Río Negro
Echarren: «El peaje al tránsito pesado permitirá mantener nuestras rutas»
El nuevo sistema de peajes y control de cargas fue aprobado por la Legislatura rionegrina.

El nuevo sistema de peajes y control de cargas aprobado por la Legislatura rionegrina se aplicará sobre las Rutas Provinciales Nº 2, Nº 6, Nº 8, Nº 65, Nº 69 y solo a vehículos de carga que hagan uso de rutas provinciales con fines económicos.
No se cobrará peaje a los vehículos de uso privado radicados tributariamente en Río Negro, con excepción de Ruta 2, cuyo cobro ya estaba autorizado anteriormente por ley.
De concretarse la solicitud del Gobierno Provincial de provincializar las Rutas Nacionales N° 22 y N° 151 para su finalización y mantenimiento, las mísmas también estarán afectadas al cobro de peaje.
El nuevo sistema le permitirá a Vialidad Rionegrina contar con los recursos para poder mantener, mejorar y ejecutar obras viales en todo el territorio rionegrino. Tendrá un doble propósito: recaudatorio y de control de peso a fin de evitar que el transporte venga pasado de peso y estropee las rutas.
En un contexto de obra pública nacional paralizada y en donde el propio Gobierno Nacional anunció el fin del financiamiento para la obra pública, la Provincia encontró alternativas para mantener el estado de sus rutas provinciales.
El ministro de Obras y Servicios Públicos, Alejandro Echarren , explicó que «por un lado todo lo que es insumo de materiales para el mantenimiento y reparación de rutas sufrió en el último año un incremento muy grande, al tiempo que la coparticipación vial disminuyó muchísimo; ese desfinanciamiento para mantener la seguridad y transitabilidad sus rutas la Provincia lo está sufriendo».
«Por otro lado, el Gobierno Nacional tiene obras paradas como es el caso de la Ruta N° 22, la N° 23, la Rotonda Choele Choel; puntos y zonas donde tenemos un movimiento permanente de la actividad hidrocarburífera, y también estamos viendo que mucho del tránsito pesado de la actividad se da también por rutas provinciales; entonces no están estropeando las rutas provinciales porque las rutas nacionales están sin finalizar y sin mantenimiento y seguridad que tienen que tener vías de ese tipo para garantizar este tipo de tránsito que requiere la industria», agregó.
Esta combinación de factores, ha hecho que el Gobierno Provincial resuelva sobre la necesidad de cobrar peaje a una actividad que se desarrolla sobre rutas provinciales. «Hay que llevarles tranquilidad a todos los vecinos y vecinas de la provincia, el peaje se aplicará sólo sobre el tránsito pesado como es el caso del petróleo, así que el rionegrino o rionegrina que, por ejemplo, quiera transitar la ruta turística 82 no pagará ningún peaje», finalizó Echarren
La ley contempla además la creación de una Comisión de seguimiento de la inversión de los fondos recaudados a través del peaje.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».








