Judiciales
Falleció un empleado y el Municipio ofreció pagar la indemnización en 35 meses: Fallo a favor de la familia
La comuna deberá abonar la indemnización por fallecimiento, con sus respectivos intereses.

Un empleado municipal de Río Colorado falleció mientras aún trabajaba en la comuna. Había pertenecido a la planta permanente durante más de 36 años. Una Ordenanza de la ciudad establece que en caso de muerte, los herederos deben recibir el equivalente a un sueldo por cada año de antigüedad del trabajador fallecido, a pagar dentro de los 20 días del deceso.
Sin embargo, argumentando cuestiones presupuestarias y de usos y costumbres, el Municipio ofreció pagar 35 sueldos mensuales consecutivos, con sus respectivas actualizaciones.
La familia del empleado fallecido no aceptó, realizó los reclamos administrativos necesarios y finalmente inició una demanda en el fuero laboral.
En la presentación sostuvo que «en su oportunidad, el Municipio les comunicó que no se les pagaría toda la indemnización, sino que mes a mes se abonaría un sueldo, durante 35 meses». Esto, según su óptica, «desvirtúa lo establecido por la norma municipal» y los somete «a la desvalorización monetaria a consecuencia de la inflación».
Explicaron que la norma es clara y que «si en otros casos se ha abonado la indemnización por mes, ello pudo ser acordado pero no es obligatorio».
Por su parte, el Municipio de Río Colorado planteó «la inconstitucionalidad del art. 28 del Escalafón para los Obreros Municipales de Río Colorado, Anexo I de la Ordenanza nº 1783/15, en cuanto sostiene que la indemnización por fallecimiento debe abonarse dentro de los 20 días de ocurrido el deceso».
Según su argumentación, la norma «obliga a la realización de un gasto sin su previa inclusión en el presupuesto. De ningún modo puede realizar erogaciones no previstas en el presupuesto».
Reiteró el ofrecimiento del pago mensual, con las actualizaciones correspondientes. Explicó que «en ninguna oportunidad se abonó la indemnización de acuerdo a esta norma y siempre se realizó como se ofreció a los actores (1 sueldo por mes, durante 34 meses)». Este mecanismo no altera el presupuesto porque la remuneración del empleado fallecido ya estaba incluida en el Presupuesto.
El fallo
La Cámara Primera del Trabajo de General Roca analizó, en primer término, el artículo 26 de la Ordenanza en cuestión. «Los derechohabientes de un agente fallecido percibirán una indemnización de acuerdo a lo siguiente: el 100% por cada año de servicio, con un mínimo de 5 años».
La norma refiere que el Municipio podrá contratar seguros que cubran los riesgos emergentes de las indemnizaciones y compensaciones a su cargo, establecidas por el estatuto municipal, sin cargo para el agente.
El artículo 28 expresa que «el importe de las indemnizaciones previstas en el presente Estatuto, se abonarán dentro de los 20 días de producido el hecho que las genere».
En cuanto a la imprevisión del gasto, el fallo explica que «si bien resulta incierto que un trabajador pudiere o no fallecer durante la vigencia de la relación laboral de empleo público, esta circunstancia resulta una posibilidad y por ende la consecuencia previsible para el Municipio».
De esta manera, rechazaron la inconstitucionalidad y ordenaron al Municipio de Río Colorado a abonar la indemnización por fallecimiento, con sus respectivos intereses.
Judiciales
Allanaron la vivienda de la mujer denunciada por el Ministerio de Salud y quedó detenida
La investigación determinó que la acusada no registra antecedentes como graduada ni tiene título revalidado en la UNCo, y tampoco existen constancias del título invocado en la Universidad de los Andes de Venezuela.

Dos allanamientos realizados esta mañana (07/04) en General Roca culminaron con la detención de una mujer acusada de ejercer ilegalmente la medicina.
La investigación, iniciada a partir de una denuncia del Ministerio de Salud de Río Negro, determinó que la imputada habría presentado documentación apócrifa para obtener la matrícula habilitante y ejercido funciones como médica cirujana e incluso como coordinadora de terapia intensiva en una clínica de la ciudad.
Las averiguaciones internas de la propia cartera sanitaria verificaron que la mujer no registra antecedentes como graduada, no tiene el título revalidado en la Universidad Nacional del Comahue y tampoco existen constancias del título que invocó en la Universidad de los Andes de Venezuela.
Los procedimientos se concretaron en el domicilio de la imputada y en el de sus progenitores. En ambos se secuestró documentación como título, sellos, recetarios, medicación, dispositivos electrónicos y registros vinculados a la actividad médica, que serán sometidos a pericias. La Fiscalía de turno también realizó requisas personales y vehiculares.
El jueves próximo (09/04) se prevé la realización de una audiencia de medidas cautelares, en atención al volumen de documentación que debe ser analizada antes de una eventual formulación de cargos.
Judiciales
Denuncian a falsa médica por ejercicio ilegal de la medicina
Una mujer que habría ejercido en instituciones privadas de Roca y Regina el presunto ejercicio ilegal de la medicina y falsificación de documentos públicos.

El Ministerio de Salud de Río Negro, a través de la Secretaría de Asuntos Jurídicos, presentó una denuncia penal ante la Fiscalía General contra una mujer que habría ejercido en instituciones privadas de General Roca y Villa Regina por presunto ejercicio ilegal de la medicina y falsificación de documentos públicos.
La medida se fundamenta en la detección de irregularidades en la documentación que la mujer presentó ante la Coordinación Provincial de Fiscalización Sanitaria para obtener su registro profesional.
Salud ya había procedido a la suspensión preventiva de la matrícula provincial en marzo. Esta acción se tomó luego de que se iniciara una investigación al detectar inconsistencias en el título de Médico Cirujano y la correspondiente convalidación, supuestamente otorgados por la Universidad de Los Andes (ULA), en Mérida, Venezuela.
«El Ministerio continuará colaborando con la Justicia aportando toda la documentación del legajo personal para que se determinen las responsabilidades penales correspondientes», destacaron desde la cartera de Salud rionegrina.
Judiciales
Incineraron 43 kilos de cannabis y casi 900 plantas de marihuana en Roca
La quema se realizó en la Planta de Residuos II y corresponde a droga incautada en el marco de 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras avanzadas.

La Unidad Fiscal de General Roca llevó adelante ayer por la mañana la quema de estupefacientes en la Planta de Residuos II de la ciudad. El procedimiento se realizó en el marco de la Ley Nacional de Estupefacientes N° 23.737.
Según informó el Ministerio Público Fiscal, el material destruido corresponde a 43 kilos de cannabis entre cogollos y picadura de marihuana, y 874 plantas y plantines de marihuana.
La quema abarcó elementos incautados en 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras en etapa avanzada.








