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Judiciales

Compraron una casa y el día que tenían que escriturar desapareció la vendedora

La vendedora deberá indemnizar a los compradores por más de $1.000.000.

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El sueño de la casa propia para una pareja de Cipolletti quedó frustrado el día que fueron a escriturar y no apareció la vendedora. La ubicaron un mes después con la intervención de un escribano y un abogado, pero la mujer alegó que se habían vencido los plazos del contrato y deshizo el negocio. Ahora tendrá que indemnizarlos por más de $1.000.000.

La pareja realizó las tratativas con la propietaria de la casa y la negociación culminó con la firma de un boleto de compraventa. Allí se establecieron algunas cláusulas y se fijaron los plazos. En el documento se dejó constancia de que los compradores estaban gestionando un crédito hipotecario ante el Banco Nación para pagar el inmueble. Sin embargo, en ese momento, entregaron una suma de dinero en concepto de seña.

Los compradores, incluso, adquirieron algunos elementos para la casa entre ellos un calefactor y un termotanque. El día elegido para la escritura, la pareja debía entregar el dinero para la cancelación total del negocio, previa acreditación del crédito hipotecario. Pero el banco se retrasó 18 días en emitir la resolución y entonces los plazos no se pudieron cumplir como habían sido establecidos.

Cuando el dinero fue otorgado, la pareja buscó a la vendedora para pagarle y escriturar pero ella no les atendió el teléfono. Un mes después, mediante la intervención de un abogado y un escribano, lograron notificarla en su domicilio.

En la demanda civil, los compradores demostraron que no se habían arrepentido y que no incurrieron en mora. Y que el retraso del banco era una circunstancia ajena que no demostraba mala fe por parte de la pareja. Con esas pruebas, la vendedora fue condenada a devolver la seña con intereses, más el dinero invertido en artefactos para el hogar. Deberá abonarle a la pareja la suma de $1.685.750,42. El fallo es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelado.

Judiciales

IPROSS denunció por defraudación a un médico prestador y a una afiliada

Una vecina de Roca está denunciada por la falsificación de múltiples facturas que luego fueron presentadas para recibir un reintegro por dichas sumas.

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El Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) presentó ante la Justicia dos denuncias penales por defraudaciones contra la obra social de los rionegrinos, cometidas por un médico de Río Colorado y por una afiliada de General Roca. Las presentaciones cuentan con la firma de la titular de IPROSS, Marcela Ávila y de los vocales Gremiales y Gubernamentales que integran la Junta de Administración del Instituto.

En los dos casos, las maniobras fraudulentas fueron detectadas luego de rigurosas auditorías llevadas adelante por el Instituto, se trata de un médico de Río Colorado y una afiliada de General Roca.

En el caso del médico, se trata de un profesional de Río Colorado, que en reiteradas oportunidades habría recetado una ampolla de toxina botulínica (botox), insumo de alto costo (alrededor de $800.000), a nombre de distintos afiliados del IPROSS, mientras que dicho insumo no era para ellos, sino para terceras personas.

Según detalla la denuncia, esto se cometió «de forma intencional y para que el Instituto pague un tratamiento costoso que debe cubrir otra obra social, o que deben solventar las propias personas (que no son afiliadas al IPROSS) y a quienes estaban en realidad destinados los medicamentos». En la presentación se detallan y documentan tres hechos, ocurridos entre el 8 de julio de 2024 y el 21 de agosto de 2024.

La otra denuncia penal fue presentada contra una afiliada de la ciudad de General Roca, por la falsificación de múltiples facturas que luego fueron presentadas al IPROSS para recibir un reintegro por dichas sumas. La afiliada habría falsificado las facturas por tratamientos que, según indicaban dichas facturas falsas, eran prestaciones para su hija; una niña con discapacidad que es afiliada obligatoria indirecta al IPROSS.

En este caso, se realizó un extenso sumario previo, y se comprobaron los números de CAE (Comprobante de Autorización Electrónica) de las facturas, que arrojaron como resultado que no eran facturas auténticas. Incluso los números de CUIT no correspondían a las personas o entidades que supuestamente habían emitido dichas facturas.

En el marco del sumario, la afiliada sumariada (la madre de la niña) nunca ejerció una defensa formal ni ofreció ninguna prueba que desacredite la imputación. En la presentación se detallan y documentan 13 hechos, ocurridos entre el 3 de diciembre de 2021 y el 2 de marzo de 2022.

Cabe recordar que en junio pasado, IPROSS presentó tres denuncias por hechos similares, que actualmente siguen su curso judicial.

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Judiciales

El ex comisario Luna fue condenado a 6 años y 8 meses por abuso sexual

El delito consistió en abusos sexuales cometidos mediante el aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima una adolescente de 14 años.

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El Tribunal de juicio condenó a Nestor Gustavo Luna a la pena de 6 años y 8 meses de prisión efectiva, accesorias, legales y costas por considerarlo autor de los delitos de estupro con acceso carnal continuado en concurso real con abuso sexual con acceso carnal.

El delito consistió en abusos sexuales cometidos mediante el aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima una adolescente de 14 años. El aprovechamiento, según se expuso en el veredicto, estuvo dado no solo por la edad del imputado -53 años al momento de los hechos- sino también por la situación de preeminencia del acusado sobre la víctima, la situación de vulnerabilidad de la menor de edad y el grado de amistad y confianza que el hombre había generado con la niña y con su familia.

Los abusos sexuales ocurrían en el interior de alguno de los vehículos del imputado en una zona deshabitada cerca de la playa y también en su vivienda particular.

Inicialmente Luna había sido condenado a 7 años de prisión. El Superior Tribunal de Justicia confirmó la condena por el hecho principal, pero advirtió una incongruencia en el segundo hecho endilgado, de menor gravedad según lo establecido por el Código Penal.

De esta manera, esta condena llega después de la realización del segundo juicio penal. Luna continúa detenido.

En esta oportunidad estuvieron a cargo del debate los jueces Guillermo Baquero Lazcano, Alejandra Berenguer y Florencia Caruso Martín. En todos los casos son de Cipolletti. Por su parte la Fiscalía estuvo representada por Juan Pedro Peralta y Yanina Estela Pasarelli. Y la defensa estuvo ejercida por Juan Luis Vincenty.

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Un Club de Roca deberá indemnizar con 22 millones de pesos a un jugador que resbaló con la cancha embarrada y se quebró

En la demanda, el joven dijo que le prometieron que «iban a devolverle todo lo abonado», pero luego recibió distintas excusas y nunca recibió el reintegro.

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Había llovido pero ese día entrenaron igual. Con 19 años y el sueño cercano de ser un futbolista profesional, el joven de Roca pasaba varias horas al día en el club, siguiendo las indicaciones del entrenador. Era la hora de la siesta, en el invierno de 2022, cuando el barro bajo los botines lo hizo resbalar. Cayó con todo el peso de su cuerpo sobre el brazo izquierdo. La quebradura se la corrigieron en el Hospital Francisco López Lima, primero con yeso y luego con una operación. Su papá pagó la prótesis para que pudieran operarlo de urgencia, pero nunca pudo recuperar ese dinero por parte del Club. En la demanda, el joven dijo que le prometieron que «iban a devolverle todo lo abonado por su padre, pero luego recibió distintas excusas» y nunca recibió el reintegro.

El Club no se presentó a la mediación ni respondió a la demanda en el juicio civil. Tampoco convocó a su aseguradora a participar del proceso. La jueza declaró a la institución «en rebeldía» y aplicó la presunción legal que ordena el Código Procesal Civil y Comercial. «Ante la rebeldía declarada y firme del Club demandado, corresponde tener por reconocidas las circunstancias de tiempo, hora, lugar, contexto y modo en que ocurrió el accidente», explicó.

Según detalló el jugador en su demanda, ingresó al plantel cuando era un adolescente. «Jugó para el Club -siempre en fútbol- y comenzó en forma profesional a fines del 2017; participaba con el Club en la Liga provincial y siempre le manifestaron que estaba fichado para la institución», sostuvo. Contó que jugaba en el puesto central y que «entrenaba junto a sus compañeros de equipo todo el año para los torneos».

El día del accidente lo asistieron el entrenador y un ayudante. Fue llevado al Hospital Francisco López Lima, donde lo enyesaron y le dieron el turno para la operación. Tras la colocación de la prótesis el joven siguió el tratamiento de fisio-kinesioterapia y de rehabilitación, hasta que le dieron el alta. De todas maneras, nunca recuperó del todo la movilidad de la muñeca y el informe médico acreditó una incapacidad parcial e irreversible del 11 %, además de una cicatriz de 6 centímetros de largo en el antebrazo.

El jugador alegó que hizo varios reclamos en forma verbal al Club para recuperar el valor de la prótesis más la indemnización correspondiente, pero «no obtuvo respuesta satisfactoria». Agrega el fallo que «no fue controvertido que el accidente y los daños ocurrieron en oportunidad de encontrarse entrenando en las instalaciones del Club -predio de Barrio Tiro Federal-, resbaló y cayó con todo su cuerpo sobre el brazo izquierdo debido al barro que había en la cancha», concluyó la jueza. La sentencia -que no está firme- declaró la responsabilidad civil del Club «dado su poder de dirección o supervisión de la actividad» deportiva.

El monto de la indemnización por la lesión física se definió en función del salario mínimo vital y móvil actual, proyectado por los años de trabajo futuro del futbolista y los intereses legales, utilizando como pauta la calculadora de indemnizaciones por incapacidad disponible en la página web del Poder Judicial. A ese monto se sumó el resarcimiento por daño moral, que contempló la edad del afectado, la entidad de las lesiones, «las molestias, dolores y padecimientos» derivados de la operación, «la ausencia de respuesta por parte del Club» y el el «impacto» del accidente en distintas esferas de su vida. Entre ambos rubros la indemnización superó los 22 millones de pesos.

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