Sociedad
Denuncian que buscan archivar causa contra un juez
Acusan a la Fiscalía, a cargo de Villa, de «encarpetar» la causa por la denuncia de privación ilegítima de la libertad a familiares y amigos del fallecido Pablo Vera en noviembre del 2014.

Desde la Coordinadora 13 de Enero denunciaron «las maniobras que desde la Fiscalía a cargo de Julieta Villa (UFT 3) se han llevado a cabo a los efectos de archivar la causa penal en la que se investiga al juez Maximiliano Camarda por el presunto delito de privación ilegítima de la libertad».
Cabe recordar que la denuncia penal a Camarda tuvo lugar en noviembre de 2014, como consecuencia de haber ordenado la detención de familiares y amigos de Pablo Vera en la Comisaría N° 21 de General Roca. «Allí, detenidos fueron golpeados y torturados por el personal policial. Al tomar conocimiento de esto, se le presentó a Camarda (juez de turno y responsable de la detención) un habeas corpus denunciando las graves condiciones de detención. El habeas corpus fue rechazado por el juez Camarda, quien a su vez prolongó la detención de 14 jóvenes por varios días más, excediendo el plazo legal establecido y por lo tanto cometiendo el delito de privación ilegítima de la libertad», indicaron desde la Coordinadora 13 de Enero. «Como consecuencia de este hecho se realizó oportunamente la denuncia sin que ningún funcionario judicial la promueva ni llame a indagatoria al juez Camarda», agregaron.
La semana pasada, la fiscal de la UTF 3, Julieta Villa, ordenó el archivo de la denuncia por considerar no existía delito. En este sentido, desde la Coordinadora plantearon que «entendemos que archivar la denuncia a Camarda implica brindarle un marco de impunidad, que a su vez garantiza los hechos de criminalización llevados adelante. Implica a su vez un grave desconocimiento de la normativa procesal al entender que no hubo actuación irregular de Camarda cuando se llevaron adelante las detenciones. Esto no es así, ya que él se encontraba a cargo de la detención de los familiares y amigos de Pablo Vera, y si bien la recepción del sumario de prevención fue el día lunes – luego de 3 días de detención- los artículos 3, 4 y 92, del CPP y el art. 7. 5 de la CADH sostienen la promoción de la acción por parte de la Fiscalía, motivo por el que es responsable de haber incumplido el plazo – de 24 hs. establecido por la ley- para tomar indagatoria a los detenidos».
Explicaron que «en caso de no haber bastado ese plazo por estar frente a una causa compleja, podría haber solicitado la prórroga que el mismo artículo dispone, no habiendo constancia en el expediente de dicha solicitud. Incluso podría haberlos liberado sin tomarles declaración indagatoria, o podría haberles otorgado el beneficio de la eximición de prisión a él solicitada. Nada de esto fue hecho por Camarda, violando también el Artículo 261 del CPP que dispone que “La libertad personal sólo podrá ser restringida, de acuerdo con las disposiciones de este código, en los límites absolutamente indispensables para asegurar el descubrimiento de la verdad y la aplicación de la ley. El arresto o la detención se ejecutarán de modo que perjudiquen lo menos posible a la persona y reputación de los afectados”», añadieron.
«En base a esto se han iniciado actuaciones frente al Consejo de la Magistratura, a los fines se investigue la eventual responsabilidad de la Fiscal Julieta Villa y de cualquier otro miembro del Ministerio Público Fiscal que haya intervenido, todo ello en virtud de lo previsto en la Ley N° 4199».
«No estamos frente a cualquier tipo de denuncia, sino que se está exigiendo la investigación de la responsabilidad de un funcionario judicial en cumplimiento de sus funciones, entendiendo que la privación ilegítima de la libertad dispuesta debe considerarse una violación a los derechos humanos, y por lo tanto es obligación del Estado darle celeridad y efectividad a la investigación ya que su responsabilidad penal está seriamente comprometida. Denunciamos entonces el accionar de Camarda y la complicidad devenida en impunidad llevada adelante por funcionarios judiciales como Julieta Villa».
«Como consecuencia de la intención de archivar la causa por parte de Julieta Villa, la decisión se ha elevado a la Fiscalía de Cámara N° 1, a cargo del Fiscal Fernandez Jadhe. Es este funcionario el que deberá decidir si debe continuarse con la investigación o si se confirma el archivo de la misma, lo que comprometería seriamente la responsabilidad internacional del Estado Argentino, por tratarse de una denuncia contra un funcionario judicial por violación a derechos humanos».
«Le exigimos al Fiscal Fernandez Jadhe resuelva la continuación del proceso contra Maximiliano Camarda, y se investigue las responasibilidades de todos los funcionarios que hasta aquí han obrado para otorgarle impunidad al funcionario denunciado. Ante el hermetismo judicial respecto a este grave hecho, se han realizado actos públicos de denuncia al funcionario Judicial, tanto en Tribunales como en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Comahue donde el juez es docente regular», concluyeron desde la Coordinadora 13 de Enero.
Sociedad
YPF bajará 4% los precios de la nafta y el gasoil a partir de este jueves
Uno de los factores que influyó en esta decisión fue la cotización internacional del Brent, que es tomado como referencia para los precios de los combustibles en el mercado argentino.

La petrolera YPF, que controla más del 50% del mercado de expendio de combustibles en Argentina, anunció que a partir de este jueves (1/05) implementará una baja del 4% promedio en los precios de la nafta y el gasoil en todo el país. Así lo comunicó su CEO y presidente, Horacio Marín, durante una entrevista concedida a Eduardo Feinmann en Radio Mitre de medidas que buscan adecuar su política comercial a la evolución de variables económicas locales e internacionales.
Esta nueva reducción en el precio de los combustibles constituye la segunda en menos de un año. En octubre de 2024, YPF ya había efectuado un ajuste a la baja, en consonancia con cambios en el mercado global del petróleo y condiciones internas de la economía argentina.
De acuerdo con lo informado por la compañía, la decisión de bajar nuevamente los precios se enmarca en el monitoreo constante de variables clave como el valor internacional del Brent, el tipo de cambio, la carga impositiva y el precio de los biocombustibles. Estos elementos son evaluados permanentemente para definir la política de precios de la firma.
Uno de los factores que influyó en esta decisión fue la cotización internacional del Brent, que es tomado como referencia para los precios de los combustibles en el mercado argentino. En los últimos meses, el barril de Brent mostró una tendencia a la baja, situándose en niveles más bajos respecto a los picos registrados durante 2022 y principios de 2023.
La disminución en el precio del petróleo se explica en parte por una desaceleración en la demanda global, sumada a una mayor producción de países fuera de la OPEP+, y a la estabilidad alcanzada en algunos conflictos geopolíticos que habían tensionado el mercado.
YPF explicó en varias ocasiones que la actualización de precios responde no solo al movimiento del Brent, sino también al análisis de otros componentes del costo de los combustibles. Entre ellos destacan el tipo de cambio que es la variación del dólar oficial tiene un impacto directo en el precio de importación de insumos y en los costos logísticos de la industria; la carga impositiva que son los impuestos aplicados sobre los combustibles representan una parte significativa del precio final, por lo que cualquier modificación normativa o actualización en los gravámenes influye en la política de precios; y el precio de los biocombustibles, que son mezclados con la nafta y el gasoil en proporciones reguladas por el Estado: su valor de mercado, y cualquier cambio en las disposiciones vigentes, afectan el costo final de los productos.
Sociedad
Una mujer de Roca se fracturó la cadera en el cumpleaños de su nieta: Condenaron al salón de eventos
Deberán indemnizarla tras sufrir una caída que le generó vivir el resto de su vida con dolor.

Una mujer de Roca de 62 años cayó al suelo mientras caminaba dentro de un salón de fiestas en el que se celebraba el cumpleaños de su nieta. Resbaló al pisar una zona mojada y sufrió una violenta caída. El golpe le provocó una fractura de cadera. Fue operada días después y recibió un reemplazo total de cadera izquierda.
Desde el accidente, su rutina cambió. Perdió autonomía. Necesita ayuda para bañarse y para salir a la calle. Abandonó las actividades recreativas que compartía con su familia. Reorganizó su vivienda para poder desplazarse. Vive con dolor y con miedo a volver a caer.
Un peritaje médico determinó una incapacidad parcial y permanente. La pericia psicológica, incorporada al expediente, describió un deterioro en su autoestima, cuadros de ansiedad, angustia y un miedo constante a caerse nuevamente.
La mujer inició una demanda civil contra la responsable del salón de eventos. En su presentación detalló lo ocurrido y reclamó una indemnización por los daños físicos y morales sufridos. La jueza del caso analizó los testimonios, la prueba documental, las pericias y el contexto del accidente.
Seis personas declararon haber estado presentes en el festejo. Cinco de ellas confirmaron que la caída se produjo en una zona mojada del salón. Algunos testigos relataron que vieron directamente el líquido en el suelo. Otros, que vieron cómo la mujer resbalaba sin poder evitar la caída.
El salón estaba en funcionamiento, prestando servicios de organización de eventos sociales. Había comida, bebidas y circulación constante de personas. El fallo indicó que ese tipo de actividad implica una obligación legal de seguridad. La jueza encuadró el caso en el artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor. Determinó que la víctima se encontraba protegida por esa normativa, aunque no hubiera contratado el servicio de forma directa. Asistía al cumpleaños de su nieta, en un evento organizado por su grupo familiar.
La jueza evaluó los informes médicos, psicológicos y sociales para determinar el alcance de los daños. Valoró la pérdida de independencia, la edad de la víctima al momento del accidente, su condición de jubilada y la alteración profunda en su vida cotidiana. La sentencia fijó una indemnización en favor de la mujer y ordenó que se apliquen intereses desde la fecha del accidente con una tasa pura del 8% anual.
Policiales
Chocó una avioneta en Allen y hay un muerto
La víctima fatal estaba sobre la pista cuando fue colisionada. Además, hay dos heridos.

Cerca de las 10 de la mañana de hoy (28/04), una avioneta sufrió un siniestro en la zona del Aeroclub de Allen. Hay un muerto y dos personas heridas.
En el hecho trabaja personal de los Bomberos Voluntarios y del Hospital Ernesto Accame de Allen. Los dos heridos fueron trasladados de urgencias al nosocomio local.

Según informó la Agencia de Noticias Roca (ANR), el avión de pequeño porte estaba a punto de despegar cuando habría embestido a una persona que se encontraba sobre la pista. Justamente sería la persona fallecida.
Se trataba de un avión de paracaidismo que despegaba rumbo a San Carlos de Bariloche.
Ampliaremos.