Judiciales
Imputaron por homicidio a la ex pareja de Vallina
También a otros dos hombres, uno de ellos aún está hospitalizado tras ser atacado brutalmente por la familia de la víctima fatal.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos ayer (28/12) contra una mujer por considerarla autora del homicidio de José Vallina, quien se encontraba desparecido desde el 25 de Diciembre. El hombre era pareja de la imputada lo que agrava el delito por el vínculo aunque el mismo encuentra atenuante en la constatación de que la mujer era víctima de violencia de género. Otro hombre fue imputado en calidad de partícipe necesario del hecho.
Un tercer imputado que se encuentra internado en el Hospital local dado que ayer sufrió severas lesiones luego de que un grupo de personas lo atacaran en su domicilio, participará de una audiencia como ésta cuando se encuentre en condiciones de salud de asistir a la misma. Por esos hechos se sustanció otra causa en la que es victima de lesiones.
Según la acusación, que tal como adelantó la Fiscalía “es provisoria hasta tanto puedan analizarse diversos indicios”; los hechos se produjeron entre el 20 y el 27 de diciembre a las 9 horas, momento en que fue encontrado el cuerpo en la zona de hornos del barrio Alta barda de General Roca.
“Los tres imputados llevaron por la fuerza a Vallina al lugar en donde fue encontrado una semana después, y mientras ellos lo tomaban la mujer le asestó una puñalada que le provocó la muerte”, destacó la Fiscal Belén Calarco.
El sustento probatorio se compone de la denuncia de desaparición del hombre efectuada por su hermana, que indica que lo había visto por última vez el 20 de diciembre pasado; así como entrevistas que se realizaron en el marco de la investigación del paradero. Muchas de ellas dieron cuenta de los problemas de pareja que tenían victima y victimario.
Además se cuenta con el acta de intervención policial en el marco de las diligencias realizadas cuando fue encontrado el cuerpo, en el mismo predio en el que se ubican las viviendas de los tres imputados y el certificado médico policial que constata la lesión en la zona intercostal izquierda producida por un instrumento punzo cortante.
En las pesquisas realizadas el lunes pasado, se encontró en una de las viviendas un cuchillo con mango de plástico azul que podría haber sido el utilizado para ultimar a la víctima así como una campera que le pertenecería; elementos ambos que serán peritados.
Finalmente se obtuvieron los informes de la Oficina de Atención a la Víctima que dan cuenta que la imputada lleva adelante un tratamiento psiquiátrico que requerirá de la realización de diversas pericias y se constató que existen causas en trámite instadas por ella por ser víctima de violencia de género por parte de Vallina. Dicha información se ampliará en el marco de la investigación.
El Defensor oficial Luis Carrera se opuso a la formulación de cargos por no tener precisiones del tiempo y modo en que se produjeron los hechos. Hizo lo propio con la medida cautelar pedido por la fiscal por la existencia de ambos peligros procesales: peligro de entorpecimiento de la investigación y de fuga.
No obstante el Juez de Garantías, Martínez Vivot tuvo por formulados los cargos y dispuso la apertura de la investigación penal preparatoria por el término de cuatro meses así como la prisión preventiva de ambos imputados por los próximos 45 días en qe deberán sustanciarse la mayor cantidad de pericias.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».
Judiciales
Ordenaron la captura nacional e internacional de uno de los fugados de la Comisaría 3° de Roca
Se trata de Luca Nicolás Torres, uno de los acusados del crimen de Julián Dobra.

Este mediodía (04/12), tras la notificación de la fuga de la Unidad Policial de uno de los imputados que cumplía prisión preventiva en el legajo donde se investiga el homicidio de Julián Dobra, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se ordene su captura nacional e internacional. Se trata de Luca Nicolás Torres, de 18 años de edad.
«Alrededor de las 2.05 de la madrugada recibimos la información del personal de la Comisaria que dos personas se habían dado a la fuga. Una de ellas es este imputado, que inmediatamente se dispuso la búsqueda con la Brigada Judicial de investigación y con canes», explicó el fiscal del caso.
El otro fugado es Ramiro Ezequiel Sosa, quien se encontraba cumpliendo una pena efectiva desde el 20 de octubre de este año, tras haber sido detenido por una causa de robo.
«Solicitamos que se libren los oficios pertinentes tanto a la Policía Federal, a Interpol, a Gendarmería Nacional, policía de Seguridad Aeroportuaria, Prefectura Nacional y Jefatura de Policía de Río Negro», detalló la Fiscalía.
La querella adhirió al pedido, no hubo objeciones por parte de la defensa penal pública. El juez de Garantías resolvió en el mismo sentido que lo solicitado.








