Judiciales
Un niño y una adolescente roquenses ya no necesitarán la autorización del padre para salir del país
Los hermanos vieron frustrados dos viajes por no contar con la autorización paterna.

Luego de ver frustrados dos viajes al exterior por la falta de autorización del padre biológico, la mamá de un niño y una adolescente de General Roca pidió al Juzgado de Familia que emita una autorización amplia para viajar y que desplace a la figura del progenitor en ese trámite. La jueza valoró que el padre lleva mucho tiempo ausente de la vida de los niños y que incluso ni la mujer ni los hijos saben adónde vive el hombre.
«El desentendimiento del progenitor en la vida de sus hijos o el desinterés no pueden ser motivo para privarlos a disfrutar de viajes, la recreación, esparcimiento y del conocimiento que otorga el hecho en sí de viajar y conocer otras realidades y culturas. Además, no corresponde imponerle la carga probatoria a los hijos de buscarlo para efectuar consulta respecto a la presente autorización, dado que es él como adulto quien carga con dichas obligaciones», fundamentó la jueza en la sentencia.
En su demanda la madre explicó que «la falta de contacto total» del progenitor «le genera trastornos en los trámites que ha tenido que realizar, tales como inscripciones escolares, permisos de viajes escolares y deportivos». Además recordó que una vez, en San Martín de los Andes, ella y sus hijos no pudieron cruzar a Chile por la falta de permiso paterno. Luego, en las Cataratas del Iguazú, no pudieron hacer las excursiones porque pasaban la frontera con Brasil. Para evitar que esos problemas sigan sucediendo, y especialmente porque están proyectando un viaje a Estados Unidos por el cumpleaños de 15 de la hija mayor, la madre decidió hacer la presentación judicial.
El fallo de la Unidad Procesal de Familia N° 17 de Roca definió que hasta alcanzar la mayoría de edad, el niño y su hermana adolescente quedan autorizados a salir del país con su mamá sin necesidad de que el padre firme ningún permiso. Puntualmente la sentencia resuelve «autorizar la salida del país de manera supletoria, ante la falta de autorización paterna” para que “puedan salir, transitar y reingresar a nuestro país cuando lo deseen sin que ello implique radicación en el extranjero».
Antes de resolver la jueza pidió un dictamen a la Defensoría de Menores y luego escuchó al niño y a la adolescente. Explicó que «los niños en cuyo beneficio se peticiona cuentan con 7 y 14 años al momento interponer demanda, lo que se traduce en que además de contar con autonomía progresiva para expresar su opinión sobre todas las cuestiones que los afecten, conforme lo prescripto por el art. 12 de la Convención de los Derechos del Niño y el art. 24 de la Ley de Protección Integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, gozan de amplitud de derechos para presentarse en juicio y participar en procedimientos judiciales y administrativos que los involucren».
Las entrevistas con los hermanos fueron decisivas para declarar que la petición era «razonable y fundamentada. Ambos expresaron con total seguridad y convicción su opinión en relación al pedido que formula su madre, dando incluso sobrados fundamentos a la petición, detallando proyectos, deseos e incluso dando opinión acabada con respecto a sus vidas, destacó la jueza.
Finalmente, también verificó la ausencia del padre en la vida de sus hijos a través de las constancias de otros expedientes judiciales por cuota alimentaria y régimen de cuidado y comunicación.
Judiciales
Casi ocho de cada diez sentencias contencioso administrativas se dictaron con asistencia de inteligencia artificial
La herramienta automatiza controles y prepara sentencias para su firma, aunque la decisión final continúa bajo responsabilidad de juezas y jueces. Su implementación comenzó en 2023 y se extendió progresivamente a organismos provinciales y municipios.

Durante el primer semestre de 2026, el fuero Contencioso Administrativo de Río Negro dictó 3.461 sentencias con asistencia de inteligencia artificial. La cifra representa el 79,14% de las 4.373 resoluciones emitidas durante ese período. El uso de esta tecnología creció respecto del mismo semestre de 2025, cuando había alcanzado el 55,63%.
La herramienta fue desarrollada por la Dirección General de Sistemas del Poder Judicial de Río Negro y permitió reducir significativamente los tiempos de tramitación de las ejecuciones fiscales. Antes de su implementación, cada expediente requería cerca de una hora de procesamiento manual. Con el sistema automatizado, esa tarea se realiza en aproximadamente tres minutos.
La reducción también se refleja en la duración total del trámite. El plazo promedio de una ejecución fiscal pasó de 6,5 días a menos de tres días hábiles. La herramienta comenzó a utilizarse el 24 de agosto de 2023 y se incorporó progresivamente a los organismos provinciales y municipales que promueven este tipo de procesos.
El desarrollo propio permite automatizar una serie de controles que antes se realizaban manualmente. El sistema verifica los datos de la persona demandada y el monto reclamado, comprueba que no existan procesos sucesorios o de quiebra y prepara la sentencia para su firma. La decisión final permanece siempre bajo responsabilidad de la jueza o el juez.
La experiencia comenzó con las demandas de la Agencia de Recaudación Tributaria y después se extendió a los municipios. Viedma y Allen fueron los primeros en incorporarla. Actualmente también la utilizan Bariloche, Cinco Saltos, Cipolletti, El Bolsón, Roca, San Antonio Oeste y Villa Regina. En algunos municipios, la herramienta también se emplea para ejecutar multas de tránsito, infracciones por ruidos molestos y cuestiones ambientales.
Durante los primeros seis meses de 2026, las Unidades Jurisdiccionales Contencioso Administrativas recibieron 3.975 expedientes, un 220% más que en el mismo período del año anterior. Las ejecuciones fiscales representaron la mayor parte de esa actividad, con 3.711 registros, equivalentes al 93,1% de las acciones relevadas.
El incremento de estos procesos también se reflejó en las resoluciones dictadas. Durante el semestre se registraron 3.791 sentencias monitorias, vinculadas principalmente con ejecuciones. Además, se dictaron 488 interlocutorias, 87 definitivas y siete homologaciones. En cuanto al uso de inteligencia artificial, la participación de sentencias elaboradas con esta herramienta aumentó 23,51 puntos porcentuales respecto del primer semestre de 2025. De las 4.373 resoluciones dictadas durante este año, 912 se realizaron sin asistencia de IA.
El fuero Contencioso Administrativo funciona en las cuatro circunscripciones judiciales de Río Negro. Comenzó su actividad en Viedma en diciembre de 2021 y completó su implementación provincial en 2024. Su competencia comprende los procesos en los que el Estado interviene como demandante o demandado.
Los datos estadísticos forman parte del Informe Estadístico del Primer Semestre de 2026, elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
Judiciales
La Fiscalía pidió declarar responsable a un hombre por el abuso sexual de su suegra
El hecho ocurrió en agosto de 2025 en el domicilio de la mujer. La Fiscalía sostuvo su acusación con testimonios familiares y pericias psicológicas.

En el marco de los alegatos de clausura del debate oral, el Ministerio Público Fiscal solicitó que se declare responsable penal a un hombre acusado de haber abusado sexualmente de su suegra, una mujer de 79 años, en un hecho ocurrido en agosto de 2025 en el domicilio de la víctima.
La fiscal Julieta Villa sostuvo durante su exposición que el imputado ingresó a la vivienda simulando intenciones familiares y que, según la acusación, aprovechándose de la confianza y de la situación de vulnerabilidad de la mujer, la agredió.
Para fundamentar el pedido de responsabilidad penal, la Fiscalía presentó durante el debate el testimonio de la propia víctima y las declaraciones de su nieta, su hija, su hijo y una amiga.
Según expuso la acusación, estos testimonios permitieron acreditar las revelaciones inmediatas realizadas por la mujer, su estado de shock inicial y la posterior admisión de los hechos que habría realizado el acusado ante integrantes de su entorno familiar.
También declaró la psicóloga Virginia Ansola, integrante de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quien expuso sobre el impacto emocional sufrido por la mujer.
A su vez, intervino una especialista del Cuerpo de Investigación Forense (CIF), quien ratificó en audiencia la veracidad del relato, descartó fabulaciones y confirmó la presencia de un cuadro de trauma psíquico severo.
La Fiscalía encuadró la conducta atribuida al imputado como abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo. Por su parte, el defensor particular solicitó la absolución de su asistido.
Concluidos los alegatos de las partes, el Tribunal integrado por los jueces Gastón Martín, Maximiliano Camarda y Oscar Gatti dará a conocer su veredicto el próximo martes (13/10) a las 12.00.
Judiciales
Formularon cargos a un conductor de 71 años por la muerte de un motociclista en Roca
Según la acusación, el imputado realizó un giro a la izquierda de manera antirreglamentaria e interrumpió la trayectoria de la motocicleta que conducía la víctima.

La Fiscalía formuló cargos este miércoles (07/10) contra un conductor de 71 años por un siniestro vial ocurrido en junio pasado en la intersección de las calles Félix Heredia y 9 de Julio de General Roca, en el que murió Ezequiel Alfredo Giles.
Según explicó la representante fiscal Victoria Bou Abdo, el hecho ocurrió alrededor de las 18.00 horas, cuando el imputado circulaba en una camioneta en sentido norte-sur y realizó una maniobra de giro a la izquierda hacia 9 de Julio.
De acuerdo con la acusación, el giro fue realizado de manera antirreglamentaria e imprudente, interrumpiendo la trayectoria de la motocicleta que conducía Giles, quien avanzaba en sentido contrario.
«Debido a la repentina obstrucción de la calzada, Ezequiel Giles no pudo evitar la colisión e impactó contra el lateral de la camioneta», explicó la fiscal. Como consecuencia del impacto, la víctima sufrió un traumatismo encéfalocraneano grave que le provocó la muerte en el lugar.
Para sustentar la formulación de cargos, el Ministerio Público Fiscal presentó las actas del procedimiento policial, el croquis del lugar, el certificado médico de defunción y el resultado negativo del test de alcoholemia realizado al imputado.
También se incorporaron entrevistas a testigos, informes de la Dirección de Tránsito Municipal, peritajes mecánicos realizados sobre ambos vehículos, un relevamiento fotográfico y la pericia accidentológica del Gabinete de Criminalística de General Roca.
La Fiscalía atribuyó al hombre la calificación legal provisoria de “homicidio culposo cometido por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor”.
El defensor penal público Gustavo Viecens, quien asiste al imputado, no presentó objeciones a la formulación de cargos.
Luego de escuchar a la querella, que acompañó el pedido fiscal, la jueza Natalia González tuvo por formulados los cargos y estableció en cuatro meses el plazo de investigación penal preparatoria.









