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Río Negro

Aprueban regular el pago de deudas por multas a empleadores

Está destinado a la cancelación de multas aplicadas y planes de pago incumplidos hasta el primero de junio de 2016.

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El Parlamento rionegrino aprobó la creación de un régimen de facilidades de pago para el recupero de importes provenientes de multas por incumplimiento de la normativa de empleo vigente. El proyecto presentado por el Poder Ejecutivo provincial, fue votado en única vuelta por mayoría.

Con la presencia en el recinto del secretario de Trabajo, Lucas Picca, el legislador Rodolfo Cufré (JSRN) explicó que se trata de una moratoria por única vez para que puedan acogerse las empresas interesadas.

Explicó que el cambio de las condiciones socio económicas nivel nacional, provoca que muchos incumplimientos a la legislación por los empleadores se deba a razones de imposibilidad real, generando posteriormente incumplimientos del pago de las sanciones tipificadas y cuantificadas legalmente y que aplica la Secretaría de Trabajo, lo cual provoca un cúmulo de fondos a cobrar por parte de ese organismo.

“De hecho, muchos empleadores han manifestado su imposibilidad de cumplir con el pago de multas, peticionando el acompañamiento del Estado para determinar y aplicar nuevos sistemas o prácticas que los liberen de recaer en otros incumplimientos que a su vez generan nuevas sanciones”.

Para ello, afirmó que es necesario que el Estado disponga de herramientas que le posibiliten interactuar, no sólo a través del ofrecimiento de ayuda, como subsidios o planes sociales, sino redistribuyendo y exigiendo el aporte de los propios actores del mundo del trabajo, para fortalecer a aquellos del propio sector que lo necesiten.

En este marco, sostuvo que es conveniente dotar al Organismo de herramientas para redireccionar los fondos de las sanciones, implementando un régimen de facilidades de pago que incluya posibilidad de moratoria, quitas, adecuaciones y acuerdos, sin comprometer el patrimonio y/o continuidad del empleador que pueda en su caso alterar o degradar los intereses, derechos y fuentes de trabajo existentes.

Destacó además el rol que tendrá la Secretaría de Trabajo como autoridad de aplicación, que va a ser la encargada de determinar en qué casos y de qué manera se aplica la moratoria para las distintas empresas.

La propuesta estipula que las facilidades no estarán destinadas a los empleadores que hayan incurrido en las faltas tipificadas en la ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas y en la Ley de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente.

El bloque del Frente para la Victoria votó de manera negativa, aludiendo a la falta de conocimiento de las empresas que serían beneficiadas

El legislador Marcelo Mango afirmó que “esperamos que se trate de una mala herramienta de coyuntura y que esta ley no venga a instaurar una nueva relación legal e institucional en la provincia de Río Negro”.

Asimismo, se preguntó cuál es el mensaje que deja esta norma para los empresarios que cumplen y también para los que no cumplen, y cuestionó si el Estado puede premiar a los que debiera sancionar.

Nicolás Rochás, por su parte, coincidió con Mango en que esta propuesta es mala y peligrosa, y agregó que no se trata de temas tributarios, sino de la exención de multas por infracciones cometidas por precarización laboral.

En tanto, el oficialismo defendió la medida aludiendo a que la ley busca favorecer mayormente a las PYMES y mantener las fuentes de trabajo. Entre el pago de mulas y el pago de salarios, que opten por lo segundo.

Expropiaciones

Además, la Legislatura avaló en primera instancia la expropiación de inmuebles ubicados en la ciudad de Cervantes, que serán destinados a satisfacer necesidades sociales de acceso a la vivienda. El sujeto expropiante es la municipalidad de Cervantes.

El legislador Ariel Rivero (FpV) solicitó el acompañamiento a la iniciativa ante la importancia de dichas tierras para el desarrollo habitacional y urbanístico de la localidad. Actualmente está en cuestionamiento el cumplimiento de los plazos estipulados en la ley A Nº 1015, lo que pone en riego la finalización de un plan de 43 viviendas del Programa Habitacional Federal Techo Digno y otras inversiones estatales realizadas en cumplimiento de la finalidad pública, por lo cual resulta necesario, ante el requerimiento del Concejo Municipal de Cervantes, la sanción de una nueva ley.

De la misma manera, aprobó la iniciativa para declarar de utilidad pública y sujetas a expropiación dos parcelas ubicadas en San Carlos de Bariloche. La iniciativa del Poder Ejecutivo designa como sujeto expropiante a la Provincia, la que destinará los bienes a la construcción de un nuevo establecimiento penal para esta localidad.

La legisladora Arabela Carreras (JSRN) explicó que la actual cárcel presenta muchas dificultades y es la menos favorecida de la provincia. Detalló que la misma funciona en un edificio que fue construido par que funcione un hogar de ancianos y cuenta con tan sólo 5 mil metros cuadrados.

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Judiciales

Más de 100 causas de Defensa del Consumidor ingresaron solo al fuero Civil en lo que va de 2025

Este tipo de expedientes suele requerir la realización de audiencias orales, instancias de conciliación y, en muchos casos, la emisión de sentencias definitivas o la homologación de acuerdos.

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En los primeros 6 meses del año, los Juzgados y unidades jurisdiccionales Civiles tramitaron 108 causas por denuncias de Defensa del Consumidor. Este tipo de expedientes suele requerir la realización de audiencias orales, instancias de conciliación y, en muchos casos, la emisión de sentencias definitivas o la homologación de acuerdos alcanzados entre las partes. Es una de las vías de ingreso, aunque no la única, de temas de consumo.

El fuero civil provincial cuenta actualmente con 16 organismos distribuidos en 8 ciudades: Viedma, San Antonio Oeste, Roca, Villa Regina, Choele Choel, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti. Desde estos organismos se tramitan procesos que van desde reclamos de consumidores hasta sucesiones, daños y perjuicios, ejecuciones y amparos, entre otros.

Existen otros organismos que también reciben denuncias de las y los consumidores como por ejemplo los juzgados de Paz, algunas oficinas municipales y las áreas de Defensa del Consumidor del poder Ejecutivo.

En el Poder Judicial de Río Negro, durante el primer semestre de 2025, el fuero Civil recibió 3.056 causas nuevas. En ese mismo período, dictó 2.213 sentencias que pusieron fin a los procesos, lo que refleja un alto nivel de resolución de expedientes. Entre los tipos de procesos más frecuentes se destacan las sucesiones intestadas (953 casos, 30% del total), los reclamos por daños y perjuicios (395) y los procesos ejecutivos (379), además de las denuncias de Defensa del Consumidor.

La Ley 24.240 establece los derechos de los consumidores y las obligaciones de los proveedores en las relaciones de consumo. Una relación de consumo es un vínculo que se establece entre el proveedor de un bien o servicio y el consumidor o usuario del mismo. Incluye el antes, durante y después de la compra del producto o contratación del servicio.

Esta norma garantiza que las personas tengan derecho a recibir información cierta, clara y detallada sobre los productos o servicios, a ser tratadas de manera digna y equitativa, a obtener comprobantes de las operaciones y a contar con bienes y servicios que no representen riesgos para su salud o seguridad.

También regula aspectos clave como las garantías legales, los plazos de entrega, las condiciones de las compras por internet y la calidad en la prestación de servicios públicos esenciales.

La información estadística del fuero Civil forma parte de los informes semestrales realizados por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia. Las estadísticas permiten optimizar la toma de decisiones al apuntalar determinados fueros u organismos de acuerdo a la carga de trabajo.

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Política

«Un país no se construye abandonando las universidades y la salud»

Weretilneck habló tras los nuevos vetos de Milei a las leyes aprobadas en el Congreso y aseguró que no hubo ningún llamado del presidente.

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El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, cuestionó con firmeza los vetos del presidente Javier Milei a leyes claves para el financiamiento de la educación, la salud pública y las provincias. Anticipó que en el Congreso se rechazarán estas decisiones. «Un país no se construye abandonando a las universidades, quitándole la salud a los niños y negándole a las provincias los recursos que les corresponden. Eso no es federalismo, es un castigo injusto», afirmó.

El mandatario provincial remarcó que los vetos dejaron sin efecto normas votadas por amplia mayoría en el Congreso: la ley de financiamiento universitario, la emergencia pediátrica y la redistribución automática de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN). «Estamos hablando de derechos básicos: educación, salud y federalismo. No de privilegios», enfatizó.

En relación a los ATN, explicó que «son fondos que se descuentan de la coparticipación, es decir, de los impuestos que nos pertenecen a las provincias. No pedimos nada más que lo que corresponde: esos recursos son de los rionegrinos y deben volver en obras, en escuelas, en hospitales y en servicios para nuestra gente».

En diálogo con LU19, Weretilneck también advirtió que «no hubo ninguna convocatoria institucional a las provincias» por parte del Gobierno Nacional. «El diálogo que existió fue partidario, con gobernadores aliados a La Libertad Avanza. Exigimos un ámbito federal serio, con temario claro, donde estemos todas las provincias, no un encuentro político a puertas cerradas», sostuvo.

Finalmente, fue categórico. «Río Negro no se va a quedar en silencio frente a estas decisiones. Vamos a defender en el Congreso lo que corresponde a nuestra gente. Porque la defensa nace acá, en cada provincia, en cada universidad, en cada hospital que necesita recursos para seguir de pie», concluyó.

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Judiciales

Estuvo varado más de 12 horas sin agua ni asistencia: Condenan a empresa de transporte por trato indigno

El colectivo se quedó sin combustible a pocos kilómetros de Chimpay.

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Un hombre que viajaba desde Cipolletti hacia Sierra Grande quedó varado en la ruta, sin agua ni comunicación, cuando el colectivo de larga distancia en el que se trasladaba se detuvo por falta de combustible a pocos kilómetros de la localidad de Chimpay. Horas más tarde, al retomar el viaje en otra unidad, el colectivo no se detuvo en el parador correspondiente y, luego de una discusión con los choferes, la persona fue obligada a descender a la intemperie, sin su equipaje.

Tras varios intentos administrativos para obtener una compensación por parte de la empresa Autotransportes Andesmar S.A., y al no lograrlo, el cliente inició una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Sierra Grande.

En el fallo se explicó que el hombre abordó el colectivo interno 5295 a las 10 de la mañana, una hora después del horario estipulado. Hacia el mediodía, a unos 15 kilómetros de Chimpay, la unidad se detuvo por falta de combustible. Las personas pasajeras permanecieron en el lugar hasta que personal policial y de bomberos organizó traslados particulares hacia la terminal de esa localidad. Recién a las 22 horas llegó otra unidad para continuar el viaje.

Durante la madrugada siguiente, ya en las proximidades de Sierra Grande, el colectivo pasó de largo por el lugar donde la persona solía descender. Al pedir que se detuviera, el chofer la insultó y se negó a retroceder. Un segundo conductor, que no se encontraba de servicio, intervino en la discusión. Según el relato, descendió del vehículo con el torso descubierto y un cinturón en la mano, y obligó al pasajero a bajar, lejos de su destino y sin su valija.

Frente a esta situación, presentó reclamos ante Defensa del Consumidor de San Antonio Oeste y Sierra Grande. La empresa negó los hechos denunciados y ofreció una suma compensatoria que fue rechazada por el cliente. Luego, las partes intentaron una instancia de mediación, sin resultados.

En su análisis, la jueza de Paz sostuvo que existió una relación de consumo encuadrada en la Ley 24.240 y en el Código Civil y Comercial. Señaló que el proveedor debe garantizar información clara, trato digno y cumplimiento del servicio contratado. También indicó que, ante la existencia de dudas, corresponde interpretar el contrato de manera más favorable a la persona usuaria.

El fallo consideró acreditada la situación de vulnerabilidad de la parte actora y concluyó que el accionar de la empresa vulneró los derechos protegidos por la normativa vigente. Además del daño material, el juzgado identificó una afectación moral relacionada con la angustia, el maltrato sufrido y la pérdida del equipaje.

La sentencia también impuso un resarcimiento en concepto de daño punitivo, al considerar que la empresa ignoró los distintos reclamos administrativos y obligó a la persona afectada a acudir al Poder Judicial para resolver el conflicto.

Finalmente, la magistrada condenó a la empresa Andesmar a pagar, en concepto de daño directo, la suma de $1.400.000; en concepto de daño extrapatrimonial, $200.000; y en concepto de daño punitivo, $200.000, más intereses.

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