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Seguirá detenido el acusado de asesinar a la niña de 3 años en un campo de Los Menucos

En el momento del crimen, era el novio de la madre de la víctima, quien también está imputada y detenida.

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Tras una solicitud de la Fiscalía y la parte querellante ante una jueza de Garantías de Roca, se prorrogó hasta el 7 de marzo de 2021 la prisión preventiva de un hombre que está siendo investigado por la muerte de una niña de tres años, ocurrida en abril pasado el establecimiento rural Las Mochas, ubicado a unos kilómetros de Los Menucos.

En la misma audiencia, a pedido de la Fiscalía, la jueza aceptó prorrogar la investigación preparatoria hasta el 30 de diciembre, plazo dentro del cual deberá concretar su acusación respecto del hombre y de la madre de la niña, quien también se encuentra imputada en el legajo.

El fundamento central de la prórroga de la detención preventiva radica en el temor que manifestaron algunos testigos del caso respecto de posibles acciones del imputado en caso de que recupere la libertad. La medida cautelar responde, así, a evitar cualquier entorpecimiento de la investigación y garantizar a los testigos su derecho a declarar libremente en el futuro juicio oral.

El pasado 20 de noviembre, en otra audiencia, se ampliaron y reformularon los cargos respecto de las dos personas imputadas. Se les atribuyó la presunta coautoría en los delitos de lesiones leves y graves agravadas -en el caso de la mujer, por ser la madre de la niña y en el caso del hombre, por haber sido cometidas con violencia de género-; abandono de persona -agravado por el vínculo en el caso de la madre- y homicidio calificado -por el vínculo, en el caso de la mujer y por femicidio en el caso del hombre-.

De acuerdo con las partes acusadoras, el homicidio de la niña se produjo en un extendido marco de violencia de género y de “maltrato infantil, continuo y sistemático contra la víctima”.

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Una mujer tropezó y se fracturó por el mal estado de una vereda: Condenan al municipio por falta de mantenimiento y señalización

La caída le provocó una fractura en el quinto metatarsiano del pie izquierdo, lo que derivó en un tratamiento médico prolongado que afectó su movilidad.

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Foto: Ilustrativa (Archivo)

Una mujer sufrió una fractura en el pie izquierdo luego de tropezar sobre una vereda en mal estado en Chichinales. El hecho ocurrió cuando la víctima de 63 años salía de un acto en la Escuela N° 38 de esa localidad. La caída le provocó una fractura en el quinto metatarsiano del pie izquierdo, lo que derivó en un tratamiento médico prolongado que afectó su movilidad. En esas circunstancias presentó una demanda contra el Poder Ejecutivo por daños y perjuicios.

A pesar de los argumentos que esgrimió la defensa, el fuero Contencioso Administrativo de la Segunda Circunscripción con asiento en Roca condenó al Municipio. Ordenó indemnizar a la mujer con una suma que incluye gastos médicos, daño moral y la incapacidad sobreviniente.

En su demanda, la damnificada argumentó que el deterioro de la vereda, la falta de señalización y la escasa iluminación del sector fueron determinantes en el accidente. Además, señaló que el municipio es responsable del mantenimiento de los espacios públicos y que su omisión en la reparación del sendero constituyó una falta de servicio. Solicitó una indemnización de $984.358,72 en concepto de gastos médicos, traslado, incapacidad, daño moral y daño a la integridad física.

La Municipalidad de Chichinales negó los hechos y cuestionó la versión de la adulta mayor. En su defensa, sostuvo que el sendero en cuestión estaba en condiciones aceptables y que, en todo caso, la responsabilidad recaía en el Ministerio de Educación de Río Negro, como frentista del establecimiento educativo. Solicitó la citación del Estado provincial como tercero en el proceso.

Sin embargo, el fallo determinó que el Municipio incumplió su deber de mantenimiento y conservación de la vereda, lo que configuró una falta de servicio. Testigos confirmaron que la vereda presentaba baldosas sueltas, pozos y desniveles desde hacía años. Un peritaje corroboró que la zona carecía de iluminación adecuada y que el sendero no estaba en condiciones seguras para el tránsito peatonal. También se constató que la mujer sufrió una incapacidad parcial y definitiva del 6%, lo que afectó su calidad de vida.

En cuanto a la responsabilidad del Estado provincial, el Poder Judicial de Río Negro rechazó su citación. Consideró que el municipio tenía plena competencia en el control y fiscalización de las veredas. Además, se desestimó la cobertura de la aseguradora Horizonte Seguros, ya que las pólizas contratadas por el Ministerio de Educación no contemplaban la reparación de este tipo de siniestros.

Como consecuencia del fallo, la municipalidad de Chichinales deberá abonar a la mujer una indemnización que incluye $45.000 en concepto de gastos médicos y traslado, $1.954.225,88 por daño físico y $2.000.000 por daño moral. A estas sumas se les aplicarán intereses desde la fecha del hecho hasta el pago efectivo.

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Caso Valentín: Imputaron por homicidio culposo al anestesista

El hecho ocurrió en julio pasado en el Sanatorio Juan XXIII de Roca. La víctima tenía 4 años.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a un médico anestesiólogo de 45 años por el delito de homicidio culposo. El hecho ocurrió en julio del año pasado en el Sanatorio Juan XXIII de General Roca.

Según la acusación fiscal, fue «entre el 11 de julio a las 8.28 hasta el 18 de julio a las 14.14, durante el tratamiento quirúrgico programado -de hernia diafragmática-, a Valentín, un niño de 4 años».

«En esa oportunidad, el imputado, por su impericia y negligencia por no tomar en cuenta la rigurosidad debida que indica el protocolo de actuación, habría causado la muerte del pequeño, a raíz de una encefalopatía hipóxico isquémica, ocurrida durante la cirugía programada». Ello «atento a que habría omitido vigilar y prestar atención anestésica en forma continua», detalló el equipo fiscal,

«Durante la cirugía se pudo observar registros anormales, que duraron alrededor de 10 minutos, teniendo como resultado una taquicardia. Esto habría generado en el menor una hipoxia, la cual debió ser advertida por el médico anestesiólogo atento a su rol», agregaron. Finalmente, Valentín sufrió muerte encefálica y falleció el 18 de julio.

La calificación legal determinada por la Fiscalía, a la que adhirió la querella y la defensa particular no tuvo oposición, es la de homicidio culposo, según los Artículos 45 y 84 del Código Penal.

Entre la evidencia mencionada para esta instancia se encuentra la denuncia penal realizada por la madre de la víctima, la historia clínica del Sanatorio Juan XXIII, los estudios realizados, el diagnóstico, los libros de quirófano y de anestesia, y el reporte del Gabinete de Criminalística, donde constan las actuaciones realizadas en el allanamiento efectuado en el centro privado de salud.

Se agregan a la prueba el informe de autopsia realizada por el Cuerpo de Investigación Forense, las entrevistas realizadas en sede fiscal a personal del Sanatorio y la pericia toxicológica realizada por el Laboratorio Regional Forense con sede en Chubut, que determinó que no se encontraron sustancias toxicológicas en el pequeño.

Además se cuenta con la ampliación de la pericia donde intervinieron médicos de parte en función a puntos de pericia específicos definidos para determinar responsabilidades respecto de diversos aspectos como el control de la función respiratoria, utilización del monitor multiparamétrico, y la ocurrencia o no de una hipoxia.

La querella, representando a la familia de la víctima, adhirió a los hechos, la calificación legal y a la evidencia. El defensor particular, en tanto, no se opuso a lo expresado por las partes.

Finalmente, la jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos tal lo realizado por el Ministerio Público Fiscal fijando un plazo de cuatro meses de investigación preliminar preparatoria.

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Extraditaron a un roquense que estaría involucrado en el crimen de dos adolescentes en Florencio Varela

El hombre de 36 años será trasladado en calidad de detenido a la provincia de Buenos Aires.

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Este mediodía (18/02), se resolvió el pedido de extradición de un hombre de 36 años, con domicilio en General Roca, a favor del Juzgado de Garantías N° 8 del Departamento Judicial de Quilmes, con sede en Florencio Varela, Provincia de Buenos Aires. De esta manera, el acusado será trasladado en calidad de detenido en el marco de un legajo en el que se investiga el delito de «homicidio criminis causa y encubrimiento agravado» en esa jurisdicción. El caso generó muchísima conmoción en la zona sur bonaerense, donde resultaron asesinados Paloma Gallardo, de 16 años, y Josué Salvatierra, de 14.

El equipo fiscal de turno de General Roca detalló, además, que los elementos secuestrados en el marco de los allanamientos requeridos por dicho Juzgado, también sean remitidos a Florencio Varela.

«El pasado el 16 de febrero, tras la investigación que lleva adelante la Fiscalía UFI N°1 descentralizada de Varela se ordena la detención del hoy imputado. Asimismo solicitaron autorización para que la comisión policial enviada realice las pesquisas consideradas, y concretaron un rastreo en tiempo real por parte del Departamento de Ciberdelincuencia de Buenos Aires», detalló la Fiscalía.

«Por ello es que el juez de la Provincia de Buenos Aires ha requerido que se autorice el traslado del hombre hasta Florencio Varela, junto a los secuestros. Quedando todo a disposición del Juzgado mencionado», solicitó el fiscal.

El hombre estuvo asistido en esta audiencia por la defensa penal pública, que no tuvo oposición a que sea constatado el estado de salud del imputado por parte del Cuerpo de Investigación Forense antes de su partida.

La jueza de Garantías interviniente resolvió en pos de ello, y de esta manera el traslado se concretará en breve.

Lo que se sabe del caso hasta ahora

Paloma Gallardo, de 16 años, y Josué Salvatierra, de 14, eran intensamente buscados desde el 30 de enero pasado, cuando desaparecieron en la localidad bonaerense de Florencio Varela. Sus cuerpos fueron hallados la semana pasada en un descampado cercano al puente de Bosques. Los vio una persona que dio aviso a la Policía Bonaerense.

El sitio queda a pocos minutos a pie de las casas de ambas víctimas, quienes asistían a la misma escuela.

La autopsia determinó que ambos fueron asesinados con repetidos golpes en la cabeza hechos con una piedra, no fueron atados y a Paloma no la agredieron sexualmente.

En la escena del crimen, los peritos notaron la presencia de «una piedra tipo asfáltica bastante pesada, manchada con sangre«, por lo que deducen que fue el elemento con el que les causaron la muerte. También hallaron una botella con restos hemáticos en la base.

¿Por qué hay un roquense detenido acusado del hecho?

El fin de semana, una comisión de la Policía Federal viajó a Río Negro, debido a que detectaron que el celular del adolescente Salvatierra se activó con otra línea en General Roca, que pertenece al hoy imputado. La activación ocurrió el 11 de febrero.

La versión que dio el acusado no conformó a los investigadores. Dijo que lo había reparado en su local, en agosto pasado, y que no lo usó hasta el día que lo prendió.

El aparato, un Samsung A2, que fue secuestrado en su poder, tenía el mismo IMEI (Identidad Internacional de Equipo Móvil) que el del joven asesinado de 14 años. No obstante, podría haber sido clonado.

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