El damnificado compró los pasajes a un valor pero la empresa quería cobrarle otro.
La defensa había pedido la domiciliaria, pero no se analizó la solicitud.
La Cámara Segunda de Trabajo de General Roca resolvió rechazar el amparo promovido por UnTER.
Al sujeto se le impuso una pena de 11 años y 2 meses de prisión efectiva, mientras que la mujer fue condenada a 10 años y 8 meses de prisión.
La compañía no pudo probar la causa del despido, mientras que el conductor sí acreditó la cantidad de horas extras que estaba frente al volante.
Así lo confirmó el Superior Tribunal de Justicia de la provincia.
Un fallo de la Justicia avaló a la aseguradora y rechazó la demanda del propietario por considerar que fue exclusivamente su culpa.
El máximo tribunal dictaminó que la Municipalidad "carece de facultades para disponer la utilización de radares en la Ruta Nacional N° 22, ya que es competencia reservada a la Nación y a la Provincia".
El hecho ocurrió en diciembre pasado en Cipolletti, luego de la finalización de una fiesta electrónica.
La Justicia condenó al banco emisor de las tarjetas.