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Río Negro

Banco Patagonia abrió la inscripción para su programa Emprendedores y Emprendedoras de Río Negro 2024

El objetivo es fortalecer el ecosistema emprendedor y premiar los trabajos más destacados y aquellos que demuestren un compromiso significativo con la equidad de género.

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El certamen Emprendedores y Emprendedoras de Río Negro es impulsado por Banco Patagonia junto a Fundación Nobleza Obliga y diversas instituciones de la provincia. El objetivo es fortalecer el ecosistema emprendedor y premiar los trabajos más destacados y aquellos que demuestren un compromiso significativo con la equidad de género

Esta novena edición de Emprendedores y Emprendedoras de Río Negro busca capacitar, acompañar, mentorear y premiar a emprendedores y emprendedoras con ideas innovadoras que impacten positivamente en sus comunidades, a través de sus negocios de triple impacto.

Las y los interesados podrán postularse de forma gratuita en www.emprendedoresrionegro.com hasta el 28 de Julio.

Para completar la participación, se deberá acceder a capacitaciones online que permitirá fortalecer cada uno de los proyectos. Temáticas como Finanzas, Herramientas de Negociación, Marketing, Redes Sociales, Inteligencia Emocional, serán claves en el armado de cada estrategia. Una vez completada la instancia de formación, serán seleccionados los 20 mejores, que participarán de un catálogo interactivo, donde se dará a conocer a la comunidad sus emprendimientos, la historia que hay detrás de cada proyecto y cómo cada uno incluye aspectos económicos, sociales y ambientales en su desarrollo.

Posteriormente, un jurado de expertos -integrados por los organizadores, instituciones del tercer sector, organismos municipales y provinciales – seleccionará a los y las 7 finalistas que tendrán la oportunidad de mostrar sus aprendizajes obtenidos en la etapa previa y exponer sus emprendimientos en una final provincial presencial que se llevará a cabo durante el mes de octubre. En este encuentro, se conocerán los tres ganadores, quienes se repartirán un capital semilla de $3.350.000 en premios.

«Queremos que toda persona que tenga una idea o un emprendimiento en marcha se anime a participar de esta iniciativa. Queremos darles herramientas para crecer. A lo largo de ocho ediciones, hemos potenciado a más de 4.000 emprendedores y emprendedoras. Queremos seguir acompañando este proceso de consolidación de nuevos negocios, de nuevos desarrollos», remarcó Heather Feehan, Jefa de Clima Organizacional y Responsabilidad Social Empresaria de Banco Patagonia.

El Programa cuenta con el apoyo del Gobierno provincial, municipios, Cámaras de Comercio locales y Organizaciones de la Sociedad Civil, entre otros.

Acerca de Banco Patagonia

Banco Patagonia es una entidad financiera cuyo propósito es acompañar el desarrollo de las personas. Desde su estrategia de sustentabilidad, Banco Patagonia se compromete a promover el desarrollo y la promoción social, impulsar las finanzas sostenibles y la inclusión financiera, reducir los impactos ambientales y el cambio climático y tener como eje la perspectiva de diversidad e inclusión para seguir transformándose en una organización que propicie soluciones más adecuadas frente a la comunidad interna y externa. La articulación y trabajo conjunto con organizaciones de la sociedad civil y el sector público son aspectos claves del enfoque de la inversión social del Banco, regidos por la transparencia y la rendición de cuentas.

Acerca de Fundación Nobleza Obliga

Nobleza Obliga es una organización de innovación social que ayuda a ONG, empresas y emprendedores sociales a potenciar sus recursos y aumentar el impacto de sus acciones a través de soluciones innovadoras, tecnológicas y sustentables. Brindamos herramientas y oportunidades con la misión de que todos los proyectos solidarios se hagan realidad. Para ello, creó la primera plataforma de Financiamiento Colectivo para proyectos solidarios en Argentina. Trabaja, además, en propuestas innovadoras para aumentar el impacto social de las empresas, creando soluciones tecnológicas para potenciar sus acciones de Sustentabilidad.

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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