Judiciales
Caso Nahiara: El lunes se conocerá la pena de los culpables por la muerte de la niña
El padrastro podría pasar el resto de su vida tras las rejas, mientras que a la madre le pena prevista va desde los 6 hasta los 20 años de prisión.

El próximo lunes (13/09) se realizará en Roca la audiencia de cesura para discutir y definir las penas que se impondrán a Carlos Erbin y a Valeria Miranda a quienes un jurado popular declaró culpables de distintos delitos que ocasionaron la muerte a una niña de 3 años en Los Menucos.
El pasado 27 de agosto, por unanimidad, el jurado declaró Erbin culpable del delito de femicidio del que fue víctima la niña en abril de 2020. En tanto que Miranda, madre de la nena, fue declarada culpable del delito de abandono de persona seguido de muerte, agravado por el vínculo.
Con aquel veredicto de culpabilidad terminó la intervención del jurado en el proceso y se habilitó la segunda instancia del juicio, que es la cesura. Esta nueva etapa del proceso estará a cargo del juez técnico Gastón Martín.
Según planificó la Oficina Judicial, la audiencia de cesura comenzará a las 9 y se realizará, en principio, de manera íntegramente presencial. Tal como ocurrió en la primera etapa, el Protocolo Covid aprobado por el Ministerio de Salud para este juicio no admite la presencia de público en la sala.
En la audiencia de cesura, la Fiscalía, la parte querellante y las defensas presentarán pruebas para sostener sus respectivos pedidos de pena, que deberán estar dentro de las escalas penales que define el Código Penal de la Nación para cada uno de los delitos acreditados por el jurado.
Para el delito de femicidio, el Código Penal establece como única pena posible la de prisión perpetua. El artículo 80 inc. 11 del Código establece que “se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua” a quien matare “a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.
En tanto que para el delito de abandono seguido de muerte y agravado por el vínculo, previsto en los artículos 106 y 107 del Código Penal, la escala de pena prevista en la ley tiene un mínimo de 6 años y 8 meses de prisión y un máximo de 20 años de prisión.
El equipo fiscal está a cargo del fiscal jefe Andrés Nelli, mientras que la querella es representada por el abogado particular Marcelo Hertzriken Velasco. La defensa de Erbin la ejerce el abogado particular Carlos Vila, en tanto que la defensa de Miranda está a cargo del defensor público Eduardo Luis Carrera.
Judiciales
Condenaron a un policía por dispararle a su ex pareja: Le hirió el pie con su arma reglamentaria
El juez subrayó que el disparo podría haber tenido consecuencias más graves si hubiera impactado en otra parte del cuerpo.

Un empleado policial fue declarado penalmente responsable por unanimidad del delito de lesiones graves agravadas por violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de arma de fuego, luego de que el Tribunal Colegiado interviniente tuviera por acreditado que disparó contra su ex pareja hiriéndola en el pie con su arma reglamentaria.
El hecho ocurrió el 18 de mayo pasado en el domicilio de la víctima. El presidente del Tribunal destacó la solidez del testimonio de la damnificada, quien mantuvo su declaración sin variaciones desde la denuncia inicial hasta el debate oral. «Pudo describir tanto las situaciones previas como lo ocurrido el 18 de mayo pasado en su domicilio, con precisión y detalle», señaló el magistrado.
El Tribunal también descartó de manera categórica el carácter accidental del episodio. «La consecuencia de este episodio pudo haber sido más grave si el disparo efectuado por el imputado hubiese impactado en otra parte del cuerpo de la víctima. No cabe duda de que no fue un hecho accidental, sino doloso», expresó el presidente del cuerpo judicial.
En la misma audiencia, la Fiscalía solicitó la prórroga de las medidas cautelares hasta la firmeza del fallo para resguardar a la víctima, quien deberá declarar en la próxima audiencia de cesura de la pena.
La defensa penal pública no formuló oposición y el Tribunal resolvió prorrogar la prohibición de acercamiento en un radio de 100 metros y de todo tipo de contacto, tanto directo como a través de terceros o medios electrónicos.
Judiciales
Lo condenaron por violencia de género, volvió a convivir con la víctima y lo enviaron a prisión
La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial. El Ministerio Público acreditó que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad.

Un hombre condenado por violencia de género cumplirá pena efectiva en Cipolletti tras comprobarse el incumplimiento de las pautas de conducta. La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial y de un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. El Ministerio Público Fiscal acreditó además que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. El juez de Ejecución transformó la pena en suspenso en prisión efectiva.
La condena original se dictó en agosto de 2025 por hechos que incluyeron lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género. En ese momento, el Poder Judicial había dispuesto reglas claras: no acercarse ni mantener contacto con la mujer y sostener un domicilio informado. Esas condiciones formaron parte de una pena de ejecución condicional que buscó evitar el encierro.
Sin embargo, la presencia en la vivienda de la mujer evidenció la transgresión de esas restricciones. El informe de la Oficina de Atención a la Víctima describió un escenario atravesado por temor y dependencia económica, además de referencias a episodios de violencia posteriores a la condena.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el planteo se centró en el incumplimiento de las pautas impuestas y no en la investigación de un nuevo delito. La defensa se opuso al pedido y señaló que los hechos integraban una causa en trámite, además de plantear objeciones sobre la posibilidad de una doble sanción.
El juez de Ejecución Penal analizó la documentación incorporada, en especial el informe técnico, y consideró acreditada la violación de las reglas de conducta, en particular la prohibición de acercamiento. Con base en ese análisis y en normativa vinculada a la protección contra la violencia de género, dispuso la revocación de la condicionalidad.
La resolución ordenó la detención y el traslado a un establecimiento penitenciario.
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Escándalo en el Poder Judicial: Un arma secuestrada apareció en un procedimiento policial y faltan otras en las oficinas de Roca
La irregularidad puso en evidencia fallas en el circuito de secuestros judiciales.

El Poder Judicial de Río Negro impulsó una denuncia penal y una investigación interna de carácter urgente luego de detectar que un arma de fuego que se encontraba secuestrada y bajo custodia judicial apareció en un procedimiento policial realizado en la ciudad de Roca. El hallazgo alertó sobre una irregularidad grave en el resguardo de ese elemento y desencadenó una serie de medidas institucionales.
La denuncia tramita en la Fiscalía de Roca, donde se investiga cómo el arma, que debía permanecer en dependencias judiciales, terminó involucrada en un episodio delictivo. En paralelo, el organismo dio intervención al Auditor General, requirió información a distintas áreas, tomó declaraciones testimoniales y analizó documentación vinculada al circuito de secuestros judiciales.
Como medida complementaria, se ordenó un relevamiento y arqueo integral de los objetos secuestrados en la Oficina Judicial de Roca, que fue extendido a todas las Oficinas Judiciales de la provincia para verificar la correspondencia entre los registros y la existencia material de los elementos resguardados.
El resultado del arqueo agravó el cuadro: se detectó el faltante de otras armas de fuego, lo que motivó la ampliación de la denuncia penal. El número total de elementos involucrados aún no está determinado, dado que el control sigue en curso.
Actualmente se indaga sobre los registros de elementos secuestrados y los protocolos de control interno en las dependencias judiciales. La revisión abarca depósitos, sistemas de inventario y circuitos administrativos relacionados con la custodia.
El Poder Judicial indicó que el proceso interno podría derivar en medidas precautorias o sanciones. La causa penal en la Fiscalía de Roca continúa en etapa inicial, mientras el Auditor General prosigue con las actuaciones administrativas dispuestas por el organismo.








