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Judiciales

Un comisario enfrenta un juicio por incumplimiento de los deberes de funcionario público y administración fraudulenta

Fue jefe de la Brigada Rural de General Roca.

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El comisario Fabio Gutiérrez, que estuvo cargo de la Brigada Rural de General Roca, enfrenta un juicio por incumplimiento de los deberes de funcionario público, administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Durante la mañana de ayer (13/08) y hoy (14/08) se lleva adelante el debate. Habría cometido los hechos en reiteradas oportunidades.

La Fiscalía enunció en sus alegatos que durante estos cuatro días de juicio buscará probar, a través de los testigos y demás evidencia colectada, su teoría del caso, ordenada en cuatro hechos.

«El empleado policial en noviembre de 2021 habría adquirido una camioneta Chevrolet, mediante un contrato de comodato con la Dirección de Vialidad Rionegrina, que su función no le permitía celebrar. La calificación legal para este hecho es la de incumplimiento de los deberes de funcionario público», indicaron desde la Fiscalía.

«El segundo hecho habría ocurrido durante un año, de noviembre de 2021 a 2022, momento en que se realizó un allanamiento y el secuestro del vehículo mencionado, ya que el imputado (que por aquellos días era jefe de la Brigada Rural y de la División Montada de la policía de Río Negro, además de encargado del manejo del bien recibido), lo utilizó con fines personales y para obtener provecho económico», agregaron.

La calificación legal propuesta por la Fiscalía es la de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública (Dirección de Vialidad Rionegrina).

En el tercer hecho la Fiscalía describió que «en las mismas fechas anteriores, el imputado le habría ordenado a los empleados con función de chofer que cargaran combustible utilizando su tarjeta YPF -gasoil que estaba destinado a uso policial. Luego, en al menos tres oportunidades por semana y de manera personal, se apropiaba de 2 o 3 bidones de 20 litros, que succionó desde el tanque con una manguera para utilizar el combustible de manera personal».

El último hecho endilgado por la Fiscalía habría sido entre noviembre de 2021 y 2022 «en las dependencias de la Brigada Rural, cuando el imputado aprovechando su rol jerárquico, habría ordenando que se trasladara uno de los móviles hacia la división Montada», describió el fiscal del caso.

«Al menos dos veces por semana, el hombre ordenó a los empleados que, utilizando el móvil oficial disponible en esa unidad, lo llevaran a su vivienda particular, aprovechando ese auto para transportar, además, los bidones de gasoil, de los que previamente se había apoderado ilegítimamente en la unidad policial a su cargo. Además ordenó que al regreso, se llevaran los bidones vacíos que tenía en su domicilio a la comisaría a su cargo», agregó el Ministerio Público Fiscal.

Para estos dos últimos hechos la calificación propuesta es la de «administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública reiterada en un número indeterminado de hechos (Policía de la Provincia de Rio Negro)».

Por su parte, el defensor penal público que asiste al imputado, esgrimió en sus alegatos que «estamos ante una causa extraña, insólita, en la que creemos que como fondo existe una interna laboral. Para esta parte, mi asistido no cometió ningún delito y se lo está juzgando porque se excedió en el trabajo que le correspondía realizar».

Durante la primera jornada de debate, ayer, el imputado, con asistencia de su defensor, respondió preguntas de su abogado. Además se escucharon las voces de dos empleados policiales, dos representantes de Vialidad Rionegrina. Entre hoy y mañana se espera que declaren 9 personas más y que el viernes (16/08) ocurran los alegatos de clausura.

El juicio se lleva adelante frente a un Tribunal Colegiado en el subsuelo de los Tribunales de General Roca.

Judiciales

Cuatro muertos en Allen: Imputan al hombre que manejaba a más de 170 km/h y bajo efectos de alcohol y drogas

La Fiscalía lo acusó por homicidio culposo cuádruplemente agravado y presentó evidencia clave que incluye alcoholemia, pericias accidentológicas, videos y testimonios. Está detenido.

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Foto: Flor Salto.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra Axel Araneda, por el siniestro vial ocurrido el viernes (21/11) a la madrugada en Allen, donde cuatro personas perdieron la vida. Según la acusación, el imputado embistió con su camioneta a un vehículo detenido sobre la Ruta Nacional N° 22, lo arrastró más de 30 metros y provocó que se incendiara de inmediato.

El hecho ocurrió alrededor de las 7 de la mañana, a la altura del kilómetro 1204. La Fiscalía sostuvo que el acusado conducía una camioneta en sentido oeste-este «en forma imprudente y antirreglamentaria», bajo los efectos de estupefacientes, con alcoholemia positiva, utilizando su teléfono celular instantes antes y a una velocidad no menor a 170 km/h.

Producto del impacto, fallecieron en el acto dos mujeres -una de 60 y otra de 30 años- mientras que una niña y un niño murieron por inhalación de hollín dentro del rodado afectado, según la evaluación preliminar. Por estos hechos, se le atribuyó al acusado el delito de homicidio culposo cuádruplemente agravado por exceso de velocidad, consumo de estupefacientes, alcoholemia superior a 500 mg/l y por la cantidad de víctimas.

Durante la audiencia, la Fiscalía enumeró las pruebas reunidas: el acta de procedimiento del Cuerpo de Seguridad Vial, los elementos secuestrados dentro de la camioneta -entre ellos teléfonos celulares y un bidón-, los resultados de los allanamientos en la vivienda del imputado, donde se incautaron más dispositivos y armas de fuego, y la prueba de alcoholemia tomada tres horas después del siniestro, que igualmente arrojó un nivel elevado. También incorporó la estimación técnica del nivel de alcohol al momento del impacto y los exámenes toxicológicos.

Un testigo presencial afirmó haber sido sobrepasado por la camioneta del acusado mientras circulaba a 120 km/h y aseguró que el vehículo involucrado venía realizando múltiples maniobras de sobrepaso. El informe accidentológico confirmó que el impacto se produjo entre la parte frontal derecha de la camioneta y la parte posterior izquierda de la EcoSport siniestrada, y determinó una velocidad mínima superior a 170 km/h.

Además, la Fiscalía solicitó el congelamiento de un perfil de redes sociales donde Araneda habría publicado imágenes conduciendo minutos antes del choque y presentó un informe de cámaras de seguridad de un bar de Allen que muestran su presencia entre las 3 y las 5 de la madrugada.

Los querellantes adhirieron a toda la acusación. Por su parte, el abogado defensor cuestionó la formulación de cargos y señaló que el vehículo embestido estaba detenido sobre el carril, lo que, a su criterio, constituía la imprudencia inicial. También objetó el agravante por estupefacientes.

La Fiscalía respondió que la detención de la EcoSport estaba acreditada, pero que numerosos vehículos pudieron evitarla, algo que no ocurrió con el imputado debido a su estado y velocidad. Agregó que el testigo relató que el acusado no prestó ayuda y que inmediatamente realizó llamadas, lo que motivó el secuestro de celulares.

«Este hecho comenzó con imprudencia y terminó con un desenlace fatal. La calificación atribuida coloca como único responsable penal a la persona imputada», afirmó la Fiscalía.

Finalmente, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y ordenó la prisión preventiva del acusado mientras avance la investigación.

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Caso Ripari: Condenan a una mujer a 4 años y 6 meses por encubrimiento agravado

La mujer admitió haber recibido dos motos y ocultado carne robada del hecho que terminó con la muerte del hombre de 77 años.

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Ayer (20/11), la mujer imputada por haber adquirido o recibido dos motocicletas -sabiendo que tenían un origen ilícito y con fines de lucro- en el marco del homicidio en ocasión de robo de Oscar Ripari, reconoció haber cometido el delito y fue condenada a la pena única de 4 años y 6 meses de prisión.

«El Ministerio Público Fiscal solicitó la declaración de primera reincidencia, las accesorias legales, el pago de las costas y renunció a los plazos procesales», explicó el fiscal que intervino en la audiencia, detallando los alcances del acuerdo alcanzado.

La condena recae sobre los delitos de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro, previstos en los artículos 277° inc. 1° c) e inc. 3° b), 55 y 45 del Código Penal. La fiscalía sostuvo que la mujer no solo recibió las motos involucradas en el crimen, sino que también ocultó la carne sustraída de la carnicería de Ripari. «Recibió y ocultó cosas que sabía eran provenientes de un delito, con un claro fin de lucro, tanto para su comercialización como para su consumo personal», indicó.

Para esta instancia de acuerdo abreviado pleno, la Fiscalía presentó un amplio cuerpo probatorio: intervenciones del personal de la Comisaría 21°, múltiples allanamientos, entrevistas testimoniales, informes del Departamento de Informática Forense y de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (O.I.Tel.), análisis de teléfonos secuestrados, trabajo del Cuerpo de Investigación Judicial y registros de cámaras del 911.

El juez interviniente homologó el acuerdo y confirmó que la mujer de 36 años comenzará a cumplir su condena por los hechos y la calificación legal reconocidos.

Con esta sentencia, el expediente por el homicidio de Oscar Ripari queda cerrado, tras haber sido condenados todos los imputados: tanto los responsables del homicidio en ocasión de robo, como quienes participaron del encubrimiento agravado.

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Caso Dobra: Modifican las cautelares y ordenan tobillera y prohibiciones de contacto a uno de los imputados

El acusado continuará con tobillera electrónica y libertad dentro del ejido urbano, además de prohibiciones estrictas hacia víctimas y testigos.

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El juez revisor del Foro de Jueces de General Roca hizo lugar al planteo del defensor particular de uno de los imputados en una causa por encubrimiento y ordenó la modificación de las medidas cautelares que pesaban sobre el hombre, de apellido Méndez. El pedido se basó en la escala penal prevista para el delito que se le atribuye.

Tras la resolución del magistrado revisor, se llevó a cabo una nueva audiencia ante el juez de Garantías, quien definió que el imputado deberá utilizar tobillera electrónica hasta mayo de 2026. La medida incluye libertad ambulatoria, pero únicamente dentro del ejido urbano de la ciudad de Roca, debido al riesgo procesal de entorpecimiento que evaluó el tribunal.

Además, el juez estableció una prohibición estricta de acercamiento, hostigamiento, amedrentamiento y cualquier tipo de contacto con las víctimas y los testigos, con un límite de 200 metros. También se dispuso la prohibición de salida del país.

La resolución contó con la conformidad de la Fiscalía y de la querella, y no recibió objeciones por parte de la defensa particular.

El juez advirtió que cualquier incumplimiento de las medidas habilitará la solicitud de prisión preventiva por desobediencia.

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