Río Negro
Pase a planta: Carreras anunció el inicio del proceso de adhesión personal
Podrán inscribirse quienes tengan un año de antigüedad al 31 de diciembre de 2020.

A partir del próximo martes (26/10), cada postulante deberá realizar la adhesión en forma personal a través de una plataforma de ingreso a planta permanente, desarrollada por la Secretaría de la Función Pública. Así lo anunció la gobernadora, Arabela Carreras.
Este lunes (25/10) se realizará la publicación del Decreto N° 1181 del pase a planta permanente (Ley N° 5.511) y a partir del martes estará habilitado el sistema de régimen de ingreso para el personal que cumpla con los siguientes requisitos: tener un contrato de locación de servicios, prestación de medios o designaciones interinas, cuyo vínculo contractual se haya iniciado hasta el 31 de diciembre de 2020.
En el caso del personal con contratos de prestación de medios, deben registrar un año de antigüedad al 31 de diciembre de 2020 para poder adherirse.
En esta oportunidad la inscripción será personal. Cada agente podrá acceder, con un usuario y contraseña que otorgará la Función Pública, completar la Declaración jurada de ingreso y subir la documentación exigida que contempla el DNI, el certificado de antecedentes policiales de Río Negro y el Certificado de Reincidencia.
Para completar la inscripción el postulante debe subir al aplicativo web toda la documentación requerida en el plazo establecido para la inscripción, que son 30 días corridos desde la publicación del decreto en el boletín oficial.
En caso de que el agente no pueda acceder al aplicativo deberá recurrir al área de RRHH para que proceda a su inscripción. Si la persona no se encuentra en el aplicativo el área de RRHH deberá realizar la inscripción en formato papel, adjuntando la documentación requerida y enviarla a la SFP para que evalúe su incorporación.
Aquellas personas que puedan realizar la adhesión online y completen la carga de documentación, recibirán una confirmación de adhesión al Pase a Planta en el correo electrónico que hayan declarado en la plataforma. En caso de que la documentación esté incompleta o presente algún inconveniente, serán notificados por Recursos Humanos.
Río Negro
Detectan casos de tos convulsa en la provincia: Recuerdan la importancia de vacunarse
La enfermedad es altamente contagiosa y puede ser grave en menores de 6 meses. Piden consultar ante síntomas persistentes.

Ante la detección reciente de casos en la provincia, el Ministerio de Salud de Río Negro recordó la importancia de reforzar la vacunación y el diagnóstico precoz de la tos convulsa, también conocida como coqueluche o tos ferina, una enfermedad respiratoria aguda y altamente contagiosa.
Si bien puede afectar a personas de cualquier edad, los cuadros más graves se registran en lactantes y niños pequeños, especialmente en menores de 6 meses, quienes presentan las tasas más altas de morbilidad y mortalidad. En tanto, adolescentes y adultos pueden transitar la enfermedad con síntomas leves o atípicos, convirtiéndose en una fuente de contagio hacia los más vulnerables.
La transmisión se produce por contacto directo con secreciones respiratorias de personas infectadas, y su período de mayor contagiosidad ocurre en la fase inicial, incluso antes de que se presenten los ataques de tos más característicos.
La evolución se da en tres fases: catarral, paroxística y de convalecencia. Al comienzo puede confundirse con un resfriado común, aunque la tos empeora de forma progresiva, especialmente por las noches. En algunos bebés los síntomas pueden iniciarse de manera brusca con dificultad respiratoria y complicaciones graves, como neumonía, siendo esta última la principal causa de muerte por la enfermedad.
Desde la cartera sanitaria hicieron hincapié en que la coqueluche es prevenible mediante vacunación. El esquema incluye tres dosis durante el primer año de vida (a los 2, 4 y 6 meses), refuerzos a los 15-18 meses, 5-6 años, 11 años y una dosis en cada embarazo, disponible en forma gratuita en todos los hospitales y centros de salud del país.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.








