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Compró un pasaje, el vuelo se suspendió y la agencia de viajes online lo derivaba a la aerolínea: Deberán indemnizar al cliente

Cansado de la falta de respuestas, el rionegrino inició una causa de menor cuantía en noviembre del año pasado.

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Un hombre de Viedma compró dos pasajes aéreos y debido a la pandemia no pudieron ser utilizados. Desde entonces, inició con Despegar una serie de trámites infructuosos. Hubo una única propuesta concreta, debía viajar a Brasil y volver a los tres días. Finalmente, en noviembre del año pasado decidió iniciar una causa de menor cuantía. El Juzgado de Paz condenó a la empresa a pagar un resarcimiento.

Todo comenzó cuando un hombre compró dos pasajes ida y vuelta Buenos Aires – San Pablo (Brasil) a través de la plataforma, con fecha de vuelo el 21 de marzo de 2020. El día anterior se declaró la pandemia en nuestro país.

En mayo le llegó un email de Despegar donde le detallaban que sus pasajes quedaban abiertos, estableciendo como fecha límite para realizar su viaje el día 22 de enero del año 2021. Mencionó que durante el año 2021 se comunicó con la demandada en varias ocasiones, mediante llamados telefónicos y por internet, para solicitar un cambio de fecha de los vuelos, pero no obtuvo ninguna respuesta satisfactoria.

Según la denuncia, durante 2022 quiso cambiar la fecha del vuelo, pero la plataforma trasladó la responsabilidad a Gol Aerolíneas; intentó el reclamo por teléfono y por email ante la aerolínea, pero ellos tampoco le cambiaron la fecha.

Inició un reclamo ante el organismo de Defensa al Consumidor. La empresa le dijo que detallara tres fechas posibles de viaje. Así lo hizo, pero para su sorpresa, recibió un email de Despegar informándole que la solicitud de cambio de vuelo no podía ser realizada.

Finalmente, el 24 de octubre del año pasado le dijeron que tenía una semana para viajar. Entró a la página y para cumplir, debía salir cuatro días después y volver a los 3 días. Así, entabló la demanda en el Juzgado de Paz.

Despegar en el expediente pidió que se cite a la aerolínea Gol. Hizo hincapié en el hecho de que el usuario -previo a la contratación del servicio- aceptó términos y condiciones generales donde se detalla que Despegar no es la proveedora del servicio que actúa como intermediaria y que no se responsabiliza por los hechos derivados de caso fortuito o fuerza mayor.

El consumidor «contrató el servicio con la agencia de viajes Despegar, depositó su entera confianza en que la agencia haría respetar su compra ante la aerolínea. La falta de cumplimiento del contrato por parte de Despegar genera un severo perjuicio», dice el fallo.

Agrega que «en virtud de las pruebas presentadas, es posible concluir que el evento dañoso efectivamente tuvo lugar conforme a los hechos invocados y la documental agregada. Es decir, que a partir de ese vínculo de consumo se derivó en la responsabilidad objetiva de la agencia intermediaria Despegar como prestadora del servicio turístico».

De esta manera, condenó en primer término a la plataforma a «abonar en concepto de daño directo la suma equivalente a los dos tickets aéreos, Buenos Aires – San Pablo (Brasil), ida y vuelta, incluyendo tasas e impuestos y con idénticas condiciones respecto del equipaje».

Además, se condenó a Despegar por daño punitivo y también por daño moral. Estos dos rubros indemnizatorios serán percibidos por el cliente.

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Condenaron a un policía por dispararle a su ex pareja: Le hirió el pie con su arma reglamentaria

El juez subrayó que el disparo podría haber tenido consecuencias más graves si hubiera impactado en otra parte del cuerpo.

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Un empleado policial fue declarado penalmente responsable por unanimidad del delito de lesiones graves agravadas por violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de arma de fuego, luego de que el Tribunal Colegiado interviniente tuviera por acreditado que disparó contra su ex pareja hiriéndola en el pie con su arma reglamentaria.

El hecho ocurrió el 18 de mayo pasado en el domicilio de la víctima. El presidente del Tribunal destacó la solidez del testimonio de la damnificada, quien mantuvo su declaración sin variaciones desde la denuncia inicial hasta el debate oral. «Pudo describir tanto las situaciones previas como lo ocurrido el 18 de mayo pasado en su domicilio, con precisión y detalle», señaló el magistrado.

El Tribunal también descartó de manera categórica el carácter accidental del episodio. «La consecuencia de este episodio pudo haber sido más grave si el disparo efectuado por el imputado hubiese impactado en otra parte del cuerpo de la víctima. No cabe duda de que no fue un hecho accidental, sino doloso», expresó el presidente del cuerpo judicial.

En la misma audiencia, la Fiscalía solicitó la prórroga de las medidas cautelares hasta la firmeza del fallo para resguardar a la víctima, quien deberá declarar en la próxima audiencia de cesura de la pena.

La defensa penal pública no formuló oposición y el Tribunal resolvió prorrogar la prohibición de acercamiento en un radio de 100 metros y de todo tipo de contacto, tanto directo como a través de terceros o medios electrónicos.

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Lo condenaron por violencia de género, volvió a convivir con la víctima y lo enviaron a prisión

La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial. El Ministerio Público acreditó que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad.

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Un hombre condenado por violencia de género cumplirá pena efectiva en Cipolletti tras comprobarse el incumplimiento de las pautas de conducta. La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial y de un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. El Ministerio Público Fiscal acreditó además que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. El juez de Ejecución transformó la pena en suspenso en prisión efectiva.

La condena original se dictó en agosto de 2025 por hechos que incluyeron lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género. En ese momento, el Poder Judicial había dispuesto reglas claras: no acercarse ni mantener contacto con la mujer y sostener un domicilio informado. Esas condiciones formaron parte de una pena de ejecución condicional que buscó evitar el encierro.

Sin embargo, la presencia en la vivienda de la mujer evidenció la transgresión de esas restricciones. El informe de la Oficina de Atención a la Víctima describió un escenario atravesado por temor y dependencia económica, además de referencias a episodios de violencia posteriores a la condena.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el planteo se centró en el incumplimiento de las pautas impuestas y no en la investigación de un nuevo delito. La defensa se opuso al pedido y señaló que los hechos integraban una causa en trámite, además de plantear objeciones sobre la posibilidad de una doble sanción.

El juez de Ejecución Penal analizó la documentación incorporada, en especial el informe técnico, y consideró acreditada la violación de las reglas de conducta, en particular la prohibición de acercamiento. Con base en ese análisis y en normativa vinculada a la protección contra la violencia de género, dispuso la revocación de la condicionalidad.

La resolución ordenó la detención y el traslado a un establecimiento penitenciario.

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Escándalo en el Poder Judicial: Un arma secuestrada apareció en un procedimiento policial y faltan otras en las oficinas de Roca

La irregularidad puso en evidencia fallas en el circuito de secuestros judiciales.

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El Poder Judicial de Río Negro impulsó una denuncia penal y una investigación interna de carácter urgente luego de detectar que un arma de fuego que se encontraba secuestrada y bajo custodia judicial apareció en un procedimiento policial realizado en la ciudad de Roca. El hallazgo alertó sobre una irregularidad grave en el resguardo de ese elemento y desencadenó una serie de medidas institucionales.

La denuncia tramita en la Fiscalía de Roca, donde se investiga cómo el arma, que debía permanecer en dependencias judiciales, terminó involucrada en un episodio delictivo. En paralelo, el organismo dio intervención al Auditor General, requirió información a distintas áreas, tomó declaraciones testimoniales y analizó documentación vinculada al circuito de secuestros judiciales.

Como medida complementaria, se ordenó un relevamiento y arqueo integral de los objetos secuestrados en la Oficina Judicial de Roca, que fue extendido a todas las Oficinas Judiciales de la provincia para verificar la correspondencia entre los registros y la existencia material de los elementos resguardados.

El resultado del arqueo agravó el cuadro: se detectó el faltante de otras armas de fuego, lo que motivó la ampliación de la denuncia penal. El número total de elementos involucrados aún no está determinado, dado que el control sigue en curso.

Actualmente se indaga sobre los registros de elementos secuestrados y los protocolos de control interno en las dependencias judiciales. La revisión abarca depósitos, sistemas de inventario y circuitos administrativos relacionados con la custodia.

El Poder Judicial indicó que el proceso interno podría derivar en medidas precautorias o sanciones. La causa penal en la Fiscalía de Roca continúa en etapa inicial, mientras el Auditor General prosigue con las actuaciones administrativas dispuestas por el organismo.

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