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Con los alegatos de apertura, comenzó el juicio por jurados por el femicidio de Casmuz

La defensa de Colicheo sostiene que no existen pruebas que acrediten quién fue la persona que jaló el gatillo para matar a la víctima.

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Comenzó este martes (13/09) en Roca el juicio por jurados en el que se juzgará a Antonio Colicheo, único acusado como presunto autor del delito de femicidio con alevosía, del que fue víctima la joven Claudia Alejandra Casmuz en marzo de 2021.

La Fiscalía sostuvo que a lo largo del juicio se probará que el imputado fue el autor del robo de un arma de fuego y que con la misma mató a Claudia Casmuz. La querella acompañó esta posición mientras que la defensa consideró que no existían pruebas para arribar a la condena y adelantó que solicitará la absolución.

El juicio se desarrolla en el Auditorio de la Ciudad Judicial de Roca, con la dirección del juez profesional Emilio Stadler.

El equipo fiscal integrado por el fiscal jefe Andrés Nelli y la fiscal Verónica Villarruel explicó que el cuerpo de la víctima fue hallado en el campo La Perseverancia, ubicado a unos 75 kilómetros de General Roca el 4 de marzo de 2021. El femicidio -según la hipótesis de la acusación- ocurrió entre el 18 de febrero y el 3 de marzo. La víctima fue agredida con un arma de fuego calibre 9 milímetros.

En primer término el hombre le habría disparado en un omóplato, momentos en los cuales Casmuz se intentó escapar del lugar corriendo. El acusado la habría golpeado con un objeto contundente para inmovilizarla y luego ultimarla con un segundo disparo. El cuerpo fue hallado semienterrado en una fosa.

La fiscal reseñó que esa pistola había sido robada de una vivienda antes de cometer el crimen, circunstancias en las cuales también habría sustraído una placa de policía de la provincia de Neuquén y una notebook.

“No es solamente la muerte de una mujer en manos de un hombre. Lo hizo aprovechándose de las múltiples vulnerabilidades de Claudia”, aseveró la representante del Ministerio Público.

“Les pido que presten atención. A lo largo del juicio se demostrarán todos y cada uno de los hechos. Les prometo no les quedará duda alguna de que el imputado es quien robó el arma, la placa y la notebook y tampoco les quedará ninguna duda de que fue quien mató a Claudia”, concluyó.

La querella, que representa a la madre de la víctima, coincidió con la fiscalía y resumió que el acusado llevó a Casmuz a “a un lugar alejado sin ningún testigo y la sometió con un arma de fue 9 milímetros, le disparó dos veces y la golpeó”.

La calificación legal del caso es femicidio agravado por ser cometido con alevosía y por el uso de arma de fuego, y robo simple en calidad de autor, en concurso real con tenencia de arma de fuego de guerra.

El acusado es representado legalmente por el defensor oficial Juan Pablo Piombo y la adjunta de la defensa penal Laura Dominguez y adelantaron que iban a solicitar la absolución por todos los delitos. Sostuvo que no existen pruebas que acreditaran quién fue la persona que jaló el gatillo para matar a la víctima. Y afirmó que no hay dudas sobre las múltiples vulnerabilidades de la víctima pero lo que los acusadores buscaban era generar impacto emocional en el jurado.

“Para condenar hace falta prueba”, consideró el defensor, y agregó que los acusadores utilizaron como estrategia apelar a lo emocional, precisando que esto sucede cuando “faltan pruebas”.

Sintetizó en que la única prueba de cargo es que el arma de fuego con la que se habría dado muerte a la víctima fue hallada en poder del imputado muchos días después del crimen, pero que eso no probaba la autoría por parte del único acusado.

La jornada de debate continuará hoy con los primeros testimonios y se extenderá hasta el próximo martes, cuando está previsto que las partes expongan los alegatos de clausura. Finalizados los alegatos y brindadas las instrucciones finales, el jurado popular pasará a deliberar hasta arribar a un veredicto final.

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Dictaron prisión preventiva para el camionero que manejaba con 4,20 g de alcohol en sangre, chocó en la Ruta 22 y se dio a la fuga

El imputado, oriundo de Salta, embistió a dos vehículos y terminó provocando que uno caiga a un desagüe. Además, un hombre sufrió heridas de gravedad.

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Foto: Archivo.

Un hombre oriundo de la provincia de Salta fue acusado este lunes (19/01) por el delito de lesiones graves culposas doblemente agravadas, tras protagonizar un grave siniestro vial mientras conducía con exceso de alcohol en sangre y posteriormente darse a la fuga. La jueza de Garantías dispuso su prisión preventiva por el plazo de 2 meses.

Según expuso la fiscal de feria durante la audiencia que se realizó esta mañana, el hecho ocurrió el pasado sábado (17/01), cerca de las 19 horas, sobre la Ruta Nacional N° 22 y calle Mendoza, en uno de los accesos principales a la ciudad de General Roca y donde funcionan semáforos.

El acusado circulaba en sentido este-oeste a bordo de un camión Mercedes Benz, perteneciente a una empresa de transporte, de manera imprudente y antirreglamentaria, cuando impactó desde atrás a un Chevrolet Meriva. Como consecuencia del choque, este vehículo colisionó por alcance a un Renault Kwid y terminó cayendo al interior de un desagüe.

Producto del impacto, el conductor del Chevrolet Meriva sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura de pelvis.

Tras el siniestro, el conductor del camión fue trasladado a la Unidad del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca, pero se dio a la fuga mientras el personal policial realizaba las actas correspondientes. Al día siguiente se presentó de forma voluntaria en la unidad policial y quedó detenido.

El test de alcoholemia practicado en el lugar del hecho arrojó un resultado de 4,20 mililitros de alcohol en sangre.

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La Justicia de Roca otorgó a un padre el cuidado exclusivo de su hija tras episodios de abandono de su madre

La mujer dejó a la niña sola en un taxi y luego en una terminal de ómnibus.

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El fuero de Familia de General Roca resolvió otorgar el cuidado personal unilateral de una niña a su padre, luego de acreditarse reiteradas situaciones de desprotección y negligencia por parte de la madre, que pusieron en riesgo su bienestar.

Según se desprende del expediente, cuando la niña tenía apenas un año, su madre la subió sola a un taxi y la envió al lugar de trabajo del padre. Al llegar, el hombre no se encontraba allí, lo que expuso a la menor a una grave situación de vulnerabilidad. Años más tarde, el episodio se repitió cuando la mujer dejó nuevamente sola a la niña, esta vez en una terminal de ómnibus.

En ambas oportunidades fue el padre quien asumió de manera inmediata el cuidado de su hija. Frente a estos antecedentes, y con el objetivo de garantizarle un entorno estable, seguro y afectivo, el hombre recurrió a la Justicia y solicitó el cuidado exclusivo de la menor.

Durante el proceso judicial se incorporó un informe socioambiental, que describió un hogar monoparental en el cual el padre organiza su actividad laboral en función de las necesidades de la niña. Si bien se señalaron carencias materiales en la vivienda, el informe concluyó que el entorno resulta apto para la crianza, destacando además que la menor asiste regularmente a la escuela y recibe atención psicológica.

La Defensora de Menores dictaminó a favor del otorgamiento del cuidado personal unilateral al padre, en atención al interés superior de la niña, valorando también la ausencia procesal de la madre y las pruebas que acreditaron conductas negligentes.

En su resolución, la jueza subrayó que la madre, pese a haber sido debidamente notificada del inicio de la demanda y de las audiencias fijadas, no compareció en ninguna instancia del proceso, lo que fue interpretado como un claro desinterés por la situación de su hija.

«El interés superior del niño es el lineamiento rector en todas las cuestiones en que este se halle afectado; la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos», sostuvo la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El fallo remarcó que, si bien ambos progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, el cuidado personal puede ser atribuido de forma unilateral cuando existen razones fundadas que lo justifiquen, como ocurrió en este caso. Además, se recomendó la continuidad de un abordaje terapéutico integral y el acompañamiento profesional para la niña.

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Violencia de género en el barrio Malvinas: Un hombre quedó detenido tras una brutal agresión

El ataque ocurrió en una vivienda del barrio Malvinas y fue frenado por la intervención policial.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por un grave hecho de violencia de género ocurrido el pasado martes (13/01) en una vivienda del barrio Malvinas, en General Roca, donde una mujer fue agredida física y verbalmente en presencia de los tres hijos que ambos tienen en común.

Según se expuso en la audiencia, el imputado llegó al domicilio y comenzó a increpar e insultar a la víctima, para luego golpearla violentamente en distintas partes del cuerpo. En la vivienda se encontraban los hijos de la mujer, quienes presenciaron el ataque. La hija mayor, de 14 años, intentó proteger a sus hermanos menores mientras daba aviso a su abuelo. Al mismo tiempo, un vecino que escuchó los gritos alertó al sistema de emergencias 911.

La rápida llegada de personal policial, junto con el padre de la mujer, permitió frenar la agresión. Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió múltiples lesiones que incluso le impidieron desplazarse por sus propios medios.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía se incluyeron el registro de la llamada al 911, el acta de denuncia penal, certificados médicos que acreditan lesiones múltiples -calificadas como leves según el tiempo de curación- y el resultado del test de alcoholemia practicado al imputado. Además, se informó que se dio intervención a la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).

Durante la audiencia, la defensa se opuso al pedido de prisión preventiva y propuso medidas alternativas, como prohibición de acercamiento, dispositivos duales y acciones vinculadas al tratamiento por consumo problemático de alcohol, con el objetivo de que el imputado pudiera continuar con su actividad laboral.

La Fiscalía, en tanto, sostuvo la necesidad de la prisión preventiva debido a la gravedad del hecho, el riesgo para la víctima y la necesidad de garantizar el normal desarrollo del proceso penal.

Finalmente, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y resolvió dictar la prisión preventiva del imputado, además de prohibir todo tipo de contacto con la víctima.

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