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Sociedad

Fuerte denuncia por violencia obstétrica en el Hospital de Roca

Una joven roquense detalló la dura situación que tuvo que afrontar a través de las redes sociales.

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A través de su cuenta de Instagram, una joven roquense de 20 años, hizo una dura acusación contra el área de Ginecología del Hospital Francisco López Lima por violencia obstétrica. La víctima, que se llama Melina, perdió el embarazo. Actualmente el nosocomio afronta una denuncia por mala praxis.

En su relato, la mujer detalló que cursaba la semana 20 de gestación, asistió a la guardia del Hospital por un sangrado. «Me levanté a hacer pis y ahí note un sangrado, me asusté, fui a la guardia del Hospital donde me dijeron que era todo normal, y que no tenía que preocuparme, ya que estaba todo bien y el sangrado simplemente era causado porque se me estaba acomodando la placenta y mi cuerpo. Los días pasaban y yo continuaba con pérdidas, a lo que
llamaron en la guardia, manchados de sangre. Continúe yendo, por miedo y preocupación por mi bebé, alrededor de cinco veces más, todas las veces me dijeron lo mismo y me mandaban a la casa, ya tildándome de exagerada», manifestó.

Agregó Melina que «cuando empiezo a transitar la semana 24 de gestación, comienzo notar mucho flujo de tonalidad marrón y mi panza se comenzó a poner muy dura, y ahí comenzaron los dolores, cada vez que me sentaba y me paraba. Decidí acudir nuevamente a la guardia, donde me recetaron progesterona y óvulos, me dijeron que no exagere, que estaba todo bien y que todo era producto que la inflamación de útero, que se resolvería con la medicación».

Añadió que como seguía con dolores, finalmente logró la atención de un profesional del área, del que sólo se limitó a decir sus iniciales. «El sábado 26 me atiende el doctor E.N., quien me da una inyección para calmar mis dolores y me indica que continúe con la medicación, diciéndome que estaba todo normal».

Sostuvo la víctima que, a pesar de las indicaciones médicas, comenzó a «experimentar dolores totalmente insoportables» y por ello, tras un largo sufrimiento, volvió a ir al Hospital. «No quería ir porque sabía que nuevamente me iban a tildar de exagerada, pero el dolor se volvió insoportable y no pude aguantar. Fui de urgencia. Me atendió el mismo doctor el cual se dirigía a mí con un trato desmedido de cariño que me ponía incomoda. Me preguntó si había tomado la medicación, me dijo que tenía que esperar que me hiciera efecto y que me vaya. Le supliqué y lloré, pidiéndole que haga algo. Le tuve que explicar que lo que estaba teniendo era contracciones».

Allí fue donde el profesional finalmente habría reaccionado y se dignó a revisar a Melina. «Cuando me revisa me dice ‘no mamita, rompiste bolsa; te vamos a dejar internada’. Me hace una ecografía y me dice que el bebé no tenía nada de líquido, que porque no fui cuando rompí bolsa asumiendo que toda la culpa era mía», lamentó.

«Me quedé totalmente sola en la habitación del Hospital, no sabía que pasaba. Las contracciones se volvían cada vez más fuertes y yo gritaba del dolor, las enfermeras vinieron a callarme y cerrarme la puerta. Soporté el dolor intenso por horas hasta que se hicieron las 4.30 de la madrugada y comenzó lo peor. Sentía que mi cuerpo quería expulsar algo, estaba pariendo. Comencé a gritar con todas mis fuerzas para que alguien venga a asistirme, llegaron las enfermeras, les dije que me estaba por salir algo; que me ayuden por favor. Ellas me miraron, me pusieron una chata abajo y me dijeron que haga fuerza. Cerraron la puerta y se fueron. Tuve al bebe yo sola, sentí que salía entre mis piernas, sentí como cayó en la pala de plástico cómo si no fuese nada», expresó la víctima, quien aclaró previamente que no dejaron que su pareja estuviera acompañándola, por ende, ni él ni el resto de la familia, sabían que estaba pasando dentro del consultorio.

La joven continuó su relato explicando que «luego aparecieron dos enfermeras y el doctor, que me dijeron ‘bueno, tu bebito está muerto’, sin ninguna delicadeza como si nada. Yo estaba en shock». Como si fuera poco, el Dr. E.N. llegó luego para preguntarle «si quería ver a su bebé, me dijo ‘era un varoncito, preciosa’. Reiteradas veces me dijo que mi bebé estaba muerto y me volvía a preguntar si lo quería ver».

«Después de toda la situación horrible que tuve que pasar, las enfermeras limpiaron un poco la cama y me hicieron dormir ahí con todas las sábanas salpicadas», sostuvo finalmente Melina.

Respecto a la respuesta de la Dirección del Hospital ante lo sucedido, la directora Ana Senesi confirmó que se está haciendo el proceso que corresponde a la investigación interna de lo sucedido.

Río Negro

Río Negro se consolida como el destino más elegido del invierno argentino

En todo el país se movilizaron 4,6 millones de turistas, que generaron un impacto económico superior a los $2,12 billones.

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Río Negro fue la provincia más elegida durante las vacaciones de invierno 2026, con Bariloche alcanzando hasta un 90% de ocupación hotelera y consolidándose una vez más como el principal destino del turismo invernal argentino, según el relevamiento de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).

Las vacaciones de invierno 2026 concluyeron con un saldo positivo para el turismo nacional. De acuerdo con el informe de CAME, se movilizaron 4,6 millones de turistas, que generaron un impacto económico superior a los $2,12 billones. En un contexto marcado por un escenario económico desafiante y por factores atípicos como el Mundial de Fútbol, los destinos de nieve y montaña fueron los más demandados, consolidando a Río Negro como la principal elección de quienes viajaron durante el receso.

Bariloche volvió a posicionarse como el destino más elegido del país, con niveles de ocupación hotelera de hasta el 90%. Las intensas nevadas registradas durante la segunda quincena de julio, sumadas a la calidad de sus centros de esquí, su amplia oferta turística y un nivel histórico de conectividad aérea, permitieron que la ciudad encabezara una vez más la temporada invernal. Al mismo tiempo, Río Negro se ubicó entre los principales destinos receptores de turismo internacional, con una importante llegada de visitantes brasileños y de otros países no limítrofes, lo que contribuyó a sostener una alta ocupación en toda la provincia.

El buen desempeño también se reflejó en el resto del territorio rionegrino. Playas Doradas alcanzó un 90% de ocupación, Viedma y el Valle llegaron al 80%, mientras que Las Grutas, San Antonio Oeste y San Antonio Este registraron un 70%, con propuestas vinculadas a la naturaleza, la gastronomía y las actividades recreativas, según consigna el informe de CAME.

La secretaria de Turismo de Río Negro, María Sol Canalda, señaló que «que Río Negro haya sido uno de los destinos más elegidos durante estas vacaciones de invierno, liderando las búsquedas en los principales portales de viajes y registrando un nivel histórico de conectividad aérea, demuestra que el trabajo previo a la temporada está dando resultados. Estos indicadores reflejan la confianza de los viajeros en nuestros destinos y el enorme esfuerzo que realizan municipios, prestadores y trabajadores del turismo para ofrecer experiencias de calidad. Nuestro desafío ahora es consolidar este crecimiento, atraer más inversiones, mejorar la competitividad y seguir posicionando a Río Negro como uno de los grandes destinos turísticos de la Argentina durante todo el año».

Por su parte, el director ejecutivo de la Agencia de Turismo Río Negro (ATUR), Diego Piquín, destacó que «el trabajo entre el sector público y privado, junto con la diversidad y la calidad de la oferta en cada una de nuestras regiones, nos permite seguir siendo una gran opción para miles de visitantes que nos eligen año tras año».

El informe de CAME también señala que durante las vacaciones viajaron 4,6 millones de personas, un 5,9% más que en 2025, de las cuales 4,2 millones fueron turistas nacionales y 400.000 visitantes extranjeros. El impacto económico alcanzó los $2,12 billones (US$1.412 millones), con un crecimiento real interanual del 2,5%. La estadía promedio fue de cuatro días y el gasto diario por persona llegó a $115.115. Mientras varios destinos de la Costa Atlántica registraron una temporada moderada, el turismo de nieve, encabezado por Bariloche, lideró las preferencias de los viajeros en todo el país.

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Roca

Insistía con invitar a una adolescente a su casa y la Justicia le prohibió acercarse

El hombre volvió dos días seguidos al comercio donde trabajaba la adolescente y la invitó a su casa. La Justicia entendió que afectó la tranquilidad de la joven.

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Una adolescente atendía el negocio de su familia en el Alto Valle cuando un cliente terminó de pagar y, antes de retirarse, le preguntó por qué siempre estaba seria. Como no obtuvo respuesta, insistió y la invitó a tomar mate en su casa. La joven guardó silencio y el hombre se fue del lugar.

Al día siguiente regresó al comercio y volvió sobre el tema y preguntó por la adolescente. En ese momento intervino la pareja del padre de la joven, quien le respondió que no correspondía que invitara a la chica a tomar mate. El hombre se retiró sin discutir.

El padre de la adolescente promovió una denuncia ante el Juzgado de Paz en representación de su hija, por una  infracción al Código Contravencional de Río Negro.

La jueza dispuso una prohibición de comunicación y contacto. Luego de la audiencia se resolvió responsabilizar al hombre por la conducta denunciada y le impuso una amonestación prevista en el artículo 47 de la Ley.

Durante la audiencia, el hombre sostuvo que todo había sido un malentendido. Explicó que había invitado a la adolescente para que fuera con sus hermanos a jugar con la perra que tenía en su casa. Dijo que no advirtió que esa conducta podía resultar inapropiada y aseguró que nunca actuó con mala intención.

Sin embargo, la jueza entendió que esas explicaciones no desvirtuaban los hechos acreditados y concluyó que su conducta había afectado la tranquilidad de la joven.
El fallo recordó que el Código Contravencional sanciona a quien moleste a otra persona y afecte su tranquilidad en la vía pública o en lugares de acceso público. Esa figura integra el capítulo referido a las contravenciones contra la integridad de las personas y protege el derecho a desarrollar actividades sin sufrir conductas que alteren la tranquilidad.

La sentencia también destacó que, durante el tiempo en que estuvieron vigentes las medidas de protección, no se denunciaron nuevos episodios y que el hombre se presentó a la audiencia luego de ser notificado.

Asimismo, señaló que no registraba antecedentes contravencionales por hechos similares, circunstancia que fue considerada al momento de definir la sanción aplicable.

Así, el Juzgado de Paz resolvió amonestar al hombre y advertirle que, en adelante, deberá ajustar su comportamiento a las normas vigentes para evitar nuevas infracciones.

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Judiciales

La ruta de sociedades, cuentas y comercios detrás de una cuota alimentaria

La jueza analizó informes tributarios, habilitaciones comerciales, sociedades, movimientos bancarios y testimonios para determinar la capacidad económica del demandado.

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El expediente no ofrecía una cifra única ni una respuesta directa. Para conocer la capacidad económica de un progenitor, la jueza debió seguir un recorrido compuesto por registros tributarios, habilitaciones comerciales, sociedades, movimientos bancarios, certificaciones contables y testimonios.

La causa tramitó ante la Unidad Procesal de Familia N.º 11 de Cipolletti. La progenitora inició la acción en representación de sus dos hijos y sostuvo que el otro progenitor desarrollaba distintas actividades comerciales y empresariales. También afirmó que ella asumía el cuidado cotidiano de los niños.

El padre rechazó el alcance del reclamo. Explicó que sus ingresos no eran fijos, presentó una certificación contable y acompañó documentación bancaria. Además, sostuvo que realizaba aportes mensuales y entregas de alimentos, ropa y útiles escolares.

La discusión quedó centrada en una pregunta: cuál era su capacidad económica real.
El primer tramo de la respuesta apareció en los informes tributarios. La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro informó que el progenitor figuraba inscripto en actividades vinculadas con servicios gastronómicos, asesoramiento y gestión empresarial.
También registró vehículos a su nombre.

Luego llegaron los datos de la Municipalidad de Cipolletti. Los registros indicaron la existencia de una habilitación comercial vigente para un establecimiento gastronómico y señalaron su participación como socio gerente en una sociedad. Otro informe municipal dio cuenta de antecedentes vinculados con inmuebles y permisos comerciales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero sumó más piezas. Según la sentencia, el progenitor aparecía registrado como socio, gerente o administrador en distintas firmas. A esa información se agregó un contrato de franquicia para la explotación de un local comercial. La documentación acreditó vínculos con sociedades, comercios y emprendimientos. Sin embargo, el expediente no permitió determinar con exactitud cuánto dinero generaban esas actividades ni qué parte correspondía al progenitor.

La jueza también examinó una certificación contable que él mismo presentó. Ese documento informó un promedio de ingresos durante un período determinado y consignó una relación laboral con una de las empresas. El fallo aclaró que esos datos no reflejaban necesariamente la totalidad de los recursos, ya que existían otras participaciones comerciales acreditadas en la causa.

El informe bancario añadió otro elemento. La cuenta registró variaciones importantes entre ingresos, egresos y saldos durante varios meses. La sentencia tomó esos movimientos como parte del análisis patrimonial, aunque no los consideró suficientes para establecer por sí solos una cifra definitiva.

Las declaraciones testimoniales completaron el cuadro. Varias personas hablaron sobre locales gastronómicos, viajes al exterior, vehículos y nivel de vida. Otro testimonio mencionó la relación del progenitor con una empresa que ocupaba un inmueble comercial.

Aun con ese conjunto de pruebas, la jueza señaló que faltó documentación contable específica. También sostuvo que el progenitor estaba en mejores condiciones de presentar información precisa sobre sus ingresos, su patrimonio y las ganancias de las sociedades.
El fallo aplicó el criterio de las cargas probatorias dinámicas. Según la resolución, ese principio impone el deber de aportar la prueba a quien cuenta con mejores posibilidades técnicas o materiales para hacerlo.

La jueza fijó una cuota alimentaria equivalente a ocho salarios mínimos, vitales y móviles. También ordenó que se practique una liquidación por los períodos anteriores, con deducción de los pagos ya realizados.

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