Judiciales
Llega a juicio la causa IPROSS Farmacias
Declararán alrededor de 388 testigos propuestos por la acusación, y 120 por la defensa de los imputados.
Tras 14 días de extensas audiencias concretadas en los Tribunales roquenses, culminó la presentación de la prueba con la que el Ministerio Público Fiscal buscará probar la autoría de tres farmacéuticos por los delitos de «estafas reiteradas, agravadas por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública».
Hoy (10/03) se conoció la resolución del juez que determinó que el juicio estará encabezado por un Tribunal Colegiado, atendiendo a la pretensión de la acusación que fija la pena posible en más de tres años de prisión de cumplimiento efectivo.
El control de acusación se llevó adelante contra cuatro personas imputadas por hechos de defraudación a la Obra Social IPROSS, ocurridos entre diciembre de 2013 y abril de 2019, maniobra que habría sido posible por la connivencia entre la responsable del área de Auditoria del Colegio y los dueños de determinadas farmacias.
Las acusación la ejerce no sólo por el Ministerio Público Fiscal sino además la Fiscalía de Estado de la provincia constituida en querellante. Ambos organismos presentaron la profusa prueba para sostener durante el juicio la calificación legal que también fue aceptada esta mañana en la resolución del magistrado interviniente. La defensa de los imputados efectuó su propio ofrecimiento de prueba.
Así, se determinó que durante el debate oral y público declararán alrededor de 388 testigos propuestos por la acusación, y 120 por la defensa de los imputados.
Cabe recordar que se trata de una causa con procedimiento de asuntos complejos y en la misma ya hay dos personas condenadas con sentencia firme.
Asimismo el pasado marzo, tras la intervención del Cuerpo de Investigación Forense (CIF), se resolvió suspender el final del control de acusación contra otra de las imputadas, la responsable del área de Auditoria del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Río Negro, hasta que se determine que la señora está nuevamente en condiciones psicofísicas de participar de las audiencias por lo que el presente juicio se realizará contra los tres restantes imputados.
La investigación preliminar
Para la realización de las múltiples pericias que se concretaron durante los meses de investigación preliminar, la acusación requirió la labor de diversos organismos, entre ellos de los especialistas en Informática Forense del área de Informática Forense del Poder Judicial, intervinieron los peritos contadores de la División de Informes Técnicos de la Unidad de Asistencia a la Investigación Fiscal de la Procuración General, el perito calígrafo del Cuerpo de Investigación Forense de la 2° Circunscripción Judicial, los integrantes de la Unidad Operativa de la investigación del Ministerio Público Fiscal.
Esas áreas realizaron el análisis de los informes requeridos durante la investigación, por ello se concretaron en total 4 pericias informáticas, 4 pericias contables, 3 pericias caligráficas, un informe del Cuerpo de Investigación Forense. Se incluyeron las ampliaciones que eran requeridas por la acusación cada vez que se evidenciaba una nueva modalidad de estafa y ello requería, para la etapa de control de acusación, llegar a la raíz de la maniobra que se iba desmembrado con el avance de todas las pericias.
Se suman los informes de los allanamientos concretados en el Colegio de Farmacéuticos de General Roca, también en la sede del desarrollador del sistema informático del Colegio ubicado en Gualeguaychú, Entre Ríos. De allí se extrajeron las bases de datos de los sistemas de gestión (software) Xarion y Xeilon, que fueron utilizados por los imputados.
Se incluyen los allanamientos hechos en domicilios particulares donde intervinieron los peritos especialistas y el Gabinete de Criminalística.
Además como prueba de la acusación se cuentan las numerosas recetas de medicamentos de los planes Epilepsia y Diabetes presentadas en la denuncia inicial del legajo, como también las requeridas a IPROSS por la Fiscalía, y que fueron peritadas. Las mismas tuvieron que ser rastreadas por la obra social y entregar las versiones físicas.
En carácter de testigos comparecerán en el juicio más de 250 afiliados de la Obra Social que figurarían como consumidores en las distintas modalidades de estafa, también personal de las diversas entidades bancarias; de IPROSS de la sede de Viedma; proveedores del sistema informático del Colegio con domicilio en Entre Ríos; referentes del organismo que nuclea los laboratorios que preveían medicamentos a las droguerías; los responsables de las diversas droguerías.
También declararán, tal lo solicitado por la acusación, los integrantes del Colegio de Farmacéuticos, asociados, autoridades, empleados y ex-empleados tanto de la entidad como de algunas de las farmacias.
Variados informes que fueron solicitados por la Fiscalía serán verbalizados por representantes de las oficinas pertinentes, entre ellos el informe del Tribunal de Cuentas sobre las diferentes auditorías realizadas al IPROSS a lo largo del periodo investigado.
Judiciales
Confirmaron la condena que recibió el roquense Ramiro Gutiérrez por el homicidio de Facundo Castillo
El hecho ocurrió el 19 de diciembre de 2021 al concluir una fiesta electrónica que se hizo en inmediaciones de la Ruta Nacional 22, en Cipolletti.
El Tribunal de Impugnación desestimó los cuatro planteos efectuados por la defensa de Ramiro Gutiérrez y confirmó la sentencia de 12 años de prisión. El imputado fue juzgado mediante la modalidad de juicio por jurados a raíz del homicidio de Facundo Castillo. Durante el análisis del recurso, fue convalidada la integración del tribunal popular.
La defensa de Ramiro Gutiérrez había objetado el modo en que se designó el juez técnico Guillermo Merlo, las instrucciones que el magistrado les ofreció al jurado popular, el hecho de que el juicio se haya realizado en Cipolletti por una supuesta contaminación y la pena de 12 años que recibió el imputado.
El Tribunal de Impugnación hizo un análisis minucioso de cada uno de esos agravios y concluyó que el recurso no demuestra un error judicial y que las expresiones de la defensa se basan en disconformidades subjetivas. Tanto la intervención del jurado popular como la del juez técnico cumplieron con los requisitos constitucionales y convencionales, indicó el tribunal al confirmar todo el proceso.
En cuanto al primer argumento de la defensa, quien objetó el modo en que se designó el juez Merlo, el fallo del Tribunal de Impugnación sostuvo que la legislación procesal le otorga el atributo de «juez natural» al Foro de Jueces y Juezas Penales. Por ello, en la medida que se hayan cumplido con las reglas de la Constitución para su designación y cuenten con jurisdicción y competencia en la materia, todos los jueces y juezas del foro están en condiciones de intervenir.
De todas formas, el voto rector advirtió que la designación del juez Merlo, si bien resulta poco ortodoxa, no fue a espaldas de las partes, quienes no objetaron su decisión; en especial, el Ministerio Público Fiscal, quien tiene a cargo la custodia de la jurisdicción y competencia de los tribunales.
Luego, respecto de las instrucciones, la sentencia concluyó que fueron acordadas entre las partes. Y que incluso la defensa introdujo cuestiones que hicieron a su estrategia. El condenado Ramiro Gutiérrez cambió de abogados entre el juicio y la impugnación, aunque se descartó que durante el debate la intervención de la defensa haya sido ineficaz, como se alegó en la audiencia de impugnación. El fallo advierte que hubo un cambio de estrategia, aunque esa circunstancia no colocan al imputado en una situación de indefensión.
Los abogados de Ramiro Gutiérrez también sostuvieron que el jurado popular estuvo contaminado por la amplia trascendencia que el caso mantuvo en los medios de comunicación. Sobre ese argumento, el Tribunal de Impugnación no observó ninguna situación concreta respecto de la actuación de los seis hombres y las seis mujeres que emitieron el veredicto. El fallo aduce que la afirmación de la defensa se basa en meros prejuicios. En esa línea, se sostiene que los abogados tuvieron la posibilidad de ejercer el derecho durante la audiencia de selección del jurado, ya que la ley prevé mecanismos de recusación con causa y sin causa. El jurado no solo estuvo integrado por personas de Cipolletti sino que la representación fue de otras localidades que integran la Cuarta Circunscripción con jurisdicción desde Fernández Oro hasta Catriel.
Finalmente, respecto de la pena, el Tribunal de Impugnación convalidó el criterio técnico que adoptó el juez Merlo al momento de imponerle a Gutiérrez 12 años de prisión. Se sostuvo que el magistrado consideró las reglas fijadas en el Código Penal y en la doctrina legal y que tuvo en cuenta los agravantes y atenuantes, incluso las cinco tentativas de homicidio que formaron parte de la acusación.
El caso
El hecho que se juzgó ocurrió el 19 de diciembre de 2021 a las 7.08 de la mañana al concluir una fiesta electrónica que se hizo en inmediaciones de la calle Julio Dante Salto y la Ruta Nacional N° 22 de Cipolletti. En ese contexto, hubo una discusión entre el grupo que lideraba el acusado Ramiro Gutiérrez y los amigos de Facundo Castillo, la víctima fatal. El imputado, al mando de su camioneta, atropelló y mató a Facundo y le causó lesiones a algunos de sus amigos cercanos.
Judiciales
Deberán indemnizar a un camionero que se lesionó al descargar una media res
El trabajador se lesionó la muñeca, la rodilla izquierda y la columna dorsolumbar.
Un camionero de larga distancia de Viedma que transportaba carne refrigerada estaba descargando una media res con un peso de 150 kgs, se descolgó de la rielera que la sostenía y cayó sobre su cuerpo. Como consecuencia se lesionó la muñeca, la rodilla izquierda y la columna dorsolumbar.
Fue derivado a la Clínica Viedma donde le practicaron los auxilios médicos acordes a la gravedad de las lesiones y le prescribieron la realización de estudios de columna, de muñeca y de rodilla.
Luego la ART le otorgó el alta médica. Tomó intervención la Comisión Médica y la revocó. Ordenó el reingreso a tratamiento del trabajador.
Una vez finalizado el tratamiento la Comisión Médica otorgó el alta sin incapacidad. Sin embargo, el trabajador continuó con fuertes dolores y problemas en la rodilla afectada y en la muñeca izquierda; por ello inició la demanda.
El apoderado de Galeno ART S.A. reconoció el accidente de trabajo sufrido por el trabajador y sostuvo que éste no presentaba ninguna incapacidad derivada del hecho.
Una vez iniciada la demanda se consultó a la perita medica que en sus conclusiones afirmó que el camionero sufrió un traumatismo múltiple al soportar el peso de media res cuando caía del gancho que la sostenía y en el examen físico practicado. Se verificaron limitaciones en los movimientos de la columna dorsolumbar y muñeca izquierda que podrían corresponder a secuelas del accidente de trabajo padecido. Concluyó: “las limitaciones observadas en los movimientos de la rodilla izquierda impresionan ser de carácter constitucional (debido a que la rodilla derecha también se encontraba limitada en los movimientos) sugiriéndose la realización de consulta con especialista en Ortopedia y Traumatología y práctica estudios complementarios para confirmar o no la sospecha clínica de lesión meniscal».
La Cámara Laboral de Viedma, luego de analizar los detalles de la pericia médica, decidió que se haga lugar a la demanda determinando que el trabajador tenía una incapacidad permanente, parcial y definitiva del 4,27% de la total obrera. Por ello, condenó a Galeno ART S.A. a abonar en concepto de prestaciones dinerarias por la incapacidad laboral e intereses.
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Reabrió Mundo Cristal y abonaron parte de lo adeudado a los trabajadores afectados
Desde la empresa manifestaron voluntad de seguir trabajando y mantener las fuentes de empleo.
Luego de un encuentro realizado el viernes de la semana pasada en la sede del ministerio de Trabajo de la provincia en Roca, se resolvió la reapertura de la empresa Mundo Cristal y el pronto pago de los haberes adeudados a un grupo de trabajadores que se encontraban movilizados.
Se resolvió que la reapertura fuera este martes (26/9) a las 8 de la mañana, momento en que los trabajadores de la firma se presentaron a cumplir con sus tareas.
De la reunión realizada el viernes participaron la administradora judicial designada de la empresa y la delegada de Trabajo, Mónica Caminos, en representación del Ministro, Jorge Stopiello.
El mismo día se acreditó a los empleados el mes y medio que se les adeudaba en concepto de sueldos (julio y mitad de agosto), en tanto que la deuda salarial pendiente, correspondiente a mitad de agosto y septiembre, se cancelará en la primera semana de octubre.