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Sociedad

Estafas telefónicas y virtuales: recomendaciones para tener en cuenta

Volvieron a incrementarse las denuncias de este tipo. Mirá estos consejos para no caer en la trampa.

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De un tiempo a esta parte vienen ocurriendo diferentes casos de estafas telefónicas y virtuales y en razón de ello es importante recordar determinadas recomendaciones para evitar las mismas y no ser víctimas de este tipo de engaños.

Entre las modalidades de estafa más utilizadas, figuran las llamadas telefónicas, los mensajes de WhatsApp por los que se intenta recolectar información bancaria y/o personal de la víctima, al tiempo que también existen casos que se dieron a través de la “suplantación de identidad”, en donde el estafador se hace pasar por un allegado de la persona para solicitar dinero prestado por un presunto asunto urgente que resulta ser falso.

El director de Investigaciones de la Policía de Río Negro, Comisario Mayor Julián Martín, se refirió al tema e hizo hincapié en la importancia de prestar atención a las llamadas con números que no se tienen registrados, en especial si son provenientes de otras provincias. “Hoy en día, los estafadores utilizan diferentes tipos de chips y tratan de sacar toda la información necesaria, ya sea de las cuentas bancarias o de los teléfonos, para engañar a las personas y hacerse de dinero”, afirmó.

En algunos casos, los estafadores dicen ser representantes de una entidad bancaria o empresas conocidas para poder sacarle datos a la víctima y así lograr el cometido. En ese sentido, Martín destacó que “ningún banco y empresa de este tipo va a requerir información o datos de las cuentas”.

Por otro lado, brindó otros ejemplos de estafas en donde se le señala a las personas que han ganado un premio o que por determinado motivo, deben cambiar claves bancarias.

Sobre este punto destacó que dichas modalidades deben ser tomadas como sospechosas si se recibe una llamada o un mensaje: «Ante cualquier tipo de duda la persona tiene que llamar enseguida al 911 o recurrir a la unidad policial más cercana”, amplió.

En cuanto al trabajo que se está realizando desde la Policía de Río Negro frente a denuncias por estos delitos, Martín indicó que se contacta a la victima para hacer un análisis de cómo fue la situación y así tratar de localizar el número telefónico desde dónde se emitió la llamada para hacer un seguimiento.

Martín agregó que varias llamadas que terminan siendo intentos de estafa, provienen de provincias como Mendoza y Salta y que incluso personas oriundas de esta última provincia fueron detenidas tanto en Sierra Grande como en La Pampa.

Otras recomendaciones además de las sugerencias ya mencionadas, se recomienda:

  • Llamar al 911 ante cualquier situación de este tipo.
  • No abrir correos electrónicos sospechosos y en caso de hacerlo, no hacer click en los enlaces que tengan ni en los archivos adjuntos;
  • No informar claves de acceso de cajeros y home banking.
  • No brindar datos confidenciales ni claves a través de llamados telefónicos, mensajes de texto o whatsapp.
  • No proporcionar los números de la tarjeta de crédito o débito mediante llamados telefónicos ni mails.
  • No enviar dinero ni dar información personal.
  • Ante la duda, se recomienda cortar la comunicación en las llamadas telefónicas, no ingresar a los links y no responder en caso de correos sospechosos.

Judiciales

Se cambió el apellido por el que usa en redes sociales

Consignó en la presentación que nunca tuvo contacto con su progenitor y que tomó la decisión a los 13 cuando se cambió el nombre en redes sociales.

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Un joven de Cipolletti esperó a cumplir los 16 años para iniciar el trámite judicial que le permitió quitarse el apellido paterno. Consignó en la presentación que nunca tuvo contacto con su progenitor y que tomó la decisión a los 13 cuando se cambió el nombre en redes sociales. Contó con la asistencia de la defensa pública.

El fallo del fuero de Familia ordenó suprimir el apellido paterno del adolescente y reemplazarlo por el materno. La decisión se tomó luego de que el joven argumentara ante el Poder Judicial que no se siente identificado con el apellido de su padre biológico y expusiera el impacto que esto tiene en su vida diaria. La sentencia ordenó que el Registro Civil y Capacidad de las Personas inscriba la modificación solicitada.

El adolescente manifestó que su padre nunca asumió responsabilidades en su crianza ni en su bienestar y que nunca existió contacto entre ambos. Desde su nacimiento, la madre fue quien se hizo cargo de su cuidado integral y, según su relato, la mujer es la única figura parental en su vida.

El joven declaró que desde los 13 años utiliza en ámbitos informales el apellido de su madre, por sentirse más identificado con él. Argumentó que es «un martirio» tener que usar el apellido paterno para trámites legales y que esta situación genera un profundo malestar. En su testimonio durante una audiencia, sostuvo que desea llevar el apellido materno con el que se da a conocer socialmente y en redes sociales. Además, los informes de su escuela indicaron que el adolescente manifestó su deseo de cambiar el apellido en repetidas ocasiones y que su documentación oficial en la institución lleva el apellido paterno, a pesar de su preferencia por el materno.

Para resolver se consideraron diversos informes que avalaron la petición del joven. Entre ellos, un informe del Juzgado Electoral Provincial, un dictamen de la Asesora Legal del Registro Civil y un informe psicológico del Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI).

La asesora legal del Registro Civil de Río Negro indicó que no existían objeciones legales para el cambio de apellido, considerándolo justificado por las circunstancias presentadas. Por su parte, la Fiscalía también apoyó la solicitud al considerar que los motivos expuestos por el joven no eran «caprichosos, sino fundados».

La Defensora de Menores coincidió con estas apreciaciones y recomendó resolver la solicitud considerando la edad, madurez y derecho a la identidad del adolescente. Sostuvo que, dado que el joven expresó claramente su deseo de utilizar el apellido materno y que este cambio le permitirá construir su identidad de manera más genuina, era procedente hacer lugar a la demanda. Además, enfatizó la importancia de priorizar el interés superior del niño, tal como lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño.

Finalmente, el fallo se basó en el artículo 69 del Código Civil y Comercial de la Nación, que permite la modificación del apellido cuando existen motivos justos. La jueza de Familia subrayó que el nombre es un derecho humano personalísimo protegido por normas internacionales como el Pacto de San José de Costa Rica, que reconoce el derecho de toda persona a tener un nombre y a que este sea respetado.

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Judiciales

Atropelló una mujer en la Ruta Chica y tendrá que pagar de su bolsillo porque se le había vencido el seguro

La víctima cruzaba la cinta asfáltica junto con sus hijos menores y fueron embestidos por un Renault Megane. La madre falleció.

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Un hombre de Cipolletti que protagonizó un incidente vial en la Ruta Provincial N° 65 tendrá que indemnizar a la familia de la víctima con recursos propios. El conductor contaba con seguro pero estaba vencido. En la apelación se confirmó la exclusión de cobertura por parte de la compañía.

El incidente vial ocurrió en la Ruta Provincial N° 65 a la altura de la calle José Benito Croceri en Fernández Oro. Se comprobó en la sentencia de primera instancia que la mujer víctima cruzaba la cinta asfáltica junto con sus hijos menores y que en esa circunstancias la embistió el Renault Megane del hombre condenado. La madre falleció.

El sitio por el que cruzó la víctima no poseía señalización ni sendas peatonales. El fallo distribuyó las responsabilidades y determinó que el conductor debe compensar los daños con una suma económica destinada a los tres hijos menores de la mujer.

La compañía Mercantil Andina apeló la sentencia para eximirse de la condena, alegando la falta de pago de la prima. En primera instancia, el fallo había rechazado la excepción de exclusión de cobertura planteada por la aseguradora, considerando que no se había probado la mora en el pago de la prima. La sentencia de grado valoró que había un «cupón de cancelación de prima mensual» con constancia de pago a nombre del asegurado y con una vigencia del seguro hasta una fecha posterior al incidente vial. No obstante, la aseguradora apeló la decisión, argumentando que la prima no se había pagado a tiempo, por lo que la cobertura se encontraba suspendida.

La Cámara de Apelaciones concluyó que la sentencia de primera instancia no había adoptado el criterio correcto para desestimar la pericia contable presentada por la aseguradora. Los magistrados también analizaron la normativa vigente en materia de seguros, en particular la Ley de Seguros y la Resolución N° 429/2000 del Ministerio de Economía, que establecen los medios de pago autorizados y los efectos de la falta de pago en la cobertura del seguro. En ese contexto, concluyeron que el documento presentado como comprobante de pago por el conductor no constituía una prueba suficiente de la cancelación de la prima dentro del plazo exigido, ya que se trataba de un «recibo provisorio» sin una constancia definitiva de pago.
Además, el tribunal tuvo en cuenta que la aseguradora había notificado oportunamente al demandado sobre el rechazo del siniestro por falta de pago, cumpliendo con el plazo de 30 días estipulado en el artículo 56 de la Ley de Seguros. Esta notificación fue acreditada mediante una carta documento, cuya autenticidad y recepción fueron certificadas por el Correo Argentino.

Por estas razones, la Cámara de Apelaciones decidió hacer lugar a la defensa de exclusión de cobertura que planteaba la aseguradora. En consecuencia el hombre condenado deberá afrontar la indemnización a la familia con dinero propio.

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Río Negro

Inician las asambleas para la titularidad de más de 1600 docentes

Será desde el 2 y hasta el 18 de diciembre.

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A partir del próximo lunes (2/12) y hasta el miércoles 18 de diciembre, el Ministerio de Educación y Derechos Humanos estará desarrollando las asambleas para los ingresos a la titularidad de más de 1600 docentes en toda la provincia.

En esta oportunidad, las asambleas tendrán la particularidad de que se llevarán a cabo bajo la modalidad virtual lo cual va a permitir que cada docente pueda participar de las mismas en sus casas o en las escuelas.

El vocal gubernamental del Consejo Provincial de Educación (CPE), Fabio Sosa, manifestó al respecto que «los docentes van a tener que ingresar a la página del Ministerio, y a partir de su usuario y contraseña, van a poder participar de las distintas salas donde se va a estar desarrollando la asamblea».

Sosa agregó que quienes estén inscriptos en los cargos podrán participar como aspirantes al cargo y si no, como veedores.

«Es una muy buena noticia para terminar este ciclo lectivo, va a generar estabilidad a más de 1600 docentes», indicó Sosa.

Por su parte, Romina Proccopo, también vocal gubernamental del CPE, resaltó que «estamos con los últimos preparativos para las salas, se van a desarrollar de forma paralela dos asambleas por día. Estamos ansiosos de empezar con esta excelente noticia que implica la estabilidad a más de 1600 docentes rionegrinos».

Para participar de las asambleas, las y los docentes podrán ingresar desde la página del Ministerio (educacion.rionegro.gov.ar) a Trámites y Consultas con su usuario y contraseña y, a partir de ahí, verá la opción ‘Ingreso a la docencia’ donde podrán encontrar todas las asambleas en curso por día.

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