Judiciales
Confirman multa a empresas que vendieron una moto con fallas
Le ofrecieron un servicio técnico pero no solucionaron los inconvenientes.

Un hombre de Viedma compró una motocicleta Benelli 500cc en una empresa de electrodomésticos. Poco después de la adquisición comenzó con problemas mecánicos. Le ofrecieron un servicio técnico local, pero descubrió que no era oficial y decidió remitir la unidad a Bahía Blanca.
Sin embargo, el concesionario oficial no logró solucionar los problemas de funcionamiento a pesar de intervenir en varias oportunidades. De esta manera, el cliente solicitó la entrega de una nueva unidad.
Además, inició un expediente en Defensa del Consumidor de la Provincia de Río Negro. El organismo, tras analizar las pruebas, dispuso una multa de $400.000 a Naldo y de $600.000 a Emilia S.A., la fabricante, por infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor. Ambas empresas depositaron el monto de la multa, pero apelaron la sanción ante el Juzgado Contencioso con sede en Viedma.
La Emilia argumentó que el cliente nunca tuvo interés en la reparación y pidió el reintegro del dinero. Para la empresa, esto «evidencia un arrepentimiento en haber adquirido la motocicleta y procuró revertir su negocio acudiendo a un reclamo en el marco de los derechos del consumidor». Explicó que puso todo a disposición del comprador.
Por su parte, Naldo también expresó que cumplió con todas las obligaciones, pero el cliente decidió mandar la moto a Bahía Blanca, en vez del mecánico ofrecido en Viedma. También alegó que «no es quien designa el servicio técnico oficial, ni quien provee de repuestos, o quien decide si al caso corresponde reparación, cambio de la unidad y/o exclusión de garantía y que le corresponde al fabricante, que es quién tiene a su cargo la contratación del servicio técnico oficial».
Por su parte, Derecho del Consumidor argumentó el porqué de las multas. «Más allá de que se haya puesto a disposición el servicio técnico, el mismo no tuvo resultado porque la unidad no se reparó y la situación se extendió irrazonablemente en el tiempo impidiendo al adquirente el uso y goce del vehículo».
El fallo citó jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia. «A los fines de la protección sustancial y procesal, el usuario consumidor resulta la parte más débil de la relación, pues en los hechos no existe la mentada igualdad económica y social que permita la paridad de condiciones para negociar, hay un marcado desnivel que el derecho del consumidor pretende igualar protegiendo a la parte más débil del negocio. Esta protección fomenta cubrir las desventajas de quien es ajeno a las particularidades técnicas del negocio en cuestión y es forzado a creer, a confiar, a aceptar los precios y calidades que se le ofrecen; no participa del proceso de organización del servicio y desconoce, por lo común, los costos y variables».
Recordó que en este caso «lo que se sanciona es la omisión o incumplimiento de los deberes u obligaciones a cargo de los prestadores de bienes y servicios impuestas para equilibrar la relación de consumo».
Agregó que «de las actuaciones administrativas surge que, en el marco de la garantía, el servicio técnico dado no fue adecuado y abriéndose la opción de aplicar el artículo 17 en el caso de reparación no satisfactoria, tampoco se dio cumplimiento a la opción escogida por el consumidor en tanto no se entrego una nueva unidad».
Finalmente, tuvo en cuenta que «la Ley N° 24240 establece que son responsables solidarios de la garantía los productores, importadores, distribuidores y vendedores con lo cuál no podría desentenderse Naldo Lombardo S.A de las obligaciones que penan sobre la garantía del producto, lo es sin perjuicio de las acciones de repetición que puedan corresponder».
En conclusión, el fallo sostiene que la autoridad administrativa dictó una decisión debidamente motivada y fundamentada, en conformidad con el marco legal y constitucional de protección al consumidor.
Judiciales
Inició el debate oral por presuntos maltratos y amenazas a niños en un CAINA de Roca
La imputada está acusada por el delito de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora. Otro acusado ya admitió su responsabilidad y cumple una condena.

Comenzó esta mañana (30/06) en los Tribunales de General Roca el juicio contra una mujer que se desempeñaba como auxiliar en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) -dependientes de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF)-, acusada de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora por hechos que habrían tenido como víctimas a menores institucionalizados.
Durante los alegatos de apertura, el fiscal Marcelo Ramos y la defensora de menores Estela Aroca señalaron que la acusada y el otro auxiliar asistencial habrían maltratado a ocho niños y niñas entre abril de 2021 y septiembre de 2023. Según la teoría del caso, ambos habrían amenazado a los menores para impedir que relataran los episodios de maltrato, vulnerando derechos reconocidos por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.
Para sostener la acusación, el Ministerio Público Fiscal presentará la denuncia de la coordinadora institucional, testimonios de operadores del CAINA, informes elaborados durante la intervención, la declaración de la psicóloga de la institución, la participación de profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), las entrevistas realizadas mediante Cámara Gesell por especialistas del Cuerpo de Investigación Forense y certificaciones laborales de los imputados.
Por su parte, la mujer es asistida por un defensor particular, quien sostuvo que la situación corresponde a una cuestión de orden administrativo.
El debate continuará mañana y se prevé que finalice el jueves, cuando las partes expondrán sus conclusiones respecto de la responsabilidad penal de la imputada.
Judiciales
Transfirió por error 3 millones de pesos por Mercado Pago y el destinatario se los gastó: El conflicto se solucionó en el Juzgado de Paz
La deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios.

Un productor de cebollas transfirió por error 3 millones de pesos a la cuenta de Mercado Pago de otra persona cuando intentaba pagar los insumos necesarios para su actividad. Pese a que reclamó en varias oportunidades la devolución del dinero, no obtuvo respuesta. Según relató, incluso fue bloqueado en WhatsApp. El conflicto llegó al Juzgado de Paz de General Conesa, donde finalmente las partes alcanzaron un acuerdo de pago.
La demanda se presentó a través del procedimiento de menor cuantía. El hombre explicó que la transferencia estaba destinada a una agronomía que le provee los insumos indispensables para la producción, pero por un error el dinero terminó acreditado en la billetera virtual de otra persona.
En la presentación judicial sostuvo que intentó recuperar el dinero por vías informales. Afirmó que se comunicó en reiteradas oportunidades con el destinatario de la transferencia para pedirle que restituyera el monto, pero no obtuvo respuesta y luego fue bloqueado.
Durante la audiencia convocada por el Juzgado de Paz, el demandado reconoció que había recibido los 3 millones de pesos en su cuenta de Mercado Pago. Sin embargo, explicó que no podía devolverlos porque los había gastado inmediatamente después de recibirlos.
Ante esa situación solicitó un cuarto intermedio para reunir parte del dinero y elaborar una propuesta de pago que pudiera cumplir. Días más tarde, las partes volvieron a reunirse y alcanzaron un acuerdo.
Finalmente la deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios. En ese mismo acto el demandado entregó en efectivo medio millón.
El resto se abonará en seis cuotas consecutivas. Los pagos deberán realizarse en el Juzgado de Paz de General Conesa, aunque el acuerdo prevé que el deudor podrá adelantar cuotas o efectuar pagos superiores si tiene posibilidades de hacerlo.
La jueza de Paz consideró que el convenio reflejaba la voluntad de ambas partes y que no afectaba el orden público. En consecuencia, homologó el acuerdo y dejó establecido el cronograma de pagos que permitirá cancelar la deuda originada por la transferencia realizada por error.
Judiciales
Ya son 12 los acusados por integrar una organización dedicada a violentos robos en el Alto Valle
La causa ya cuenta con doce personas imputadas por una organización que habría cometido catorce hechos entre octubre de 2024 y septiembre de 2025.

El equipo fiscal que investiga una asociación ilícita acusada de cometer una serie de robos en Río Negro y Neuquén formuló cargos contra un nuevo integrante de la organización, por lo que ya son 12 las personas imputadas en la causa.
Durante la audiencia, y tras escuchar la oposición de la defensa particular, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por el Ministerio Público Fiscal y dio inicio a la etapa de investigación penal preparatoria, que tendrá un plazo de cuatro meses.
La fiscal Verónica Villarruel explicó que una de las principales evidencias surge de la extracción forense realizada por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) sobre el teléfono celular de uno de los imputados. A ello se suman informes de las empresas de telefonía móvil y análisis efectuados por la Comisión de Investigación Judicial.
Según indicó la representante fiscal, de esa pericia surgieron comunicaciones entre el nuevo imputado y otros integrantes de la organización durante la jornada de uno de los hechos investigados, además de registros que lo ubicarían en uno de los lugares donde se cometieron los delitos.
De acuerdo con la acusación, la banda actuaba con un mismo modus operandi: realizaba tareas de vigilancia sobre los objetivos, llegaba en uno o dos vehículos previamente robados, ingresaba por la parte trasera de las viviendas tras escalar muros y techos, reducía a las víctimas mediante armas de fuego y luego las ataba con alambres o precintos. Posteriormente exigían dinero en dólares, cajas fuertes, oro y dispositivos electrónicos, evitando sustraer teléfonos celulares, además de llevarse los DVR de las cámaras de seguridad.
El nuevo imputado habría participado en varios de los hechos atribuidos a la asociación ilícita y también en el robo de un vehículo perteneciente a una de las víctimas.
La investigación comprende 14 hechos atribuidos a la organización: 11 ocurridos en General Roca, 2 en Cipolletti y 1 en Allen, entre octubre de 2024 y septiembre de 2025.
Actualmente, 6 de los imputados permanecen con prisión preventiva en esta causa, 2 cumplen esa medida en otro expediente, 2 llevan tobillera electrónica y otros 2 están sujetos a medidas cautelares para garantizar el proceso. En el caso del último acusado, tiene prohibido ingresar a General Roca, mantener contacto con uno de los imputados y deberá presentarse periódicamente en una comisaría de Neuquén, ciudad donde fijó domicilio.
Desde el Ministerio Público Fiscal informaron que la investigación continúa, al tiempo que siguen las impugnaciones presentadas por algunas defensas y avanzan otras medidas probatorias, entre ellas reconocimientos de personas. Para lograr la detención del último imputado se realizaron diversas tareas de campo encabezadas por la Comisión Investigativa de la Policía de Río Negro junto al Departamento de Delitos Patrimoniales y Leyes Especiales y la División de Evadidos y Recapturas de la Policía de Neuquén.








