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Judiciales

Destituyeron al juez Broggini

Así lo decidió el Consejo de la Magistratura en General Roca. Además, quedó inhabilitado por cinco años para ocupar otro cargo judicial en la provincia.

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El Consejo de la Magistratura dispuso hoy por unanimidad la destitución del vocal de la Sala II de la Cámara Laboral de la Segunda Circunscripción, Diego Jorge Broggini, y su inhabilitación por el término de cinco años para ocupar otro cargo judicial en la provincia, tras declararlo incurso en la causal de «mal desempeño de la función».

El Tribunal encuadró los hechos acreditados en los artículos 199 inc. 1° ap. a) y 200 de la Constitución Provincial; artículos 23 inc. a) y 24 inc. c) de la Ley K N° 2434 del Consejo de la Magistratura; artículos 12 y 20 de la Ley K N° 2430 Orgánica del Poder Judicial; el Código de Bangalore (Acordada N° 1/2007 STJ RN); artículos 4 y 35 de la Ley de Ética Pública L N° 3550; puntos 10 y 19 de la Carta de los Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia (anexo I de la Ley K 2430); apartado 2 punto 38 de las «Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad» (anexo II de la Ley K 2430).

La lectura de la sentencia se realizó este mediodía en el salón Auditorio de la Ciudad Judicial de Roca y estuvo a cargo de la presidenta del Consejo de la Magistratura, Liliana Piccinini, junto con el secretario del organismo, Juan Manuel Montoto Guerrero.

El fallo lleva las firmas de la jueza Piccinini, los legisladores Arabela Carreras, Nicolás Rochas y Alejandro Palmieri; los abogados Verónica Lardapide, Hugo Gatti y Lorena Koltonski, y la jueza Adriana Mariani en representación de la Judicatura de la Circunscripción.

La destitución se hace efectiva a partir del día de la fecha, dando inicio a un proceso de normalización en el Tribunal, que se implementará a propuesta de los jueces de ambas salas de la Cámara Laboral.

Fundamentos

El Consejo de la Magistratura concluyó que la «materialidad y autoría de los hechos reprochados no están controvertidos, situación que concuerda con lo constatado en cada uno de los expedientes ofrecidos como prueba, con lo informado oportunamente por las actas de inspección de fechas 11/11/2013 y 07/04/2014 y el expreso reconocimiento que en la audiencia realizaron el sumariado y su abogado defensor».

Surge de la sentencia que el magistrado «incumplió con su deber de resolver en forma rápida y expedita en razón de haber omitido emitir su primer voto» en seis acciones de amparo, seis expedientes de procesos de menor cuantía y 58 causas en las que intervenía en calidad de juez de la Sala II de la Cámara Laboral, además de seis expedientes en los que intervenía en calidad de juez de la misma Cámara, con segundo voto. Así, el Consejo llegó a la «convicción suficiente» en cuanto a «la responsabilidad del enjuiciado en la omisión sistemática de emitir sus votos o sentencias en tiempo legal».

«Aún cuando resulte de perogrullo, enfáticamente decimos que los plazos procesales para resolver son una cuestión esencial para la correcta administración del servicio público de administración de justicia; voluntad expresada por el Constituyente en el art. 200 de la Carta Provincial, sin ambages ni eufemismos. Su falta u omisión no solo daña al justiciable que espera del Juez que de a cada uno lo suyo, sino que va en desmedro del sistema republicano», argumentó el Consejo en su sentencia.

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Judiciales

Solicitaron condenar a cuatro policías por torturas y otros delitos contra adolescentes

La Fiscalía solicitó que uno de los acusados sea considerado autor y los otros tres partícipes necesarios. Las defensas pidieron la absolución.

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La Fiscalía solicitó que cuatro empleados policiales sean declarados responsables penalmente por los delitos de torturas en concurso ideal con lesiones leves calificadas por su carácter de funcionarios policiales, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma, en un hecho que tuvo como víctimas a adolescentes.

Durante los alegatos, el fiscal del caso, Gastón Ezequiel Britos Rubiolo, pidió que uno de los acusados sea considerado autor y que las dos mujeres y el otro hombre sean declarados partícipes necesarios. Las defensas penales y las dos defensas particulares solicitaron la absolución de los cuatro acusados.

La Fiscalía sostuvo durante su exposición que los cuatro policías habrían realizado distintas acciones posteriores al hecho destinadas a generar confusión respecto de quién había intervenido directamente. Entre ellas mencionó el pedido de documentación al Servicio Integral de Atención de Emergencias de Río Negro (SIARME) sobre la atención brindada a los adolescentes, cambios en las versiones previas a la formulación de cargos y una reunión realizada en forma reservada.

Britos Rubiolo sostuvo que los acusados formaban parte del aparato policial y que, desde esa función, tenían el deber de proteger a los adolescentes. También pidió que la valoración de la prueba se realizara desde la perspectiva de los derechos de niños y adolescentes.

El fiscal señaló que las declaraciones realizadas en Cámara Gesell resultaron concordantes con otros elementos incorporados durante el juicio, incluidos testimonios directos e indirectos y los aportados por trabajadoras del SIARME.

Uno de los puntos analizados estuvo relacionado con una escopeta y las distintas versiones brindadas por personal policial no imputado respecto de su utilización. Según la Fiscalía, existieron contradicciones sobre si el arma era utilizada preventivamente durante la noche, para situaciones de tumultos o por personal autorizado.

También fueron señaladas diferencias respecto de la confección de los partes diarios relacionados con el uso de determinadas armas.

En relación con las lesiones, la Fiscalía destacó que la familia de uno de los adolescentes aportó el perdigón extraído de su cuerpo y que fue esa familia la que se comunicó con la Fiscalía y realizó la denuncia penal al día siguiente.

Según explicó Britos Rubiolo, el perdigón encontrado en el muslo de uno de los adolescentes correspondía a la escopeta y el disparo se habría producido mediante un rebote contra el suelo, con una trayectoria de abajo hacia arriba.

Respecto de los cortes que presentaban los adolescentes, el fiscal sostuvo que fueron producidos de manera intencional y descartó que se hubieran originado por el contacto con vegetación.

Las defensas cuestionaron la reconstrucción fiscal. La defensora penal pública Flavia Rojas sostuvo que su asistida no colaboró con las acciones atribuidas a su compañero y que, por el contrario, le habría pedido que cesara.

Planteó además que la mujer se encontraba en una situación de desigualdad frente a su superior jerárquico y solicitó que el caso fuera analizado con perspectiva de género.

Por su parte, el defensor penal público Juan Pablo Chirinos cuestionó la extensión temporal atribuida al hecho y sostuvo que el procedimiento habría durado aproximadamente 30 minutos. También señaló que su asistido no fue quien descendió del patrullero con la escopeta. Las restantes defensas particulares también solicitaron la absolución de sus asistidos.

El Tribunal Colegiado dará a conocer su resolución el próximo jueves (24/09), a las 11, en los Tribunales de General Roca.

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Judiciales

Quedó imputado y detenido el hombre acusado de un violento ataque contra una joven de 20 años

El hecho ocurrió el sábado en un departamento de calle Brasil al 600. La víctima logró escapar y fue auxiliada por vecinas.

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Un hombre fue imputado por tentativa de femicidio, privación ilegítima de la libertad y tentativa de abuso sexual con acceso carnal, por un violento episodio que habría tenido como víctima a una joven de 20 años el pasado sábado (19/09) en General Roca. La jueza de Garantías María Gadano dispuso que permanezca detenido con prisión preventiva hasta el 30 de diciembre.

Según la acusación fiscal, el hecho ocurrió entre las 20 y las 21.30 en un departamento ubicado sobre calle Brasil al 600. El imputado se encontraba allí junto a la joven y, de acuerdo con la Fiscalía, la habría obligado a consumir marihuana.

Ante la negativa de la víctima, el hombre habría comenzado a golpearla con una madera en distintas partes del cuerpo. Además, mientras la agredía, le habría manifestado que iba a matarla y habría intentado ahorcarla, provocando que por algunos instantes perdiera el conocimiento.

Cuando recuperó la conciencia, la joven se habría encontrado con el imputado intentando abusar sexualmente de ella. Según la acusación, logró sacárselo de encima y escapar del departamento.

Ya en el exterior, el hombre la habría perseguido portando un cuchillo Tramontina, hasta que la joven fue auxiliada por vecinas del complejo, quienes dieron aviso a la Policía.

La Fiscalía, integrada por la fiscal jefa Graciela Echegaray, la fiscal del caso Celeste Benatti y la adjunta Gimena Ducca, sostuvo que la intervención de las vecinas y posteriormente de la Policía permitió evitar que el acusado concretara su objetivo.

Entre los elementos reunidos para la formulación de cargos se encuentran el acta del procedimiento realizado por la Comisaría 3° tras el llamado al 911, las entrevistas a las vecinas, la denuncia realizada por la víctima y el acta del allanamiento efectuado en la vivienda.

Durante ese procedimiento, el Gabinete de Criminalística secuestró distintos elementos considerados de interés para la investigación, entre ellos un teléfono celular, un cuchillo, prendas de vestir y ropa de cama con manchas de coloración rojiza.

También fueron incorporadas la historia clínica correspondiente a la atención recibida por la joven por parte del SIARME y en el hospital local, además del análisis realizado por el Cuerpo de Investigación Forense.

Al fundamentar el pedido de prisión preventiva, la Fiscalía destacó la gravedad de los hechos y el contexto de violencia de género. También planteó la existencia de riesgo de fuga y señaló que el imputado cuenta con un procesamiento dictado por la Justicia Federal el pasado 24 de agosto (vinculada con la muerte de Teo Vázquez) y que su arraigo sería endeble.

Respecto del rie.sgo de entorpecimiento, la Fiscalía sostuvo que es necesario garantizar que la víctima pueda declarar durante el juicio sin temor y recordó que intervino la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) debido a su situación de vulnerabilidad.

La acusación también señaló que todavía quedan medidas de prueba pendientes, entre ellas análisis que serán enviados al Laboratorio Regional de Genética Forense del Ministerio Público, con sede en Bariloche, y el peritaje del teléfono secuestrado, que será realizado por la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) de Viedma.

La defensa particular cuestionó las calificaciones de tentativa de homicidio, tentativa de abuso sexual y privación ilegítima de la libertad. Además, pidió que la prisión preventiva fuera reemplazada por una prisión domiciliaria con pulsera electrónica.

Finalmente, la jueza Gadano tuvo por formulados los cargos en los términos planteados por la Fiscalía y dispuso la prisión preventiva hasta el 30 de diciembre. El plazo de investigación penal preparatoria fue fijado en cuatro meses.

La magistrada solicitó expresamente que, en caso de difundirse información sobre el expediente, no se haga referencia al nombre de la víctima, tanto en medios de comunicación como en otras manifestaciones públicas.

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Judiciales

Violencia de género: Le formularán cargos al joven detenido en Roca

El joven, de 22 años, quedó a disposición de la Justicia provincial tras un episodio ocurrido en una vivienda de Brasil al 600. También se encuentra procesado en una causa federal vinculada con la muerte de Teo Vázquez.

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Un joven de 22 años fue detenido en Roca tras un episodio de violencia de género y quedó a disposición de la Justicia provincial. Al mismo tiempo, se encuentra procesado en una causa que tramita ante la Justicia Federal de Roca y que está vinculada con la muerte de Teo Vázquez, ocurrida en enero de 2024.

En ese expediente, el juez federal Hugo Greca dispuso su procesamiento por su presunta responsabilidad en el suministro de sustancias que, de acuerdo con la hipótesis incorporada a la investigación, habrían contribuido al cuadro que provocó el fallecimiento de la joven.

Su situación procesal en esa investigación corresponde exclusivamente al ámbito de la Justicia Federal. Tanto el procesamiento como las medidas cautelares adoptadas y las condiciones establecidas para que continúe en libertad durante el avance de la causa son decisiones propias de ese fuero.

La nueva detención corresponde a un hecho diferente. Personal de la Comisaría 3° intervino luego de un llamado por violencia de género y encontró a una joven herida y en estado de shock, quien recibió asistencia del Sistema Integral de Atención Rionegrina de Medicina de Emergencia (SIARME).

Según los primeros testimonios reunidos, dos vecinas observaron que el hombre sacó por la fuerza a la víctima hacia la vereda de una vivienda ubicada en Brasil al 600. Posteriormente, el joven regresó al lugar y fue reducido luego de resistirse a la intervención policial. Durante el cacheo, los efectivos secuestraron un cuchillo.

El joven quedó detenido a disposición de la Justicia provincial, que deberá determinar las medidas correspondientes en esta nueva investigación, iniciada por lesiones calificadas agravadas en contexto de género, atentado y resistencia a la autoridad.

De esta manera, se trata de dos investigaciones diferentes y bajo jurisdicciones distintas: una causa federal que continúa su trámite conforme a las decisiones adoptadas por ese fuero y un nuevo procedimiento provincial originado por la intervención de la Policía de Río Negro ante una situación de violencia.

La audiencia de formulación de cargos está prevista para hoy (21/09) en la Sala 6 de la Oficina Judicial de General Roca. La acusación estará a cargo del fiscal Gastón Ezequiel Britos Rubiolo. La investigación está caratulada como torturas en concurso ideal con lesiones leves calificadas por función policial, privación ilegal de la libertad con abuso de función y amenazas con arma.

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