Judiciales
Comenzó el juicio por jurados por el caso Facundo Castillo
El roquense Ramiro Gutiérrez está imputado por homicidio simple y tentativa de homicidio en cinco casos.

Con los alegatos de apertura de la Fiscalía, querella y defensa, ayer (08/05) comenzó el juicio por jurados por el homicidio de Facundo Castillo. También se inició la etapa de declaraciones testimoniales que se prevé se extienda hasta el viernes.
En primer lugar expuso su teoría del caso la Fiscalía. El fiscal jefe mencionó que ocurrió entre las en la madrugada del 19 de diciembre de 2021 la víctima había concurrido con un grupo de amigos a una fiesta que se realizaría en el predio Finca La Nonnina, ubicada en Cipolletti.
Explicó que Facundo eligió ir a la fiesta con sus amigos en una traffic alquilada para el transporte, mientras que el imputado lo hizo en su camioneta BMW. Cuando terminó la celebración y todos pretendían retornar a sus hogares, el grupo de amigos de Facundo se dirigía caminando hasta el lugar donde se ubicaba la traffic sobre Ruta Nacional N° 22.
El acusado, el roquense Ramiro Gutiérrez, se encontraba en su camioneta con otras seis personas y para evitar la larga fila de vehículos de la calle Julio Dante Salto, avanzó por el carril contrario -a contramano- cuando se encontró de frente con otro automóvil que circulaba por ese carril. Para no chocar con ese auto realizó una maniobra en la cual terminó impactando a una chica que pertenecía al grupo de amigos de Facundo.
A partir de esa circunstancia, se produjo una pelea entre el grupo del imputado y de la víctima. El fiscal jefe mencionó que Facundo sólo participó para separar.
Culminada esa pelea, el acusado se subió nuevamente al vehículo y se dirigió a contramano hasta la Ruta Nacional N° 22, donde realizó una vuelta en U y enfocó el auto hacia el grupo de amigos de Facundo Castillo acelerando para intentar arrollarlos con la intención de matar a las personas que allí se encontraban.
Un amigo de Facundo empujó a cinco integrantes del grupo pudiendo desviarlos de la trayectoria de la BMW pero la víctima, quien se encontraba de espaldas al vehículo no pudo advertirlo y fue atropellado. Dio marcha atrás y se fugó por Ruta Nacional N° 22. Producto de las lesiones Facundo falleció en el Hospital de Cipolletti ese mismo día alrededor de las 15 horas.
«Esa noche los padres del imputado probablemente pudieron encontrarse con su hijo. Los padres de Facundo nunca más pudieron volver a verlo», expresó el fiscal.
La querella particular que representa a la familia de Facundo Castillo, describió su acusación y explicó las circunstancias por las cuales no se trató de un accidente sino de un homicidio intencional.
Entre esas circunstancias explicó que el imputado circuló a contramano, se detuvo a pelear, dio la vuelta en U con el vehículo para dirigirse al grupo de gente con el que había peleado, dio marcha atrás con el cuerpo de Facundo debajo del vehículo e intentó ocultar y modificar pruebas. Agregó que después del hecho el imputado escapó hacia la ciudad de Neuquén y que eliminó sus perfiles en redes sociales con la intención de desviar la investigación.
La calificación legal del caso por parte de la acusación es homicidio simple y tentativa de homicidio en cinco casos.
La defensa describió su teoría del caso y coincidió en los términos generales respecto la primera porción del hecho con la acusación. Sin perjuicio de ello mencionó que no es cierto que el imputado después de dar vuelta en U – según la posición de la defensa fue a buscar a un amigo que no pudo subir al vehículo – haya circulado por la banquina por la que caminaban los amigos de Facundo, que la camioneta BMW no impactó frontalmente a la víctima y que existieron las cinco tentativas de homicidio.
Mencionó que el imputado lo hizo cuando intentaba escapar dio marcha atrás y allí arrolló a Facundo pero que lo hizo porque estaba escapando de una agresión que había sufrido y que le habría provocado fracturas en la mandíbula. Encuadró el caso en un estado de necesidad exculpante.
Terminados los alegatos comenzaron a prestar declaración los testigos del caso. Se prevé inicialmente que el debate se extienda hasta el viernes en dobles jornadas que van desde las 8.30 a las 13 y de 14 a 17.
El juez técnico les recordó a los medios de comunicación al público la prohibición de tomar imágenes, tanto fotos como video filmadas, de las y los jurados populares. Advirtió que cualquier incumplimiento haría incurrir a las personas en una desobediencia a una orden judicial, que constituye un delito penal.
Judiciales
Dictaron prisión preventiva para el camionero que manejaba con 4,20 g de alcohol en sangre, chocó en la Ruta 22 y se dio a la fuga
El imputado, oriundo de Salta, embistió a dos vehículos y terminó provocando que uno caiga a un desagüe. Además, un hombre sufrió heridas de gravedad.

Un hombre oriundo de la provincia de Salta fue acusado este lunes (19/01) por el delito de lesiones graves culposas doblemente agravadas, tras protagonizar un grave siniestro vial mientras conducía con exceso de alcohol en sangre y posteriormente darse a la fuga. La jueza de Garantías dispuso su prisión preventiva por el plazo de 2 meses.
Según expuso la fiscal de feria durante la audiencia que se realizó esta mañana, el hecho ocurrió el pasado sábado (17/01), cerca de las 19 horas, sobre la Ruta Nacional N° 22 y calle Mendoza, en uno de los accesos principales a la ciudad de General Roca y donde funcionan semáforos.
El acusado circulaba en sentido este-oeste a bordo de un camión Mercedes Benz, perteneciente a una empresa de transporte, de manera imprudente y antirreglamentaria, cuando impactó desde atrás a un Chevrolet Meriva. Como consecuencia del choque, este vehículo colisionó por alcance a un Renault Kwid y terminó cayendo al interior de un desagüe.
Producto del impacto, el conductor del Chevrolet Meriva sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura de pelvis.
Tras el siniestro, el conductor del camión fue trasladado a la Unidad del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca, pero se dio a la fuga mientras el personal policial realizaba las actas correspondientes. Al día siguiente se presentó de forma voluntaria en la unidad policial y quedó detenido.
El test de alcoholemia practicado en el lugar del hecho arrojó un resultado de 4,20 mililitros de alcohol en sangre.
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La Justicia de Roca otorgó a un padre el cuidado exclusivo de su hija tras episodios de abandono de su madre
La mujer dejó a la niña sola en un taxi y luego en una terminal de ómnibus.

El fuero de Familia de General Roca resolvió otorgar el cuidado personal unilateral de una niña a su padre, luego de acreditarse reiteradas situaciones de desprotección y negligencia por parte de la madre, que pusieron en riesgo su bienestar.
Según se desprende del expediente, cuando la niña tenía apenas un año, su madre la subió sola a un taxi y la envió al lugar de trabajo del padre. Al llegar, el hombre no se encontraba allí, lo que expuso a la menor a una grave situación de vulnerabilidad. Años más tarde, el episodio se repitió cuando la mujer dejó nuevamente sola a la niña, esta vez en una terminal de ómnibus.
En ambas oportunidades fue el padre quien asumió de manera inmediata el cuidado de su hija. Frente a estos antecedentes, y con el objetivo de garantizarle un entorno estable, seguro y afectivo, el hombre recurrió a la Justicia y solicitó el cuidado exclusivo de la menor.
Durante el proceso judicial se incorporó un informe socioambiental, que describió un hogar monoparental en el cual el padre organiza su actividad laboral en función de las necesidades de la niña. Si bien se señalaron carencias materiales en la vivienda, el informe concluyó que el entorno resulta apto para la crianza, destacando además que la menor asiste regularmente a la escuela y recibe atención psicológica.
La Defensora de Menores dictaminó a favor del otorgamiento del cuidado personal unilateral al padre, en atención al interés superior de la niña, valorando también la ausencia procesal de la madre y las pruebas que acreditaron conductas negligentes.
En su resolución, la jueza subrayó que la madre, pese a haber sido debidamente notificada del inicio de la demanda y de las audiencias fijadas, no compareció en ninguna instancia del proceso, lo que fue interpretado como un claro desinterés por la situación de su hija.
«El interés superior del niño es el lineamiento rector en todas las cuestiones en que este se halle afectado; la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos», sostuvo la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El fallo remarcó que, si bien ambos progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, el cuidado personal puede ser atribuido de forma unilateral cuando existen razones fundadas que lo justifiquen, como ocurrió en este caso. Además, se recomendó la continuidad de un abordaje terapéutico integral y el acompañamiento profesional para la niña.
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Violencia de género en el barrio Malvinas: Un hombre quedó detenido tras una brutal agresión
El ataque ocurrió en una vivienda del barrio Malvinas y fue frenado por la intervención policial.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por un grave hecho de violencia de género ocurrido el pasado martes (13/01) en una vivienda del barrio Malvinas, en General Roca, donde una mujer fue agredida física y verbalmente en presencia de los tres hijos que ambos tienen en común.
Según se expuso en la audiencia, el imputado llegó al domicilio y comenzó a increpar e insultar a la víctima, para luego golpearla violentamente en distintas partes del cuerpo. En la vivienda se encontraban los hijos de la mujer, quienes presenciaron el ataque. La hija mayor, de 14 años, intentó proteger a sus hermanos menores mientras daba aviso a su abuelo. Al mismo tiempo, un vecino que escuchó los gritos alertó al sistema de emergencias 911.
La rápida llegada de personal policial, junto con el padre de la mujer, permitió frenar la agresión. Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió múltiples lesiones que incluso le impidieron desplazarse por sus propios medios.
Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía se incluyeron el registro de la llamada al 911, el acta de denuncia penal, certificados médicos que acreditan lesiones múltiples -calificadas como leves según el tiempo de curación- y el resultado del test de alcoholemia practicado al imputado. Además, se informó que se dio intervención a la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).
Durante la audiencia, la defensa se opuso al pedido de prisión preventiva y propuso medidas alternativas, como prohibición de acercamiento, dispositivos duales y acciones vinculadas al tratamiento por consumo problemático de alcohol, con el objetivo de que el imputado pudiera continuar con su actividad laboral.
La Fiscalía, en tanto, sostuvo la necesidad de la prisión preventiva debido a la gravedad del hecho, el riesgo para la víctima y la necesidad de garantizar el normal desarrollo del proceso penal.
Finalmente, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y resolvió dictar la prisión preventiva del imputado, además de prohibir todo tipo de contacto con la víctima.









