Roca
Se subastaron 5 terrenos municipales: Continuarán durante todo el mes de agosto
El valor total supera los 145 millones de pesos.

Ayer (07/08) se realizó la primera de cuatro fechas de subasta de terrenos que desarrollará el Municipio de Roca durante el mes de agosto.
En este sentido, se concretó la venta de 5 lotes, equivalente a un total de $146.467.680. Bajo los términos previamente estipulados, fueron 5 los compradores que realizaron dichas adquisiciones.
La subasta continuará el próximo miércoles (14/08), según el cronograma previsto. Cabe resaltar que al igual que sucedió para la primer fecha, mañana viernes (9/08) se publicará en la página web el listado completo de los terrenos a subastar en la segunda fecha.
Un total de 77 lotes serán subastados en el marco de la Ordenanza N° 5035/24. Todos los terrenos son propiedad del Municipio en virtud de las cesiones realizadas en los loteos establecidas por el Plan Director de Roca. Se ubican en zonas residenciales, tanto en barrios privados como abiertos, y por su alto valor de mercado no resultan aplicables a loteos sociales u otros planes habitacionales.
De esta forma, los días miércoles 14, 21 y 28 de agosto, a las 8.30 horas en el Salón de Sesiones del Concejo Deliberante se llevará a cabo la subasta pública, con participación del Colegio de Martilleros II Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro.
Ingresando al sitio web https://www.generalroca.gob.ar/subasta2024/ se puede acceder al listado completo de lotes a subastar, que detalla el monto base establecido por tasación del Colegio de Martilleros, nomenclatura, ubicación, barrio, superficie y plano de cada terreno. También, en los días previos a cada fecha de subasta, se publicará allí la nómina de lotes incluidos.
La subasta de este tipo de lotes posibilita, por un lado generar ingresos para invertir en la realización de obras de infraestructura y servicios; y por otro lado, permite un importante ahorro para el Municipio en costos fijos de mantenimiento.
Respecto de las condiciones de compra que los potenciales compradores deben tener en cuenta, se destacan los siguientes aspectos:
- Los adquirentes deberán abonar, dentro de las 48 horas del acto de subasta, el 30% del valor total del lote en concepto de seña. El saldo del 70% restante se abonará como máximo a los 30 días desde la fecha de realizada la subasta o se podrá optar por un plan de pago cuyas condiciones serán establecidas por el Poder Ejecutivo Municipal, el cual no superará el plazo de tres cuotas mensuales y consecutivas. Tanto la seña (30%) como el saldo restante (70%), se podrán abonar mediante cheque certificado, transferencia bancaria o depósito bancario.
- El no pago en término de algunas de las cuotas, lo hará pasible de sanciones, dar por perdida la seña o cuotas abonadas, más daños y perjuicios que ocasione por postor remiso, sin necesidad de interpelación judicial ni extrajudicial, perdiendo el postor remiso todo derecho sobre el inmueble.
- La comisión del martillero, que será del 3%, deberá abonarse en el acto de subasta, en efectivo o por transferencia bancaria.
- La escritura traslativa de dominio se iniciará dentro de los 60 (sesenta) días de cancelada la totalidad del precio y ante el notario que designe el comprador. Todos los gastos de escrituración estarán a cargo del comprador.
Toda la información se encuentra disponible en el sitio web municipal. Para realizar otras consultas sobre el tema, las personas interesadas también pueden dirigirse a la Dirección de Agrimensura de la Municipalidad de General Roca, en calle Mitre 710, de lunes a viernes de 9 a 12 horas; al teléfono 0298-4431400 interno 2312; o por email a cdiazzi@generalroca.gob.ar y/o dcatalan@generalroca.gob.ar.
Roca
Roca ya cuenta con 634 nuevas luminarias LED y el recambio continúa en barrio Belgrano
Barrio Verdeccia, Porvenir, los sectores de 500, 250 y 118 Viviendas y Progreso ya cuentan con nuevas luminarias LED.

El Municipio de General Roca continúa avanzando con el recambio de luminarias por tecnología LED en distintos barrios de la ciudad, a través de la Secretaría de Obras Públicas.
Hasta el momento, fueron instaladas 634 luminarias LED, distribuidas en diferentes sectores. En barrio Verdeccia se colocaron 117; en barrio Porvenir, 112; y en los barrios 500 Viviendas, 250 Viviendas y 118 Viviendas se instalaron 229 luminarias. A estos trabajos se suman las 143 luminarias colocadas en barrio Progreso.
Actualmente, las tareas continúan en barrio Belgrano, donde ya fueron instaladas 33 nuevas luminarias y se sigue trabajando en distintos sectores.
Desde el Municipio señalaron que la incorporación de tecnología LED permite mejorar la calidad y eficiencia del alumbrado público, con una iluminación más uniforme y de mayor rendimiento.
Además, una mejor iluminación de calles y espacios públicos favorece las condiciones de visibilidad y seguridad para peatones, ciclistas y conductores.
De esta manera, el Municipio continúa con el programa de modernización del alumbrado público, avanzando progresivamente en distintos barrios con el objetivo de contar con un sistema más eficiente, moderno y sustentable.
Policiales
Persecución a alta velocidad en Roca terminó con dos adolescentes demorados y una moto secuestrada
Los sospechosos intentaron evitar un control policial y huyeron. Durante la persecución cruzaron varios semáforos en rojo.

Dos adolescentes de 16 años fueron demorados este viernes (18/09) por la tarde tras una persecución policial por las calles de Roca, que terminó con la recuperación de una motocicleta que tenía un pedido de secuestro activo por hurto.
El procedimiento comenzó alrededor de las 17:50, cuando efectivos policiales observaron en Artigas y España a dos personas con ropas oscuras que circulaban a bordo de una moto de gran cilindrada, sin chapa patente. Al intentar identificarlos en España y Rhode mediante señales sonoras y lumínicas, los ocupantes emprendieron la fuga a alta velocidad.
Ante la evasión, los efectivos activaron un operativo cerrojo. Durante el recorrido, el conductor avanzó por la Avenida Roca y cruzó varios semáforos en luz roja, generando una situación de riesgo para terceros. Al seguimiento se sumaron móviles del Destacamento 177, la Unidad 48 y el Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca.
Finalmente, en Viterbori y Nahuel Huapi, un vehículo policial logró interponerse en la trayectoria de la motocicleta y detener su marcha. Los dos ocupantes fueron demorados.
Al verificar los datos del rodado, una Benelli TNT de 250cc, los policías constataron que tenía un pedido de secuestro vigente solicitado por la Comisaría 3° desde el 30 de julio, en el marco de una causa por hurto.
La fiscal de turno dispuso el inicio de actuaciones por resistencia a la autoridad y encubrimiento, dio intervención al Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de Río Negro (SENAF) y ordenó la restitución de la motocicleta a su legítima propietaria.
Judiciales
Se quedó sin Ipross y recurrió a la Justicia: Rechazaron su pedido de reincorporación
El hombre había estado incorporado como afiliado obligatorio indirecto a través de su esposa. La Justicia consideró que no hubo una conducta arbitraria o ilegal de la obra social.

Un hombre descubrió que ya no tenía cobertura de Ipross cuando se presentó para realizarse estudios médicos. Hasta ese momento estaba incorporado como afiliado obligatorio indirecto. Su esposa era titular de la obra social. Explicó que se encontraba sin trabajo y no había recibido una notificación que le advirtiera sobre la baja.
Ante la imposibilidad de realizar las prácticas médicas que necesitaba, presentó un amparo contra la obra social. Sostuvo que la decisión lo había colocado en una situación de vulnerabilidad y reclamó su reincorporación. Durante el proceso también manifestó su disposición a ingresar bajo la modalidad de afiliado voluntario indirecto y afrontar la cuota mensual correspondiente.
No hubo arbitrariedad
Una jueza del fuero de Familia de Roca rechazó el amparo porque consideró que no existió una conducta arbitraria o ilegal por parte de Ipross.
El fallo señaló que la continuidad como afiliado indirecto dependía del cumplimiento de requisitos legales que debían acreditarse. El hombre no había realizado antes del vencimiento los trámites necesarios para renovar esa condición. Respecto de su posterior intención de incorporarse como afiliado voluntario, indicó que tampoco había iniciado el procedimiento administrativo específico ante la obra social.
La obra social explicó que la baja se produjo porque el hombre no renovó la documentación necesaria para continuar como afiliado a cargo de su esposa. Cuando posteriormente solicitó su reincorporación, presentó documentación que acreditaba que no tenía ingresos propios ni otra cobertura de salud. Sin embargo, no demostró que tuviera una incapacidad total y permanente para trabajar, otro de los requisitos que la obra social estipula como necesario para mantener esa categoría de afiliación.
La magistrada analizó el caso a partir de la Ley 2753, de creación del Instituto Provincial del Seguro de Salud, que establece las diferentes modalidades de afiliación y regula la incorporación de integrantes del grupo familiar. Según el fallo, la calidad de afiliado obligatorio indirecto está condicionada al cumplimiento de los requisitos. Por esa razón, haber estado incorporado anteriormente no genera por sí solo un derecho a permanecer de manera indefinida en la obra social.
Hacer los papeles, responsabilidad propia
Uno de los cuestionamientos centrales del amparista fue que Ipross no le comunicó personalmente la baja. La obra social reconoció que no existió esa notificación individual y explicó que no la realiza cuando la desafiliación responde al vencimiento de una afiliación indirecta y a la falta de renovación de la documentación.
La jueza entendió que el hombre conocía la vigencia temporal de su cobertura porque la fecha constaba en su ficha afiliatoria y que era responsabilidad del interesado realizar las gestiones necesarias antes del vencimiento.
El fallo también consideró que existe una discusión sobre la subsistencia de los requisitos que permitieron originalmente la afiliación. Esa controversia requiere un proceso judicial más amplio, con posibilidad de producir prueba, y no puede resolverse mediante la vía excepcional del amparo.
La vía del amparo
El fallo recordó que este tipo de acción procede frente a actos de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta y cuando no existen otros mecanismos administrativos o judiciales adecuados para proteger el derecho afectado.
Finalmente, se rechazó la acción, pero dejó abierta la posibilidad de que el hombre inicie el proceso de conocimiento que considere correspondiente para discutir su derecho a mantenerse dentro de la obra social.
También indicó que deberá realizar los trámites administrativos pertinentes si pretende incorporarse como afiliado voluntario, modalidad cuya procedencia deberá analizar el organismo conforme a la normativa y a la documentación que presente.








