Seguinos

Río Negro

La Defensoría del Pueblo rechaza cualquier aumento tarifario pretendido por EdERSA

Además solicita la intervención del Estado en la distribuidora privada.

el

La Defensoría del Pueblo participó en la audiencia pública convocada por el EPRE ante la pretensión de EdERSA de que se actualicen sus costos operativos. Para ello se tuvieron en cuenta las actuaciones que durante estos últimos años se tramitaron en el organismo de control por irregularidades en la prestación del servicio que presta EdERSA, entre los cuales se citaron: falta de inversiones, cortes de luz constantes causados por inclemencias climáticas mínimas, falta de reparación y/o cambio de postes de línea, subas y bajas diarias de tensión eléctrica como lo que sufrieron localidades como Chichinales y Valle Azul, incumplimientos por ejecución de obras, reclamos por roturas de artefactos como consecuencias de diferencias de tensión, cortes en el suministro del servicio eléctrico que han afectado regiones enteras como la zona andina en julio de 2017 o el Alto Valle en febrero de 2018, cortes superiores en cantidad y tiempo a los límites establecidos por el Contrato de Concesión, errores en la facturación, entre otros.

Se consideraron además las sanciones económicas aplicadas por el EPRE a la distribuidora en reiteradas oportunidades como por ejemplo la multa de algo más de $55.000.000 por incumplimientos en la calidad del servicio entre septiembre de 2017 y agosto de 2018 que afectó a más de 1700 vecinos de Allen y 5440 de Villa Regina.

«Quedó demostrado que la distribuidora no cumplió con su obligación de realizar las inversiones necesarias que permitan brindar un servicio eficiente. Téngase en cuenta que EdERSA no sólo debe orientar sus acciones a la correcta prestación del servicio, sino a mejorar continuamente la calidad del mismo a través de inversiones, obrando diligentemente. Esto es así porque el contrato de concesión con EdERSA determina en su artículo 25, que una de las obligaciones de la distribuidora, es adoptar las medidas necesarias para asegurar la provisión y disponibilidad de energía eléctrica, a fin de satisfacer la demanda en tiempo oportuno debiendo, a tales efectos, asegurar las fuentes de aprovisionamiento, efectuar las inversiones y realizar el mantenimiento necesario para garantizar los niveles de calidad de servicio», manifestó al respecto la defensora del Pueblo de Río Negro, Adriana Santagati.

«Un aspecto no menos importante que se tuvo en cuenta fue que la concesionaria ha incumplido sus obligaciones con la proveedora de electricidad mayorista CAMMESA, situación que la acreedora ha calificado como ‘distribuidor moroso crónico’, en tanto su calidad de agente prestador del servicio público de distribución con deudas vencidas e impagas acumulada por montos equivalentes o superiores a dos facturaciones mensuales y que resulta en un pasivo de $2.874.860.877,30. Esta situación genera el riesgo de una inminente interrupción de la regularidad del servicio público de abastecimiento de energía en la provincia, en tanto la Resolución emitida por la ex Secretaría de Energía N° 124/2002, imparte la disminución mensual de energía eléctrica por parte de la concesionaria en un 10% en relación a su consumo histórico, hasta tanto se regularice la deuda con CAMMESA, sin perjuicio de las medidas adicionales que la Sociedad Anónima acreedora pudiera adoptar», añadió.

«A todo lo anterior se agrega la negativa sistemática de EdERSA a brindar la información relativa al cumplimiento de sus obligaciones contractuales al Ente Regulador EPRE obstaculizando su función de organismo fiscalizador del servicio público lo que derivó en un pedido de Intervención judicial por parte del Estado Provincial en la medida que la sustentabilidad del sistema de distribución eléctrica se encuentra en grave riesgo no sólo en la disminución del servicio sino de suspensión del mismo», consideró Santagati.

«Se trata de la principal empresa concesionaria del servicio público de distribución de energía eléctrica de la provincia que no realizó las inversiones en infraestructura ni de mantenimiento, que no cumplió con el proveedor mayorista Cammesa con quien acumula una deuda de $2.874.860.877,30; que se ha negado sistemáticamente a facilitar el acceso a la información obstaculizando el desempeño del Ente Regulador provincial y que ahora pretende autorización para aumentar sus tarifas. Se infiere entonces que estamos frente a una empresa que se dedicó a acumular el monto de la facturación mensual generando para sí extraordinarias ganancias», agregó.

Frente a este escenario, la defensora del Pueblo rechazó la pretensión de aplicar cualquier aumento tarifario en la medida ya que no existen motivos que justifiquen su pretensión. Por el contrario, expresó su preocupación por el futuro del servicio público de distribución de energía eléctrica en la provincia que hoy está a cargo de EdERSA, adhirió al pedido de intervención solicitado por el Estado provincial, y espera el informe que realice el interventor veedor y lo que disponga el juez a cargo de la referida causa.

Judiciales

Una historia detrás de un cambio de apellido: cuando la identidad pesa más que el origen

El adolescente aclaró que su intención concreta consistía en llevar el apellido de su padre afín.

el

Un adolescente recurrió al Poder Judicial porque cargaba con un peso invisible: su apellido. Para él, ese nombre en su documento era solo un recordatorio de una ausencia total, lo que le provocaba rechazo y vergüenza.

En la escuela y con sus amigos, todos lo conocen por otro apellido: el de la persona que lo cuidó y lo sostuvo desde que tenía un año y medio. El padre de crianza ocupó el lugar que el progenitor dejó vacío por desinterés.

Aunque su madre ya no es pareja de ese hombre, el vínculo entre ellos permaneció intacto. Él lo acompaña a los actos escolares, lo apoya económicamente y comparte con él vacaciones y festejos familiares.

El fuero de Familia de Villa Regina hizo lugar a la acción iniciada por el adolescente y ordenó la supresión del apellido paterno. También dispuso la rectificación de la partida de nacimiento para que el joven lleve el apellido del hombre que lo crio. Además, ordenó comunicar la decisión al Registro Civil para modificar el acta correspondiente y emitir un nuevo documento nacional de identidad.

Ante una consulta del Juzgado, el adolescente aclaró que su intención concreta consistía en llevar el apellido de su padre afín. Durante el proceso intervino la Defensoría de Menores y se produjo prueba documental, testimonial y pericial psicológica. También se realizaron notificaciones al progenitor biológico, quien no se presentó en ningún momento. La fiscalía y el Registro Civil emitieron dictámenes favorables a la petición.

Los testigos coincidieron en que el joven no se identifica con el apellido paterno y reconoce como padre a quien lo acompañó en su crianza, con quien mantiene una relación cercana. También señalaron que, en ámbitos sociales, escolares y en redes, el adolescente ya utiliza ese apellido.

El fallo recordó que el derecho a la identidad incluye elementos como el nombre, la filiación y la pertenencia social y familiar. El Código Civil y Comercial permite modificar el nombre cuando existen justos motivos, lo que habilita valorar la dimensión dinámica de la identidad personal. En ese marco, la jueza consideró que el abandono del progenitor biológico y la consolidación de un vínculo socioafectivo con el padre de crianza constituyen razones suficientes para apartarse del principio de inmutabilidad del nombre.

También destacó la importancia del interés superior del adolescente y su derecho a ser escuchado. En la audiencia realizada durante el proceso, el joven reafirmó su decisión y explicó que reflexiona sobre el cambio de apellido desde hace años.

A partir de la prueba reunida, el Juzgado concluyó que el uso del apellido paterno genera una afectación en la identidad personal del adolescente y que la modificación solicitada refleja la realidad de sus vínculos familiares y sociales.

Continuar leyendo

Judiciales

Obra social deberá cubrir intervención facial en proceso de transición de género

La rinoplastía feminizante fue considerada parte del proceso de adecuación corporal por el Superior Tribunal de Justicia.

el

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó una sentencia que ordenó garantizar la cobertura integral para una cirugía de rinoplastía feminizante solicitada por una afiliada a una obra social, en el marco de su proceso de adecuación corporal conforme a su identidad de género.

El caso llegó al máximo tribunal provincial a partir de la apelación presentada por la Provincia contra una sentencia de amparo que había reconocido el derecho de la afiliada a acceder a distintas intervenciones vinculadas con su proceso de transición. El recurso cuestionaba únicamente la cobertura de la rinoplastía feminizante.

Al analizar el planteo, el Superior Tribunal señaló que el debate central se vincula con el alcance del derecho a la identidad de género y con la interpretación de la normativa que regula las intervenciones médicas destinadas a adecuar el cuerpo a la identidad autopercibida.

La sentencia recordó que la Ley N° 26.743 de Identidad de Género reconoce ese derecho como un derecho humano fundamental. Establece que las personas mayores de edad pueden acceder a intervenciones quirúrgicas totales o parciales para adecuar su cuerpo, incluida la genitalidad, sin necesidad de autorización judicial o administrativa. Además, la norma dispone que las prestaciones vinculadas con estos tratamientos deben ser garantizadas por los efectores del sistema de salud.

En ese marco, el máximo Tribunal destacó que la reglamentación del artículo 11 de la ley enumera distintas cirugías vinculadas con los procesos de adecuación corporal, pero aclara expresamente que ese listado es de carácter «meramente enunciativo y no taxativo».

Para el Superior Tribunal, este punto resulta determinante para resolver el caso, ya que implica que la cobertura de las intervenciones no se limita exclusivamente a las prácticas detalladas en la reglamentación. En consecuencia, la evaluación de cada pedido debe realizarse considerando el objetivo de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la identidad de género.

La sentencia también analizó la indicación médica incorporada al expediente. Según el informe profesional, la rinoplastía feminizante forma parte del proceso de afirmación de género y se vincula con la necesidad de adecuar ciertos rasgos faciales a la identidad autopercibida, con impacto en el bienestar psicológico y en la calidad de vida.

Desde esa perspectiva, el tribunal señaló que el derecho a la salud debe interpretarse en sentido amplio, conforme al concepto adoptado por la Organización Mundial de la Salud, que comprende el bienestar físico, mental y social de las personas.

El fallo también remarcó que el proceso de adecuación corporal puede involucrar distintas intervenciones que, en conjunto, integran un abordaje médico destinado a armonizar la identidad de género con las características físicas de la persona. Así, confirmó la obligación de cobertura de la obra social.

Continuar leyendo

Agro

Avanza la limpieza de colectores clave para el riego en el Alto Valle

Actualmente ya se completaron 15,5 kilómetros de limpieza, lo que representa un avance cercano al 40% de la intervención prevista.

el

El Gobierno de Río Negro, a través del Departamento Provincial de Aguas (DPA) y junto a los consorcios de riego, avanza con la limpieza de los colectores pluviales de la 6° y 7° zona al norte de Cervantes, Mainqué e Ingeniero Huergo. Los trabajos ya alcanzan un 40% de ejecución sobre un sistema clave para la producción.

Los trabajos son ejecutados por el DPA en conjunto con los consorcios de riego de la región y forman parte de las acciones permanentes de mantenimiento de la infraestructura hídrica que sostiene la producción frutícola del Valle.

Este sistema de colectores cumple una función fundamental en el manejo hídrico de la zona: recolecta y conduce los aportes pluviales desde el sector norte hasta su descarga en el río, permitiendo mantener la napa freática en niveles adecuados para los cultivos y eliminar los excesos de riego.

El conjunto de colectores tiene una extensión aproximada de 40 kilómetros. Actualmente ya se completaron 15,5 kilómetros de limpieza, lo que representa un avance cercano al 40% de la intervención prevista.

El inspector del DPA, Fernando Casares, explicó que «este sistema recolecta y conduce los aportes pluviales de la zona norte hasta su descarga en el río y es fundamental para mantener la freática en niveles adecuados para los cultivos y eliminar los excesos de riego».

Estas tareas se inscriben en el plan permanente de mantenimiento del sistema hídrico provincial, una infraestructura clave para el desarrollo productivo del Alto Valle.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement