Judiciales
Primer juicio por jurados en Roca: Doble veredicto unánime por la muerte de Nahiara
Al padrastro se lo declaró culpable por el delito de femicidio mientras que a la madre de la víctima de 3 años se la acusó por abandono de persona seguido de muerte, agravado por el vínculo.

Luego de tres horas de deliberación, el jurado popular declaró a Carlos Erbin culpable del delito de femicidio por el cual había sido llevado a juicio por la muerte de una niña de 3 años, ocurrida en abril de 2020 en un campo cercano a Los Menucos. Con respecto a la imputada Valeria Miranda, madre de la niña víctima, el jurado decidió declararla culpable del delito de abandono de persona seguido de muerte, agravado por el vínculo.
La siguiente etapa del juicio, en la que ya no actuará un jurado popular sino solo el juez técnico Gastón Martín, es la discusión sobre la pena que corresponderá aplicar a ambos. La Oficina Judicial de Roca fijará a la brevedad una audiencia específica con ese fin.
Las 12 personas que integraron el jurado popular en el juicio que se llevó adelante en Roca ingresaron a deliberar este viernes (27/08) a las 15.10 horas, después de haber escuchado desde la mañana los alegatos de clausura de las partes y las instrucciones para la deliberación que les brindó el juez que dirige el proceso.
El jurado debía pronunciar su veredicto sobre la culpablidad o no culpabilidad de cada una de las personas imputadas de manera independiente, pues el hombre y la mujer llegaron a juicio acusados por diferentes delitos en torno a los mismos hechos que provocaron la muerte de la niña.
En los alegatos finales, la Fiscalía -representada por Santiago Márquez Gauna, Andrés Nelli y Georgina Amaro- y la querella -a cargo de los abogados Marcelo Hertzriken Velasco y Joaquín Hertzriken Catena- había acusado al hombre como autor del delito de femicidio. En cuanto a la mujer, habían pedido al jurado que la declare culpable del delito de “abandono de persona seguido de muerte, agravado por el vínculo”.
Por su parte, el defensor público Eduardo Luis Carrera, quien representa a la mujer imputada, había pedido al jurado un veredicto de absolución. El defensor particular Carlos Vila, en representación del hombre imputado, había solicitado que se declare a Erbin inocente. Sin embargo, como segunda opción, entre las instrucciones acordadas por la partes se brindó al jurado la alternativa de declararlo autor de un delito menor, como lo es el homicidio simple, sin la agravante de la violencia de género.
El veredicto unánime del jurado se conoció este viernes a las 18.20.
El primer juicio por jurados de la Segunda Circunscripción Judicial -que fue el tercero en la historia de la provincia- comenzó el pasado lunes 23 con los alegatos de apertura de las partes acusadoras y las defensas. Desde ese día y hasta el jueves, el jurado pudo ver y escuchar a más de 30 testigos y peritos que fueron interrogados por todas las partes. También tuvieron acceso a la evidencia material colectada en la investigación y a los informes forenses. Esta primera etapa del juicio finalizó hoy, con los alegatos de clausura, la deliberación y el veredicto. El próximo paso del proceso es el juicio de cesura.
Al finalizar la audiencia, el juez Martín agradeció el trascendental aporte que brindaron los ciudadanos y ciudadanas del jurado al servicio de justicia de Río Negro.
Pedido de medida cautelar
El hombre imputado llegó a juicio cumpliendo prisión preventiva, la cual se mantiene tras el veredicto del jurado. En tanto que la mujer imputada llegó a esta etapa del proceso en libertad.
Una vez conocido el veredicto, ya sin la presencia del jurado en la sala, la Fiscalía solicitó al juez de la causa que se le imponga a Valeria Miranda la medida cautelar de prisión preventiva.
La parte querellante se opuso al pedido, al igual que el defensor oficial que representa a la imputada.
Tras analizar los argumentos de cada parte, el juez denegó el pedido de detención y explicó que la prisión preventiva es de aplicación restrictiva y “sólo puede aplicarse cuando se acredita sin lugar a dudas un riesgo procesal como el de fuga”, circunstancia que no consideró probada en el caso. En definitiva, resolvió que la mujer deberá conservar el domicilio donde reside en la actualidad y que el planteo de prisión preventiva podrá volver a analizarse en la audiencia de cesura, a realizarse en los próximos días.
Judiciales
Violencia laboral: Se registraron 145 denuncias durante el 2025 en Río Negro
Representaron el 3,6% de la demanda anual del sector.

Durante los doce meses de 2025, el Poder Judicial de Río Negro tramitó 145 denuncias por violencia laboral. Estas demandas, encuadradas en el artículo 72 de la Ley N° 5631, representaron el 3,6% de la demanda anual del sector.
La Ley de Procedimiento Laboral 5631 rige en la provincia desde el 16 de marzo de 2023. En materia de violencia, su artículo 72 habilita la promoción de un juicio sumarísimo cuando una persona dependiente resulta víctima de acoso en el entorno laboral.
La norma contempla la violencia, el acoso o cualquier comportamiento que busque provocar, directa o indirectamente, daño físico, psicológico o moral. Este puede manifestarse como amenaza o acción consumada, ejercida por superiores jerárquicos, colegas del mismo rango o personas de menor jerarquía.
Las actuaciones deben regirse por los principios de celeridad, reserva, confidencialidad, autonomía, gratuidad y no revictimización. Las denuncias pueden presentarse por medios digitales, electrónicos, telefónicos o cualquier otra vía disponible.
La Ley N° 5631 es única en el país, ya que permite la litigación remota e incorpora un capítulo específico sobre violencia laboral.
Durante el año 2025 completo, el Fuero del Trabajo recibió 3.925 expedientes nuevos. En ese mismo periodo se dictaron 4.400 sentencias que pusieron fin a causas y se realizaron 2.074 audiencias, entre conciliaciones y vistas de causa. Específicamente sobre la temática de violencia laboral, se llevaron adelante 273 audiencias en toda la provincia, cifra que superó las 196 intervenciones registradas el año anterior.
La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
El Fuero del Trabajo provincial está compuesto por una Cámara del Trabajo en Viedma, dos en Roca, otras dos en Bariloche y una en Cipolletti. Todas administran sus causas mediante el modelo de Oficinas de Tramitación Integral, que separa las funciones jurisdiccionales de las administrativas. Estas oficinas gestionan tareas como ejecuciones de sentencias, homologaciones, liquidaciones, transferencias y pagos, entre otras.
Judiciales
Subieron los divorcios en Río Negro: Durante 2025 se registraron 1.277 trámites
No obstante, 2023 sigue siendo el año con la cifra más alta de la última década: se dictaron 1529 sentencias de disolución del vínculo matrimonial.

Durante 2025, los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de Río Negro registraron 1.277 trámites de divorcio. El dato surge del relevamiento anual del fuero y ubica a ese tipo de proceso entre los más frecuentes dentro de la conflictividad familiar.
En todo 2024 se iniciaron 1.240 expedientes por disolución del vínculo matrimonial. Un año antes, en 2023, se dictaron 1.529 sentencias de divorcio, la cifra más alta en al menos una década. En 2022 se habían contabilizado 1.204 y en 2021, un total de 1.333. En 2020, el Poder Judicial resolvió 910 divorcios. Entre 2016 y 2019 las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.400 en 2016, 1.395 en 2017, 1.426 en 2018 y 1.386 en 2019. En 2015 se registraron 903 y en 2014, un total de 1.078.
La disolución del vínculo matrimonial tramita en 16 organismos judiciales distribuidos en todo el territorio provincial. En Viedma y Roca funcionan varias unidades procesales. También se reciben causas en San Antonio Oeste, Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.
El divorcio se produce cuando una o ambas personas que integran el matrimonio solicitan judicialmente la disolución del vínculo. A partir de allí, si existen cuestiones pendientes, como cuidado personal, alimentos o distribución de bienes, esas cuestiones continúan su trámite por las vías que correspondan.
El año pasado algunos divorcios se resolvieron en menos de una semana, ya que no había hijos ni bienes en común. Hoy el trámite no exige dar motivos del pedido del cese del vínculo, basta con la voluntad de alguno de los integrantes de la pareja.
Respecto a la resolución de los conflictos, en 2025 se dictaron 11.150 sentencias de finalización en toda la provincia, cifra que incluye fallos definitivos, interlocutorios, monitorios y homologaciones. Además, la magistratura llevó adelante un total de 5.975 audiencias, entre las cuales destacaron las preliminares y las instancias de escucha a niños, niñas y adolescentes. La gestión se apoyó en la labor de las Oficinas de Tramitación Integral de Familia, modelo que permite reducir la carga administrativa sobre los jueces y juezas para concentrar la tarea en las resoluciones jurisdiccionales.
La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
Judiciales
La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra
Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.
La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.
El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.
La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.
El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.
Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.








