Judiciales
Autorizaciones de viaje con niños, niñas y adolescentes: ¿dónde tramitarlas?
Dos recientes casos se judicializaron porque los progenitores están separados y uno de ellos no firmaron el permiso.

Un padre del Alto Valle había organizado un viaje a Brasil con su hijo pero la madre no le firmaba el permiso. Cuando planteó el caso en un Juzgado de Familia, la mamá pidió precisiones sobre el itinerario y finalmente prestó su consentimiento, por lo que la autorización para viajar se definió por sentencia judicial. En otro caso, una madre había planificado un paseo por Chile pero el progenitor del niño se oponía sin motivos, por lo que el conflicto también se judicializó.
Las autorizaciones de viaje con niños, niñas y adolescentes se pueden gestionar directamente en el Registro Civil de Río Negro, mediante un trámite administrativo simple, o se pueden tramitar en forma privada en una Escribanía. En los casos donde no hay acuerdo, el tema se puede abordar en Mediación o en una Unidad Procesal del Fuero de Familia, anteriormente conocidos como Juzgados de Familia.
El artículo 645 inciso c del Código Civil y Comercial de la Nación dispone que «si el hijo tiene doble vínculo filial, se requiere el consentimiento expreso de ambos progenitores» para «autorizarlo para salir de la República».
Esas autorizaciones se realizan mediante los permisos de viaje y son muy frecuentes. En general, se tramitan cuando los progenitores están separados pero también puede ocurrir que una mamá o un papá planifique un viaje solo con hijos o hijas menores de edad.
Por un arancel mínimo, el Registro Civil realiza los permisos de viaje al exterior siempre que el destino sea un país limítrofe. Esa vía administrativa se resuelve en un día. La validez de la autorización es por 90 días corridos, contados desde la fecha de la firma. Dentro de ese plazo se puede viajar más de una vez al país de destino.
Ante una Escribanía se pueden tramitar permisos para viajar a cualquier lugar del mundo o incluso permisos amplios, que tienen vigencia hasta que los hijos e hijas alcancen la mayoría de edad. En ese caso, las familias deben costear los honorarios del escribano o escribana.
La Mediación Prejudicial es otra instancia posible, cuando existe algún conflicto que impide a los progenitores alcanzar un acuerdo. Las partes pueden solicitar una mediación en cualquiera de los Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc) o Delegación Cimarc de la provincia para buscar un acercamiento y un compromiso de ambas partes.
El fuero de Familia es el último recurso para los permisos de viaje, cuando ya se han agotado las vías de diálogo. Esos planteos judiciales dejan en manos de un juez o jueza la decisión de autorizar o no autorizar el viaje y las partes deben costear los honorarios de abogados y abogadas, salvo que cuenten con representación de la Defensa Pública.
Dos casos
El fuero de Familia de Cipolletti otorgó dos autorizaciones esta semana. En un caso, el papá pretendía viajar a Buzios con su hijo menor, su nueva pareja y otras personas. El vuelo está programado para fines de abril y regresan en mayo. La mamá no aceptaba firmar el permiso hasta que finalmente el padre judicializó el caso. Cuando notificaron a la madre de la demanda, ella prestó su consentimiento para el viaje, aunque pidió precisiones acerca de las fechas de los vuelos y un compromiso de regreso. El permiso se otorgó por sentencia, con regulación de honorarios para cada parte.
En otro caso, una mamá también planificaba un viaje a Chile para asistir al cumpleaños de un familiar de su actual pareja. En enero había realizando el mismo itinerario con el permiso otorgado por el padre del niño, pero ahora el hombre manifestaba una actitud obstructiva.
Una sentencia de Familia otorgó una autorización amplia, hasta la mayoría de edad del niño, para evitar que la madre tuviera que judicializar el tema cada vez que necesitaba salir del país. La madre, en ese expediente, fue asistida por la Defensa Pública.
Judiciales
Dictaron prisión preventiva para el camionero que manejaba con 4,20 g de alcohol en sangre, chocó en la Ruta 22 y se dio a la fuga
El imputado, oriundo de Salta, embistió a dos vehículos y terminó provocando que uno caiga a un desagüe. Además, un hombre sufrió heridas de gravedad.

Un hombre oriundo de la provincia de Salta fue acusado este lunes (19/01) por el delito de lesiones graves culposas doblemente agravadas, tras protagonizar un grave siniestro vial mientras conducía con exceso de alcohol en sangre y posteriormente darse a la fuga. La jueza de Garantías dispuso su prisión preventiva por el plazo de 2 meses.
Según expuso la fiscal de feria durante la audiencia que se realizó esta mañana, el hecho ocurrió el pasado sábado (17/01), cerca de las 19 horas, sobre la Ruta Nacional N° 22 y calle Mendoza, en uno de los accesos principales a la ciudad de General Roca y donde funcionan semáforos.
El acusado circulaba en sentido este-oeste a bordo de un camión Mercedes Benz, perteneciente a una empresa de transporte, de manera imprudente y antirreglamentaria, cuando impactó desde atrás a un Chevrolet Meriva. Como consecuencia del choque, este vehículo colisionó por alcance a un Renault Kwid y terminó cayendo al interior de un desagüe.
Producto del impacto, el conductor del Chevrolet Meriva sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura de pelvis.
Tras el siniestro, el conductor del camión fue trasladado a la Unidad del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca, pero se dio a la fuga mientras el personal policial realizaba las actas correspondientes. Al día siguiente se presentó de forma voluntaria en la unidad policial y quedó detenido.
El test de alcoholemia practicado en el lugar del hecho arrojó un resultado de 4,20 mililitros de alcohol en sangre.
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La Justicia de Roca otorgó a un padre el cuidado exclusivo de su hija tras episodios de abandono de su madre
La mujer dejó a la niña sola en un taxi y luego en una terminal de ómnibus.

El fuero de Familia de General Roca resolvió otorgar el cuidado personal unilateral de una niña a su padre, luego de acreditarse reiteradas situaciones de desprotección y negligencia por parte de la madre, que pusieron en riesgo su bienestar.
Según se desprende del expediente, cuando la niña tenía apenas un año, su madre la subió sola a un taxi y la envió al lugar de trabajo del padre. Al llegar, el hombre no se encontraba allí, lo que expuso a la menor a una grave situación de vulnerabilidad. Años más tarde, el episodio se repitió cuando la mujer dejó nuevamente sola a la niña, esta vez en una terminal de ómnibus.
En ambas oportunidades fue el padre quien asumió de manera inmediata el cuidado de su hija. Frente a estos antecedentes, y con el objetivo de garantizarle un entorno estable, seguro y afectivo, el hombre recurrió a la Justicia y solicitó el cuidado exclusivo de la menor.
Durante el proceso judicial se incorporó un informe socioambiental, que describió un hogar monoparental en el cual el padre organiza su actividad laboral en función de las necesidades de la niña. Si bien se señalaron carencias materiales en la vivienda, el informe concluyó que el entorno resulta apto para la crianza, destacando además que la menor asiste regularmente a la escuela y recibe atención psicológica.
La Defensora de Menores dictaminó a favor del otorgamiento del cuidado personal unilateral al padre, en atención al interés superior de la niña, valorando también la ausencia procesal de la madre y las pruebas que acreditaron conductas negligentes.
En su resolución, la jueza subrayó que la madre, pese a haber sido debidamente notificada del inicio de la demanda y de las audiencias fijadas, no compareció en ninguna instancia del proceso, lo que fue interpretado como un claro desinterés por la situación de su hija.
«El interés superior del niño es el lineamiento rector en todas las cuestiones en que este se halle afectado; la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos», sostuvo la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El fallo remarcó que, si bien ambos progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, el cuidado personal puede ser atribuido de forma unilateral cuando existen razones fundadas que lo justifiquen, como ocurrió en este caso. Además, se recomendó la continuidad de un abordaje terapéutico integral y el acompañamiento profesional para la niña.
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Violencia de género en el barrio Malvinas: Un hombre quedó detenido tras una brutal agresión
El ataque ocurrió en una vivienda del barrio Malvinas y fue frenado por la intervención policial.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre por un grave hecho de violencia de género ocurrido el pasado martes (13/01) en una vivienda del barrio Malvinas, en General Roca, donde una mujer fue agredida física y verbalmente en presencia de los tres hijos que ambos tienen en común.
Según se expuso en la audiencia, el imputado llegó al domicilio y comenzó a increpar e insultar a la víctima, para luego golpearla violentamente en distintas partes del cuerpo. En la vivienda se encontraban los hijos de la mujer, quienes presenciaron el ataque. La hija mayor, de 14 años, intentó proteger a sus hermanos menores mientras daba aviso a su abuelo. Al mismo tiempo, un vecino que escuchó los gritos alertó al sistema de emergencias 911.
La rápida llegada de personal policial, junto con el padre de la mujer, permitió frenar la agresión. Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió múltiples lesiones que incluso le impidieron desplazarse por sus propios medios.
Entre las pruebas presentadas por la Fiscalía se incluyeron el registro de la llamada al 911, el acta de denuncia penal, certificados médicos que acreditan lesiones múltiples -calificadas como leves según el tiempo de curación- y el resultado del test de alcoholemia practicado al imputado. Además, se informó que se dio intervención a la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI).
Durante la audiencia, la defensa se opuso al pedido de prisión preventiva y propuso medidas alternativas, como prohibición de acercamiento, dispositivos duales y acciones vinculadas al tratamiento por consumo problemático de alcohol, con el objetivo de que el imputado pudiera continuar con su actividad laboral.
La Fiscalía, en tanto, sostuvo la necesidad de la prisión preventiva debido a la gravedad del hecho, el riesgo para la víctima y la necesidad de garantizar el normal desarrollo del proceso penal.
Finalmente, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y resolvió dictar la prisión preventiva del imputado, además de prohibir todo tipo de contacto con la víctima.









