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Le formularon cargos a los acusados de matar al comerciante de Choele Choel y seguirán detenidos

El menor de edad que formó parte del asalto y resultó herido, continúa internado pero está fuera de peligro.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos hoy (20/9) a un hombre y a una mujer por los hechos de los que resultó víctima Lucas Valentini, perpetrados durante la madrugada del domingo pasado en la localidad de Choele Choel. El legajo será tramitado como causa compleja por lo que se extenderá la investigación penal preparatoria durante seis meses, mismo lapso por el que se dispuso la prisión preventiva de ambos imputados.

Luego de una extensa audiencia, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos tal como lo había requerido la Fiscalía en el caso del hombre, es decir, del delito de homicidio en ocasión de robo agravado por la participación de un menor, en calidad de coautor. No obstante modificó la calificación legal de la mujer a quien imputó como autora del delito de encubrimiento.

En la audiencia se informó que el menor de edad que intervino en los hechos se encuentra internado fuera de peligro y que será puesto a disposición de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. La Defensoría de Menores ya interviene en este caso.

La Fiscalía Descentralizada de Choele Choel, que encabezó la investigación del hecho, fue la encargada de relatar en la audiencia los detalles del mismo, que reconstruyó en el marco de las escasas horas entre las que éste se produjo y en que fueron detenidos ambos imputados.

Detalló la fiscal interviniente que, poco después de las 5 de la madrugada del domingo 18, dos hombres encapuchados ingresaron al departamento ubicado en el primer piso de Avellaneda y Urquiza, arrancando el mosquitero de una de sus ventanas.

Ambos sorprendieron a la pareja mientras dormía luego de lo cual mientras uno de ellos apoyó el cuchillo en la garganta de la mujer y la llevó a la cocina reclamándole dinero, el otro quedó en la habitación con Valentini. Cuando comienzan a forcejear el menor de edad se dirige al cuarto y en ese momento la mujer pudo tomar un arma y dirigirse también hacia allí.

En el mismo momento en que los hombres le asestaban puñaladas a la víctima, ella disparó en al menos tres oportunidades luego de lo cual abandonó el lugar pidiendo ayuda y ambos atacantes pudieron huir.

Herido, el menor de edad llegó al Hospital local en donde instantes después se hizo presente la imputada, ocasión en la que fue detenida.

Simultáneamente se sustanciaban diversas medidas dispuestas por la Fiscalía Descentralizada de Choele Choel, entre ellas el allanamiento que la Policía de Río Negro efectuaba en el domicilio de la mujer. Ya había comenzado además el trabajo conjunto entre las Brigadas de investigaciones local y de Viedma.

Así, a partir del análisis de redes sociales pudo presumirse quién era el consorte del menor, ubicar a la mujer y llegar hasta su domicilio que fue allanado y en donde fue detenido el hombre imputado. En el lugar se secuestraron prendas de vestir con manchas hemáticas, zapatillas y ropa, algunas de ellas se encontraban en proceso de lavado. Todo guardaba similitud con imágenes relevadas en cámaras de seguridad. Además en poder de la mujer se encontraron $30.000 cuya procedencia no pudo explicar.

Como sustento probatorio, la Fiscalía detalló que cuenta también con diversos certificados, entre ellos el de defunción de Valentini que destaca que murió por un paro cardio respiratorio y que tenia 9 heridas de arma blanca en diversas partes del cuerpo; así como aquellos que constatan las heridas del menor de edad y el estado de las dos personas imputadas.

Se suma a esto los resultados de las tareas realizadas por el Gabinete de Criminalística, la toma de muestra de residuos de disparo y entrevistas, entre ellas la de la mujer testigo presencial de los hechos y víctima de los mismos.

También se cuenta con el informe del Cuerpo de Investigación Forense, actas diversas e informes de antecedentes y registro de reincidencia de ambos imputados. Los mismos dan cuenta que el hombre tiene causas en trámite en la ciudad de Viedma y pedido de rebeldía y captura.

El abogado querellante adhirió a lo expuesto por la acusación pública mientras que la Defensa oficial del hombre imputado no manifestó objeciones a los cargos formulados en esta instancia del proceso, aunque adelantó que existían aspectos del hecho que no tenían aval en evidencias, pero que no era éste el momento procesal oportuno para plantearlo. En cambio, la defensora oficial de la mujer sí se opuso a la formulación de cargos al considerar que en la descripción de los hechos no se advertía qué delito podía endilgársele a su defendida.

Finalmente el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos modificando la calificación legal otorgada a esta última. Así, lo hizo por el delito de homicidio en ocasión de robo en calidad de autor, en el caso del hombre y por encubrimiento, en calidad de autora, en el caso de la mujer.

Al no existir contradicción entre las partes, dispuso además que el legajo sea gestionado como causa compleja por lo cual la investigación penal preparatoria se extenderá durante los próximos seis meses. Luego de ello, y haciendo lugar a la petición de la Fiscalía, determinó la prisión preventiva de ambos imputados por igual lapso, para garantizar el éxito de las medidas en curso que “podrían verse comprometidas si recuperaran la libertad”.

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Identificaron al joven que fue asesinado a tiros en la zona oeste de Roca

La investigación busca determinar cómo ocurrió el crimen, identificar a los responsables y localizar las armas que habrían sido utilizadas.

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Un joven de 19 años fue asesinado durante la noche del jueves (14/08) en la zona oeste de General Roca, luego de recibir múltiples disparos de arma de fuego. La víctima fue identificada como Diego Nicolás Gutierrez, quien murió como consecuencia de las heridas provocadas durante el ataque.

El hecho ocurrió dentro de la jurisdicción de la Comisaría 47° y es investigado por el Ministerio Público Fiscal, bajo la coordinación de la fiscal Verónica Villarruel.

En la escena trabajaron integrantes de la Fiscalía de Turno, el Gabinete de Criminalística, la Unidad Operativa del Ministerio Público, la Policía de Río Negro y la Brigada de Investigaciones.

El cuerpo del joven fue trasladado a la Morgue Judicial de General Roca, donde profesionales médicos realizarán la autopsia para determinar con precisión la causa y las circunstancias del fallecimiento.

Mientras tanto, los investigadores continúan con distintas diligencias para reconstruir lo ocurrido, identificar a los responsables del homicidio y avanzar en la búsqueda de las armas utilizadas en el ataque.

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Acusan a un hombre de enviar mensajes y audios sexuales a una adolescente

La Fiscalía sostuvo que el imputado contactó a la víctima entre julio y agosto de 2025 y le envió mensajes y audios de contenido sexual, sabiendo que era menor de edad.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por el delito de acoso sexual infantil, en una causa en la que se investiga el contacto que habría mantenido con una adolescente a través de WhatsApp y el envío de mensajes y audios de contenido sexual.

La audiencia se realizó este viernes (14/08) en el Foro Penal de General Roca. La fiscal adjunta Daniela Espinoza Sagredo detalló que los hechos investigados ocurrieron entre julio y agosto de 2025.

Según la acusación, el hombre se comunicó con la adolescente mediante WhatsApp y le envió mensajes y audios de contenido sexual, a sabiendas de que se trataba de una menor de edad. La calificación legal propuesta es acoso sexual infantil en carácter de autor.

La investigación comenzó luego de que la madre de la joven escuchara a su hija hablar por teléfono con una persona desconocida, a quien le brindaba información sobre sus rutinas y horarios. Ante esta situación, la mujer realizó la denuncia penal que dio inicio a las actuaciones judiciales.

Como principal evidencia, la Fiscalía presentó un informe técnico de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones. El análisis de los teléfonos del imputado y de la víctima permitió identificar más de 1.000 páginas de registros, conversaciones y archivos de audio que sustentan la acusación.

El legajo también incorpora el acta del allanamiento realizado en la vivienda del imputado, en Cipolletti, y un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. Este último documento explicó las razones técnicas por las cuales no fue posible realizar una entrevista en Cámara Gesell a la adolescente. Además, se anexó como prueba el Certificado Único de Discapacidad de la menor.

Durante la audiencia, la defensa del acusado, a cargo del abogado Pablo Barrionuevo, no presentó objeciones formales a la imputación, aunque señaló que discutirá la interpretación que la Fiscalía realiza de los mensajes. El imputado, por su parte, hizo uso de su derecho constitucional y optó por no declarar.

Tras escuchar a las partes, el juez de Garantías Gustavo Quelín dio por iniciada la etapa de investigación penal preparatoria por un plazo de cuatro meses.

¿Qué es el grooming?

El grooming es una forma de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes en el entorno digital, mediante la cual una persona adulta establece contacto con fines sexuales a través de medios tecnológicos, utilizando estrategias de engaño, manipulación y sometimiento emocional.

En Argentina, el delito de grooming está tipificado en el artículo 131 del Código Penal y contempla una pena de prisión de seis meses a cuatro años.

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Negó ser el padre, murió durante el juicio y una prueba de ADN confirmó la paternidad

Antes de su fallecimiento, los progenitores habían firmado un acuerdo sobre distintos aspectos, entre ellos el nombre con el que quedaría inscripta la niña.

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La búsqueda de una madre por la identidad de su hija comenzó con una respuesta negativa. Cuando la niña tenía cuatro meses, la mujer le comunicó al hombre con quien había mantenido una relación que era el padre. Él rechazó esa posibilidad. Le dijo que tenía un problema orgánico que le impedía tener hijos. Con ese argumento, no asumió la paternidad.

Frente a esa negativa, la mujer inició un recorrido para que su hija tuviera reconocida su identidad y su vínculo paterno. Recurrió al Poder Judicial y, en representación de la niña, promovió una acción de filiación. De esta manera, el fuero de Familia de Villa Regina ordenó una prueba genética para determinar si existía el vínculo biológico.

Antes de que el proceso llegara a una sentencia, el hombre falleció. La mujer informó su muerte en y presentó el acta de defunción. También acompañó un acuerdo que ambos habían firmado unos meses antes. Allí habían establecido, entre otras cuestiones, el nombre con el cual quedaría inscripta la niña.

Durante el trámite judicial se ordenó una extracción de muestras y el análisis molecular de ADN. La pericia del Laboratorio Regional de Genética Forense del Poder Judicial de Río Negro determinó una probabilidad de vínculo biológico de paternidad superior al 99,99998 por ciento. El resultado no recibió objeciones de las partes.

El fallecimiento del hombre no impidió que el expediente continuara. Se suspendió la tramitación y se citó a sus herederos. Luego se ordenó la publicación de edictos y, ante la eventual existencia de sucesores, se designó un Defensor de Ausentes. La Defensoría Oficial asumió esa representación. Antes de la sentencia, el Defensor de Menores e Incapaces dictaminó que correspondía hacer lugar a la acción de filiación.

Con la prueba genética como elemento central, el fuero de Familia tuvo por acreditado que el hombre era el progenitor biológico de la niña. La sentencia destacó el valor de este tipo de estudios para establecer la denominada verdad biológica y señaló que el resultado obtenido aportaba una certeza casi absoluta sobre la paternidad.

El fallo también hizo lugar a la incorporación del apellido paterno. De acuerdo con lo que los progenitores habían pactado antes del fallecimiento del hombre, la niña llevará un apellido compuesto, primero el materno y luego el paterno.

La jueza ordenó librar oficio y testimonio al Registro Civil para que se modifique la inscripción correspondiente y dispuso que las costas del proceso sean soportadas en el orden causado.

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