Judiciales
Un comisario enfrenta un juicio por incumplimiento de los deberes de funcionario público y administración fraudulenta
Fue jefe de la Brigada Rural de General Roca.

El comisario Fabio Gutiérrez, que estuvo cargo de la Brigada Rural de General Roca, enfrenta un juicio por incumplimiento de los deberes de funcionario público, administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Durante la mañana de ayer (13/08) y hoy (14/08) se lleva adelante el debate. Habría cometido los hechos en reiteradas oportunidades.
La Fiscalía enunció en sus alegatos que durante estos cuatro días de juicio buscará probar, a través de los testigos y demás evidencia colectada, su teoría del caso, ordenada en cuatro hechos.
«El empleado policial en noviembre de 2021 habría adquirido una camioneta Chevrolet, mediante un contrato de comodato con la Dirección de Vialidad Rionegrina, que su función no le permitía celebrar. La calificación legal para este hecho es la de incumplimiento de los deberes de funcionario público», indicaron desde la Fiscalía.
«El segundo hecho habría ocurrido durante un año, de noviembre de 2021 a 2022, momento en que se realizó un allanamiento y el secuestro del vehículo mencionado, ya que el imputado (que por aquellos días era jefe de la Brigada Rural y de la División Montada de la policía de Río Negro, además de encargado del manejo del bien recibido), lo utilizó con fines personales y para obtener provecho económico», agregaron.
La calificación legal propuesta por la Fiscalía es la de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública (Dirección de Vialidad Rionegrina).
En el tercer hecho la Fiscalía describió que «en las mismas fechas anteriores, el imputado le habría ordenado a los empleados con función de chofer que cargaran combustible utilizando su tarjeta YPF -gasoil que estaba destinado a uso policial. Luego, en al menos tres oportunidades por semana y de manera personal, se apropiaba de 2 o 3 bidones de 20 litros, que succionó desde el tanque con una manguera para utilizar el combustible de manera personal».
El último hecho endilgado por la Fiscalía habría sido entre noviembre de 2021 y 2022 «en las dependencias de la Brigada Rural, cuando el imputado aprovechando su rol jerárquico, habría ordenando que se trasladara uno de los móviles hacia la división Montada», describió el fiscal del caso.
«Al menos dos veces por semana, el hombre ordenó a los empleados que, utilizando el móvil oficial disponible en esa unidad, lo llevaran a su vivienda particular, aprovechando ese auto para transportar, además, los bidones de gasoil, de los que previamente se había apoderado ilegítimamente en la unidad policial a su cargo. Además ordenó que al regreso, se llevaran los bidones vacíos que tenía en su domicilio a la comisaría a su cargo», agregó el Ministerio Público Fiscal.
Para estos dos últimos hechos la calificación propuesta es la de «administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública reiterada en un número indeterminado de hechos (Policía de la Provincia de Rio Negro)».
Por su parte, el defensor penal público que asiste al imputado, esgrimió en sus alegatos que «estamos ante una causa extraña, insólita, en la que creemos que como fondo existe una interna laboral. Para esta parte, mi asistido no cometió ningún delito y se lo está juzgando porque se excedió en el trabajo que le correspondía realizar».
Durante la primera jornada de debate, ayer, el imputado, con asistencia de su defensor, respondió preguntas de su abogado. Además se escucharon las voces de dos empleados policiales, dos representantes de Vialidad Rionegrina. Entre hoy y mañana se espera que declaren 9 personas más y que el viernes (16/08) ocurran los alegatos de clausura.
El juicio se lleva adelante frente a un Tribunal Colegiado en el subsuelo de los Tribunales de General Roca.
Judiciales
Le vaciaron la cuenta con los ahorros de toda su vida con un cambio de chip en otra ciudad: Condenan a banco y telefónica
La víctima descubrió que de los casi 3 millones de pesos de ese momento solo quedaban $8.000.

Una jubilada de Viedma perdió varios millones de pesos en menos de una hora después de que delincuentes tomaran el control de su línea telefónica mediante un cambio fraudulento de chip. Con ese acceso ingresaron a su cuenta bancaria y realizaron ocho transferencias que vaciaron prácticamente todos sus ahorros. La Cámara de Apelaciones de la capital provincial concluyó que el fraude fue posible por fallas concurrentes en los sistemas de seguridad de dos prestadores de servicios.
La mujer tenía constituido un plazo fijo y el 13 de octubre de 2022 advirtió que su celular solo permitía realizar llamadas de emergencia. Horas más tarde, cuando intentó renovar esa inversión, descubrió que de los casi 3 millones de pesos de ese momento solo quedaban $8.000. El dinero había sido transferido mediante seis débitos inmediatos (DEBIN) y dos transferencias a personas desconocidas.
Frente a esa situación promovió una demanda por daños y perjuicios. Sostuvo que el cambio de la tarjeta SIM se había concretado sin verificar correctamente la identidad de quien lo solicitó y que, además, nadie advirtió una serie de operaciones bancarias completamente ajenas a su comportamiento habitual como clienta.
En primera instancia, el fuero Civil de Viedma responsabilizó únicamente a la empresa de telefonía. Entendió que el cambio fraudulento del chip había sido la causa adecuada del perjuicio y liberó de responsabilidad a la entidad financiera.
La Cámara confirmó que existió una falla en el procedimiento que permitió reemplazar la tarjeta SIM. Valoró que el cambio se autorizó desde una antena ubicada en Neuquén cuando apenas una hora y media antes la línea funcionaba normalmente en Viedma. También destacó que no existían registros que permitieran comprobar cómo se había validado la identidad de quien realizó esa gestión.
Sin embargo, el tribunal consideró que la entidad financiera también incumplió su deber de seguridad. Señaló que las operaciones reunían numerosos indicadores de riesgo: la generación de un nuevo token, el alta de varios destinatarios desconocidos, ocho transferencias consecutivas en apenas 36 minutos, el vaciamiento casi total de la cuenta y montos incompatibles con el historial de la clienta. Pese a ello, no se activó ningún mecanismo de alerta, bloqueo o verificación.
La sentencia recordó que las entidades financieras tienen la obligación de implementar sistemas de monitoreo basados en el perfil transaccional de cada cliente y destacó que ese control existe precisamente para detectar operaciones que, aunque se realicen con credenciales válidas, resulten completamente atípicas.
Con ese criterio, la Cámara concluyó que el fraude solo pudo concretarse por la concurrencia de dos incumplimientos. Por un lado, la autorización irregular del cambio de chip. Por otro, la ausencia de controles frente a movimientos claramente inusuales en la cuenta bancaria. En consecuencia, modificó el fallo de primera instancia, dejó sin efecto la obligación de la mujer de devolver el dinero recibido por la medida cautelar y extendió la condena en forma solidaria a Banco Patagonia y Telefónica Móviles Argentina.
También confirmó las indemnizaciones por daño emergente, pérdida de chance, daño moral y daño punitivo.
Judiciales
Condenaron a un jardín de infantes y al Municipio de Roca por la caída de una mujer en una pasarela de obra
El fallo concluyó que la estructura presentaba desniveles, maderas hundidas y carecía de señalización. La víctima debió ser operada y quedó con secuelas permanentes.

Una mujer sufrió una lesión en el hombro al caer mientras transitaba por una pasarela provisoria instalada sobre la vereda de calle San Juan, entre Gelonch y Salta, en Roca. La estructura había sido colocada para permitir el paso de peatones. En el lugar se realizaba una obra de ampliación de un jardín maternal. Había tablones desnivelados, hundimientos y ausencia de señalización.
Como consecuencia de la caída, la señora sufrió una fractura de húmero derecho que requirió una intervención quirúrgica y un tratamiento de rehabilitación. La secuelas fueron permanentes.
La mujer promovió una demanda por daños y perjuicios contra la institución propietaria del inmueble y la Municipalidad de Roca. El fuero Civil hizo lugar a la acción y condenó a ambas a indemnizar a la señora por considerar acreditada la responsabilidad y la falta de control del municipio sobre las condiciones de seguridad de la vereda.
La jueza sostuvo que el jardín de infantes debía responder en su calidad de dueña y guardiana de la obra. Tenía el deber de supervisar las condiciones de seguridad de la pasarela, aun cuando los trabajos hubieran sido ejecutados por una empresa contratista. Agregó que el contrato celebrado con la empresa constructora no puede utilizarse para evitar la responsabilidad frente a la persona que sufrió el daño
Respecto de la Municipalidad, concluyó que incurrió en una falta de servicio al omitir ejercer adecuadamente el poder de policía sobre una obra cuya existencia conocía.
Señaló que el municipio debía fiscalizar las condiciones de las veredas y controlar que las medidas adoptadas para el tránsito peatonal fueran seguras.
Los testimonios incorporados al expediente coincidieron en que la pasarela instalada para el paso de los peatones presentaba desniveles, maderas hundidas e inestables, carecía de señalización y ofrecía condiciones inseguras para la circulación.
Una de las personas que trabajaba en la obra explicó que el deterioro de la estructura había generado diferencias de nivel entre las tablas, mientras que una vecina afirmó que evitaba utilizarla por el riesgo que representaba. Además, dijo que no había carteles de advertencia y que la baranda estaba floja.
En cuanto a la aseguradora citada en garantía, el fallo hizo lugar a la defensa de falta de cobertura. Interpretó que la póliza contratada por el municipio no comprendía un siniestro originado en una obra privada, por lo que quedó excluida de responder por la condena.
Finalmente, la jueza condenó solidariamente a la institución educativa y a la Municipalidad de General Roca a abonar una indemnización en concepto de daño moral, más los intereses correspondientes.
Judiciales
Imputaron a una quinta persona por la presunta millonaria defraudación al IPROSS en Valle Sereno
Se trata de una acompañante terapéutica, acusada de participar en una presunta maniobra que habría perjudicado a la obra social provincial mediante la facturación de prestaciones que no se habrían realizado.

La investigación por la presunta defraudación al Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) sumó este jueves (02/07) una quinta imputación. El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una acompañante terapéutica, a quien acusa de haber participado en una maniobra para facturar prestaciones de salud mental que, según la investigación, nunca fueron brindadas a pacientes del establecimiento Valle Sereno-San Cirano S.A., de General Roca.
Durante la audiencia, la fiscal adjunta Gimena Ducca sostuvo que la imputada habría intervenido en 21 hechos ocurridos entre noviembre de 2021 y julio de 2023, junto a un médico clínico y psiquiatra, una licenciada en Psicología, directivos del establecimiento y otros integrantes del equipo profesional.
De acuerdo con la acusación, el grupo habría confeccionado historias clínicas, planillas de asistencia y registros de pacientes con datos falsos, incluyendo internaciones ambulatorias bajo la modalidad Hospital de Día que, en realidad, no se habrían concretado. Esa documentación era utilizada para emitir facturas que luego eran presentadas al IPROSS para el cobro de prestaciones.
La Fiscalía indicó que el establecimiento mantenía un convenio con la obra social provincial para brindar distintos módulos de atención en salud mental, entre ellos Hospital de Día, una modalidad con un valor superior al de otras prestaciones. Según la investigación, esa circunstancia habría permitido incrementar el monto de las facturaciones presuntamente irregulares.
Como sustento de la imputación, el Ministerio Público Fiscal mencionó la denuncia presentada por el IPROSS en mayo de 2024, documentación administrativa de la obra social, informes contables elaborados por la Unidad de Asistencia a la Investigación Fiscal, registros bancarios, informes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), documentación del Ministerio de Salud de Río Negro y diversas entrevistas realizadas durante la investigación.
La acompañante terapéutica fue imputada como presunta partícipe necesaria del delito de estafas reiteradas agravadas por haber sido cometidas en perjuicio de la administración pública.
Por su parte, el defensor penal público Juan Pablo Chirinos no presentó objeciones a la formulación de cargos, aunque informó que ya solicitó la realización de una pericia caligráfica.
Finalmente, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos y fijó un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la investigación penal preparatoria.








