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Sociedad

Repavimento de las Rutas 6 y 8: cómo será el proyecto y cuál es su vínculo con el Hidrógeno Verde

En una primera etapa, la obra inicia en la Ruta 6 y su intersección con la 22, en Roca. Incluye el repavimento en 57 kms y en su desarrollo atraviesa la zona de Paso Córdoba, la barda Sur del Río Negro y Cerrito La Cruz.

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La obra de repavimentación de las Rutas Provinciales N° 6 y N° 8 está cada vez más cerca de ser una realidad, permitiendo mejorar la vinculación entre el Alto Valle y la Región Sur. Los trabajos se extenderán por 185 kilómetros, en una vía central para la provincia desde lo social y económico, que además potenciará las posibilidades del proyecto de producción de Hidrógeno Verde.

La gobernadora Arabela Carreras firmó en Buenos Aires el convenio que permite avanzar con estas obras. “Es una oportunidad de desarrollo equilibrado para nuestra provincia”, dijo la mandataria. Mencionó que estos trabajos facilitarán la radicación de nuevas inversiones privadas en la zona central del territorio.

Las Rutas 6 y 8 se conectan entre sí y generan un corredor único que atraviesa el territorio de norte a sur. Se vincula con otros dos corredores de características bioceánicas, como son las Rutas Nacionales N° 22 y N° 23.

“Hace más de cuatro años que estamos trabajando en este proyecto, que por suerte está llegando a buen puerto. Esta columna vertebral de la red vial provincial data de más de 40 años, sufriendo las diferentes inclemencias climáticas que la fueron deteriorando. Por lo cual, es muy importante que vaya a ser completamente reconstruida”, explicó el presidente de la Dirección de Vialidad Rionegrina, Raúl Grün.

Resaltó la importancia estratégica de las rutas, no solo para la Región Sur, sino también “por el avance del proyecto de Hidrógeno Verde, porque es un tramo troncal que conecta con el resto de las regiones de Río Negro”.

La mejora en las condiciones de las rutas potenciará el proyecto de producción de Hidrógeno Verde, porque se generará una mejor interconexión entre el polo central del plan –en Sierra Grande y parte de la Región Sur- con el resto de la provincia, generando una vinculación más rápida y segura.

Dos rutas estratégicas que atraviesan la provincia

La Ruta Provincial N° 6, nace en el límite con La Pampa, sobre el Dique Casa de Piedra y culmina en la intersección con la Ruta Nacional N° 40 en cercanías a El Bolsón. En su recorrido, de 672 kilómetros, vincula General Roca, El Cuy, Ingeniero Jacobacci, Ojos de Agua, Mamuel Choique, Río Chico y Ñorquinco.

La Ruta Provincial N° 8 se desarrolla en el mismo sentido. Nace en la intersección con la 6 y finaliza, después de recorrer 246 kilómetros, en el límite con Chubut, pasando por Los Menucos.

¿En qué consisten las obras?

De acuerdo a la planificación realizada por Vialidad Rionegrina, los trabajos se desarrollarán en dos etapas, totalizando una inversión total de $3.400.095.141.

En una primera etapa, la obra inicia en la Ruta Provincial N° 6 y su intersección con la Nacional N° 22, en General Roca. Incluye el repavimento en 57 kms y en su desarrollo atraviesa la zona de Paso Córdoba, la barda Sur del Río Negro y Cerrito La Cruz. Esta fase tiene un presupuesto oficial de $1.589.737.795,45.

Con el objetivo de cuidar la integridad de los trabajos, se incluye la construcción de un puesto de pesaje para control de cargas y conteo vehicular con un sistema de pesaje dinámico (Tipo WIM), pórtico metálico para equipos de lectura, sistemas de cámaras, conexión de Internet, un equipamiento necesario para efectuar el pesaje de forma estático y una oficina de puesto de control.

El segundo tramo incluye obras en 128 kms y tiene un presupuesto de $1.810.357.345,58. De ese total, 97 kms corresponden a la Ruta Provincial N° 6, desde la intersección con Ruta Provincial N° 68, pasando por Tricaco y El Cuy.

Justamente en esta última localidad se construirá una intersección canalizada con isletas separadoras de tránsito y se complementará con un sistema de iluminación de 35 luminarias led.

Los 31 kms restantes de obra se extenderán ya por la Ruta Provincial N° 8, hasta la zona de La Esperanza en su intersección con la Ruta Provincial N° 67 y cerrando la traza completa. En materia de seguridad, se corregirán curvas peligrosas, se asegurará el normal funcionamiento de los desagües y alcantarillas y se construirán los alambrados correspondientes en toda la extensión de la traza, además de mejorar los cruces con rutas secundarias y complementar con la señalización vial necesaria.

Roca

Insistía con invitar a una adolescente a su casa y la Justicia le prohibió acercarse

El hombre volvió dos días seguidos al comercio donde trabajaba la adolescente y la invitó a su casa. La Justicia entendió que afectó la tranquilidad de la joven.

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Una adolescente atendía el negocio de su familia en el Alto Valle cuando un cliente terminó de pagar y, antes de retirarse, le preguntó por qué siempre estaba seria. Como no obtuvo respuesta, insistió y la invitó a tomar mate en su casa. La joven guardó silencio y el hombre se fue del lugar.

Al día siguiente regresó al comercio y volvió sobre el tema y preguntó por la adolescente. En ese momento intervino la pareja del padre de la joven, quien le respondió que no correspondía que invitara a la chica a tomar mate. El hombre se retiró sin discutir.

El padre de la adolescente promovió una denuncia ante el Juzgado de Paz en representación de su hija, por una  infracción al Código Contravencional de Río Negro.

La jueza dispuso una prohibición de comunicación y contacto. Luego de la audiencia se resolvió responsabilizar al hombre por la conducta denunciada y le impuso una amonestación prevista en el artículo 47 de la Ley.

Durante la audiencia, el hombre sostuvo que todo había sido un malentendido. Explicó que había invitado a la adolescente para que fuera con sus hermanos a jugar con la perra que tenía en su casa. Dijo que no advirtió que esa conducta podía resultar inapropiada y aseguró que nunca actuó con mala intención.

Sin embargo, la jueza entendió que esas explicaciones no desvirtuaban los hechos acreditados y concluyó que su conducta había afectado la tranquilidad de la joven.
El fallo recordó que el Código Contravencional sanciona a quien moleste a otra persona y afecte su tranquilidad en la vía pública o en lugares de acceso público. Esa figura integra el capítulo referido a las contravenciones contra la integridad de las personas y protege el derecho a desarrollar actividades sin sufrir conductas que alteren la tranquilidad.

La sentencia también destacó que, durante el tiempo en que estuvieron vigentes las medidas de protección, no se denunciaron nuevos episodios y que el hombre se presentó a la audiencia luego de ser notificado.

Asimismo, señaló que no registraba antecedentes contravencionales por hechos similares, circunstancia que fue considerada al momento de definir la sanción aplicable.

Así, el Juzgado de Paz resolvió amonestar al hombre y advertirle que, en adelante, deberá ajustar su comportamiento a las normas vigentes para evitar nuevas infracciones.

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Judiciales

La ruta de sociedades, cuentas y comercios detrás de una cuota alimentaria

La jueza analizó informes tributarios, habilitaciones comerciales, sociedades, movimientos bancarios y testimonios para determinar la capacidad económica del demandado.

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El expediente no ofrecía una cifra única ni una respuesta directa. Para conocer la capacidad económica de un progenitor, la jueza debió seguir un recorrido compuesto por registros tributarios, habilitaciones comerciales, sociedades, movimientos bancarios, certificaciones contables y testimonios.

La causa tramitó ante la Unidad Procesal de Familia N.º 11 de Cipolletti. La progenitora inició la acción en representación de sus dos hijos y sostuvo que el otro progenitor desarrollaba distintas actividades comerciales y empresariales. También afirmó que ella asumía el cuidado cotidiano de los niños.

El padre rechazó el alcance del reclamo. Explicó que sus ingresos no eran fijos, presentó una certificación contable y acompañó documentación bancaria. Además, sostuvo que realizaba aportes mensuales y entregas de alimentos, ropa y útiles escolares.

La discusión quedó centrada en una pregunta: cuál era su capacidad económica real.
El primer tramo de la respuesta apareció en los informes tributarios. La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro informó que el progenitor figuraba inscripto en actividades vinculadas con servicios gastronómicos, asesoramiento y gestión empresarial.
También registró vehículos a su nombre.

Luego llegaron los datos de la Municipalidad de Cipolletti. Los registros indicaron la existencia de una habilitación comercial vigente para un establecimiento gastronómico y señalaron su participación como socio gerente en una sociedad. Otro informe municipal dio cuenta de antecedentes vinculados con inmuebles y permisos comerciales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero sumó más piezas. Según la sentencia, el progenitor aparecía registrado como socio, gerente o administrador en distintas firmas. A esa información se agregó un contrato de franquicia para la explotación de un local comercial. La documentación acreditó vínculos con sociedades, comercios y emprendimientos. Sin embargo, el expediente no permitió determinar con exactitud cuánto dinero generaban esas actividades ni qué parte correspondía al progenitor.

La jueza también examinó una certificación contable que él mismo presentó. Ese documento informó un promedio de ingresos durante un período determinado y consignó una relación laboral con una de las empresas. El fallo aclaró que esos datos no reflejaban necesariamente la totalidad de los recursos, ya que existían otras participaciones comerciales acreditadas en la causa.

El informe bancario añadió otro elemento. La cuenta registró variaciones importantes entre ingresos, egresos y saldos durante varios meses. La sentencia tomó esos movimientos como parte del análisis patrimonial, aunque no los consideró suficientes para establecer por sí solos una cifra definitiva.

Las declaraciones testimoniales completaron el cuadro. Varias personas hablaron sobre locales gastronómicos, viajes al exterior, vehículos y nivel de vida. Otro testimonio mencionó la relación del progenitor con una empresa que ocupaba un inmueble comercial.

Aun con ese conjunto de pruebas, la jueza señaló que faltó documentación contable específica. También sostuvo que el progenitor estaba en mejores condiciones de presentar información precisa sobre sus ingresos, su patrimonio y las ganancias de las sociedades.
El fallo aplicó el criterio de las cargas probatorias dinámicas. Según la resolución, ese principio impone el deber de aportar la prueba a quien cuenta con mejores posibilidades técnicas o materiales para hacerlo.

La jueza fijó una cuota alimentaria equivalente a ocho salarios mínimos, vitales y móviles. También ordenó que se practique una liquidación por los períodos anteriores, con deducción de los pagos ya realizados.

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Río Negro

¿Sabés las diferencias entre el matrimonio y la unión convivencial?

Una de las principales diferencias es que para casarse no hace falta haber convivido previamente.

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Aunque muchas veces se los confunde, el matrimonio y la unión convivencial no son lo mismo. Ambos permiten reconocer legalmente una relación de pareja, pero cada uno tiene requisitos, derechos y efectos diferentes. Desde el Registro Civil de Río Negro se recuerda que conocer estas diferencias es fundamental para que cada persona pueda elegir la opción que mejor se adapte a su proyecto de vida.

Una de las principales diferencias es que para casarse no hace falta haber convivido previamente. En cambio, para registrar una unión convivencial es necesario acreditar al menos dos años de convivencia.

También cambian algunos de los derechos que genera cada vínculo. El matrimonio, por ejemplo, reconoce el derecho a heredar entre los cónyuges y, en determinadas situaciones previstas por la ley, permite solicitar alimentos después de un divorcio. La unión convivencial no otorga esos mismos derechos.

Además, para inscribir una unión convivencial ambos integrantes deben ser mayores de 18 años y declarar un mismo domicilio de convivencia. En el caso del matrimonio, las personas pueden tener domicilios diferentes antes de la celebración y existen excepciones previstas por la ley para quienes son menores de edad.

Tanto el matrimonio como la unión convivencial permiten acceder a beneficios como la incorporación a una obra social o el reconocimiento para una pensión, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en cada caso.

Quienes tengan dudas o quieran conocer cuál de estas opciones se ajusta mejor a su situación pueden acercarse a la delegación del Registro Civil más cercana, donde recibirán asesoramiento y la información necesaria para realizar el trámite.

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