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Sociedad

Convirtieron en ley dos iniciativas para combatir el cambio climático en Río Negro

Buscan regular la intervención de la Provincia en la reducción de la emisión de gases de efecto invernadero a partir de la adopción de medidas frente al cambio climático.

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La Legislatura de Río Negro, tras su tratamiento en doble vuelta, convirtió en ley ayer (25/11) por unanimidad dos proyectos enviados por la gobernadora Arabela Carreras, que buscan regular la intervención de la Provincia en la reducción de la emisión de gases de efecto invernadero a partir de la adopción de medidas frente al cambio climático.

Se trata del proyecto de Etiquetado Edilicio para inmuebles existentes o futuros y el que establece un Marco Regulatorio y de Fomento para la Movilidad Sostenible, los cuales fueron aprobados sin modificaciones por la Legislatura Provincial en la sesión realizada este viernes.

Las iniciativas fueron tratadas inicialmente a principios de octubre, donde se destacó que fueron proyectos que se gestaron y debatieron en un espacio plural como la Mesa Interministerial e Interjurisdiccionales de Eficiencia Energética de la Provincia de Río Negro (MEE).

Un órgano consultor coordinado por la Secretaría de Energía provincial, que también posee integrantes académicos y del sector privado con el fin de concertar políticas públicas energéticas con una mirada amplia y abarcativa.

La secretaria de Energía, Andrea Confini, valoró el tratamiento legislativo y destacó además que ambas iniciativas hayan sido discutidas en la previa en un ámbito plural y con una representación tan variada.

“Es muy importante que podamos preparar iniciativas de estas características en el marco de un proceso de transición energética como el que estamos viviendo”. “Por eso trabajamos en generar marcos regulatorios que puedan acompañar este proceso. Sabemos que la implementación de estas políticas se realizará de forma progresiva, para lo cual es necesario procurar desde el Estado la generación de instancias de articulación para que puedan vincularse entre sí las diferentes acciones sectoriales”, reflexionó.

“Nuestra gobernadora Arabela Carreras y las personas que estamos relacionadas con el ámbito energético lo entendemos de esta manera. Son acciones pensadas para implementarse gradualmente y que se necesita que es estén contenidas dentro de un marco y como políticas de Estado. De esa manera podremos acompañar el desarrollo de las nuevas tecnologías tanto en lo que se refiere a la electromovilidad como en las diferentes maneras de alcanzar la eficiencia energética en las metodologías de construcción”, añadió.

Etiquetado edilicio

Consiste en fijar un procedimiento para la evaluación, caracterización e identificación del nivel de eficiencia energética de inmuebles existentes o en proyecto de construcción, sean públicos o privados, a fin de clasificarlos según su grado de eficiencia en el consumo global de energía primaria que se encuentra relacionado con su uso.

Se instrumentará mediante la aplicación de una Etiqueta de Eficiencia Energética de Inmuebles cuyo formato, requisitos y procedimientos para la obtención, así como su vigencia, será establecida por vía reglamentaria.

Esta herramienta estará vinculada a un Índice de Prestación Energética (IPE), que es la cantidad estimada de energía primaria que demandaría la normal utilización de un inmueble durante un año y por metro cuadrado, satisfaciendo las necesidades asociadas únicamente a calefacción invernal, climatización estival y agua caliente sanitaria e iluminación, según niveles de confort establecidos por las mejores prácticas vigentes y estándares internacionales.

A rasgos generales, al igual que en los electrodomésticos, la clasificación del nivel de eficiencia energética alcanzado estará expresado en letras (con siete categorías), donde la letra A representará valores de IPE más bajos o mayor nivel de eficiencia, y la letra G valores de IPE más altos o menor nivel de eficiencia energética.

Además de los beneficios derivados de los ahorros en el consumo energético, aquellos inmuebles que promuevan inversiones que lo posicionen en los grados más elevados de la categorización, contarán con bonificaciones en el impuesto Inmobiliario, lo cual será determinado en la reglamentación de la normativa.

Movilidad Sostenible

El Marco Regulatorio y de Fomento para la Movilidad Sostenible aspira a incidir en el proceso de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, sean ellos directos o indirectos, provenientes del sector del transporte de cargas y pasajeros.

Este instrumento es necesario para establecer un contexto que direccione y promueva la transición del transporte basado en el uso de recursos no renovables (combustibles fósiles) hacia tecnologías basadas en el uso de energía eléctrica, celdas de combustible (hidrógeno), GLP o cualquier desarrollo futuro que pueda relacionarse con el uso sostenible del transporte de cargas y de pasajeros.

Cultura

La Feria del Libro de Roca confirmó nuevas figuras nacionales para su edición 2026

Juan Solá, Luis Pescetti, Gonzalo Heredia, Felipe Pigna y Pedro Saborido son algunos de los invitados confirmados.

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Del 1 al 4 de octubre, el Predio Ferial Municipal, ubicado en calle Cerro Tronador 260, será escenario de la 8° Feria del Libro de General Roca, organizada por el Municipio. Bajo el lema Leer entre bardas, la propuesta reunirá a escritores, periodistas, historiadores, artistas y referentes de distintos ámbitos culturales, con entrada libre y gratuita.

Entre los invitados confirmados para la primera jornada, el jueves 1 de octubre, estarán el escritor y guionista Juan Solá, quien brindará un taller destinado a estudiantes de escuelas secundarias; el escritor, músico y cantante Luis Pescetti, con un espectáculo para toda la familia; y el actor y escritor Gonzalo Heredia, que presentará su tercera novela, Extranjera.

El viernes 2 de octubre será el turno de la escritora, abogada y activista feminista Lala Pasquinelli, quien presentará los libros Estafa de la feminidad y Maternidad ¿deseo o mandato?. Ese mismo día también participará la periodista y escritora María O’Donnell, con su obra Montoneros, una historia visual.

La programación continuará el sábado 3 de octubre con el psicólogo Marcelo Rocha, la escritora Viviana Rivero y el guionista y escritor Pedro Saborido, quien presentará Una historia de la felicidad.

El cierre, el domingo 4 de octubre, tendrá como protagonistas a la psicóloga especializada en reinvenciones laborales Claudina Kutnowski, con Inteligencia laboral, y al historiador Felipe Pigna, que presentará 76: Crónica de un año que cambió nuestra historia para siempre.

Además de las presentaciones de libros, la feria ofrecerá exposiciones, charlas, talleres y actividades para todas las edades. El Municipio informó que en los próximos días dará a conocer la programación completa.

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Roca

Cierra por reformas una delegación del Registro Civil en Roca: Dónde realizar los trámites

Los vecinos podrán realizar sus trámites en otras sedes habilitadas de la ciudad durante el período de obras.

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La Delegación 2° del Registro Civil de General Roca, ubicada en calle Neuquén 1459, permanecerá cerrada hasta el próximo 7 de agosto inclusive debido a la realización de trabajos de reparación y mejoras edilicias.

Mientras duren las obras, la atención al público será trasladada a la Delegación 1° Hospital, ubicada en avenida Roca y Palacios. Además, quienes necesiten realizar consultas podrán comunicarse al correo electrónico delegacion2550@gmail.com.

También continuará brindando atención la Delegación General Roca 5° Barrio Nuevo, ubicada en San Juan 2833, con consultas al correo delegroca2981@gmail.com.

Por otra parte, el Gobierno de Río Negro informó que los trámites de Documento Nacional de Identidad (DNI) y Pasaporte seguirán realizándose con normalidad en la Delegación General Roca CDR, ubicada en Hipólito Yrigoyen 391.

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Judiciales

Préstamos online: Qué valor tiene un contrato sin firma digital

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

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¿Qué pasa si una persona toma un préstamo online sin firma digital? El fuero Civil de Cipolletti analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

Las decisiones surgieron en varios expedientes tramitados en Cipolletti. En esos casos, las empresas invocaron contratos celebrados a distancia, a través de plataformas digitales. Luego pidieron la preparación de la vía ejecutiva para reclamar supuestos saldos impagos. Los fallos rechazaron esas presentaciones porque la documentación acompañada no contenía firma manuscrita ni firma digital de las personas reclamadas.

La preparación de la vía ejecutiva no es todavía una ejecución. Es un trámite previo que busca transformar un documento en un título ejecutivo. Con ese título, luego sí, la parte que reclama puede iniciar un proceso más rápido para cobrar la deuda. Ese proceso puede habilitar medidas sobre el patrimonio de la persona reclamada, como embargos sobre cuentas, ingresos o bienes, siempre que el documento tenga fuerza suficiente según la ley.

En el esquema tradicional, la empresa acompaña un contrato con firma ológrafa. En ese caso, se cita a la persona reclamada para que reconozca o desconozca la firma atribuida en el documento. Si la persona no la reconoce, el trámite puede avanzar con una pericia caligráfica. Ese mecanismo parte de un dato material: existe una firma que puede ser reconocida o sometida a análisis técnico.

El problema en los contratos online examinados fue distinto. Los documentos no tenían firma manuscrita ni firma digital. Según las presentaciones, la contratación se produjo mediante una plataforma, con validaciones de datos, constancias digitales y remisión de documentación, como una foto del DNI. Para los Juzgados, esos elementos no reemplazaron la firma exigida para habilitar la preparación de la vía ejecutiva.

En las sentencias, las Unidades Jurisdiccionales Civiles de Cipolletti señalaron que no toda contratación electrónica tiene el mismo efecto procesal. Las resoluciones diferenciaron la firma digital de la firma electrónica. La primera fue equiparada por la ley a la firma manuscrita. La segunda puede servir como prueba de una manifestación de voluntad, pero no tiene las mismas presunciones legales.

En los préstamos online, la firma electrónica también puede consistir en una aceptación realizada dentro de una plataforma digital, el uso de una clave, un token, un código enviado por mensaje o correo electrónico, o la confirmación de términos y condiciones mediante una aplicación. A diferencia de la firma digital, no cuenta con un certificado oficial que la equipare automáticamente a la firma manuscrita. Por eso, si una empresa la invoca en un reclamo, debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Ese punto resultó central. Los fallos indicaron que, para habilitar la preparación de la vía ejecutiva, el documento base debe reunir las condiciones de un instrumento privado en los términos del Código Procesal Civil y Comercial. En los casos analizados, los fallos consideraron que las empresas presentaron instrumentos particulares no firmados, cuyo valor probatorio debía evaluarse en otro tipo de proceso, con mayor debate y prueba.

En términos prácticos, el criterio fijó un límite para los reclamos basados solo en constancias digitales: sin firma manuscrita o digital, la empresa no puede acceder directamente a ese trámite más rápido y debe acudir a un proceso con mayor posibilidad de debate y prueba.

Las resoluciones citaron el artículo 288 del Código Civil y Comercial y la Ley de Firma Digital. También recordaron que la firma digital cuenta con una estructura de certificación que permite equipararla a la firma manuscrita. En cambio, cuando se invoca una firma electrónica, la parte que la presenta debe probar su validez, su autoría y su eficacia.

Los fallos aclararon que el rechazo de la preparación de vía ejecutiva no implica una decisión sobre la existencia de las deudas ni sobre su alcance. Tampoco descartaron la validez de las contrataciones electrónicas. Lo que resolvieron fue que esos reclamos, con la documentación presentada, no podían avanzar por ese trámite previo y debían canalizarse por la vía procesal correspondiente.

Para las personas usuarias de servicios financieros digitales, las sentencias ofrecen una pauta concreta: antes de contratar un préstamo online conviene revisar qué tipo de firma se utiliza, qué documentación queda disponible y qué mecanismos de validación respalda la operación.

Por el momento se trata de sentencias de primera instancia que aún no están firmes porque ya fueron apeladas.

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