Judiciales
Por un vuelo cancelado llegó tarde a una carrera de Fórmula 1 en Brasil: La aerolínea deberá indemnizarlo
Una retención de servicios de personal aeroportuario dejó a un roquense varado en Neuquén, con las entradas en la mano.

Las jornadas del 9 al 11 de noviembre de 2018 fueron gloriosas para los aficionados a la Fórmula 1 en el autódromo de Interlagos, en Sao Pablo. Lewis Hamilton, con Mercedes Benz, hizo podio en el Gran Premio de Brasil, en la penúltima carrera de la temporada. En el autódromo había casi 60.000 espectadores pero faltaba Carlos: una retención de servicios de personal aeroportuario lo había dejado varado en Neuquén, con las entradas en la mano.
Después de manejar hasta Buenos Aires en medio de frenéticos reclamos y de pagar importantes gastos de último momento, Carlos pudo llegar a Brasil para ver el final de la carrera. Pero nadie podrá quitarle el sabor amargo del sueño que le quedó a medio cumplir.
Ahora la aerolínea deberá indemnizarlo no sólo con los gastos extra que debió afrontar, sino que también deberá pagarle una compensación por el daño moral y una multa por la violación de sus derechos como consumidor.
Un fallo del Juzgado Civil N° 5 de Roca fue confirmado y ampliado en los últimos días por la Cámara de Apelaciones, que elevó la indemnización por daño punitivo a $200.000 pesos y aumentó el daño moral a $90.000. A eso se suman los intereses acumulados y todos los gastos extra que ya se le habían reconocido al damnificado en el fallo de primera instancia.
La sentencia dio por probado que “la cancelación del vuelo le ocasionó un daño muy grave, ya que su viaje a Brasil estaba programado con muchos meses de antelación; que había ahorrado dinero por mucho tiempo exclusivamente para cumplir un anhelo personal” y que “tanto los pasajes aéreos a la ciudad del evento, como así también hoteles en aquel sitio y entrada al evento, ya habían sido abonados”.
El 8 de noviembre de 2018 el hombre debía volar con Aerolíneas Argentinas desde Neuquén hacia Buenos Aires, donde tomaría un vuelo de Turkish Airlines para llegar a tiempo a Sao Pablo. Pero el día pactado llegó con tres horas de anticipación al aeropuerto de Neuquén y allí supo de la cancelación “por una huelga del personal”, sin más información. Pese a las gestiones y explicaciones, el hombre no logró que lo reprogramen para el mismo día en otro vuelo de Aerolíneas ni que le costeen un pasaje en alguna de las otras dos líneas aéreas que estaban operando con normalidad. Sólo recibió como propuesta un pasaje para el día siguiente, algo que no le servía porque esa misma noche debía tomar el vuelo internacional.
“La respuesta brindada es claramente insuficiente”, dijo el Tribunal. La oferta de reprogramar el vuelo para el otro día, sabiendo expresamente cuál era la urgencia del pasajero, no hacía más que “frustrar la finalidad de su viaje”. La empresa “no podía obrar con la desaprensión con la que obró”, concluyó la Cámara.
Desesperado, Carlos pidió prestada una camioneta y manejó hasta Buenos Aires, pero no llegó a tiempo para el vuelo a Brasil ni pudo reprogramarlo. No tuvo más opción que comprar otro pasaje de ida, ya para el día siguiente, resignándose a no poder ver las pruebas de clasificación del primer día de la competencia. Además, tuvo que pagar una multa de 219 dólares para poder usar el vuelo de regreso que ya tenía pago con la aerolínea de bandera turca.
Dos meses después de la amarga experiencia, Aerolíneas Argentinas le devolvió el dinero de los pasajes ida y vuelta Neuquén – Buenos Aires. Pero el hombre reclamó el resto de los daños económicos y morales sin recibir respuesta: la aerolínea no atendió ni la carta documento ni el llamado a mediación que le hizo el cliente. En el juicio civil tampoco contestó la demanda.
Según analizó la Cámara, el comportamiento de la aerolínea durante y después de la emergencia reflejó “un grave menosprecio por la situación que padecía su cliente” que debe ser indemnizado.
Judiciales
Hallaron sana y salva a la mujer que era buscada en Roca
Tras varios días de incertidumbre, la mujer de 35 años se presentó por sus propios medios en su domicilio.

Fuentes policiales confirmaron que fue hallada la mujer de 35 años que era intensamente buscada en General Roca desde el pasado martes (09/06), cuando fue vista por última vez alrededor de las 13.30 horas.
La búsqueda se había iniciado luego de que familiares cercanos radicaran una denuncia por averiguación de paradero en la Comisaría 31°, ubicada sobre calle Panamá al 2400. A partir de ese momento, la Policía difundió un pedido de colaboración a la comunidad con el objetivo de obtener información que permitiera localizarla.
Finalmente, durante la jornada de este martes (16/06), la mujer se presentó por sus propios medios en su domicilio.
De esta manera, quedó sin efecto el pedido de búsqueda y se dio por finalizado el operativo que se había desplegado para intentar dar con su paradero.
Judiciales
Hallaron a tres adolescentes que eran intensamente buscados, pero siguen dos búsquedas activas en Roca
Siguen siendo intensamente buscados Cintia Campos y Axel Ezequiel Aguilar.

Durante el fin de semana, el Ministerio Público Fiscal encabezó distintas intervenciones vinculadas a denuncias por desaparición de personas en General Roca y Viedma, coordinando las tareas de búsqueda realizadas por efectivos de la Policía de Río Negro.
En General Roca se registraron cuatro denuncias durante el turno del fiscal Gastón Britos Rubiolo. Dos de ellas correspondieron a adolescentes alojados en el CAINA, cuya ausencia fue advertida por operadores de la institución el viernes (12/06) por la tarde.
Tras diversas diligencias, uno de los jóvenes fue encontrado el sábado (13/06) a las 20 horas en la vivienda de su madre, mientras que el otro regresó al espacio donde reside alrededor de las 21.30. Ambos continúan alojados en el centro.
Sin embargo, permanecen activas dos búsquedas en la ciudad. Una de ellas corresponde a Cintia Campos, cuya desaparición fue denunciada recientemente, aunque había sido vista por última vez el pasado 9 de junio. La mujer es de contextura delgada, mide aproximadamente 1,59 metros, tiene tez blanca, ojos marrones y cabello castaño oscuro con rulos hasta los hombros.
También continúa la búsqueda de Axel Ezequiel Aguilar, de 1,75 metros de estatura, tez trigueña, ojos marrones oscuros y una cicatriz en la ceja derecha. La última vez que fue visto se encontraba en inmediaciones de las Rutas Provinciales N° 65 y N° 6. Vestía un jean cargo color mostaza y una parka negra.
Por otra parte, en Viedma se recibió una denuncia por la desaparición de un adolescente de 15 años. Su madre informó que había salido de su vivienda en bicicleta el domingo por la noche. Horas después, el joven regresó por sus propios medios a su hogar.
Desde el Ministerio Público Fiscal recordaron que el protocolo provincial de búsqueda establece la atención inmediata de toda denuncia por desaparición, ya que las primeras horas son fundamentales para aumentar las posibilidades de localización.
Judiciales
Levantan la tutela sindical de un trabajador municipal acusado de reiteradas inasistencias
La Cámara Laboral de Roca autorizó al Municipio de Chichinales a avanzar con un procedimiento disciplinario por ausencias injustificadas.

Un trabajador municipal tenía tutela sindical por su rol de delegado gremial. Esa protección le otorgaba un resguardo especial frente a sanciones laborales, pero el Municipio sostuvo que el hombre enfrentaba un problema disciplinario. Durante 2025 faltó a su lugar de trabajo en ocho oportunidades sin justificación.
Para la Municipalidad, las ausencias no constituyeron un hecho aislado, sino un patrón reiterado de incumplimientos que afectó la confianza depositada en el trabajador. También afectó el funcionamiento del servicio público. Por ese motivo, la comuna solicitó al Poder Judicial el levantamiento de la tutela sindical.
El fuero laboral de Roca hizo lugar a una demanda presentada por la Municipalidad de Chichinales. El fallo habilita al Municipio a avanzar con un procedimiento disciplinario y, eventualmente, aplicar una sanción vinculada con reiteradas inasistencias laborales que consideró injustificadas.
El expediente avanzó sin que el trabajador contestara. Ante esa falta de respuesta, el tribunal declaró su rebeldía procesal y consideró acreditados los hechos expuestos. Además, entendió que esos hechos resultaban verosímiles y que contaban con respaldo en la documentación presentada.
Entre los elementos valorados figuraron constancias del sumario administrativo, documentación laboral y antecedentes que acreditaban su condición de delegado sindical.
Al analizar el caso, la Cámara destacó la relevancia constitucional y legal de la tutela sindical como mecanismo destinado a proteger la actividad gremial y garantizar la libertad sindical. Sin embargo, señaló que esa protección no constituye una inmunidad absoluta frente al incumplimiento de obligaciones laborales.
El fallo remarcó que la garantía existe para resguardar el ejercicio de la representación sindical y no para impedir toda actuación disciplinaria cuando se atribuyen conductas ajenas a la actividad gremial.
La sentencia también precisó que el proceso de exclusión de tutela sindical tiene un alcance limitado. Su finalidad no consiste en aplicar directamente una sanción, sino en determinar si corresponde levantar la protección sindical para que el empleador pueda ejercer sus facultades disciplinarias. La eventual sanción y la discusión sobre su procedencia podrán ser objeto de otras instancias o planteos posteriores.
Sobre la base de la falta de contestación de la demanda, la documentación acompañada y la acreditación de la condición de delegado sindical, el tribunal concluyó que correspondía excluir al trabajador de la tutela sindical respecto de los hechos investigados. En consecuencia, autorizó al Municipio a adoptar la medida disciplinaria que considerara pertinente dentro del marco de sus facultades legales.








