Judiciales
Caso Casmuz: Colicheo ya está en Roca y deberá someterse a un juicio por jurados
El único imputado por el femicidio de Claudia Casmuz fue trasladado desde el Penal de Viedma, donde se encontraba detenido por el asesinato y desaparición de Javier Videla.

El único imputado por el femicidio de Claudia Casmuz y ya condenado a 24 años de prisión por la desaparición y asesinato de Javier Videla, Antonio Colicheo, ya se encuentra en General Roca a la espera de lo que será el juicio que iniciará el próximo 13 de septiembre. Será bajo la modalidad de jurado popular.
Colicheo, que hasta esta semana estaba detenido en el Penal N° 1 de Viedma, se encuentra alojado en los calabozos de la Comisaría 31°, ya que su defensa solicitó que no sea trasladado al Establecimiento de Ejecución Penal N° 2, ni a las Unidades 3° ni 21° para resguardar su seguridad.
De acuerdo con la programación definida por la Oficina Judicial, las audiencias del juicio se desarrollarán desde el 13 hasta el 20 de septiembre, incluyendo el fin de semana de los días 17 y 18 de ese mes, en el Auditorio de la Ciudad Judicial de Roca.
En tanto que el 12 de septiembre, las 90 personas ya sorteadas serán llamadas a la audiencia de selección de jurados, de la que surgirán las 12 personas que integrarán el tribunal popular en carácter de titulares y las cuatro personas que serán suplentes.
El juez profesional que tendrá la responsabilidad de dirigir el juicio por jurados será Emilio Stadler. La defensa del imputado, Gregorio Antonio Colicheo -actualmente detenido-, será ejercida por un equipo de la Defensa Pública a cargo de Juan Pablo Piombo, en tanto que la acusación será sostenida por un equipo del Ministerio Público Fiscal encabezado por el fiscal jefe Andrés Nelli. En representación de la familia de la víctima, constituida en parte querellante, intervendrán los abogados Marcelo Hertzriken Velasco y Joaquín Hertzriken Catena.
Según la acusación fiscal, “los hechos habrían ocurrido a 75 kilómetros de General Roca, entre el 18 de febrero y el 3 de marzo, cuando el hombre se habría aprovechado del estado de extrema vulnerabilidad de la joven y de sus alteraciones psicológicas, y le habría disparado con un arma de fuego 9 mm marca Taurus”.
“Un proyectil le impactó en la zona del hombro, y en el marco de violencia de género y asimetría de poder entre ambos, sumado al estado de desprotección en el que se encontraba Casmuz, la llevó a unos 275 metros al este del lugar mencionado, y le provocó fracturas en ambos maxilares. Además le dio otro disparo en la cabeza, específicamente en la zona parietal izquierda, con orificio de salida”, describió el fiscal jefe Andrés Nelli.
“Luego de provocar la muerte de la mujer, el imputado habría cavado una tumba y la tapó con ramas de jarilla”, agregó el equipo fiscal.
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Lo condenaron por violencia de género, volvió a convivir con la víctima y lo enviaron a prisión
La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial. El Ministerio Público acreditó que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad.

Un hombre condenado por violencia de género cumplirá pena efectiva en Cipolletti tras comprobarse el incumplimiento de las pautas de conducta. La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial y de un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. El Ministerio Público Fiscal acreditó además que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. El juez de Ejecución transformó la pena en suspenso en prisión efectiva.
La condena original se dictó en agosto de 2025 por hechos que incluyeron lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género. En ese momento, el Poder Judicial había dispuesto reglas claras: no acercarse ni mantener contacto con la mujer y sostener un domicilio informado. Esas condiciones formaron parte de una pena de ejecución condicional que buscó evitar el encierro.
Sin embargo, la presencia en la vivienda de la mujer evidenció la transgresión de esas restricciones. El informe de la Oficina de Atención a la Víctima describió un escenario atravesado por temor y dependencia económica, además de referencias a episodios de violencia posteriores a la condena.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el planteo se centró en el incumplimiento de las pautas impuestas y no en la investigación de un nuevo delito. La defensa se opuso al pedido y señaló que los hechos integraban una causa en trámite, además de plantear objeciones sobre la posibilidad de una doble sanción.
El juez de Ejecución Penal analizó la documentación incorporada, en especial el informe técnico, y consideró acreditada la violación de las reglas de conducta, en particular la prohibición de acercamiento. Con base en ese análisis y en normativa vinculada a la protección contra la violencia de género, dispuso la revocación de la condicionalidad.
La resolución ordenó la detención y el traslado a un establecimiento penitenciario.
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Escándalo en el Poder Judicial: Un arma secuestrada apareció en un procedimiento policial y faltan otras en las oficinas de Roca
La irregularidad puso en evidencia fallas en el circuito de secuestros judiciales.

El Poder Judicial de Río Negro impulsó una denuncia penal y una investigación interna de carácter urgente luego de detectar que un arma de fuego que se encontraba secuestrada y bajo custodia judicial apareció en un procedimiento policial realizado en la ciudad de Roca. El hallazgo alertó sobre una irregularidad grave en el resguardo de ese elemento y desencadenó una serie de medidas institucionales.
La denuncia tramita en la Fiscalía de Roca, donde se investiga cómo el arma, que debía permanecer en dependencias judiciales, terminó involucrada en un episodio delictivo. En paralelo, el organismo dio intervención al Auditor General, requirió información a distintas áreas, tomó declaraciones testimoniales y analizó documentación vinculada al circuito de secuestros judiciales.
Como medida complementaria, se ordenó un relevamiento y arqueo integral de los objetos secuestrados en la Oficina Judicial de Roca, que fue extendido a todas las Oficinas Judiciales de la provincia para verificar la correspondencia entre los registros y la existencia material de los elementos resguardados.
El resultado del arqueo agravó el cuadro: se detectó el faltante de otras armas de fuego, lo que motivó la ampliación de la denuncia penal. El número total de elementos involucrados aún no está determinado, dado que el control sigue en curso.
Actualmente se indaga sobre los registros de elementos secuestrados y los protocolos de control interno en las dependencias judiciales. La revisión abarca depósitos, sistemas de inventario y circuitos administrativos relacionados con la custodia.
El Poder Judicial indicó que el proceso interno podría derivar en medidas precautorias o sanciones. La causa penal en la Fiscalía de Roca continúa en etapa inicial, mientras el Auditor General prosigue con las actuaciones administrativas dispuestas por el organismo.
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Imputaron a una profesora de natación y un guardavidas por el fallecimiento del niño de 11 años en la pileta municipal de Roca
Según la acusación, ambos imputados habrían omitido el deber de cuidado al no advertir a tiempo lo que le ocurría a la víctima.

El Ministerio Público Fiscal imputó a una profesora de natación y a un guardavidas por el delito de homicidio culposo, en el marco de la investigación por la muerte de un niño de 11 años ocurrida el 22 de diciembre de 2023 durante una clase en la pileta municipal de General Roca, ubicada en la zona norte de la ciudad.
Según la acusación fiscal, ambos imputados estaban a cargo de un grupo de seis menores cuando, alrededor de las 11.40, se le indicó al grupo un ejercicio en el agua. El niño no salió a la superficie como los demás y la situación fue advertida minutos después, cuando lo sacaron del agua e iniciaron maniobras de RCP hasta la llegada de la ambulancia.
La Fiscalía sostuvo que ambos habrían omitido el deber de cuidado al no advertir lo que ocurría con el menor. El tiempo de inmersión prolongada sin supervisión efectiva ni asistencia inmediata provocó un episodio de ahogamiento por sumersión que derivó en su fallecimiento por asfixia. La calificación legal aplicada es la de homicidio culposo, conforme a los artículos 45 y 84 del Código Penal.
El defensor penal público que asiste a ambos imputados señaló que, a criterio de la defensa, no existen elementos suficientes para formular cargos en esta instancia, y reclamó la realización de un estudio histopatológico antes de arribar a conclusiones definitivas sobre la causa de la muerte.
La jueza de Garantías interviniente, ante la presencia de los padres del niño y su querellante -quien adhirió al pedido fiscal-, explicó que la investigación deberá determinar si la muerte fue producto de negligencia o imprudencia de quienes tenían a su cargo al menor, o si fue consecuencia de una patología previa que no hubiera podido evitarse aun con la debida diligencia. Tuvo por formulados los cargos y fijó un plazo de cuatro meses para la etapa de investigación penal preparatoria.








