Sociedad
Presentaron el satélite construido por INVAP
Será puesto en órbita para producir imágenes para el agro y la gestión de emergencias.
Se realizó oficialmente ayer (9/08) la presentación del SAOCOM 1A, un nuevo satélite desarrollado por la empresa estatal rionegrina INVAP, en conjunto con la CONAE y otros organismos, que ya se encuentra en California y será puesto en órbita a fines de septiembre. El mismo producirá imágenes para el agro y la gestión de emergencias, entre otras aplicaciones.
El acto fue encabezado en la Ciudad de Buenos Aires por el presidente de la Nación, Mauricio Macri, acompañado por el ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, Lino Barañao; el gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck y el director Ejecutivo y Técnico de la Comisión Nacional de Actividades Espaciales -CONAE-, Raúl Kulichevsky.
Sobre el nuevo satélite construido en San Carlos de Bariloche, el gobernador Weretilneck enfatizó que “se trata de un satélite de observación de la tierra, lo cual nos va a permitir y prever catástrofes, incendios e inundaciones y relacionar la información sobre agricultura y ganadería. Esto es clave para la provincia y el país y además nos llena de orgullo por el prestigio y la importancia que tiene para Río Negro tener una empresa como INVAP, con nuestro técnicos y científicos que son capaces junto a otros profesionales del resto del país, de producir esto; somos uno de los siete países capaces de fabricar un satélite y ponerlo en órbita”.
En este marco, destacó el rol del Estado. “Es fundamental que una empresa como INVAP forme parte del Estado rionegrino. Nos llena de orgullo poder demostrar que el Estado también puede ser eficiente y tener modelos de empresa distintos que genere este tipo de resultados. El compromiso es tratar de conseguir contratos a INVAP, también del sector privado, para poder enlazar a esta empresa con otros países de América Latina y del mundo”, completó.

En tanto, Macri destacó “este satélite es el fruto del trabajo entre el sector público y el sector privado. Es una nueva demostración de que cuando trabajamos juntos para alcanzar una meta, somos capaces de alcanzar todos los objetivos que nos proponemos”.
Durante el acto, se rindió homenaje al ex director Ejecutivo y Técnico de la CONEA, Conrado Varotto. “Es uno de nuestros héroes que se jubiló hace poco, después de casi 50 años y siempre al servicio del desarrollo espacial argentina: fundó el INVAP y durante más de 20 años dirigió la CONAE, con la que lanzó 4 satélites al espacio, y este sería el quinto, generando un increíble legado”, destacó Macri.
Enmarcado en el Plan Espacial Nacional, el SAOCOM 1A se lanzará en septiembre desde la Base Vandenberg, en California, Estados Unidos, con un lanzador Falcon 9 de la empresa SPACEX.
Un satélite clave
El satélite fue desarrollado y construido por la CONAE, INVAP y otros organismos como INVAP, VENG y la Comisión Nacional de Energía Atómica (CNEA), con participación de empresas de tecnología e instituciones del sistema científico-tecnológico del país y la colaboración del país y la colaboración de la Agencia Espacial Italiana (ASI).
El proyecto se inició en 2007, dando comienzo a la construcción del satélite en 2010, finalizada en 2018 y fue llevada a cabo en distintos puntos del país: Río Negro, Ciudad de Buenos y Córdoba.
La nueva misión espacial argentina consiste en la constelación SAOCOM 1, compuesta por dos satélites idénticos, especialmente diseñados para proveer información en cualquier condición meteorológica tanto de día como de noche y prevenir, monitorear, mitigar y evaluar catástrofes naturales o antrópicas; también para aplicaciones hidrológicas, costeras y oceánicas; aplicaciones en nieve, hielo y glaciares; en estudios urbanos, de seguridad y defensa y entre otras áreas de interés productivo.
Con los satélites de observación SAOCOM 1, Argentina completará el Sistema Ítalo Argentino de Satélites para la Gestión de Emergencias (SIASGE), que resulta de la cooperación entre la CONAE y la ASI, al que además pertenece una constelación de cuatro satélites italianos COSMO-SkyMed. Este sistema así constituido, es único en el mundo.
Cultura
La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026
Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.
Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.
El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.
La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.
El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.
Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.
Roca
Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites
Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.
Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.
También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.
Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.
Judiciales
Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital
La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.
Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.
La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.
En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.
El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.
En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.
En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.
En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.
Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.
Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.
Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.
Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.





