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La Corte confirmó fallo que avala leyes que hicieron a Roca perder tierras en el perilago de Casa de Piedra

El Municipio había apelado la sentencia del Superior Tribunal de Justicia que ratificaba la aprobación de dos leyes en la Legislatura, las cuales amplían los ejidos de Huergo y Mainqué.

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La Corte Suprema de Justicia confirmó la Sentencia del Superior Tribunal de Justicia que había rechazado una acción de inconstitucionalidad promovida por la comuna de General Roca en relación a dos leyes provinciales que habían fijado los límites de Ingeniero Huergo y Mainqué. El establecimiento de los ejidos colindantes por parte de la Legislatura se realizó mediante las leyes 4317 y 4318, sancionadas por unanimidad.

Lo llamativo de la votación en el Parlamento rionegrino, es que había varios legisladores roquenses entre los que la aprobaron, entre ellos el ex intendente Martín Soria, justamente quien presentó el recurso ante el STJ.

El Municipio de Roca había objetado que afectaba las tierras que conforman el perilago del Embalse Casa de Piedra. Además, adujo que no había dictamen de comisión para la segunda vuelta y que se lesionaba la autonomía municipal.

El STJ declaró la causa «de puro derecho». Tuvo en cuenta en su voto mayoritario el informe legislativo respecto a que era una práctica del cuerpo, «por una cuestión de economía parlamentaria que cuando media acuerdo sobre las observaciones que se registran sobre los proyectos aprobados en primera vuelta se consideran cumplimentados los dictámenes previstos en el tercer párrafo del artículo 99 del Reglamento Interno de la Legislatura con el voto favorable de la Cámara».

En cuanto a la autonomía municipal, dijo que «así como el Estado Provincial no puede inmiscuirse en la organización municipal, el Municipio no puede exorbitar las potestades que constitucionalmente le son reconocidas, arrogándose atribuciones de otros poderes; en el caso, del Poder Legislativo provincial».

Así, «la determinación de los ejidos colindantes es asunto del Poder Legislativo Provincial según puede extraerse del artículo 227 -1er. Párr.- de misma norma fundamental».

De esta manera, afirmó la sentencia del STJ, «ha sido el Concejo Deliberante de General Roca, al regular sobre su ejido municipal, quien ha avanzado sobre potestades y competencias que la Constitución ha concebido de manera privativa para la Legislatura Provincial».

El fallo del Superior Tribunal rionegrino se dictó en mayo de 2016. Luego, el Municipio apeló ante la Corte Suprema. El máximo órgano judicial del país emitió ahora su sentencia, tras analizar cada uno de los planteos, y rechazó la pretensión de la comuna roquense. De esta manera, la resolución del STJ quedó firme.

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Intentó escapar de un control policial en bicicleta y terminó detenido: Tenía pedido de captura

El joven intentó refugiarse en una vivienda para evitar ser atrapado.

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Un joven de 23 años fue detenido el domingo (11/01) por la noche tras un rápido operativo realizado por personal de la Comisaría 31°, luego de intentar evadir un control preventivo en las inmediaciones de las calles Venezuela y Austria, en General Roca.

El hecho ocurrió mientras los efectivos realizaban tareas de prevención en la zona. Al advertir la presencia policial, el joven, que circulaba en bicicleta, emprendió la fuga, lo que dio inicio a un operativo de búsqueda por el sector.

Minutos después, el sospechoso fue localizado caminando e intentó ingresar a un domicilio para eludir a los uniformados. Sin embargo, fue reducido de manera inmediata, sin que se registraran riesgos para vecinos ni transeúntes.

Durante el forcejeo, el joven sufrió una lesión leve en uno de sus dedos al intentar atravesar un portón de chapa, por lo que fue trasladado al Hospital Francisco López Lima para su atención.

Tras ser identificado, se confirmó que tenía una orden de detención vigente emitida por la Fiscalía N° 4 en una causa por lesiones agravadas. Finalmente, quedó a disposición de la Fiscalía N° 8.

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Judiciales

Fue a la casa de su ex pareja pese a tener prohibición de acercamiento y terminó detenido

La restricción había sido dictada en el marco de una causa por violencia de género.

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Personal policial de la Comisaría 3° detuvo a un hombre de 37 años que fue hallado en la vivienda de su ex pareja, a pesar de contar con una orden judicial que le prohibía acercarse a la mujer.

Según la denuncia, la propia víctima se comunicó con la policía al advertir que su ex pareja se encontraba en el interior de su domicilio, ubicado en la calle Rodhe al 2000, violando la medida de restricción vigente.

Los efectivos acudieron rápidamente al lugar y confirmaron la presencia del hombre dentro de la vivienda. Tras corroborar la prohibición de acercamiento, procedieron a su detención.

El detenido fue trasladado a la unidad policial, donde quedó a disposición de la Fiscalía en turno, que dispuso iniciar las actuaciones correspondientes por el delito de desobediencia judicial.

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Violento ataque a tiros en una plaza de Roca: El acusado seguirá preso

Violento ataque a tiros en una plaza de Roca: el acusado seguirá preso

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre acusado de intentar matar a otro mediante el uso de un arma de fuego, en un violento episodio ocurrido a fines de noviembre en la ciudad de General Roca. La jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos y dispuso la prisión preventiva del imputado.

De acuerdo con la acusación fiscal, el hecho ocurrió el viernes 28 de noviembre del 2025, alrededor de las 16.30 horas, en la vía pública, en inmediaciones de la plaza ubicada en calles España y Los Cardenales. En ese contexto, el imputado, que portaba un arma de fuego sin autorización legal, mantuvo una discusión con la víctima y, con intención de causarle la muerte, le efectuó dos disparos dirigidos al cuerpo.

Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió lesiones graves en el hígado, el intestino grueso y el intestino delgado, lo que motivó su urgente traslado al Hospital Francisco López Lima.

Durante la audiencia se destacó que la intervención del sobrino de la víctima fue clave para evitar un desenlace fatal, ya que logró que el agresor se retirara del lugar y colaboró en el traslado del herido, junto a un hombre que pasaba circunstancialmente por el sector. Si bien el estado de salud se agravó durante la internación, el trabajo del personal médico permitió salvarle la vida.

La Fiscalía también atribuyó un segundo hecho, ocurrido inmediatamente después del ataque, cuando el imputado exhibió el arma de fuego al sobrino de la víctima, generándole temor, para luego darse a la fuga.

Como sustento probatorio, el Ministerio Público Fiscal mencionó testimonios de testigos presenciales, entre ellos el del sobrino, quien refirió conflictos previos entre las partes, además del proyectil secuestrado, las lesiones acreditadas, el traslado al hospital y demás constancias reunidas en la investigación.

La orden de detención había sido dispuesta el mismo viernes (28/11), en atención a la gravedad del hecho, aunque el imputado fue detenido recién el lunes (05/01).

La Defensa Penal se opuso a la formulación de cargos, al sostener que existió un supuesto amedrentamiento previo por parte de la víctima y que el acusado habría actuado en legítima defensa. No obstante, la jueza consideró que la evidencia reunida hasta el momento respalda la hipótesis fiscal, aclarando que la defensa podrá producir prueba durante la investigación.

Finalmente, se dispuso un plazo de dos meses de investigación penal preparatoria y la prisión preventiva del imputado por el mismo período, fundamentada en la falta de arraigo, el riesgo de fuga y los antecedentes penales del acusado.

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