Judiciales
A un roquense le vendieron una camioneta 0 Km con fallas y ahora deberán darle una nueva y 2 millones de pesos
Tanto la empresa fabricante como la concesionaria intentaron desligarse del problema.

La empresa fabricante y la concesionaria que vendieron a un hombre una camioneta fallada deberán entregar al cliente un vehículo nuevo y deberán pagarle una indemnización de 500.000 pesos por daño moral. La fabricante, además, deberá pagarle otros 1.500.000 pesos por daño punitivo, tras verificarse su actitud de desprecio por los derechos y la salud del comprador, puesto que las fallas hacían más riesgosa la conducción del rodado.
Un fallo de la Cámara Civil de Apelaciones de Roca le dio 10 días de plazo a las empresas para entregar al cliente una camioneta cero kilómetro Fiat Toro Freedom 4×4 diésel “o bien el modelo que la hubiera sustituido”, debiendo cargar además con los gastos de flete y patentamiento. Una vez que la nueva unidad esté a su disposición en la la concesionaria, el hombre deberá devolver la camioneta fallada “libre de deuda por patentes y multas”.
En su defensa, la fabricante FCA Automóbiles Argentina S.A. había alegado que “no se ha acreditado la existencia de una relación de consumo” y había solicitado que no se apliquen las leyes de Defensa del Consumidor a favor del cliente. También había negado tener vinculación con el contrato, atribuyendo toda la responsabilidad a la concesionaria. “Todos esos contratos se celebraron exclusivamente entre la parte actora y PireRayen Automotores SA. En consecuencia, en derecho, esta sociedad resulta ajena a la relación jurídico-sustancial sobre la que se asienta la presente causa”, dijo la fabricante en el expediente.
La misma respuesta dio la concesionaria local ante la demanda: alegó “la inexistencia de toda responsabilidad por su parte, atribuyéndosela al fabricante, toda vez que se han acreditado vicios en la fabricación del vehículo, proceso en que el cual no tiene intervención”, recordó el fallo.
“Resulta descalificable que frente al consumidor, una y otra demandada intenten desligarse de responsabilidad atribuyéndosela entre ellas, desconociendo palmariamente el régimen legal aplicable del cual surge sin hesitación su responsabilidad solidaria”, dijo la Cámara.
Para confirmar la responsabilidad de ambas, el fallo articuló los art. 11 y 13 de la Ley de Defensa del Consumidor y concluyó que “los productores, importadores, distribuidores y vendedores” son “solidariamente responsables del otorgamiento y cumplimiento de la garantía legal” cuando “los defectos o vicios de cualquier índole” en el producto vendido “afecten la identidad entre lo ofrecido y lo entregado, o su correcto funcionamiento”.
En el caso de la camioneta, las pericias constataron fallas en los controles de tracción y estabilidad y desperfectos en el catalizador. Según las pruebas, durante los primeros 33.000 kilómetros de uso de la unidad el hombre debió ingresarla siete veces al servicio técnico, pero aún así no se pudo solucionar el problema.
Para los jueces, ese dato evidencia “un funcionamiento deficiente tanto del servicio técnico como de la garantía. Tampoco se advierte que en ese lapso el fabricante haya demostrado alguna preocupación o empatía con su cliente por la situación” y, especialmente, por el riesgo que significaba para él tener que utilizar un vehículo con ese tipo de fallas.
Judiciales
Municipios aplican la IA del Poder Judicial para ejecutar infracciones locales
Tramitan de forma automatizada multas de tránsito, ruidos molestos, infracciones al código ambiental y otras faltas

El alcance de la Inteligencia Artificial del Poder Judicial se amplió a tres municipios que, desde febrero, comenzaron a ejecutar infracciones locales con esta herramienta. Viedma, El Bolsón y Villa Regina tramitan de forma automatizada multas de tránsito, ruidos molestos, infracciones al código ambiental y otras faltas, además de los tradicionales impuestos, tasas y contribuciones.
La herramienta, que primero operó con ejecuciones fiscales provinciales, ahora permite a los municipios procesar deudas en el fuero Contencioso Administrativo con asistencia tecnológica. Viedma y Allen tramitaron las primeras ejecuciones municipales bajo esta modalidad. A ellas se sumaron otras siete ciudades: Bariloche, Cipolletti, Roca, Cinco Saltos, San Antonio, El Bolsón y Villa Regina.
El circuito se inicia cuando el área legal del Municipio presenta la demanda acompañada por la boleta de deuda correspondiente. Esa documentación debe contar con la firma digital del secretario de Hacienda o de quien esté a cargo del área. Luego, el sistema comprueba dos requisitos fundamentales: que los datos de identificación del deudor coincidan en ambos documentos y que el monto reclamado se ajuste a los tributos consignados.
Si se superan estas verificaciones, el desarrollo tecnológico continúa con una revisión más avanzada: controla si la persona demandada figura en un proceso sucesorio o en estado de quiebra en el ámbito provincial. Si no aparece en ninguno de estos registros, el sistema emite el proyecto de sentencia para la firma del juez o la jueza competente.
En caso contrario, deriva el expediente al personal administrativo, que evalúa los pasos a seguir y determina si corresponde remitir el caso a otro organismo.
Reducción de tiempos
El sistema del Poder Judicial permite completar una ejecución fiscal en tres minutos, en contraste con los procesos manuales que requieren aproximadamente una hora. Esa diferencia se relaciona con la diversidad de modelos de certificados de deuda utilizados por los municipios, que en ocasiones demandan verificaciones cruzadas más extensas.
La implementación de este mecanismo en municipios se logró luego de una etapa de trabajo conjunto. El área de Informatización de la Gestión Judicial ofreció charlas técnicas a las comunas y asistió en la adecuación de los sistemas locales para garantizar la compatibilidad. La iniciativa buscó estandarizar los certificados y asegurar que cumplan con los requisitos que exige la inteligencia artificial.
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Crimen en la zona norte de Roca: Identificaron a la víctima
Se trata de un joven de 32 años que era intensamente buscado hace 15 días.

En horas de la tarde de este jueves (01/05), se confirmó que el cuerpo encontrado en la zona norte de Roca era el de Tomás Dobra de La Canal, el joven de 32 años que era intensamente buscado hace 15 días.
La Agencia de Noticias Roca (ANR) dio a conocer la información. Sin dudas, la confirmación de la identidad de la víctima causó conmoción en toda la comunidad, y especialmente en la Facultad de Lenguas de la Universidad Nacional del Comahue, que despidió en redes sociales a Dobra de la Canal, hijo de una integrante de esa casa de altos estudios.
Esta mañana se realizó la autopsia y los médicos forenses constataron que el cuerpo presentaba múltiples heridas y hasta un disparo en el cráneo.
El cuerpo fue encontrado ayer (29/04) poco después de las 16 horas en la zona de la Defensa aluvional Catini. Tras el hallazgo, se montó un enorme operativo policial y judicial. La fiscal Celeste Benati dispuso los procedimientos a realizar y se está buscando a los responsables del crimen. También se trabaja en la búsqueda de posibles testigos.
Junto a la víctima se encontraba su teléfono celular, aunque aun no hay rastros de su auto, en el cual había sido visto por última vez hace unos 15 días. Es un Suzuki Fun dominio HLB-433.
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Conflicto entre adolescentes en una escuela: Medida del Juzgado de Paz acentúa responsabilidad de los adultos
Ordenó a los padres de ambos estudiantes que «cesen los actos de violencia, en cualquiera de sus formas».

Un conflicto entre dos adolescentes que compartían escuela requirió la intervención del Juzgado de Paz de Sierra Grande, que ordenó a los padres de ambos estudiantes que «cesen los actos de violencia, en cualquiera de sus formas». Además, se dispuso que la totalidad de las familias «deberán abstenerse de mantener comunicación personal, telefónica o por redes sociales, así como a familiares o amigos».
La prohibición del Juzgado de Paz incluye a las redes sociales Facebook, Instragram, Twiter. Ordenó que también deben abstenerse de efectuar comentarios o publicaciones referidas a esta situación y a los adolescentes involucrados.
El fallo pone el acento en la responsabilidad de los adultos. Así, ordenó también que «los responsables parentales o referentes de los adolescentes involucrados arbitren las medidas necesarias para que se mantenga una distancia determinada razonablemente, de cualquier lugar en el que se encuentren circunstancialmente las partes afectados. Si ello ocurriera de forma casual deben retirarse o alejarse del lugar».
Finalmente, dio intervención a la dirección del establecimiento escolar para que dispongan las medidas de pacificación necesarias, «evitar la discriminación, fomentar la paz y la convivencia» y «promover la creación de equipos especializados y fortalecer los existentes para prevenir e intervenir en situaciones de violencia».
La presentación la realizó el padre uno de los adolescentes contra la mamá del otro joven. Sin embargo, tras analizar el caso, las responsabilidades recayeron sobre ambas familias.
En la audiencia privada llevada a cabo entre las partes, los adultos reconocieron los hechos y afirmaron que el tema ya había sido abordado en el ámbito escolar, donde habían llegado a algunos acuerdos.