Seguinos

Río Negro

El Gobierno presentó el pliego para la licitación del Agente Financiero Provincial

Estipula el contrato una duración de diez años, previendo el mismo una prórroga de cinco años, de existir conformidad entre las partes.

el

El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, rubricó este mediodía el pliego de bases y condiciones en el marco del llamado a licitación pública nacional para la contratación del Agente Financiero de la Provincia por un periodo de diez años. El mismo será elevado hoy al Parlamento Provincial para su tratamiento.

El pliego presenta diferencias a favor de la Provincia, respecto del contrato vigente actual, siendo algunas de ellas el pago de un canon por parte del futuro adjudicatario, el fomento a la actividad productiva y comercial, el fomento a la responsabilidad social empresaria, el incremento de sucursales, centros de atención y/o cajeros automáticos y la reducción del costo del mantenimiento y funcionamiento de cajeros automáticos.

La rúbrica se realizó durante el acto de presentación de las bases y condiciones para la licitación nacional, que se realizó hoy en el Salón Gris de Casa de Gobierno, acompañado por el ministro de Economía, Isaías Kremer; el presidente del Bloque de Legisladores de Juntos Somos Río Negro, Alejandro Palmieri; y el secretario de Hacienda, Eduardo Bacci.

Al respecto, el Ministro Kremer sostuvo que “cuando uno piensa en lo que tiene que hacer un agente financiero, está pensando en el acompañamiento. Hay dos aspectos fundamentales: uno tiene que ver con la relación del agente financiero con su clientes y en este casos sus principales clientes son los empleados públicos, y por otra parte, la relación que tiene que tener con el Gobierno”

“Por eso hay que tener en cuenta que debe ser un banco que acompañe con los recursos de la Provincia a la actividad productiva”, agregó.

El Ministro de Economía subrayó que “lo que hicimos fue poner énfasis en que los recursos son de la Provincia y a partir de este principio, lo que armamos es un proyecto de pliego de licitación que cubra todas las expectativas posibles que tenemos respecto a lo que un agente financiero tiene que tener”.

“Cualquier agente financiero necesita tener utilidades, pero el tema básico pasa en qué medida este banco va a acompañar a la provincia en el desarrollo, necesitamos un banco que ponga énfasis en el aspecto fundamental de volcar recursos al desarrollo de la provincia”, finalizó el titular de la cartera económica de la Provincia.

Bases y condiciones

El contrato estipula una duración de diez años, previendo el mismo una prórroga de cinco años, de existir conformidad entre las partes.

Por otra parte, el próximo agente financiero deberá contar, en un plazo de 180 días corridos desde la fecha de la firma del contrato, con la misma cantidad de filiales, cajeros automáticos y otras dependencias que el actual Agente Financiero tenga habilitados por el B.C.R.A. en la Provincia de Río Negro, al 30 de junio de 2016, debiendo estar a esa fecha formalmente habilitadas y prestando efectivamente el servicio.

Además, siguiendo la premisa de llevar todos los servicios necesarios a las comunidades rionegrinas independientemente del lugar donde estén ubicadas y la población con la que cuenten, el Agente Financiero deberá garantizar en un plazo de cinco años, que en las localidades de más de 5.000 habitantes cuenten con Sucursal o centro de atención reconocida como tal por el B.C.R.A. Se trata de las localidades de Campo Grande, Cervantes, Chichinales, Fernández Oro, Los Menucos, Ingeniero Huergo, Chimpay y Luis Beltrán.

En tanto, en las localidades de más de 2.000 habitantes se deberá contar con al menos un Cajero Automático.

Asimismo, se impulsará la habilitación de sucursales o centros de atención por ejemplo en las localidades de Valcheta y Comallo, en virtud de las distancias de estas localidades con la sucursal más cercana.

Por otra parte, se incorpora el cobro de un canon por parte de la Provincia, el que se calcula aplicando un porcentaje a la recaudación mensual de impuestos Provinciales neta de fideicomisos.

El pago se realizará trimestralmente, y el porcentaje mínimo estipulado en el pliego de bases y condiciones y en el contrato de vinculación es del 0,25% durante el plazo estipulado en el mismo.

También el Agente Financiero deberá proponer un aporte relacionado con los depósitos en pesos a la vista (no aplicados a inversiones) que se encuentren depositados en «cuentas judiciales». El mismo no deberá representar menos del 18% de la tasa de interés para depósitos de más de $ 1.000.000 (TNA) promedio a 30-35 días – BADLAR Privados. Este aporte será pagadero trimestralmente tomando como referencia el promedio de los últimos cinco días hábiles del mes, obligación no estipulada en el contrato actual, por el contrario la Provincia abona actualmente por el servicio de mantenimiento y movimiento de dichas cuentas una suma aproximada de $12.000.000 anuales , costo que en el nuevo pliego se considera bonificado.

Asimismo, las condiciones para el próximo agente financiero apuntan fuertemente al fomento y acompañamiento de la producción, ya que en su Plan de Negocios, la entidad deberá considerar como eje prioritario contribuir al financiamiento de la actividad productiva en la provincia y al desarrollo local, destinando como mínimo el 10% del capital prestable a dichas actividades.

En tal sentido, deberá garantizar la instrumentación de líneas de financiamiento para las pequeñas y medianas empresas (Pymes), para Investigación y Desarrollo aplicada a la innovación productiva, para el Comercio Exterior y estímulo a las exportaciones, para el sector agropecuario y el sector industrial. Lo que representa un mínimo de $200.000.000

Además, deberá contribuir a la responsabilidad social empresaria, destinando a la misma un porcentaje no menor del 0,3% del capital prestable, estimado en $6.000.0000 anuales.

También el agente financiero deberá, garantizar el otorgamiento de créditos a los empleados públicos en condiciones especiales y mejoras respecto de las existentes en el mercado, así como para las tarjetas de crédito y otros servicios de crédito otorgados, supeditar el cobro del capital e intereses hasta el efectivo cobro de los haberes mensuales, según cronograma de pago de haberes de la administración Pública Provincial.

Otro de los elementos novedosos y trascendentes, que representa un beneficio para la Provincia en esta nueva etapa del Agente Financiero, es que a partir de la firma del contrato de vinculación, la incorporación y mantenimiento de Cajeros Automáticos es de costo cero para la Provincia, cuando en el contrato anterior esos costos representaban $2.000.000 mensuales. De esta forma la Provincia ahorraría aproximadamente $24.000.000 anuales.

Participaron además los ministros de Seguridad y Justicia, Gastón Pérez Estevan; de Obras y Servicios Públicos, Carlos Valeri; de Salud, Fabián Zgaib; y de Educación y Derechos Humanos, Mónica Silva; los secretarios general, Matías Rulli, y de Trabajo, Lucas Pica; el tesorero general, Nicolás Martín; y la directora Ejecutiva Adjunta de la Unidad Provincial de Coordinación y Ejecución del Financiamiento Externo (UPCEFE), Magali Pacioni.

Estuvieron presentes los legisladores Facundo López, Juan Carlos Apud, Ricardo Arroyo, Norma Coronel, Rodolfo Cufré, Oscar Díaz, Tania Lastra, Silvia Morales y Graciela Valdebenito.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judiciales

Ordenan indemnizar por destrucción total de un vehículo tras incidente vial en el exterior

El titular del seguro murió posteriormente por otras causas. Tras su fallecimiento, los herederos promovieron una demanda por incumplimiento del contrato.

el

Foto ilustrativa (Archivo).

Un vehículo Volkswagen T-Cross sufrió un grave incidente vial durante un viaje de vacaciones en Chile. El rodado, asegurado contra todo riesgo, resultó con daños significativos que motivaron la denuncia del siniestro ante la aseguradora. El titular del seguro, quien se encontraba en el país vecino en ese momento, murió posteriormente por otras causas. Tras su fallecimiento, los herederos promovieron una demanda para reclamar la cobertura por destrucción total del vehículo, así como una sanción civil por incumplimiento del contrato.

El fuero Civil de Cipolletti resolvió parcialmente a favor de las personas que reclamaron. Declaró la nulidad de dos cláusulas del contrato de seguro, ordenó aplicar el criterio de valor actual del vehículo para determinar el alcance de la cobertura e impuso una multa en concepto de daño punitivo. La sentencia es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelada.

Durante el proceso, las partes no discutieron la existencia de la póliza ni el tipo de cobertura contratada. El conflicto se centró en la calificación del daño como parcial o total, y en las consecuencias derivadas de la falta de respuesta de la aseguradora frente al reclamo. Los herederos afirmaron que la compañía no respondió a la denuncia del siniestro ni comunicó una decisión formal sobre el alcance de la cobertura. Sostuvieron además que no recibieron indicación alguna sobre la aceptación o rechazo del siniestro.

La aseguradora afirmó lo contrario. Reconoció haber evaluado los daños, indicó que no configuraban destrucción total y explicó que ofreció un pago que no fue aceptado. Afirmó que el asegurado no cumplió con el pago de la franquicia ni completó el procedimiento administrativo previsto en el contrato.

Ante la falta de documentación que acreditara que la aseguradora informó oficialmente su decisión al asegurado, el fallo consideró que la empresa no cumplió con el deber de información que impone la ley de Seguros. En ese contexto, valoró el informe pericial acompañado en la causa, el cual concluyó que el costo de reparación superaba el 80 por ciento del valor del vehículo, umbral previsto en la póliza para configurar un daño total.

El fallo también rechazó el límite de cobertura previsto en la póliza. Para fundar esta decisión, el Tribunal aplicó doctrina legal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que permite declarar la nulidad de cláusulas contractuales cuando, por efectos económicos extraordinarios, se tornan abusivas o desnaturalizan la función del contrato. En este sentido, consideró que el valor de cobertura fijado en la póliza resultaba notoriamente insuficiente frente al precio actual de un vehículo similar al asegurado.

El juez ordenó entonces calcular la cobertura conforme al valor que la propia aseguradora utilice actualmente para asegurar un modelo equivalente, con más intereses desde la fecha del hecho hasta el momento del pago. También dispuso que parte de esa suma se destine a cancelar una deuda prendaria vigente sobre el vehículo siniestrado, tal como lo establece la propia póliza. El eventual excedente, una vez satisfecho ese crédito, deberá entregarse a las personas que impulsaron el juicio.

En relación con el reclamo por daño moral, el Tribunal lo rechazó por falta de elementos de prueba. Indicó que no toda incomodidad o preocupación constituye un daño indemnizable y que no se acreditaron circunstancias que permitieran evaluar una afectación concreta.

Respecto del pedido de sanción civil, el juez consideró que la conducta de la empresa, caracterizada por la falta de respuesta y de diligencia, justificaba la aplicación del daño punitivo previsto por la Ley de Defensa del Consumidor. Destacó que la aseguradora no respondió en instancia extrajudicial ni en mediación previa, y que mantuvo esa actitud durante el proceso.

Continuar leyendo

Judiciales

Cada viaje se volvía una traba: El Poder Judicial autorizó salidas del país sin el permiso paterno

Podrá hacerlo, siempre y cuando lo haga acompañado por su madre y hasta que alcance la mayoría de edad.

el

Cada vez que su madre quería llevarlo a ver a su familia al otro lado de la cordillera, surgía el mismo problema. Ella organizaba el viaje, buscaba pasajes, preparaba los papeles, pero se detenía en el mismo punto: la autorización del padre. No importaba cuántas veces lo intentara, la respuesta era siempre la misma: silencio.

Su hijo nació y creció bajo su cuidado exclusivo. Desde entonces, él se convirtió en su responsabilidad diaria, emocional y económica. A lo largo de los años, el padre se mantuvo distante, sin involucrarse en decisiones, sin responder a llamados ni citaciones, sin asumir obligaciones. Ante esa ausencia, ella recurrió al Poder Judicial.

La presentación se formalizó en junio de este año en Cipolletti. La mujer pidió que se le permitiera salir del país con su hijo sin tener que volver a pedir permiso cada vez. Explicó que ya había tenido que iniciar causas judiciales anteriores para lograr viajes puntuales, y que el proceso no solo le generaba gastos, sino también frustraciones innecesarias para ambos.

Acompañó su solicitud con pruebas: documentos, relatos, actas de mediación donde el padre no se presentó, y una historia marcada por la ausencia. También relató que, por orden judicial, quien realiza aportes alimentarios no es el progenitor, sino la abuela paterna.

El fuero de Familia citó al hombre, pero no respondió. Tampoco fue a la audiencia del 28 de agosto. Mientras tanto, el niño fue escuchado por la Defensora de Menores e Incapaces.

La Defensora emitió un dictamen claro. Señaló que debía priorizarse el interés superior del niño. Que tenía derecho a disfrutar de espacios de recreación, a compartir tiempo con su familia, a vivir su infancia con menos barreras. Y que, en ese contexto, la autorización solicitada debía concederse.

La jueza a cargo del caso evaluó la prueba, consideró la normativa vigente y citó convenciones internacionales sobre derechos de la infancia. Concluyó que, frente a la actitud del progenitor y el contenido del dictamen de la Defensora, no existía motivo para rechazar el pedido.

Por eso, autorizó la salida del país del menor, siempre que lo haga acompañado por su madre y hasta que alcance la mayoría de edad. Aclaró que esta autorización no implica la posibilidad de fijar residencia permanente en el exterior, sino que se limita a facilitar viajes ocasionales que no alteren su vida cotidiana.

El trámite se cerró con una resolución clara. Desde ahora, ese niño podrá visitar a sus seres queridos fuera del país sin que cada viaje dependa de una firma que no llega.

Continuar leyendo

Río Negro

Alertan por fraudes digitales que usan la imagen del IPROSS para engañar a afiliados

La obra social provincial denunció la circulación de mensajes y llamadas fraudulentas que buscan obtener datos personales y bancarios de sus afiliados.

el

El Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) advirtió nuevamente a sus afiliadas y afiliados sobre intentos de estafa virtual que se realizan utilizando la imagen institucional de la obra social. Desde la última semana se detectaron nuevos casos en los que delincuentes se hacen pasar por representantes del IPROSS para obtener datos personales y acceder a información bancaria.

Estas maniobras se desarrollan principalmente a través de llamadas o mensajes de WhatsApp, en los que los estafadores utilizan nombres, logotipos o imágenes del Instituto para dar apariencia de legitimidad. En algunos casos, se solicita a las víctimas el ingreso de códigos o datos bancarios, bajo pretexto de gestionar reintegros, bonos o beneficios inexistentes.

El IPROSS aclaró que no realiza gestiones económicas, pagos ni actualizaciones de datos personales por teléfono, mensajes ni redes sociales, y recuerda que toda comunicación oficial se realiza exclusivamente por los canales institucionales.

Consejos para evitar ser víctima de fraudes digitales

  • No brindar datos personales, bancarios o contraseñas por teléfono, mensajes o redes sociales.
    No descargar aplicaciones ni acceder a enlaces o códigos enviados por desconocidos.
    Verificar siempre la identidad de quien realiza el contacto y consultar ante cualquier duda.
    Recordar que el Ipross nunca solicita transferencias, depósitos ni instalación de programas externos.
    Comunicarse únicamente a través de los canales oficiales del Instituto.

Canales oficiales del IPROSS

Los canales oficiales de la Obra Social son https://ipross.rionegro.gov.ar, telefónicamente al 08003334776 o por WhatsApp al 2920475511.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement