Seguinos

Judiciales

Solicitaron entre 7 y 11 años de prisión para los cuatro farmacéuticos acusados de estafar al IPROSS

La sentencia se conocerá el próximo jueves.

el

Esta tarde (27/06), el Ministerio Público Fiscal solicitó penas de entre 7 años y 11 años y medio de prisión efectiva para las cuatro personas ya declaradas responsables penales de «estafas reiteradas agravadas por haber sido cometidas en perjuicio de la administración pública».

En sus alegatos, la Fiscalía hizo especial referencia al monto del daño causado cuya última actualización asciende a $4.100.000.000 y enfatizó en la cantidad de víctima contando entre estas a la totalidad de los afiliados de IPROSS que se vieron perjudicados, directa o indirectamente, por esta estafa millonaria. Además, destacó el nivel de esta organización evidenciado en la maniobra delictiva y la selección del objeto de la estafa.

«Se tratan de más de 574 hechos, cada uno de ellos tuvo una modalidad distinta. Esto era un accionar preparado, tenían estudiado cómo cometer cada maniobra. Tal como se destacó en la sentencia de culpabilidad, se trataba casi de una organización criminal, que había seleccionado determinados medicamentos, de mucho valor, con una cobertura del 100 por ciento por parte de la obra social», explicó la fiscal jefa.

Agregó que la maniobra culminó porque «se encuentra una caja en una farmacia con recetas, pero no es que decidieron frenar los delitos por su cuenta. No habían decidido culminarla».

La acusación enfatizó que «no fue una estafa cometida con dinero, sino que se trató de una venta de medicamentos que se tradujo en dinero, aquí vemos la magnitud del daño causado. Tal como declaró el perito contable de la Procuración General la estafa tiene un valor actualizado al 1 de abril de 2024 de más de $4.100.000.000».

«La víctima directa es el Estado, la obra social, pero también tenemos a las víctimas indirectas, entre ellos a la totalidad de los afiliados de IPROSS», especialmente «aquellos cuyos datos personales fueron utilizados para pergeñar esta maniobra», al Colegio de Farmacéuticos de Rio Negro y a sus miembros, puntualizó la fiscal.

El Ministerio Público agregó como agravante que «las personas imputadas son todas profesionales, todos con títulos de farmacéuticos, ese título tiene compromisos y responsabilidades, son un eslabón más de todo el sistema de salud y cumplen una función social determinante en la ciudadanía, de servicio. Esto se debe tener en cuenta al momento de mensurar la pena».

«Todo lo hicieron en procura de un beneficio personal, pudimos acreditar que ninguno tenía la necesidad económica, lo hicieron por avaricia o codicia», determinó la Fiscalía y como atenuantes sólo tuvo presente la falta de antecedentes penales de los cuatro responsables penales.

Pedidos de pena

Para quien fuera la auditora del Colegio de Farmacéuticos, Sandra Fasano, la Fiscalía señaló como agravante particular el puesto que ocupaba en el Colegio de Farmacéuticos de Río Negro, la envergadura y la relevancia de su trabajo. Además de la cantidad de hechos por la que resultó declarada culpable a título de co-autora (574) y su intervención en todas las modalidades. Solicitaron 11 años y 6 meses de prisión, más inhabilitación especial como farmacéutica por el plazo de 6 años y una multa de $90.000. Artículos 45, 55, 174 inc 5to, en función 172, 20 bis inc 3ro y 22 bis.

Para Fabio Adrián Caffaratti, quien también participó en todas las modalidades delictivas, ocupó altos cargos en la comisión del Colegio y fue declarado culpable por 249 estafas solicitó 10 años de prisión. También la inhabilitación especial como farmacéutico por el plazo de 6 años y el mismo monto de $90.000. Artículos 45, 55, 174 inc 5to, en función 172, 20 bis inc 3ro y 22 bis. Perjuicio a valores actualizados al 1/04/2024: $1.789.546.299,02.

Para Rodolfo Eduardo Mastandrea, que también formó parte del Consejo Directivo del Colegio y es culpable de haber perpetrado 122 hechos se solicitó la pena de 8 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial como farmacéutico por el plazo de 6 años, y una multa de $90.000. Artículos 45, 55, 174 inc 5to, en función 172, 20 bis inc 3ro y 22 bis. Perjuicio a valores actualizados al 1/04/2024: $968.296.204,84.

Finalmente para Raúl Eduardo Mascaró, que ocupó parte del Consejo Directivo del Colegio de Rio Negro como también de la Confederación Farmacéutica Argentina (CoFA) y fue declarado culpable por 107 estafas. La pena pretendida es de 7 años y 6 meses de prisión, inhabilitación especial como farmacéutico por el plazo de 6 años y una multa de $90.000. Artículos 45, 55, 174 inc 5to, en función 172, 20 bis inc 3ro y 22 bis. Perjuicio a valores actualizados al 1/04/2024: $942.230.562,06.

El Ministerio Público Fiscal solicitó además que se le restituya a IPROSS el dinero embargado de la última partida que la obra social depositó a los farmacéuticos en el marco de la estafa pero que éstos no alcanzaron a cobrar por el bloqueo que impuso la investigación judicial.

La querella, en nombre del Estado provincial como damnificado, adhirió a los argumentos fiscales y solicitó penas más elevadas.

El defensor particular de Caffaratti solicitó 3 años de prisión condicional y la inhabilitación para ejercer como farmacéutico por el plazo de 6 años. Mientras que la defensora de Fasano, Mascaró y Mastandrea pidió que no se dicte sentencia y en caso de que el Tribunal lo haga, sea la pena mínima en suspenso.

Cabe recordar que por los mismos delitos otras dos personas aceptaron su culpabilidad en el marco de un procedimiento abreviado y se encuentran cumpliendo 3 años de prisión condicional.

Durante estas tres jornadas, se escucharon un total de 24 testigos, 10 propuestos por la acusación, y 14 por las defensas particulares.

El Tribunal interviniente dará a conocer la sentencia el próximo jueves (4/07) a las 18 horas.

Judiciales

Por el aumento de causas, Roca tendrá una nueva Unidad Procesal del Fuero de Familia

El Poder Judicial detectó durante la última década un incremento sostenido de expedientes en el Fuero de Familia de General Roca.

el

La Legislatura de Río Negro aprobó el proyecto impulsado por el Superior Tribunal de Justicia para crear una nueva Unidad Procesal del Fuero de Familia con sede en General Roca, correspondiente a la Segunda Circunscripción Judicial.

Al fundamentar la iniciativa, la legisladora Natalia Reynoso (JSRN) explicó que la propuesta surge a partir de los estudios realizados por la Dirección de Planificación Estratégica del Poder Judicial, que durante los últimos diez años registró un crecimiento sostenido de las causas y expedientes que ingresan al fuero de Familia.

Según detalló, el relevamiento correspondiente al período comprendido entre 2016 y 2026 permitió detectar un incremento que calificó como «exponencial, sostenido y estructural», particularmente en la Segunda Circunscripción Judicial.

Reynoso destacó además que el Poder Judicial modificó la metodología utilizada para determinar la carga que soportan los distintos organismos. Hasta ahora, uno de los principales parámetros era simplemente cuantitativo: se contabilizaba la cantidad de expedientes ingresados y tramitados.

La nueva metodología incorpora el concepto de «carga ponderada de trabajo», que busca determinar no solamente cuántos expedientes tramita un organismo, sino también cuánto esfuerzo y tiempo demanda cada uno de ellos de acuerdo con su complejidad.

Para establecer ese indicador se tuvieron en cuenta variables como la complejidad de las causas, su duración y el grado de intervención judicial requerido.

«No es lo mismo una causa que puede resolverse mediante una audiencia y posterior homologación que aquellos procesos que demandan seguimientos durante dos años o más, sucesivas audiencias y la participación de equipos interdisciplinarios», explicó la legisladora.

Entre las problemáticas de mayor complejidad mencionó las situaciones de violencia de género e intrafamiliar, además de causas relacionadas con alimentos, filiaciones y adopciones.

La metodología, elaborada con participación de juezas de Familia de las diferentes circunscripciones judiciales, permitió establecer con mayor precisión la carga efectiva de trabajo de cada organismo.

En el caso de General Roca, los resultados mostraron no solamente un aumento en la cantidad de expedientes, sino también una creciente exigencia funcional derivada de la complejidad de las causas.

Reynoso sostuvo que la ciudad viene registrando «un nivel de demanda estructural superior al resto de las localidades analizadas», pese a contar con estructuras organizativas similares a las existentes en organismos que atienden volúmenes y niveles de demanda considerablemente menores.

Ese desequilibrio, explicó, determinó la necesidad de avanzar con la creación de una nueva Unidad Procesal de Familia.

La iniciativa busca así adecuar la estructura judicial de General Roca a una realidad que se modificó sustancialmente durante la última década y mejorar la capacidad de respuesta del fuero frente a causas que, además de haber aumentado en cantidad, requieren intervenciones cada vez más prolongadas y complejas.

Continuar leyendo

Judiciales

Cuatro policías fueron declarados responsables por vejaciones y otros delitos contra adolescentes

Uno de los policías fue declarado autor y los otros tres partícipes necesarios. Ahora deberán atravesar la audiencia de cesura para conocer la pena.

el

El Tribunal Colegiado declaró hoy (24/09) responsables penalmente a cuatro policías por hechos cometidos contra dos adolescentes en junio de 2024, en el playón deportivo del barrio Alta Barda.

De esta manera, el Tribunal consideró acreditada la plataforma fáctica y la teoría del caso presentada por la Fiscalía durante el juicio. Uno de los empleados policiales fue declarado responsable en carácter de autor, mientras que los otros tres fueron considerados partícipes necesarios.

La calificación legal comprende los delitos de vejaciones y severidades, lesiones leves calificadas por el carácter de funcionario policial, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma.

Los cuatro deberán atravesar ahora la audiencia de cesura de pena, instancia en la que se determinará el monto de la condena. La Fiscalía ya adelantó que solicitará que la pena sea de cumplimiento efectivo.

Como medida cautelar para asegurar el avance del proceso hacia esa próxima etapa, el Ministerio Público Fiscal había solicitado que los cuatro responsables utilicen tobillera electrónica y que se establezca una prohibición de acercamiento.

«El peligro procesal de entorpecimiento a la investigación quedó explicitado tanto en nuestros alegatos como en la resolución del Tribunal, además el de fuga también es latente», expresó el fiscal del caso, Gastón Britos Rubiolo.

El funcionario agregó que se debe tener en cuenta la ubicación territorial, que los imputados son empleados policiales y que podrían recibir o pedir ayuda para fugarse. También hizo referencia a las contradicciones acreditadas entre los acusados y otros empleados policiales durante el juicio.

Las defensas penales públicas y particulares se opusieron a la colocación de los dispositivos electrónicos. Finalmente, el Tribunal resolvió que los cuatro realicen presentaciones semanales ante la Fiscalía que lleva adelante el caso.

El proceso continuará cuando las partes presenten la prueba con la que cuentan para atravesar el juicio de cesura de pena y la Oficina Judicial establezca la fecha de la audiencia.

Continuar leyendo

Judiciales

Una hermana de la vida: Autorizaron a una mujer a donarle un riñón a su amiga

La donante y la receptora se conocieron en 2017 y construyeron una amistad que se extendió a sus familias. Los estudios confirmaron que son compatibles.

el

«Una hermana de la vida». Así definió una mujer a su amiga de varios años al explicar ante la Justicia por qué decidió donarle uno de sus riñones. El vínculo comenzó en 2017, cuando ambas se conocieron en un espacio de trabajo comunitario de Bariloche, y con el tiempo se extendió también a sus familias.

La receptora se encuentra en lista de espera para un trasplante renal desde el año pasado y necesita realizar tratamiento de diálisis. Su amiga decidió postularse como potencial donante y comenzó los estudios médicos correspondientes. Los análisis determinaron que ambas son compatibles.

La situación requería, sin embargo, una autorización judicial. La Ley N° 27.447 permite la donación de órganos en vida entre determinados vínculos familiares, cónyuges o convivientes, pero una relación de amistad no está incluida dentro de esa enumeración.

Por ese motivo, el pedido fue presentado mediante una medida autosatisfactiva ante el fuero de Familia de Bariloche. El objetivo fue acreditar que la donación era voluntaria, que la mujer conocía los riesgos de la intervención y que no existía dinero, compensación ni otro beneficio detrás de su decisión.

La urgencia también fue analizada. Una pericia médica estableció que la postergación u omisión del tratamiento de diálisis podía provocar complicaciones sistémicas severas, mientras que el trasplante permitiría discontinuarlo y representaría un beneficio clínico para preservar la salud de la receptora.

La potencial donante fue evaluada por profesionales médicos, psicólogos y trabajadores sociales. Los estudios confirmaron la compatibilidad inmunológica y analizaron su estado de salud y los riesgos asociados a vivir con un solo riñón. La evaluación psicológica concluyó que comprendía los alcances, riesgos y consecuencias de la intervención.

También se analizó el vínculo entre ambas. La mujer explicó que se trataba de una amistad cercana de varios años y que había decidido donar el órgano más de un año antes. Los informes señalaron que su voluntad estaba vinculada con el deseo de ayudar a su amiga a mejorar su calidad de vida.

Dos testigos declararon ante el tribunal y dieron cuenta de la relación entre las mujeres y de las circunstancias en las que conocieron la decisión de donar.

La donante además ratificó su voluntad en una audiencia y fue informada de que puede arrepentirse hasta el momento de la cirugía, sin necesidad de justificar la decisión y sin que esa retractación le genere una obligación.

La receptora también fue evaluada y las pericias determinaron que comprende el procedimiento, sus riesgos y la importancia que el trasplante tiene para su salud.

Con todos esos elementos, la Justicia tuvo por acreditada la relación de amistad, la voluntad libre de la donante y la inexistencia de pagos o retribuciones. De esta manera, autorizó la ablación de un riñón para su posterior implante a su amiga.

Ahora, el trasplante deberá cumplir las restantes exigencias médicas y contar con el dictamen favorable del equipo que llevará adelante la intervención.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement