Judiciales
Solicitaron 19 años de prisión para sujeto que abusó sexualmente de tres de sus hijas
Ya fue declarado culpable por un jurado popular en diciembre pasado. Ahora se definirá su condena.

Tras haber sido declarado culpable por un jurado popular en diciembre pasado por varios delitos cometidos contra la integridad sexual de tres de sus hijas, hoy (21/02) el hombre escuchó el pedido de las partes en relación al monto de pena. Es así que la Fiscalía pidió 19 años de prisión efectiva, mientras que el defensor penal público 16 años. La sentencia se dará a conocer el próximo miércoles (28/02) al mediodía.
De esta manera, la fiscal jefa fundamentó su pedido en varios agravantes, entre ellos que «se trató de un hecho con pluralidad de víctimas, que son tres niñas vulnerables por estas características y por la relación asimétrica de poder con el victimario, que es su padre».
Además «fueron víctimas desde muy temprana edad, esto las vuelve aún más vulnerables, no tuvieron la chance de elegir ni de opinar acerca del inicio de su sexualidad, y los abusos marcaron una intromisión a su vida sexual», agregó la Fiscalía.
«Otro agravante que consideramos es la naturaleza de la acción, en el juicio por jurados quedó acreditado el prolongado lapso de tiempo en que los hechos sucedieron, que los mismos ocurrían en una zona rural, a veces de noche, otras veces cuando el hombre procuraba estar con las niñas solo, cuando las llevaba al colegio, cuando las tenía a su alcance», dijo la representante fiscal.
«La intensidad del daño causado, es decir, que quienes las debía cuidar abusó de ellas, y esta situación tuvo y aún hoy tiene un impacto en la psiquis de las menores de edad, cuestión enfatizada hoy con el testimonio de la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI)», subrayó la fiscal.
«Consideramos agravante también que cuando el hombre se tuvo que ir del hogar a raíz de la denuncia y la intervención del Estado en el hecho, nunca se ocupó del bienestar ni de las hijas víctimas ni del resto. La denunciante de los abusos, la madre de las chicas tuvo además que iniciar un reclamo de cuota alimentaria ya que el hombre aún estando en libertad no cumplía con la misma», remarcó la fiscal jefa.
Por su parte, la defensora de menores que representa a las víctimas en el juicio, adhirió al pedido fiscal y solicitó al Tribunal que «se tenga en cuenta el interés superior, es decir, el de las niñas, ya que están protegidas por la Declaración Universal de los derechos del niño, niña y adolescentes, como también la Ley 26.061, la Guía de buenas prácticas de UNICEF, entre otras normativas vigentes en nuestro país».
El defensor penal público que asiste al hombre en el juicio, dijo que «no vamos a discutir el agravante de la pluralidad de víctimas. Pero sí la cuestión del género creemos que no debe ser admitida, como tampoco la duración en el tiempo ya que está incluida en el delito de corrupción, como también está incluida la cuestión de la relación asimétrica y la clandestinidad en el Artículo 119 presente en la calificación legal por la que ya fue condenado mi asistido».
Calificación legal por la que ya fue condenado por el jurado popular
En relación a una de las víctimas se lo declaró culpable del delito de «abuso sexual simple agravado por el vínculo, reiterado en un número indeterminado de veces, abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo, abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y corrupción de menores agravada por el vínculo».
Para otra de las víctimas, el hombre es culpable de «abuso sexual simple agravado por el vinculo, reiterado en un número indeterminado de veces y corrupción de menores agravada por el vínculo».
En tanto para la última, se lo condenó por «abuso sexual simple agravado por el vinculo, reiterado en un número indeterminado de veces y corrupción de menores agravada por el vínculo».
Prórroga de la prisión preventiva
El Ministerio Público Fiscal teniendo presente que la prisión preventiva que cumple el hombre desde el inicio del juicio está próxima a vencerse, solicitó y así resolvió el juez interviniente, que la misma se prorrogue por el plazo de cuatro meses, teniendo presente que «el riesgo de fuga se encuentra latente por la expectativa de una pena alta».
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Nuevos imputados en el caso de asociación ilícita: La justicia formaliza cargos contra dos neuquinos
El equipo fiscal amplía la investigación y suma a dos hombres a la lista de imputados. Los hechos ocurrieron entre octubre de 2024 y septiembre de 2025 en diversas ciudades de la región.

El equipo fiscal a cargo de la investigación sobre una presunta asociación ilícita que opera en varias ciudades de la región amplió hoy (10/12) la lista de imputados. En esta ocasión, se formularon cargos contra dos hombres oriundos de Neuquén, de 38 y 34 años, quienes, según la acusación, habrían formado parte de una red delictiva dedicada a la comisión de delitos en diferentes puntos de la provincia.
Ambos imputados se encuentran con prisión preventiva desde su detención y fueron formalmente acusados de los delitos de asociación ilícita y robo en poblado y en banda.
Con estos nuevos cargos, el número de imputados en la causa asciende a siete, tras la confirmación de las acusaciones y las medidas preventivas dictadas ayer. Los hechos que motivaron la acusación ocurrieron entre octubre de 2024 y septiembre de este año, y abarcaron diversas localidades de la región, como General Roca, Villa Regina, Cipolletti, Allen y Neuquén Capital.
Según la Fiscalía, los dos hombres imputados habrían acordado formar parte de una organización delictiva cuya finalidad era la comisión de delitos en contra de los derechos y garantías consagrados en la Constitución Nacional. «El grupo tenía un objeto común, afectando el orden público y la seguridad social a través de una pluralidad de maniobras delictivas», explicó el Ministerio Público Fiscal. Los acusados, siempre bajo la misma estrategia delictiva, habrían ejecutado ilícitos de diversa índole, creando un clima de inseguridad y alterando la confianza social.
Uno de los hechos destacados de la imputación ocurrió el 2 de octubre de 2024 en General Roca, cuando los dos hombres, en compañía de otros miembros de la organización, ingresaron por la fuerza a un domicilio ubicado en calle San Juan al 3500. En ese robo, se apoderaron de una billetera con documentos personales, una hidrolavadora, un taladro y un automóvil Fiat Cronos. Este vehículo, tras ser utilizado en otros delitos, fue finalmente abandonado en Cipolletti, según detallaron fuentes judiciales.
La Fiscalía solicitó que ambos imputados sean juzgados como coautores de asociación ilícita y robo en poblado y en banda. El juez de Garantías que interviene en la causa validó las acusaciones y ratificó las medidas cautelares dispuestas.
El caso, que continúa bajo investigación, ha cobrado relevancia no solo por el número de imputados involucrados, sino también por la complejidad de los delitos cometidos y la cantidad de localidades afectadas. La causa se mantiene abierta mientras se profundizan las pruebas y se siguen evaluando las posibles conexiones entre los acusados y otras personas que podrían estar vinculadas a la organización criminal.
La Fiscalía, por su parte, destacó que aún existen líneas de investigación activas y que no se descartan más imputaciones a medida que avancen las pesquisas.
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La Justicia ratificó la prisión preventiva para la banda acusada de 12 violentos robos en la región
Tras el fallo, continúan vigentes las calificaciones y medidas cautelares dictadas luego de los allanamientos simultáneos del 13 de noviembre, que derivaron en la detención de los 5 acusados.

El juez de juicio no hizo lugar este martes (09/12) a los agravios presentados por las defensas particulares de los 5 imputados señalados por la Fiscalía como integrantes de una asociación ilícita que habría perpetrado 12 hechos delictivos en el Alto Valle. Con esta decisión, se mantienen en pie tanto la acusación fiscal como la calificación legal y las prisiones preventivas solicitadas oportunamente por el Ministerio Público Fiscal.
La formulación de cargos había tenido lugar el pasado 13 de noviembre, tras una serie de allanamientos simultáneos realizados por la Policía de Río Negro en General Roca y Cipolletti. En aquella audiencia, el juez de Garantías dispuso la prisión preventiva por 4 meses para todos los imputados.
Según la acusación, el grupo actuaba bajo un modus operandi reiterado y minucioso: realizaban tareas previas de vigilancia sobre objetivos seleccionados, utilizaban uno o dos vehículos sustraídos para trasladarse y irrumpían violentamente por accesos traseros, trepando paredones y techos. En el interior, reducían a las víctimas con armas de fuego, las ataban con alambres o precintos y exigían dólares y la ubicación de cajas fuertes.
También se llevaban elementos de valor como oro, dispositivos electrónicos -aunque no teléfonos celulares- y los DVR de cámaras de seguridad, para borrar registros de su ingreso.
Los 12 hechos imputados ocurrieron entre octubre de 2024 y septiembre de 2025, 11 en General Roca y uno en Allen.
Además de la acusación por integrar una asociación ilícita, a los imputados se les atribuyen distintos delitos según su presunta participación en cada caso: robo simple y agravado por ser cometido en poblado y en banda, en algunos episodios agravado por escalamiento, y privación ilegítima de la libertad con violencia. Algunos enfrentan también cargos por robo y hurto de vehículos.
Durante la audiencia, la Fiscalía reiteró que «estas 5 personas se dedicaban a trabajar de esto: hay una selectividad de objetivos, un análisis prolijo de las víctimas y una estrategia definida para concretar los hechos».
La fiscal jefa agregó que la conducta «supera la mera actuación plural circunstancial» y que los hechos «han conmocionado a la sociedad», sin descartar que puedan surgir nuevas evidencias o involucrados.
Con el rechazo de los agravios, la situación procesal de los 5 acusados continúa sin modificaciones y se mantienen las medidas cautelares establecidas por el juez de Garantías.
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Un adolescente, una mamá y dos papás: Un fallo de Roca admite la triple filiación
El joven solicitó al Poder Judicial constituir una triple filiación, es decir, mantener un vínculo jurídico con su padre biológico y su padre de crianza, junto a su madre.

Un adolescente vive desde los 4 años con su mamá y el esposo de ella. Desde entonces, comparte la vida cotidiana en familia y mantiene un vínculo muy fuerte con el hombre. Esa figura paterna lo acompaña en todos sus proyectos de vida, le brinda amor y contención.
Comparten intereses como el dibujo y la actividad física. Pero un hecho fortaleció aún más ese lazo: la pareja adoptó a un niño y la familia creció con la llegada de un hermanito. El adolescente sintió que era momento de cambiar su apellido, pero finalmente solicitó la adopción por integración.
Su padre biológico, con quien mantiene una relación más esporádica, comprendió el profundo deseo de su hijo y no se opuso al cambio de apellido. En relación con la adopción, expresó que desea seguir siendo el padre del chico y que este continúe contando con él, aunque sea como «papá suplente».
El adolescente solicitó al Poder Judicial constituir una triple filiación, es decir, mantener un vínculo jurídico con su padre biológico y su padre de crianza, junto a su madre.
El fuero de Familia de Roca aceptó el requerimiento del joven y declaró la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 558 del Código Civil y Comercial, el cual establece que ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales.
La aplicación literal del artículo «colocaría al adolescente en posición de elegir entre sus dos figuras paternas, cuando los tres adultos involucrados desean permanecer en su vida, acompañando su crecimiento y desarrollo, todos ellos desde un rol de afecto, cariño, amor y contención, como lo han hecho toda la vida», argumentó la jueza.
El fallo otorgó la adopción integrativa plena del adolescente, manteniendo a su vez el vínculo jurídico con el padre biológico. También autorizó la modificación del nombre del joven, respetando así su derecho a la identidad y su voluntad.
La sentencia analiza que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha receptado la noción de familias en plural, ya que sostiene que la Convención Americana de Derechos Humanos no impone un concepto cerrado de familia ni protege un único modelo tradicional.
«De este modo, se brinda un estándar de protección amplio que busca garantizar un derecho filial que responda a la identidad de las personas que integran el grupo familiar. En ese contexto, la noción de socioafectividad resulta clave para comprender el proceso de desbiologización de los vínculos filiales».
El fallo recuerda también que la adopción por integración siempre mantiene el vínculo filiatorio y todos sus efectos entre el adoptado y su progenitor de origen. Ese efecto dependerá de si el adoptado posee un doble o un simple vínculo filial. En el caso del adolescente del Alto Valle, tiene doble vínculo filial, y su intención -al igual que la de los adultos involucrados- fue sumar un vínculo más.








