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Judiciales

Tres hermanos fueron a la Justicia para acordar un régimen de cuidado de su madre

La señora vivía con una de sus hijas quien se dedicaba casi de forma exclusiva de su cuidado.

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De un proceso de mediación participaron tres hermanos y su madre, una mujer adulta mayor que vivía con una de sus hijas quien se dedicaba casi de forma exclusiva de su cuidado. Todos se escucharon, entendieron las necesidades de su mamá y acordaron una modalidad de cuidado más compartida. La defensa pública de mediación asesoró a las partes.

En un primer momento el reclamo fue por cuestiones económicas, encasillado bajo la figura de «alimentos» e iniciado por una de las hijas quien se encargaba en mayor medida del cuidado de su madre. En esta nota te explicamos cuándo corresponde que los hijos/as abonen alimentos a los padres o madres: https://bit.ly/3zn8Hvy.

En principio fueron convocados a la sede del Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, los tres hermanos pero gracias al trabajo facilitador de los operadores judiciales se pudo incorporar también a su mamá para que participe a través de una llamada telefónica. Allí pudieron escucharse, intercambiar posiciones y descubrir el verdadero trasfondo de la situación.

Es que una de las hijas realizaba todas las tareas de cuidado de su madre y además afrontaba los gastos del sustento de la misma. En cuanto a lo familiar, extrañaba a sus otros hijos y quería compartir más tiempo con ellos.

Los otros tres hermanos comprendieron la situación y si bien explicaron que por momentos les costaba mantener el vínculo con su madre por una aparente actitud confrontativa de su hermana para con ellos, pudieron dejar sus diferencias de lado y avanzar en propuestas para mejorar la calidad de vida de su mamá.

El caso fue encaminado hacia la figura del cuidado personal y se acordó un régimen de cuidados compartidos. Aunque su hija estuvo de acuerdo con continuar con las tareas principales, los demás no sólo la visitarán, sino que también deberán compartir tareas de cuidado y tiempo con ella en otros espacios que pueden ser sus propias casas familiares u otros.

De esta forma, todos estuvieron de acuerdo en abandonar las pretensiones culminando el conflicto en esta prejudicial.

La Procuración General y Superior Tribunal de Justicia han avanzado e invertido numerosos recursos para reforzar los equipos de trabajo que abordan temáticas de métodos autocompositivos de resolución de conflictos. Así, en la provincia se designaron defensores y defensoras adjuntas exclusivas para intervenir ante los CIMARCs y defensores y defensoras que coordinen el trabajo de esos equipos.

En su experiencia señalan que en ocasiones los espacios de mediación sirven para detectar el verdadero interés que las partes buscan resolver, más allá de la pretensión inicial que a veces no coincide plenamente con la mejor solución al caso. Un ejemplo es el anterior que comenzó con un reclamo económico por alimentos, pero culminó con una solución que mejoró notablemente la dinámica familiar.

Informamos que una de las características de este tipo de proceso es la confidencialidad del tratamiento de la problemática motivo por el cual no se consignan mayores datos que permitan identificar a las personas que intervinieron en este proceso.

¿Cómo accedo a los servicios de la defensa pública para mediación?

Si querés consultar como acceder a los servicios que brinda la defensa pública en los ámbitos de mediación podés acercarte a la sede del Centro de Atención de la Defensa Pública (CADEP) o la defensoría descentralizada más cercana a tu domicilio.

Se recuerda que el servicio está destinado para aquellas personas que con sus ingresos no pueda abonar los honorarios para contratar un abogado particular.

Podés conocer sus ubicaciones en el siguiente link: https://bit.ly/3lU5DDS

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Declararon culpable a una ex auxiliar de un CAINA por amenazar a niños institucionalizados en Roca

Con esta resolución, ya son dos las personas declaradas responsables por los hechos ocurridos entre abril de 2021 y septiembre de 2023 en un Centro de Atención Integral, dependiente de la SENAF.

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El Tribunal interviniente declaró responsable penal a una mujer que se desempeñaba como auxiliar asistencial en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) de General Roca, al hacer lugar a la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal.

Durante el juicio quedó acreditado, según la acusación fiscal, que la imputada amenazó a niños y niñas que se encontraban institucionalizados. De esta manera, las dos personas investigadas en la causa ya fueron declaradas responsables penales.

En noviembre del año pasado, el otro imputado reconoció ser coautor del delito de amenazas y autor de abuso simple agravado por ser el encargado de la guarda, todo en concurso real. Actualmente se encuentra cumpliendo la condena impuesta.

Durante los alegatos, el fiscal Marcelo Ramos y la defensora de menores Estela Aroca Álvarez solicitaron que la mujer fuera declarada responsable penal por el delito de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora, planteo que fue aceptado por el Tribunal.

Según la investigación, ambos auxiliares asistenciales habrían maltratado a ocho niños y niñas entre abril de 2021 y septiembre de 2023, vulnerando la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Además, habrían amenazado a los menores para evitar que denunciaran los hechos.

La defensa de la imputada sostuvo durante el juicio que la situación debía ser tratada en el ámbito administrativo y no en la Justicia penal. La audiencia de cesura de pena fue programada para el próximo 31 de agosto.

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Condenan a 13 años de prisión a un integrante de la banda de violentas entraderas en Roca

El condenado admitió haber participado en ocho hechos delictivos. La pena unifica una condena previa que le había sido impuesta en suspenso.

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Un hombre fue condenado a una pena única de 13 años de prisión tras reconocer su participación en ocho hechos delictivos como integrante de una asociación ilícita que cometía violentas entraderas en el Alto Valle, varias de ellas en General Roca. La sentencia fue dictada este martes mediante un juicio abreviado, luego de que el acusado admitiera su responsabilidad en los delitos investigados por el Ministerio Público Fiscal.

La pena surge de la unificación de una condena de 11 años por los hechos reconocidos con otra condena previa de 2 años de prisión condicional, que fue revocada al comprobarse que el imputado volvió a delinquir. El pedido había sido formulado por la fiscal Belén Calarco, junto a las fiscales Verónica Villarruel y Eugenia Vallejos.

Durante una audiencia realizada por videoconferencia, el juez Fernando Sánchez Freites, quien presidió el Tribunal integrado además por Luciano Garrido y Julio Martínez Vivot, detalló cada uno de los hechos atribuidos al acusado y homologó el acuerdo alcanzado entre las partes.

Los 11 años de prisión corresponden a los delitos de asociación ilícita, robos agravados por haber sido cometidos en lugar poblado y en banda, utilizando armas de fuego impropias, y en algunos casos también por privación ilegítima de la libertad agravada por el uso de violencia contra las víctimas.

Asimismo, el Tribunal hizo lugar al planteo del Ministerio Público Fiscal para revocar la condena condicional anterior, conformando una pena única de 13 años de prisión efectiva. También dispuso la declaración de reincidencia y el pago de las costas del proceso.

El condenado permanece detenido con prisión preventiva desde el inicio de la investigación y comenzará a cumplir formalmente la condena en los próximos días, ya que al aceptar el juicio abreviado renunció a los plazos de apelación.

De acuerdo con la investigación, la organización delictiva realizaba tareas de inteligencia sobre las viviendas elegidas y utilizaba vehículos previamente robados para trasladarse. Una vez en el lugar, sus integrantes ingresaban violentamente tras escalar techos y paredones, reducían a las víctimas mediante amenazas con armas de fuego, las ataban con alambres o precintos y exigían la entrega de dólares, dinero en efectivo y objetos de valor.

Además de dinero y joyas, la banda sustraía equipos electrónicos y los DVR donde se almacenaban las imágenes de las cámaras de seguridad, con el objetivo de eliminar evidencia de los robos.

La investigación fue desarrollada por una Comisión Investigativa Judicial de la Policía de Río Negro creada especialmente para esclarecer esta serie de hechos, bajo la coordinación del Ministerio Público Fiscal. La causa continúa abierta y otros 11 imputados permanecen con prisión preventiva mientras avanzan los procesos judiciales en su contra.

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Imputaron al conductor de la camioneta por la muerte de Jairo Lavacara en Guerrico

El Ministerio Público Fiscal atribuyó al joven de 22 años una maniobra negligente al girar en U sobre una calle rural de Guerrico.

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La Justicia imputó este martes (07/07) a un joven de 22 años por el choque ocurrido el domingo (05/07) por la tarde en una calle rural de Guerrico, que terminó con la muerte de Jairo Agustín Lavacara, el motociclista de 19 años oriundo de General Roca.

Durante la audiencia de formulación de cargos, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el imputado conducía una Volkswagen Tiguan y que, alrededor de las 18.15, se encontraba detenido sobre la banquina en la intersección de las calles Ceferino Namuncurá y Nahuel Huapi. Según la acusación, inició una maniobra de giro en U «sin verificar y de manera negligente y antirreglamentaria», interponiéndose en la trayectoria de varias motocicletas que circulaban por el lugar.

Siempre de acuerdo con la hipótesis fiscal, una Honda CRV 250 conducida por Lavacara no logró evitar la colisión contra el lateral izquierdo de la camioneta. Como consecuencia del fuerte impacto, el joven sufrió lesiones de extrema gravedad que le provocaron la muerte.

El fiscal Ricardo Romero atribuyó al conductor el delito de homicidio culposo por la conducción negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, calificación que fue aceptada por la jueza de Garantías María Gadano, quien tuvo por formulados los cargos e inició formalmente la investigación penal.

Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía figuran el acta de procedimiento confeccionada por la Comisaría 54° de Allen, testimonios de personas que viajaban en la Tiguan, la documentación del vehículo, la póliza de seguro, la licencia de conducir del imputado, el resultado negativo del test de alcoholemia, el informe técnico del Gabinete de Criminalística y las fotografías obtenidas durante las pericias realizadas en el lugar del siniestro.

Por su parte, el defensor particular Miguel Zeballos Díaz se opuso a la formulación de cargos y destacó que su asistido permaneció en el lugar del hecho, dio aviso a la Policía e intentó asistir a la víctima tras el choque.

En cuanto a las medidas cautelares, la Fiscalía solicitó que el imputado deba presentarse periódicamente en una comisaría, mantener el domicilio informado ante la Justicia, conservar su número telefónico, abstenerse de cometer nuevos delitos, no consumir estupefacientes y no mantener contacto con familiares o allegados de la víctima.

La jueza hizo lugar al pedido fiscal, impuso las medidas cautelares solicitadas y fijó un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la investigación penal preparatoria.

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