
El Juzgado de Paz concluyó que no existió intención de provocar daño y desestimó la denuncia por maltrato animal.

El joven había iniciado una acción judicial para suprimir el apellido paterno, pero desistió luego de recomponer el vínculo con su padre durante un proceso terapéutico.

La jueza analizó informes tributarios, habilitaciones comerciales, sociedades, movimientos bancarios y testimonios para determinar la capacidad económica del demandado.

El hecho ocurrió el viernes pasado cuando la víctima fue engañada con una supuesta compra de un teléfono celular.

La obra social argumentó que los trámites administrativos seguían su curso, pero el STJ entendió que ello no justificaba las demoras.

La Justicia analizó reclamos iniciados por empresas financieras y estableció un criterio: los contratos electrónicos sin firma digital no habilitan, por sí solos, la vía ejecutiva.

La joven de años se presentó por sus propios medios en la Comisaría 31º.

El fallo consideró justificada la rescisión del contrato por parte del distribuidor y ordenó el pago de una indemnización.

La mujer fue despedida por el supuesto uso excesivo de auriculares y teléfono celular mientras cuidaba a una niña.

El fallo tuvo en cuenta la situación de la hija del trabajador, quien padece graves patologías y necesita tratamientos de rehabilitación.