Judiciales
Declararon culpables a los cuatro imputados por el homicidio de Otoño Uriarte
El proceso judicial entra ahora en la etapa de cesura, en la que se definirá la pena que recibirán los condenados.

Un Tribunal de juicio de Cipolletti declaró culpables a Ángel Germán Antilaf, José Hiram Jafri, Ricardo Néstor Cau y Maximiliano Manuel Lagos por el homicidio de Otoño Uriarte. La resolución se dio a conocer luego de 13 audiencias realizadas en doble jornada entre noviembre y diciembre del año pasado.
La jueza María Florencia Caruso, junto a los vocales Amorina Sánchez Merlo y Juan Puntel, conformaron el Tribunal que evaluó las pruebas presentadas por la fiscal jefa Teresa Giuffrida y la abogada querellante Gabriela Prokopiw, quien representó a Roberto Uriarte, padre de la víctima. Por su parte, los imputados fueron defendidos por distintos abogados: Carlos Vila asistió a Antilaf, Gustavo Lucero y Manuela Lagos a Maximiliano Lagos, Rubén Antiguala a Jafri, mientras que Marcelo Caraballo y Patricia Fernández representaron a Cau.
Los hechos probados en el juicio
El Tribunal consideró acreditado que el 23 de octubre de 2006, en Fernández Oro, los cuatro imputados llevaron a cabo un plan para privar de la libertad a Otoño Uriarte, de 16 años. Para ello, sustrajeron su bicicleta con el fin de forzarla a regresar caminando por una zona oscura y poco transitada. Fue en ese contexto cuando fue interceptada y retenida contra su voluntad.
Luego trasladaron a la víctima donde sufrió agresiones físicas y un ataque con un objeto punzocortante en la zona del hemitórax izquierdo y la axila. Estas lesiones le causaron la muerte. Posteriormente, su cuerpo fue ocultado y arrojado al Canal Principal de Riego, donde fue encontrado el 24 de abril de 2007.
Las pruebas testimoniales y periciales determinaron que el cadáver permaneció sumergido entre 5 meses y 3 semanas. Se concluyó que Otoño fue asesinada antes de ser arrojada al agua y que los responsables intentaron deshacerse del cuerpo. Para eso le colocaron peso en sus extremidades inferiores. Esta conducta descartó otras hipótesis, como el suicidio.
Fundamentos del veredicto
El Tribunal destacó que la investigación se vio demorada por el paso del tiempo, pero que las pruebas reunidas en el debate oral y público permitieron reconstruir lo sucedido. Se estableció que la última vez que Otoño fue vista con vida caminaba sola por la circunvalación de Cipolletti, cerca de la medianoche del 23 de octubre de 2006.
Entre los testimonios más determinantes, un matrimonio observó una camioneta blanca detenida en la zona con las luces bajas. Aunque no se pudo identificar con certeza que la víctima estuviera en el vehículo, sí se corroboró que la escena coincidía con el lugar donde se produjo la desaparición de la joven de Fernández Oro.
Otro elemento clave de la sentencia fue el testimonio de varios testigos que relataron un patrón de hostigamiento hacia Otoño por parte de Antilaf y los hermanos Cau y Jafri, antes de los hechos. Además, se verificó que la bicicleta de la víctima había sido sustraída y luego devuelta, lo que refuerza la hipótesis de un plan premeditado.
Los magistrados concluyeron que los cuatro imputados conocían los movimientos de la víctima y que coordinaron sus acciones para interceptarla en un tramo donde no pudiera pedir ayuda. Aunque no se acreditó que la hayan subido a un vehículo, sí se demostró que fue retenida contra su voluntad y privada de sus pertenencias, incluido su celular, que apareció quemado.
Finalmente, el Tribunal afirmó que la responsabilidad de los acusados no se basa exclusivamente en pruebas científicas, sino en una sólida combinación de testimonios, pericias y análisis indiciarios. Se determinó que todos actuaron en coautoría y que no era necesario que cada uno de ellos hubiera participado en todas las etapas del crimen para ser considerados culpables.
Con este veredicto, el proceso entra en la etapa de cesura, en la que se definirá la pena que recibirán los condenados.
El uso de la odorología, una de los fundamentos de la sentencia
Uno de los puntos centrales en la resolución del Tribunal fue la pericia odorológica, que incriminó a los imputados por el crimen de la joven de Fernández Oro. Mario Rocillo, médico veterinario y especialista en adiestramiento canino con formación en la Policía de Canadá, supervisó las pruebas con perros rastreadores y explicó la odorología como método científico. Los análisis se realizaron en presencia de las defensas, sin que se presentaran impugnaciones ni pedidos de nulidad.
El procedimiento incluyó un rastrillaje en la zona del canal El Treinta, donde la policía encontró un trozo de nylon negro. Los perros rastreadores detectaron olor en el material y siguieron el rastro hasta el domicilio de los hermanos Jafri y Cau, dos de los acusados. En una primera prueba, la pericia odorológica arrojó coincidencias con la víctima y con uno de los sospechosos. Un segundo análisis vinculó a otros dos imputados.
Las pruebas permitieron determinar que la víctima estuvo en la vivienda de los hermanos antes de su fallecimiento. Se estableció que sufrió una herida provocada con un arma blanca y que luego fue trasladada y arrojada al agua cuando ya se encontraba sin vida. El hallazgo del nylon negro cerca de una usina fue considerado un elemento decisivo en la investigación, ya que reforzó la hipótesis de que los cuatro acusados participaron en la eliminación del cuerpo. Además, los análisis genéticos indicaron una alta compatibilidad entre el perfil de uno de los imputados y las muestras recogidas en la escena del crimen.
Con esta prueba, entre otras, el Tribunal concluyó que los acusados conocían a la víctima y sus movimientos. Se estableció que su bicicleta fue sustraída y que la obligaron a regresar caminando por una calle oscura para luego cometer el homicidio y deshacerse del cuerpo.
La Fiscalía y la querella, una vez conocido el veredicto, solicitaron la prisión preventiva de los cuatro imputados. Las defensas requirieron un cuarto intermedio para definir su estrategia de cara a la medida cautelar.
Judiciales
Subieron los divorcios en Río Negro: Durante 2025 se registraron 1.277 trámites
No obstante, 2023 sigue siendo el año con la cifra más alta de la última década: se dictaron 1529 sentencias de disolución del vínculo matrimonial.

Durante 2025, los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de Río Negro registraron 1.277 trámites de divorcio. El dato surge del relevamiento anual del fuero y ubica a ese tipo de proceso entre los más frecuentes dentro de la conflictividad familiar.
En todo 2024 se iniciaron 1.240 expedientes por disolución del vínculo matrimonial. Un año antes, en 2023, se dictaron 1.529 sentencias de divorcio, la cifra más alta en al menos una década. En 2022 se habían contabilizado 1.204 y en 2021, un total de 1.333. En 2020, el Poder Judicial resolvió 910 divorcios. Entre 2016 y 2019 las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.400 en 2016, 1.395 en 2017, 1.426 en 2018 y 1.386 en 2019. En 2015 se registraron 903 y en 2014, un total de 1.078.
La disolución del vínculo matrimonial tramita en 16 organismos judiciales distribuidos en todo el territorio provincial. En Viedma y Roca funcionan varias unidades procesales. También se reciben causas en San Antonio Oeste, Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.
El divorcio se produce cuando una o ambas personas que integran el matrimonio solicitan judicialmente la disolución del vínculo. A partir de allí, si existen cuestiones pendientes, como cuidado personal, alimentos o distribución de bienes, esas cuestiones continúan su trámite por las vías que correspondan.
El año pasado algunos divorcios se resolvieron en menos de una semana, ya que no había hijos ni bienes en común. Hoy el trámite no exige dar motivos del pedido del cese del vínculo, basta con la voluntad de alguno de los integrantes de la pareja.
Respecto a la resolución de los conflictos, en 2025 se dictaron 11.150 sentencias de finalización en toda la provincia, cifra que incluye fallos definitivos, interlocutorios, monitorios y homologaciones. Además, la magistratura llevó adelante un total de 5.975 audiencias, entre las cuales destacaron las preliminares y las instancias de escucha a niños, niñas y adolescentes. La gestión se apoyó en la labor de las Oficinas de Tramitación Integral de Familia, modelo que permite reducir la carga administrativa sobre los jueces y juezas para concentrar la tarea en las resoluciones jurisdiccionales.
La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
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La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra
Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.
La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.
El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.
La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.
El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.
Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.
Judiciales
Escándalo por la «falsa médica» en Roca: La Fiscalía pide mantener la tobillera y la inhibición de bienes
La mujer está acusada de usurpación de títulos, falsificación de documentos y defraudación contra la administración pública en clínicas privadas y el Hospital.

La investigación por el ejercicio ilegal de la medicina en General Roca sumó nuevos y preocupantes capítulos durante la audiencia realizada esta mañana (20/04). El Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que se mantengan las medidas cautelares vigentes contra la mujer denunciada por las autoridades del Ministerio de Salud provincial.
Según la Fiscalía, la gravedad del caso trasciende la faz administrativa: familiares de personas que habrían sido atendidas por la imputada han comenzado a presentar denuncias particulares por mala praxis, lo que abre una nueva y compleja línea de investigación.
La representante fiscal fue contundente al describir el accionar de la mujer «habría trabajado los últimos 6 años cometiendo delitos de ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación y uso de documento público falso, además de defraudación agravada contra la administración pública». El engaño no se limitó a un solo lugar, sino que se extendió por tres instituciones diferentes: una clínica privada donde permaneció 6 años, otra por algunos meses y el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde prestó servicios durante 2 años.
Ante este panorama, la Fiscalía sostiene que es imperativo mantener la custodia de la documentación y asegurar que la acusada no interfiera con el proceso.
Por este motivo, se pidió que continúen vigentes por el plazo de seis meses la colocación de la tobillera de control satelital, la prohibición de salida del país y la obligación de mantener su domicilio actual.
Asimismo, sigue firme la inhibición general de bienes, afectando tanto sus inmuebles como su vehículo particular.
El juez de Revisión dará a cnocer su resolución mañana (21/04) a las 9 de la mañana en la sala de audiencias de los Tribunales roquenses.








