurrir a la Justicia para obtener una respuesta.

Una persona solicitó mediante un amparo la cobertura integral de dos intervenciones quirúrgicas en el marco de su proceso de adecuación corporal. Con sustento en la Ley Nacional de Derecho a la Identidad de Género, y con derivaciones médicas, exigió a su obra social una vaginoplastía reconstructiva y una rinoplastía femnizante.
Durante varios meses insistió con su obra social, pero no obtuvo respuesta formal. Ni por la aceptación, ni por el rechazo. Entonces, realizó una presentación judicial.
La Ley Nacional N° 26.743 garantiza el acceso a intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales sin necesidad de autorización judicial o administrativa. En su presentación, citó fallos del Superior Tribunal en el mismo sentido.
Ya hace 9 años que inició un tratamiento hormonal. Acompañó en su demanda los informes médicos. Argumentó que su situación económica no le permitía afrontar los costos por cuenta propia.
Cuando recibió el pedido judicial, la obra social estatal activó inicialmente los trámites. Dijo que autorizaba la vaginoplastía. No así la operación de nariz, ya que esa práctica no estaba en el listado de procedimientos con cobertura obligatoria. Dijo, además, que era una intervención de carácter estético.
Por otro lado, en el informe que remitió al fuero de Familia de Viedma, dio cuenta que no cubriría el total de la operación vaginal. Había rubros que quedaban por cuenta de la mujer. Si bien contactó al sanatorio Güemes, donde se realizaría la intervención, pasaron semanas sin que hubiera un turno específico. Entonces, la demandante pidió que se dicte sentencia.
La jueza de familia de Viedma hizo lugar al planteo y ordenó que las prácticas médicas se realicen con asistencia completa, sin reintegros, en los centros de salud propuestos. Uno en Buenos Aires y otro en la capital provincial. La orden incluye la supervisión de su médica tratante, los gastos de internación y el tratamiento posoperatorio.
La jueza valoró las constancias del expediente y advirtió que, aunque la obra social aceptó en términos generales la primera cirugía, no garantizó su cobertura de manera integral. Señaló que en la documentación presentada quedaron excluidos varios conceptos fundamentales, como los honorarios de anestesia, medicamentos especiales, materiales implantables y tratamientos posteriores. Pese a las intimaciones judiciales, no se ofrecieron precisiones sobre estos puntos.
Respecto de la rinoplastia, la magistrada consideró que la evaluación del procedimiento no podía basarse únicamente en un criterio estético. Afirmó que la identidad de género se vincula directamente con la vivencia personal del cuerpo y que esa valoración corresponde únicamente a la persona interesada, de acuerdo con los Principios de Yogyakarta y la legislación nacional.
En el fallo se citó jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, que reconoció que las intervenciones solicitadas por personas trans, en el marco de procesos de adecuación corporal, no deben considerarse cuestiones estéticas menores.
El fallo de la jueza de Familia consideró que la falta de otras vías efectivas y la urgencia acreditada habilitaron el dictado de una medida de amparo. La sentencia puede ser apelada en instancias superiores.









