Judiciales
Seguro del automotor: Contrató una extensión por doce meses pero le debitaron por cuatro años más
Un fallo de menor cuantía condenó a la empresa y al banco por las infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor.
El propietario de un automóvil de Cipolletti consiguió una indemnización por los cuatro años en que le debitaron un seguro mecánico. Cuando se le venció la garantía de fábrica, recibió un ofrecimiento de extensión por doce meses. Sin embargo, el periodo se prolongó más allá de lo pactado. Un fallo de menor cuantía condenó a la empresa y al banco por las infracciones a la Ley de Defensa del Consumidor.
Durante el proceso, tanto la aseguradora como la entidad bancaria formularon sus descargos. La firma que había ofrecido la póliza, Marketing One Argentina S.A, aportó una grabación de la conversación telefónica con el cliente. En esa comunicación una operadora le informa que se había vencido la garantía de fábrica, aunque podía contratar una extensión por el plazo de un año mediante un «precio congelado».
El diálogo se extendió por 20 minutos y el consumidor no solo aceptó sino que buscó su tarjeta de débito y aportó los datos. El fallo consideró cumplidas las pautas del artículo 4 de la ley de Defensa del Consumidor en cuanto a la información brindada al cliente «la cual fue ampliamente detallada en la conversación».
De todos modos, se receptó el reclamo porque el propietario del auto no prestó su consentimiento para que la contratación continuara o se renovase automáticamente. En consecuencia, todos los débitos posteriores a la finalización del contrato, que era de un año, «fueron realizados sin su consentimiento, es decir son débitos sin causa», surge de la sentencia.
El banco Patagonia sostuvo que se limitó a cumplir funciones como entidad receptora del sistema nacional de pagos conforme la reglamentación y que los débitos fueron generados y ordenados por Marketing One Argentina, por lo que su actividad fue jurídicamente correcta.
Sin embargo, la Ley de Defensa del Consumidor establece que sí se produce un daño durante la prestación de un servicio responden todos los eslabones de la cadena de comercialización y la responsabilidad es solidaria. En ese sentido el fallo consideró que los débitos continuaron pese a que el cliente le hizo al banco diez pedidos de baja.
La sentencia ordenó la devolución de todo el dinero debitado durante los cuatro años y fijó una indemnización por daño moral y daño punitivo, que es una multa civil por las infracciones a la ley de Defensa del Consumidor.
Judiciales
Nuevo allanamiento en la zona por tenencia de material de abuso sexual infantil
Hay un hombre imputado en la causa.
En la mañana de hoy (13/12) el Ministerio Público Fiscal encabezó un allanamiento en una vivienda particular del barrio Villarino de Cipolletti en la que secuestraron dispositivos móviles e informáticos. La medida se desarrolló en el marco de una investigación por tenencia y distribución de imágenes y videos en las que se observan niñas y adolescentes en situaciones sexuales explícitas y de abuso sexual.
El requerimiento a la jueza de Garantías de la realización de esta medida por parte de la Fiscalía interviniente fue fundamentado a partir de datos obtenidos mediante reportes del National Center for Missing & Exploited Children, que alertó a la Unidad Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas dependiente de la Fiscalía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aire.s
Esa advertencia fue informada al Ministerio Público rionegrino que inició el trabajo previo de investigación que detectó la dirección de IP vinculada al intercambio de este material y la asoció al domicilio del hombre que hoy se encuentra imputado. Además, se llevaron a cabo verificaciones físicas y consultas en bases de datos oficiales para corroborar la información, lo que incluyó datos recabados en redes sociales.
Luego de ello se requirió el allanamiento y la requisa personal de los ocupantes de la vivienda.
Se secuestraron del lugar la totalidad de los dispositivos informáticos que fueron hallados que serán peritados para poder obtener indicios que permitan avanzar hacia la formulación de cargos. Hasta el momento un hombre mayor de edad está imputado del delito de tenencia de imágenes de abuso sexual infantil.
Judiciales
Un pitbull se escapó y mordió a un niño: Condenaron a su dueño
Deberá pagarle un resarcimiento económico a la familia de la víctima, quien quedó con una importante cicatriz en su rostro.
Un hueco en una reja hecha de malla cima permitió que Rocky, un pitbull de color gris, se escapara de una casa y mordiera a un niño de 9 años que caminaba por la calle, en San Antonio. El ataque le causó heridas de gravedad, sobre todo en su rostro. Inmediatamente vecinos acudieron a auxiliar al niño, lo asistieron y lo llevaron al Hospital local.
El chico sufrió el desprendimiento de una mejilla y contusiones en el cuerpo. Requirió atención médica, internación y una intervención quirúrgica. Además, necesitó tratamientos de curación durante un período prolongado, y finalmente le quedó una cicatriz en el rostro.
La mamá del niño inició una demanda. El dueño del Pitbull negó que haya sido su perro el causante de las heridas.
La jueza multifueros de San Antonio explicó citó doctrina: «los ataques producidos por animales domésticos o feroces, sin distinción, trasuntan en una culpabilidad directa de su dueño o guardián».
También tuvo en cuenta un fallo del Superior Tribunal de Justicia. «El ser titular o servirse de un animal doméstico, domesticado o feroz, crea una situación de peligro, porque se trata de una cosa animada que en muchas oportunidades no puede ser controlada. Esa imposibilidad de vigilancia y autoridad sobre el animal crea un riesgo, lo que conduce a proteger a los damnificados por el hecho que produzca».
La jueza se valió de las pruebas producidas en el fuero penal para acreditar que las lesiones fueron causadas por el pitbull y también comprobar la propiedad del can.
Tuvo en cuenta que la legislación provincial hace un listado de cuales son los «perros potencialmente peligrosos», entre los que incluye al pitbull. Establece, asimismo, que «los perros potencialmente peligrosos deben ser albergados en instalaciones seguras y resistentes, que impidan su huida. El lugar deberá estar señalizado».
La magistrada analizó la constancia médica emitida por el médico que atendió al niño por el daño facial. También consideró fotografías que muestran el daño sufrido en la mejilla derecha.
Además varios testigos que llegaron en el momento del incidente coincidieron en que la herida era «impresionante». Una vecina dio cuenta que el perro ya se había escapado en otras ocasiones y había mordido a otros canes.
De esta manera, el fallo dispuso que el dueño del perro deberá pagarle un resarcimiento a la familia del niño.
Judiciales
Cecilia Criado presidirá el Superior Tribunal desde febrero
Asumirá oficialmente el 1 de febrero del año que viene.
El Superior Tribunal de Justicia se reunió en acuerdo institucional y designó autoridades para el año judicial que comenzará el 1 de febrero de 2025. La jueza Cecilia Criado presidirá el máximo órgano judicial provincial, según quedó estipulado en la Acordada 29/2024.
La Ley Orgánica establece que «la presidencia del Superior Tribunal de Justicia será ejercida anualmente por el juez o la jueza que el mismo Cuerpo designe en la primera quincena de diciembre de cada año. En la misma oportunidad se establecerá el orden en que sus integrantes reemplazarán la presidencia en caso de ausencia u otro impedimento».
En cuanto al orden de subrogancias en la presidencia se dispuso en primer término al vocal Ricardo Apcarián, en segundo lugar a Sergio Barotto, en tercero a Liliana Laura Piccinini y por último el actual presidente, Sergio Ceci.
También se dispusieron los jueces y juezas delegadas en cada circunscripción. Se mantienen en la Primera Liliana Piccinini, en la Segunda Sergio Barotto y en la Cuarta Ricardo Apcarián. La Tercera Circunscripción estará a cargo de Sergio Ceci.