Judiciales
Destituyeron al juez Broggini
Así lo decidió el Consejo de la Magistratura en General Roca. Además, quedó inhabilitado por cinco años para ocupar otro cargo judicial en la provincia.

El Consejo de la Magistratura dispuso hoy por unanimidad la destitución del vocal de la Sala II de la Cámara Laboral de la Segunda Circunscripción, Diego Jorge Broggini, y su inhabilitación por el término de cinco años para ocupar otro cargo judicial en la provincia, tras declararlo incurso en la causal de «mal desempeño de la función».
El Tribunal encuadró los hechos acreditados en los artículos 199 inc. 1° ap. a) y 200 de la Constitución Provincial; artículos 23 inc. a) y 24 inc. c) de la Ley K N° 2434 del Consejo de la Magistratura; artículos 12 y 20 de la Ley K N° 2430 Orgánica del Poder Judicial; el Código de Bangalore (Acordada N° 1/2007 STJ RN); artículos 4 y 35 de la Ley de Ética Pública L N° 3550; puntos 10 y 19 de la Carta de los Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia (anexo I de la Ley K 2430); apartado 2 punto 38 de las «Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad» (anexo II de la Ley K 2430).
La lectura de la sentencia se realizó este mediodía en el salón Auditorio de la Ciudad Judicial de Roca y estuvo a cargo de la presidenta del Consejo de la Magistratura, Liliana Piccinini, junto con el secretario del organismo, Juan Manuel Montoto Guerrero.
El fallo lleva las firmas de la jueza Piccinini, los legisladores Arabela Carreras, Nicolás Rochas y Alejandro Palmieri; los abogados Verónica Lardapide, Hugo Gatti y Lorena Koltonski, y la jueza Adriana Mariani en representación de la Judicatura de la Circunscripción.
La destitución se hace efectiva a partir del día de la fecha, dando inicio a un proceso de normalización en el Tribunal, que se implementará a propuesta de los jueces de ambas salas de la Cámara Laboral.
Fundamentos
El Consejo de la Magistratura concluyó que la «materialidad y autoría de los hechos reprochados no están controvertidos, situación que concuerda con lo constatado en cada uno de los expedientes ofrecidos como prueba, con lo informado oportunamente por las actas de inspección de fechas 11/11/2013 y 07/04/2014 y el expreso reconocimiento que en la audiencia realizaron el sumariado y su abogado defensor».
Surge de la sentencia que el magistrado «incumplió con su deber de resolver en forma rápida y expedita en razón de haber omitido emitir su primer voto» en seis acciones de amparo, seis expedientes de procesos de menor cuantía y 58 causas en las que intervenía en calidad de juez de la Sala II de la Cámara Laboral, además de seis expedientes en los que intervenía en calidad de juez de la misma Cámara, con segundo voto. Así, el Consejo llegó a la «convicción suficiente» en cuanto a «la responsabilidad del enjuiciado en la omisión sistemática de emitir sus votos o sentencias en tiempo legal».
«Aún cuando resulte de perogrullo, enfáticamente decimos que los plazos procesales para resolver son una cuestión esencial para la correcta administración del servicio público de administración de justicia; voluntad expresada por el Constituyente en el art. 200 de la Carta Provincial, sin ambages ni eufemismos. Su falta u omisión no solo daña al justiciable que espera del Juez que de a cada uno lo suyo, sino que va en desmedro del sistema republicano», argumentó el Consejo en su sentencia.
Judiciales
Identificaron a las dos víctimas fatales que murieron tras caer en un auto al Canal Grande: Eran trabajadores judiciales
Una tercera ocupante logró salir del vehículo y permanece hospitalizada.

Un trágico siniestro vial ocurrido durante la mañana de este martes (10/03) generó conmoción en la región y especialmente en el ámbito judicial, luego de que dos trabajadores del Poder Judicial de Río Negro murieran tras caer el vehículo en el que viajaban al Canal Principal de Riego.
El hecho ocurrió alrededor de las 7 de la mañana en la Ruta Provincial N° 65, en cercanías del Puente Palermiti. Por motivos que aún se investigan, un automóvil Ford Ka en el que viajaban tres personas terminó dentro del canal.
Según las primeras informaciones, la conductora, identificada como Laura Soledad Morales, de 37 años, logró salir del rodado en estado de shock y fue trasladada para recibir atención médica. Sin embargo, su pareja y otra mujer que los acompañaba quedaron atrapados en el interior del vehículo y fallecieron en el lugar.
Las víctimas fatales, por su parte, fueron identificadas como Yanet Daiana Amarilla Alba, de 34 años, quien se desempeñaba en la Oficina de Tramitación Integral del Fuero Civil (OTIC), y Diego Antú Díaz, de 37 años, trabajador de la Subdelegación de la Oficina Judicial (OJU). Eran oriundos de Roca y viajaban hacia Regina
Ante lo ocurrido, el Poder Judicial de Río Negro expresó su profundo dolor y condolencias a los familiares por el trágico accidente que produjo el fallecimiento de los dos trabajadores judiciales. También anhela la pronta recuperación de la trabajadora hospitalizada.
En este sentido, la presidencia del Superior Tribunal de Justicia dispuso asueto con suspensión de términos para el día de hoy (10/03) en todos los organismos judiciales de Villa Regina. Solo continuarán los trámites urgentes.
Judiciales
Disparos y persecución en Roca: Imputaron a dos personas y dictaron prisión preventiva para uno de ellos
El hecho ocurrió durante la madrugada del domingo y comenzó cuando un auto escapó de un control policial.

Ayer (09/03) al mediodía el equipo fiscal de turno formuló cargos contra dos personas por hechos ocurridos durante la madrugada del domingo (08/03) pasado que derivaron en una persecución y posterior detención en General Roca. Tras el pedido fiscal, el hombre cumplirá prisión preventiva, mientras que a la mujer se le colocará un dispositivo de control satelital.
Según la acusación fiscal, «alrededor de la 1 de la madrugada del 8 de marzo, mientras personal de la Subcomisaría 69° realizaba tareas de prevención, observaron un automóvil Bora gris que, al advertir la presencia policial, aumentó la velocidad y emprendió la huida».
«En el marco de un plan común y con clara división de tareas para evadir a la policía, dispararon seis veces desde el vehículo. Luego, el hombre imputado y otro sujeto -que aún no ha sido identificado- se arrojaron del auto en movimiento y emprendieron la fuga a pie, mientras descartaban distintos elementos, entre ellos un arma tipo pistola, cuatro cartuchos, un revólver con un cartucho en su interior y un almacén cargador con nueve cartuchos, apto para el disparo, además de un teléfono celular», describió la Fiscalía.
«De manera paralela, el personal policial logró detener a la mujer mientras conducía el Bora. En el vehículo se encontró una escopeta con una vaina servida y un cartucho en el almacén cargador, un chaleco balístico, un portaplacas y una caja metálica. Todas las armas eran portadas sin la correspondiente autorización legal», explicó la representante fiscal.
La calificación legal por la cual quedaron imputados los cargos es para el hombre abuso de arma de fuego agravado para ocultar otro delito, lograr la impunidad y por haber sido cometido contra miembros de la fuerza de seguridad en concurso ideal con portación de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal en concurso real con atentado contra la autoridad agravado por haber sido cometido con arma de fuego, En relación a la mujer: tenencia de arma de fuego de guerra sin la debida autorización legal en concurso real con atentado contra la autoridad agravado por haber sido cometido con arma de fuego.
Entre el sustento probatorio presentado para esta instancia se encuentran el acta de procedimiento policial, entrevistas, el informe del Gabinete de Criminalística, el informe del perito armero y balístico, y fotografías.
La Fiscalía solicitó la prisión preventiva del hombre por el plazo de dos meses, teniendo presente el peligro de fuga, «que quedó plasmado en la persecución que tuvo que realizar la policía para detenerlo», dijo la fiscal, además del riesgo de entorpecimiento de la investigación. En relación con la mujer, se solicitó por el mismo plazo la colocación de un dispositivo de pulsera electrónica.
La defensa penal pública se opuso al pedido respecto de su asistido, ya que «se vulnera el principio de inocencia y no se acreditó de manera fehaciente ninguno de los riesgos procesales que habilitan solicitar la medida cautelar más gravosa. Por ello solicitamos la colocación de una tobillera electrónica».
Finalmente, la jueza de Garantías resolvió tener por formulados los cargos en los términos solicitados por la Fiscalía, así como las medidas cautelares requeridas.
Judiciales
Les dijeron que tenían un auto varado en la Ruta 22 y les sacaron más de $600.000
Uno de los acusados se hizo pasar por sobrino de una de las víctimas.

Tres hombres fueron imputados por el delito de estafa luego de que, mediante engaños telefónicos, lograran que tres familiares les transfirieran dinero creyendo que ayudaban a un pariente que tenía problemas con su vehículo.
Según explicó el Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el 21 de mayo, entre las 18 y las 21 horas, cuando uno de los acusados se comunicó con una de las víctimas y se hizo pasar por su sobrino.
Durante la conversación le dijo que había sufrido un desperfecto mecánico en su vehículo sobre la Ruta Nacional N° 22 y que necesitaba pagar cuatro meses de seguro para poder recibir asistencia.
En ese contexto, el hombre le facilitó el número de teléfono de otro de los imputados, quien continuó con el engaño simulando ser operador de la empresa de seguros.
De esta manera, las víctimas realizaron tres transferencias a una cuenta de Mercado Pago perteneciente al tercer imputado: primero $250.000, luego $180.000 y finalmente otros $180.000.
La maniobra fue descubierta cuando los damnificados lograron comunicarse con el verdadero sobrino, quien les explicó que no se encontraba en la provincia y que no había tenido ningún inconveniente con su vehículo.
La calificación legal por la cual la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos es la de ser coautores del delito de estafa, según los artículos 45 y 172 del Código Penal. Entre el sustento probatorio mencionado se encuentra la denuncia penal realizada en la Comisaría 48° del barrio Mosconi, los comprobantes de las transferencias efectuadas a través de Mercado Pago y el informe de la empresa Telecom, donde se constató la existencia de comunicaciones por teléfono de uno de los imputados y el de la víctima el día del hecho, en el lapso de tiempo señalado. También se incorporó un informe solicitado a la empresa Mercado Libre, mediante el cual se corroboró la titularidad de la cuenta que recibió el dinero y las transferencias realizadas.
«Durante la investigación de este legajo, la Fiscalía llevó adelante allanamientos en el establecimiento carcelario donde habían coincidido alojados los tres imputados, y allí se secuestraron elementos de interés para la causa», explicó la fiscal adjunta. La defensa penal pública que asiste a los tres hombres no se opuso a la formulación de cargos.
Tras escuchar a las partes, la jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y resolvió que la investigación penal preparatoria continúe hasta junio de este año.





