Judiciales
Nuevamente le denegaron salidas transitorias al único condenado por el primer triple Crimen de Cipolletti
Claudio Kielmasz, de 48 años, está detenido desde los 23 y cumple una condena de prisión perpetua como “coautor de secuestro agravado y reagravado seguido de muerte”.

El juez de Ejecución de Roca Fernando Romera denegó hoy (18/08) el beneficio de salidas transitorias que solicitó la Defensa Pública para Claudio Kielmasz, el hombre que cumple una condena de prisión perpetua por su participación en el primer triple crimen de Cipolletti.
El hombre se encuentra detenido en la cárcel de Senillosa y según se informó en la audiencia, cuenta con suficientes años de pena cumplida y con suficientes calificaciones de concepto y conducta para solicitar el beneficio. Sin embargo, las distintas áreas que componen el Consejo Correccional de esa penitenciaría evaluaron otras circunstancias para concluir en forma unánime en un dictamen desfavorable para la concesión de las salidas transitorias.
Cabe señalar que la Ley de Ejecución de Penas (Ley Nacional N°24.660) impone a los jueces, para poder conceder ese beneficio, que la persona condenada cuente con un informa favorable de su Consejo Correccional. En la audiencia realizada hoy se analizó el informe desfavorable emitido en Senillosa, que se centra en los riesgos criminológicos que aún se detectarían en Kielmasz. En función de se informe, más los argumentos que expusieron la fiscalía y la parte querellante, el juez resolvió denegar el beneficio solicitado.
Aclaró, sin embargo, que esta decisión no es definitiva, puesto que nada impide que en un futuro cuente con un informe favorable del Servicio Penitenciario y pueda acreditar avances más significativos en su tratamiento penitenciario, especialmente en el aspecto psicológico y psiquiátrico.
Tanto la defensa pública como el propio Kielmasz cuestionaron en la audiencia que las sesiones de psicoterapia en el penal, que forman parte del tratamiento obligatorio que debe realizar el detenido para su resocialización, se realizan de manera muy discontinua e impiden la consolidación de los avances. Por esa razón el juez ordenó a las autoridades penitenciarias reforzar ese aspecto del tratamiento y garantizar sesiones al menos de manera quincenal.
En su resolución, que expresó oralmente el juez en la audiencia, Romera argumentó: “El señor Kielmasz está en condiciones temporales, está en período de prueba, tiene los guarismos (las calificaciones) correspondientes, no tiene sanciones disciplinarias, pero hay cuestiones que también debemos observar y que hacen a los requisitos legales para pronunciarnos en esta resolución. En este caso, resuelvo no incorporarlo a las salidas transitorias porque no contaríamos con los requisitos legales del art. 17 inciso 4 de la Ley 24.660 (el informe favorable)”.
Dirigiendo su resolución personalmente al hombre detenido, quien participó de la audiencia a través de la plataforma Zoom, el juez fundamentó: “señor Kielmasz, quiero decirle que creo que la resocialización del individuo, creo en el régimen de progresividad, creo en la Ley 24.660 y en los decretos que la reglamentan, creo en el informe y la ampliación de informe que hace la psiquiatra del Cuerpo de Investigación Forense de Roca, y creo que usted va a recuperar la libertad en algún momento, porque usted está dentro de un régimen de progresividad y a mí la ley me obliga a probarlo a usted en el medio libre. Hoy no es la oportunidad, pero esta judicatura le va a ordenar al Establecimiento Penitenciario que usted tenga una asistencia psicológica al menos de manera quincenal, porque usted está en condiciones temporales de salir en cualquier momento, tiene muchos de los requisitos legales pero no todos, por eso no se pueden llevar adelante las salidas transitorias en este momento”.
Cabe señalar que Kielmasz, de 48 años, está detenido desde los 23. Cumple una condena de prisión perpetua como “coautor de secuestro agravado y reagravado seguido de muerte”, delitos de los que resultaron víctimas tres jóvenes cipoleñas. Kielmasz fue condenado en julio de 2001, aunque está detenido desde fines de diciembre de 1997.
Judiciales
La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra
Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.
La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.
El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.
La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.
El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.
Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.
Judiciales
Escándalo por la «falsa médica» en Roca: La Fiscalía pide mantener la tobillera y la inhibición de bienes
La mujer está acusada de usurpación de títulos, falsificación de documentos y defraudación contra la administración pública en clínicas privadas y el Hospital.

La investigación por el ejercicio ilegal de la medicina en General Roca sumó nuevos y preocupantes capítulos durante la audiencia realizada esta mañana (20/04). El Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que se mantengan las medidas cautelares vigentes contra la mujer denunciada por las autoridades del Ministerio de Salud provincial.
Según la Fiscalía, la gravedad del caso trasciende la faz administrativa: familiares de personas que habrían sido atendidas por la imputada han comenzado a presentar denuncias particulares por mala praxis, lo que abre una nueva y compleja línea de investigación.
La representante fiscal fue contundente al describir el accionar de la mujer «habría trabajado los últimos 6 años cometiendo delitos de ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación y uso de documento público falso, además de defraudación agravada contra la administración pública». El engaño no se limitó a un solo lugar, sino que se extendió por tres instituciones diferentes: una clínica privada donde permaneció 6 años, otra por algunos meses y el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde prestó servicios durante 2 años.
Ante este panorama, la Fiscalía sostiene que es imperativo mantener la custodia de la documentación y asegurar que la acusada no interfiera con el proceso.
Por este motivo, se pidió que continúen vigentes por el plazo de seis meses la colocación de la tobillera de control satelital, la prohibición de salida del país y la obligación de mantener su domicilio actual.
Asimismo, sigue firme la inhibición general de bienes, afectando tanto sus inmuebles como su vehículo particular.
El juez de Revisión dará a cnocer su resolución mañana (21/04) a las 9 de la mañana en la sala de audiencias de los Tribunales roquenses.
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Caso Valentín Mercado: Piden confirmar la condena contra el anestesiólogo por el daño cerebral irreversible
Tras la apelación de la defensa del profesional condenado por homicidio culposo, la Fiscalía solicitó al Tribunal de Impugnación que ratifique la sentencia en todos sus términos.

La causa por la muerte del niño Valentín Mercado Toledo sumó una instancia clave en el Tribunal de Impugnación de Río Negro. Tras el recurso presentado por la defensa del anestesiólogo condenado por homicidio culposo, la Fiscalía y la querella solicitaron formalmente que se confirme la sentencia original, rechazando cualquier reducción de la pena o limitación de la inhabilitación profesional.
El eje del conflicto radica en el planteo del profesional, quien busca que su inhabilitación para ejercer se circunscriba únicamente al ámbito pediátrico. Ante esto, el fiscal del caso fue tajante al señalar que la desatención durante la cirugía fue la causa directa del desenlace fatal. «Lo sucedido fue que la desatención por parte del imputado impidió advertir el súbito taponamiento, lo que derivó en un paro cardíaco», explicó. Según el Ministerio Público, el médico no cumplió con el consentimiento informado en el que asumía la responsabilidad de velar por el paciente durante toda la intervención.
La reconstrucción de los hechos indica que existieron cuatro minutos iniciales y determinantes en los que el anestesiólogo no actuó conforme a su rol. Si bien luego se logró estabilizar al niño con adrenalina y un cambio de tubo traqueal, la demora fue tan extensa que el daño cerebral resultó irreversible.
La querella acompañó estos argumentos, dejando la decisión final en manos del Tribunal, que ya pasó a deliberar.








