Judiciales
Él construyó la vivienda, ella ayudó en la ampliación y en la economía familiar: Determinan una distribución de bienes del 50%
Se separaron tras 16 años de unión convivencial y fueron a la Justicia para determinar la disolución de bienes.

Después de 16 años de unión convivencial, la mujer puso fin a la relación. Decidió abandonar la vivienda y denunció episodios de violencia. El hombre recibió una notificación de exclusión del hogar y se fue.
La vivienda no fue ocupada por la mujer, por lo que el hombre regresó al inmueble. En una audiencia preliminar, acordaron el pago de un canon por el uso exclusivo de la casa. Sin embargo, la mujer denunció el incumplimiento de lo pactado.
El fuero de Familia de Roca intervino en la causa de distribución de bienes iniciada por el hombre. Determinó que a cada parte le corresponde el 50% del terreno y de las mejoras realizadas. También pertenece a ambos la mitad de los bienes del comercio que atendían.
El hombre sostuvo que realizó un aporte sustancial a la construcción de la vivienda, la mejora del inmueble y el equipamiento del hogar. Todo en el marco de un proyecto de vida en común. Según su testimonio, la relación se desarrolló en un contexto de esfuerzo conjunto y contribuciones económicas orientadas al crecimiento del patrimonio compartido.
La jueza analizó la causa desde una perspectiva de género, debido a la existencia de un expediente paralelo por violencia familiar. Esto exigió al Tribunal valorar la prueba considerando las posibles desigualdades estructurales entre las partes.
«La realidad muestra que las mujeres siguen enfrentando dificultades para acceder a la justicia, como tabúes, prejuicios, estereotipos y vacíos legales. Por eso, debemos resolver los casos con perspectiva de género», afirmó la jueza en su decisión.
Agregó que «debemos impartir justicia reconociendo la situación de desventaja en la que históricamente se han encontrado las mujeres como consecuencia de una construcción sociocultural que definió su posición y el rol que debían asumir».
La jueza valoró los testimonios y la documentación presentada para establecer la titularidad de los bienes. Se comprobó que el inmueble seguía figurando como fiscal y que no había sido escriturado a nombre de ninguno. Los testigos confirmaron que el hombre construyó la vivienda con su trabajo y que ambos trabajaron en el negocio familiar. También se acreditó la existencia de vehículos y muebles adquiridos durante la convivencia.
Se indicó que, si bien la ley establece que los bienes adquiridos durante la convivencia pertenecen a quien los registra a su nombre, es posible reclamar ante situaciones de enriquecimiento sin causa o de esfuerzo compartido.
Judiciales
Los Juzgados de Paz intervinieron en más de 30 mil actuaciones en el primer semestre del año
El 77% de la actividad jurisdiccional se concentró en las circunscripciones Segunda y Cuarta.

Durante los primeros seis meses de 2025, los 49 Juzgados de Paz de la provincia desplegaron una actividad intensa en todo el territorio rionegrino. Estos organismos, distribuidos en ciudades, pueblos y parajes alejados de los grandes centros urbanos, constituyen el primer contacto entre la ciudadanía y el Poder Judicial, especialmente en zonas donde no existen otros organismos jurisdiccionales.
Además de su histórica función fedataria -como la certificación de firmas, la emisión de declaraciones juradas o la autorización para viajar-, las juezas y jueces de Paz intervinieron en una gran diversidad de conflictos. Entre ellos, cobraron especial relevancia los procesos por violencia familiar y de género, las contravenciones y los juicios de menor cuantía.
La actividad jurisdiccional incluyó audiencias, sentencias y medidas de protección. En los casos donde no hay Unidades Procesales de Familia, los Juzgados de Paz asumieron un rol clave en la atención de situaciones urgentes. También tramitaron procesos vecinales, pedidos para litigar sin gastos, y causas vinculadas a ejecuciones, cuestiones contravencionales y asuntos de menor cuantía.
En muchos casos, la intervención no solo se limitó a resolver un conflicto entre partes, sino que también permitió acercar una respuesta estatal en localidades donde no existen organismos especializados. Esa cercanía territorial mantuvo activa la red de Juzgados en toda la provincia, con especial incidencia en la Segunda y Cuarta Circunscripción Judicial.
Por fuera de lo estrictamente judicial, los trámites administrativos también ocuparon una parte importante del trabajo cotidiano. Las consultas espontáneas por parte de vecinas y vecinos representaron una porción mayoritaria. Le siguieron certificaciones, autorizaciones y gestiones documentales. A su vez, los trámites electorales -como la certificación de firmas para justificar el no voto o la designación de autoridades de mesa- continuaron siendo parte del quehacer diario, sobre todo en contextos de elecciones.
En materia de extensión, se concretaron visitas a barrios alejados, reuniones interinstitucionales y actividades de promoción de derechos. Estas intervenciones apuntaron a reforzar la presencia del Poder Judicial en las comunidades más alejadas de los centros urbanos, ampliando el alcance de la respuesta estatal.
Los Juzgados en números
Durante el primer semestre del año, los Juzgados de Paz de la provincia tramitaron más de 30.000 actuaciones, sumando expedientes judiciales y trámites administrativos.
El 77% de la actividad jurisdiccional se concentró en las circunscripciones Segunda y Cuarta. En cuanto al tipo de acciones, los exhortos y los procesos vinculados a violencia representaron el 73% del total de causas iniciadas.
Las audiencias llegaron a 6.237. La categoría más frecuente fue «otras», con el 34% del total, seguida por audiencias en el marco de la Ley D 3040 (20%) y reglas de conducta (9%).
Del lado no jurisdiccional, se contabilizaron más de 23.000 trámites. Las consultas representaron el 53%, seguidas por certificaciones de firma (24%) y certificaciones de copias (12%).
En el área de extensión, la actividad más común fue la atención a personas fuera de la sede del Juzgado, con un 52% de los registros, seguida por reuniones interinstitucionales (36%) y acciones de capacitación y prevención (12%).
Judiciales
Con los alegatos de apertura, se dio inicio a la causa Solano II
Se trata del segundo debate sobre la presunta participación de tres policías en la muerte del trabajador rural, ocurrida en Choele Choel.

Desde ayer (22/09) a la mañana y hasta el próximo lunes (29/09) sucede de manera híbrida en los Tribunales roquenses y en la Oficina Judicial de Choele Choel el segundo debate sobre la presunta participación de tres empleados policiales en la muerte de Daniel Solano.
La Fiscalía verbalizó sus alegatos de apertura adelantando que a través de la prueba que se producirá en el juicio, buscará la solicitud de responsabilidad penal de dos de los imputados por los delitos de «encubrimiento agravado e incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real». Mientras que a uno de ellos por ser «participe necesario de homicidio agravado por alevosía y por haber abusado de sus funciones siendo miembro de una fuerza de seguridad en concurso real con vejaciones».
Los hechos por los que debe responder éste último es que «el 5 de noviembre de 2011, el imputado habría colaborado para que Cárcamo, Cuello, Quidel, Barrera, Berthe, Bender y Martinez, lograran llevarse a Daniel Solano y provocarle posteriormente la muerte, tal como fue declarado en la sentencia del día 01 de agosto de 2018«, detalló la fiscal jefe.
En relación a los otros dos, los hechos imputados ocurrieron en la misma fecha, mientras «habrían visto que dos compañeros ya condenados, le habrían propinado a Solano golpes de puño, patadas, empujones. En virtud de este accionar, los dos empleados incumplieron con sus deberes al no haber intervenido cuando golpeaban y sacaban violentamente a Solano del local bailable y al no haber realizado las actas de procedimiento pertinentes, ni dar aviso a su superior ante los hechos ocurridos esa madrugada; en consecuencia, habiendo los aquí imputados presenciado cuando fue sacado del boliche Francisco Daniel Solano y siendo que se había solicitado la presencia del móvil policial a dicho efecto, no lo habrían puesto bajo debida custodia, a los efectos que el personal que se trasladaba en el móvil procediera al traslado de la víctima la comisaría o llegado a un centro de salud, según correspondiera con la situación; posteriormente tampoco denunciaron los hechos concretados por sus colegas», explicó la Fiscalía.
«Para esto vamos a escuchar a personas que estuvieron presentes en el local bailable, entre ellos trabajadores y asistentes, quien tomó fotografías en el interior del local, quien realizó la exposición tras la desaparición de Daniel Solano, el procedimiento concretado», enumeró la fiscal jefa.
Por su parte, el equipo de la defensa penal pública explicó que su asistido «no está acreditado el elemento doloso, y no puede ser declarado culpable ya que se encontraba cumpliendo un acto propio de sus funciones y no tuvo ninguna participación posterior en el hecho, no pudo haber ocultado prueba».
Luego, el defensor particular adhirió a lo anterior y dijo que «esto se trata de revelar la realidad de los hechos y lamentablemente se puede ver afectada por el tiempo transcurrido. No hubo secuestro, no hubo incumplimiento y tampoco abuso de autoridad, no sólo lo vamos a acreditar con las voces de los testigos sino también con l prueba científica».
Cabe recordar que interviene en el juicio un Tribunal Colegiado teniendo presente que la pretensión punitiva provisoria esgrimida por la Fiscalía y la querella es superior a los tres años de prisión.
Judiciales
Acoso laboral: 56 denuncias en el primer semestre de 2025
La Ley rige desde marzo del 2023 y se han recibido a la fecha, más de 400 demandas.

Durante los primeros seis meses de 2025, el Poder Judicial de Río Negro tramitó 56 denuncias por acoso laboral. Desde la entrada en vigencia de la Ley N° 5631, en marzo de 2023, las Cámaras del Trabajo han recibido un total de 406 demandas por violencia en el ámbito laboral.
La Ley de Procedimiento Laboral N° 5631 rige en la provincia desde el 16 de marzo de 2023. En materia de violencia, su artículo 72 habilita la promoción de un juicio sumarísimo cuando una persona dependiente resulta víctima de acoso en el entorno laboral.
La norma contempla la violencia, el acoso o cualquier comportamiento que busque provocar, directa o indirectamente, daño físico, psicológico o moral. Este puede manifestarse como amenaza o acción consumada, ejercida por superiores jerárquicos, colegas del mismo rango o personas de menor jerarquía.
Las actuaciones deben regirse por los principios de celeridad, reserva, confidencialidad, autonomía, gratuidad y no revictimización. Las denuncias pueden presentarse por medios digitales, electrónicos, telefónicos o cualquier otra vía disponible.
La Ley N° 5631 es única en el país, ya que permite la litigación remota e incorpora un capítulo específico sobre violencia laboral.
Durante el primer semestre de 2025, el fuero Laboral recibió 1.810 expedientes nuevos. En ese mismo período se dictaron 2.187 sentencias que pusieron fin a causas y se realizaron 1.825 audiencias, entre conciliaciones y vistas de causa.
La información forma parte del relevamiento semestral realizado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
El fuero Laboral provincial está compuesto por una Cámara del Trabajo en Viedma, dos en Roca, otras dos en Bariloche y una en Cipolletti. Todas administran sus causas mediante el modelo de Oficinas de Tramitación Integral, que separa las funciones jurisdiccionales de las administrativas. Estas oficinas gestionan tareas como ejecuciones de sentencias, homologaciones, liquidaciones, transferencias y pagos, entre otras.