Río Negro
Desde EdERSA solicitan a quienes se cayeron del Nivel 2 a que realicen el trámite urgente para no pagar un 50% de electricidad
«Los usuarios que consideren que deben ser beneficiario del subsidios, deben realizar el trámite de la segmentación tarifaria», indicaron desde la empresa distribuidora de la energía.

La quita de subsidios que ha dispuesto el gobierno nacional en las facturas de luz, y que ha golpeado y seguirá golpeando el bolsillo de miles de rionegrinos, puso en alerta a las autoridades de la empresa de energía EdERSA. Tanto es así, que llamaron a aquellos que se cayeron del Nivel 2 en la segmentación tarifaria (el de mayor beneficio) «a realizar el trámite urgente, porque si no pagarán una factura hasta un 50% más cara».
A su vez, pidieron «no confundir a los rionegrinos con el tema de las tarifas», porque los aumentos importantes «han sido en el Costo de Abastecimiento, que durante este año se incrementó entre un 500 y un 600%», todo por decisión del gobierno nacional explicó el gerente General de la distribuidora, Fernando Barreto.
El directivo señaló que «hay diferentes sectores que mezclan todo, haciendo que los usuarios no entiendan la situación. Incluso han dicho que el Ente Regulador (EPRE) le aprobó a EdERSA una suba del 23% en el costo de transporte de la energía, cuando éste es un concepto que tiene que ver con el Costo de Abastecimiento, que no se define en la provincia si no a nivel nacional», remató.
Barreto explicó que el Costo de Abastecimiento está conformado «por el valor de la generación de la energía, su transporte y el costo de potencia», y que esos conceptos y sus precios son «definidos por la secretaría de Energía de la Nación, el ENRE y la empresa del Mercado Mayorista CAMMESA». Y siguió: «acá la realidad es que los ajustes fuertes, las señales de sinceramientos de las tarifas, han sido de Nación. Tanto es así, que de la factura final de EdERSA, apenas un 27% es el que se define en la provincia. Ese porcentaje, el llamado VAD Operativo, es con el que nuestra distribuidora tiene que realizar todas sus acciones, tanto comerciales como operativas, además de realizar las inversiones, tener cada vez más inmuebles, comprar camionetas, camiones, grúas, etc».
En este sentido, explicó que los «ajustes tarifarios que recibió EdERSA en su VAD Operativo tuvieron que ver con el proceso inflacionario que se experimentó durante buena parte del año, en una espiralización que había complicado financieramente a la compañía. Ahora, la realidad es que los aumentos importantes fueron en el Costo de Abastecimiento (en el precio de la energía, del transporte y de la potencia)».
En relación a la pérdida del subsidio Nivel 2 de miles de rionegrinos (más de 13.000 entre octubre y noviembre), recordó que «los usuarios que consideren que deben ser beneficiario del subsidios, deben realizar el trámite de la segmentación tarifaria», al tiempo que aseguró que desde «EdERSA haremos todo lo posible para llegar a ellos con información, ayudarlos a que vuelvan a tener el beneficio», sin dejar de reconocer que la definición del Nivel de cada usuario es de la Secretaría de Energía nacional.
Barreto también informó que EdERSA motoriza un importante plan de obras durante este 2024, en el que invertirá alrededor de 15.000 millones de pesos, quintuplicando el del año pasado.
‘Tenemos proyectos terminados, iniciados y en ejecución en todas las localidades y regiones de la provincia. Obras chicas, medianas y otras emblemáticas, como una nueva Estación Transformadora en Choele Choel; nuevos alimentadores troncales en El Bolson; mejoras en el abastecimiento del Alto Valle. Trabajamos fuerte en el mantenimiento, mejora y modernización de todo el sistema, sobre todo previendo un verano que se pronostica con temperaturas muy por arriba del promedio histórica. Todo eso, en un contexto en el que la obra pública y privada se encuentra pasando por un momento complejo, nos parece por demás destacable», culminó.
Judiciales
Weretilneck sobre la Ruta 151: «El Gobierno Nacional sigue sin hacerse cargo»
Nacion apeló el fallo judicial que ordenaba a Vialidad Nacional reparar y mantener la Ruta Nacional N° 151, tras años de abandono y reclamos.

El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck expresó su malestar ante la decisión del Estado Nacional de apelar el fallo judicial que ordenaba a Vialidad Nacional reparar y mantener la Ruta Nacional N° 151, tras años de abandono y reclamos. Consideró que la apelación «es una muestra más de la falta de interés del Gobierno Nacional por nuestra provincia».
«En lugar de asumir su responsabilidad, que quedó acreditada en la causa judicial y cumplir con la sentencia, deciden estirar el proceso innecesariamente, mientras miles de usuarios siguen poniendo en riesgo su vida todos los días por el estado calamitoso de la ruta», afirmó.
Weretilneck recordó que el fallo de la Justicia Federal reconoció el derecho colectivo a la seguridad vial y ordenó al Estado Nacional presentar un plan de obras en un plazo de 10 días y comenzar los trabajos en 90. «Vuelven a desconocer los argumentos presentados y documentados. En lugar de cumplir con la sentencia y presentar un plan de reparación para la Ruta 151, lo que están haciendo es patear el problema para adelante y mostrar que no les importa Río Negro», enfatizó.
«La 151 es una ruta para el desarrollo del norte provincial y su estado merece una respuesta inmediata. Tiene un enorme grado de abandono, reconocido en la propia causa judicial por el mismo Estado y por Vialidad Nacional. Poco le importa al centralismo porteño este reclamo conjunto con los Intendentes, y parece que mucho menos le importan las vidas que todos los días se ponen en juego cuando alguien transita esa ruta», concluyó el gobernador.
Judiciales
Le sustrajeron la camioneta y apareció hundida en el río: ¿La aseguradora tiene que cubrir?
La camioneta fue sustraída del interior de una vivienda y días después, la Policía la encontró sumergida en el lecho del río.

Una aseguradora deberá indemnizar a un cliente luego de haberse negado a cubrir un siniestro ocurrido tras la sustracción de su vehículo, una Chevrolet Montana que apareció hundida en el río Negro. La sentencia de Cipolletti determinó que el costo de reparación superó el porcentaje previsto en la póliza para considerar la destrucción total y ordenó el pago de la cobertura.
La camioneta fue sustraída del interior de una vivienda en Cipolletti. Días después, la policía la encontró sumergida en el lecho del río, en la zona de Isla Jordán, debajo del puente que conecta con Balsa Las Perlas. El cliente denunció el hecho a la compañía aseguradora y solicitó la aplicación de la cobertura correspondiente.
La aseguradora abrió el siniestro y designó un estudio liquidador, pero semanas más tarde comunicó el rechazo de la cobertura. Argumentó que el daño no alcanzaba el 80% del valor de mercado del vehículo, condición necesaria según la cláusula de «daño total» establecida en la póliza. El cliente cuestionó esa decisión y aportó presupuestos de talleres mecánicos que estimaban un monto de reparación muy superior al límite contractual.
Durante el proceso judicial, se incorporó una pericia que concluyó que la reparación era técnicamente posible, aunque resultaba antieconómica. El especialista explicó que el vehículo sufrió graves daños eléctricos, mecánicos y estructurales a causa del agua, y que el costo total de los arreglos triplicaba el valor de una unidad similar en plaza.
El juez observó que la aseguradora no presentó la póliza completa ni el informe técnico que habría servido de base para negar la cobertura. También destacó que la empresa desistió de una prueba contable ofrecida por ella misma, lo que impidió sustentar su postura. En el fallo se recordó que, en los contratos de consumo, las cláusulas deben interpretarse del modo más favorable al usuario y que el proveedor tiene el deber de colaborar activamente en el esclarecimiento de los hechos.
La sentencia tuvo por acreditado el hurto y el posterior hallazgo del vehículo sumergido. Consideró probado que el siniestro configuró un daño total conforme a las condiciones del contrato y que la negativa de la aseguradora careció de fundamento técnico suficiente.
Además, el juez reconoció el derecho del cliente a una compensación por la imposibilidad de usar el vehículo. Si bien el reclamo original se extendía por un período prolongado, la sentencia aplicó un plazo de 45 días, calculado en base al tiempo razonable que demandaría una reparación integral según la pericia técnica.
El fallo ordenó a la compañía Triunfo Cooperativa de Seguros Ltda el pago del valor actualizado del vehículo junto con la compensación por la privación de uso.
La causa tramitó ante el fuero Civil de Cipolletti y la sentencia no está firme porque puede ser apelada.
Judiciales
Solicitó viajar al exterior con su hijo sin destino ni tiempo determinado: No podrá hacerlo sin notificar a la madre
Lo autorizaron pero por un plazo que no podrá exceder los 30 días.

Un hombre recurrió al Poder Judicial para obtener una autorización que le permitiera viajar al exterior con su hijo. Indicó que tiene familiares en Chile y que su padre atraviesa un problema de salud, por lo que necesita trasladarse para cuidarlo. Según el hombre, la madre del niño no le otorgó la autorización. El permiso solicitado no tenía límite de tiempo ni destino determinado.
El fuero de Familia de Villa Regina autorizó al hombre a salir del país con su hijo, pero por un plazo que no podrá exceder los 30 días. Además, deberá notificar a la madre 5 días antes de cada viaje, indicando el lugar de destino, la duración, la fecha de salida y la de regreso al país. El permiso no habilita la radicación del niño en el extranjero.
La madre, por su parte, rechazó las afirmaciones del hombre. Señaló que nunca se opuso a autorizaciones puntuales, pero sí a una autorización general, sin fecha ni destino. Aclaró que está dispuesta a autorizar los viajes siempre que se le informe previamente con datos concretos sobre fechas y destinos.
Durante el trámite se emitió un dictamen del Defensor de Menores, que recomendó autorizar los viajes, pero con restricciones que garanticen la notificación previa a la madre y resguarden el arraigo del niño.
La jueza advirtió un conflicto persistente entre los progenitores que impide alcanzar acuerdos básicos. Reafirmó la importancia de preservar el interés superior del niño y de promover soluciones pacíficas.
En caso de incumplimiento, podrán aplicarse sanciones como multas o la revocación de la autorización. El padre queda facultado para realizar todos los trámites administrativos y legales necesarios para concretar los viajes.