Judiciales
Imputaron a los dos sospechosos de construir el túnel del Penal de Roca
Uno de ellos quedó detenido con prisión preventiva.

Esta mañana (07/04) el Ministerio Público Fiscal formuló cargos a dos hombres por varios delitos, entre ellos el de «favorecimiento de evasión en grado de tentativa». Además uno deberá cumplir la medida cautelar de prisión preventiva y el otro deberá presentarse en Fiscalía, bajo apercibimiento de quedar detenido también.
La acusación fiscal explicó en la audiencia que «durante la tarde del viernes (05/04) pasado personal policial observó a un hombre en actitud sospechosa. De esta manera se activó la intervención precisa de la Brigada de Investigaciones, que logró detener a ese sujeto cuando se dirigía hacia la vivienda precaria ubicada frente al Penal N° 2 de General Roca».
«Alrededor de las 15.40, en calle Ameghino a la altura del sector oeste del Establecimiento Penal, los dos imputados habrían realizado un túnel de aproximadamente 15 metros de largo, ocasionando daños en el subsuelo de todo el sector«, agregó la fiscal del caso interviniente.
«Dicho túnel, que se inició desde una vivienda precaria, atravesó la calle Ameghino traspasando la línea del alambrado del Penal, en el sector del patio lindante al lugar donde se recrean los internos. Ello con el fin de favorecer la evasión de internos», describió el Ministerio Público Fiscal.
La Fiscalía enfatizó que los imputados «no pudieron concretar su objetivo, ya que fueron descubiertos en actitud sospechosa por personal de la Brigada de Investigaciones, en momentos en que uno de ellos se dirigía hasta la casa mencionada y es detenido en el lugar. Allí fue que personal policial advirtió la existencia del boquete y comenzaron las demás medidas probatorias, que reunió el trabajo mancomunado del COER, Brigada de Criminalística, personal de prevención y la ya mencionada Área de Investigaciones».
Entre el sustento probatorio mencionado por el equipo fiscal para este etapa de formulación de cargos se encuentran: las actas de procedimiento del Cuerpo de Investigación Judicial labradas el día del hecho y también ayer durante las medidas de prueba, los informes preliminares del Gabinete de Criminalística donde se adjuntan fotos y análisis del túnel realizado, los informes de ambos detenidos, entre otra evidencia.
La calificación legal por la cual imputó el Ministerio Público Fiscal es la de «favorecimiento de evasión en grado de tentativa, con daño agravado por cometerse en edificio o lugares públicos, todo en concurso ideal en carácter de coautores», según los Artículos 281, 184 inc. 5, 42, 45 y 54 del Código Penal.
Además la fiscalía solicitó la prisión preventiva de uno de los imputados por considerar el peligro procesal de fuga. «Las características del hecho por el cual fue detenido demuestra el temperamento que podría asumir si él mismo quedara en esa situación, se suma además que dentro de las causas que tuvo existen al menos tres que son por tentativa de evasión o de fuga», argumentó la fiscal del caso.
El defensor particular que asistió a este hombre se opuso a la formulación de cargos como también a la medida cautelar de preventiva.
Sin embargo, el juez de Garantías interviniente resolvió tener por formulados los cargos tal como lo realizó el equipo fiscal y estableció un plazo de investigación penal preparatoria de cuatro meses, como también determinó que uno de los imputados cumpla con prisión preventiva y el otro se presente semanalmente.
Judiciales
Casi la mitad de las causas penales de este año corresponden a delitos contra la propiedad
En segundo lugar se ubicaron los delitos contra las personas.

El Ministerio Público ingresó un total de 2.974 legajos penales en el primer semestre del año 2025. Entre los delitos registrados, los hechos contra la propiedad concentraron la mayor proporción, con 1.179 causas, lo que representó casi el 40 % del total.
En segundo lugar se ubicaron los delitos contra las personas, con 474 causas, seguidos por los vinculados a la administración pública, que alcanzaron 440 legajos. También se contabilizaron 378 causas por delitos contra la libertad, y 280 vinculadas a la integridad sexual, lo que representó el 9,41 % del total.
El resto de los legajos incluyó hechos contra la seguridad pública, delitos contra la administración de justicia, personas desaparecidas o muertes dudosas, leyes especiales, orden público y otros delitos de menor incidencia.
Los delitos contra la propiedad incluyen hurtos, robos, estafas, daños materiales y otros hechos de similar naturaleza. Los delitos contra la administración pública comprenden atentado y resistencia a la autoridad, falsa denuncia, falso testimonio, encubrimiento y desobediencia a órdenes judiciales, entre ellas el incumplimiento de medidas cautelares por violencia de género.
Los delitos contra las personas abarcan homicidios en todas sus formas, lesiones, abuso de armas y abandono de personas. Por su parte, los delitos contra la libertad comprenden privaciones ilegítimas de la libertad, detenciones ilegales y violación de secretos.
Los delitos contra la integridad sexual incluyen abusos sexuales con o sin acceso carnal, corrupción de menores, facilitación a la prostitución y exhibiciones obscenas.
En cuanto a la distribución territorial, la Segunda Circunscripción, con cabecera en Roca, registró 1.121 causas, lo que representó el 31,76 % del total. Le siguieron la Tercera Circunscripción, con cabecera en Bariloche, con 955 legajos (27,05 %), la Cuarta Circunscripción, con cabecera en Cipolletti, con 805 (22,80 %) y la Primera Circunscripción, con cabecera en Viedma, con 649 (18,39 %).
La información surge del relevamiento realizado por las Oficinas Judiciales en las cuatro circunscripciones provinciales y está consignada en el relevamiento semestral realizado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
Judiciales
Se endeudó para llegara a fin de mes: Ordenan limitar el porcentaje de descuentos de mutuales y financieras a una docente roquense
Los descuentos de mutuales y financieras alcanzaron el 90 % de su salario.

Una mujer solicitó varios préstamos personales. Es docente, madre de una niña, y no recibe ayuda económica del padre de la chica. No tiene vivienda propia, por lo que paga un alquiler cada mes. Los descuentos de mutuales y financieras alcanzaron el 90 % de su salario.
El fuero Laboral de Roca hizo lugar a la medida cautelar autosatisfactiva solicitada por la mujer. Ordenó al empleador establecer un límite del 33% para las deducciones salariales. El Tribunal consideró el principio de no confiscatoriedad y el carácter alimentario del salario.
En su presentación, la mujer afirmó que no logró sostener su economía familiar. Además de su jornada laboral, asumió horas extras. También trabaja en limpieza de viviendas y, durante los feriados, elabora comidas que vende en ferias.
En la presentación la docente alegó que los descuentos violaban su derecho a una retribución justa y al carácter alimentario del salario. Además mencionó que en los últimos meses sólo percibió el concepto de asignación familiar.
El organismo empleador señaló que los préstamos fueron tomados voluntariamente por la mujer y que la Provincia solo actúa como ejecutora de los descuentos.
La jueza sostuvo que el caso cumple con los requisitos para admitir una medida autosatisfactiva: urgencia, daño irreparable y existencia de un derecho evidente.
El Tribunal concluyó que los descuentos resultan confiscatorios e irrazonables, y que dejan a la trabajadora sin medios para sostenerse a sí misma y a su hija. Señaló que, aunque no exista una norma provincial vigente, sí hay normas nacionales y principios constitucionales que establecen límites a la deducción del salario.
Judiciales
El padre falleció antes de reconocer a la niña: Se estableció la filiación por una prueba genética de los abuelos
El resultado marcó un 99,99% de probabilidad de que la niña fuese hija biológica del hombre.

Una mujer inició una demanda de filiación post mortem. Mantuvo una relación sentimental con el padre de sus hijos, pero el hombre falleció antes del nacimiento de su segunda hija. El primer hijo fue reconocido por el padre; sin embargo, la niña no obtuvo ese reconocimiento biológico.
La mujer solicitó el reconocimiento de la filiación de su hija y requirió la realización de una prueba genética con los abuelos paternos.
La jueza de Familia de Villa Regina hizo lugar a la demanda y estableció judicialmente la filiación entre los hermanos. Ambos niños pasarán a tener el mismo apellido. También se ordenó la inscripción correspondiente en el Registro Civil.
Del análisis de la pericia genética se concluyó que existía un 99,99% de probabilidad de que la niña fuese hija biológica del hombre fallecido. Resultó relevante también el testimonio de la mujer, quien declaró que la pareja reconocía a la niña por nacer como su hija.
Durante el proceso se designaron defensores de menores tanto para la niña como para el niño. Se ordenaron extracciones de ADN, efectuadas por el Cuerpo de Investigación Forense, y se realizaron diversas audiencias.
La sentencia se enfocó en el interés superior de la niña y en preservar su verdad biológica. También reafirma el valor probatorio de los análisis genéticos en juicios de filiación.
«El caudal probatorio que aporta la prueba biológica en las acciones de filiación es altamente significativo, y dada la probabilidad alcanzada en el presente caso, resulta razonable la procedencia del reclamo de filiación», concluyó la jueza.