El caso llegó al máximo tribunal con el planteo de un empleado: consideró que sus nueve faltas estaban justificadas porque la empresa respondió con el clásico pulgar hacia arriba de la plataforma de WhatsApp.
El joven se presentó por sus propios medios en la Fiscalía.
Figuraba a su nombre un servicio impago de una empresa de televisión satelital en la provincia de Mendoza.
"El peligro inminente que enfrentan las personas que residen en el inmueble justifica que se le otorgue a este caso un tratamiento de excepción", dice el fallo.
El banco debe reintegrar el monto de las operaciones, que fueron desconocidas por la clienta.
La Provincia de Río Negro tendrá un plazo de 60 días para acreditar el cumplimiento de esas tareas.
Del cementerio de la ciudad se llevaron un transformador de distribución de 10 KVA.
La resolución se conocerá en las próximas semanas.
La persona fue condenada a indemnizar al profesional por una suma de dinero que compensa el daño moral sufrido.
Representantes de los tres Poderes del Estado, junto a integrantes de Colegios de Abogados, se reunieron en el marco de la Comisión Seguimiento al Proceso de Implementación del nuevo Sistema Procesal Penal.