Seguinos

Río Negro

Inició el pago de salarios a empleados estatales rionegrinos

Con el depósito a docentes de la «A» a la «L» inició el cronograma de pago. Continuará mañana con la totalidad de los docentes. Finaliza el sábado con Poderes Legislativo, Judicial y Organismos de Control.

el

Con la acreditación de los salarios a los docentes con apellidos iniciados con letras de la “A” a la “L”, comienza hoy el cronograma de sueldos correspondiente al mes de octubre a la Administración Pública Provincial. El mismo culminará el sábado 12 con el pago a los trabajadores de los Poderes Legislativo y Judicial y Organismos de Control.

El cronograma de pagos continuará mañana miércoles con los salarios de los docentes con apellidos iniciados con letras de la “M” a la “Z”, y educadores de Escuelas Públicas de Gestión Privada. El jueves se abonarán los sueldos de los empleados de Salud Pública.

En tanto, el viernes percibirán sus haberes los empleados de la Policía de Río Negro, Servicio Penitenciario Provincial, Ley 1844, porteros, Vialidad Rionegrina y pensiones de Bomberos Voluntarios.

El pago de sueldos finalizará el próximo sábado, con los Poderes Legislativo y Judicial y Organismos de Control.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Policiales

Es ley: La Policía de Río Negro podrá usar las pistolas Taser

El objetivo de la ley es prevenir y neutralizar situaciones delictivas reduciendo el riesgo de lesiones graves y muertes.

el

La Legislatura de Río Negro aprobó este jueves (11/06) una ley que habilita a la Policía provincial a incorporar armas menos letales en sus procedimientos operativos, tales como dispositivos electrónicos de incapacitación o aerosoles irritantes. La iniciativa fue sancionada por mayoría durante la sesión parlamentaria y establece la obligatoriedad de capacitaciones técnicas y operativas para todos los efectivos que utilicen estos dispositivos.

Estas armas menos letales están diseñadas para incapacitar, disuadir o controlar a una persona disminuyendo significativamente la probabilidad de producir lesiones graves o la muerte. Entre los dispositivos autorizados se incluyen las reconocidas pistolas tipo Taser o Axon, aerosoles irritantes (comúnmente conocidos como gas pimienta), proyectiles de impacto controlado (como escopetas que disparan balas de goma o polímeros especiales), granadas aturdidoras acústicas o luminosas (flash bang) y lanzadores de agentes irritantes para control de multitudes.

La medida busca prevenir y neutralizar situaciones delictivas reduciendo el riesgo de lesiones graves, y exige que los efectivos reciban capacitación técnica y operativa obligatoria antes de su uso.

Otras leyes sancionadas

La Cámara aprobó en segunda vuelta también la creación del Colegio de Profesionales de la Psicología de Río Negro. Este organismo público no estatal estará dividido en cuatro distritos con el fin de garantizar una representación equilibrada, controlar el ejercicio ético y defender los intereses de los profesionales de la salud mental en toda la provincia.

Fue sancionada además la creación de un nuevo Juzgado en San Antonio Oeste exclusivo para el fuero de Familia, mientras que el actual organismo (Juzgado Nº9) retendrá los trámites de materia civil, comercial y de minería.

Segunda vuelta tuvo también el proyecto de ley que suspende los cortes de suministro de servicios públicos básicos (gas natural, energía eléctrica y agua) hasta el 31 de diciembre de 2027, destinado a proteger a jubilados, pensionados y usuarios en situación de vulnerabilidad socioeconómica.

Finalmente, fueron aprobadas las leyes para declarar al paraje Pilcaniyeu Viejo como Sitio Histórico Provincial, otorgándole además la categoría de Monumento Histórico a su antiguo edificio de Correos (circa 1905) y a su tradicional galpón de esquila (circa 1930) para asegurar su conservación; y la ley para cambiar la denominación de la actual Comisión de Fomento “Paso Flores”, que pasará a llamarse oficialmente “Siete Parajes”, garantizando su continuidad jurídica y administrativa bajo este nuevo nombre.

Continuar leyendo

Río Negro

Río Negro ya aplicó más de 95 mil dosis de vacunas antigripales en 2026

La Provincia ya alcanza un 72,34% de utilización de las vacunas recibidas.

el

El Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro, a través del Departamento de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles, presentó el último balance de cobertura de la Campaña de Vacunación Antigripal 2026. Con datos consolidados desde el inicio de la carga el pasado 23 de febrero hasta el corte del 10 de junio, la Provincia ya aplicó y registró un total de 95.423 dosis en todo el territorio provincial.

Este volumen de aplicaciones representa el 72,34% de optimización y uso sobre el total de las 131.900 dosis pediátricas y de adultos que la provincia recibió por parte de la cartera sanitaria nacional, evidenciando un ritmo constante de registro online en el sistema NOMIVAC por parte de las distintas áreas programa y establecimientos hospitalarios rionegrinos.

Al día de la fecha, Río Negro cuenta con coberturas de excelencia en sectores claves: el personal de salud del sistema público y privado ya alcanzó una cobertura prácticamente total del 99,5% con 10.122 dosis aplicadas, mientras que los adultos mayores de 65 años lideran nominalmente la campaña con 39.325 vacunas registradas.

Llamado urgente a sostener la inmunización en grupos priorizados

Pese al auspicioso avance general de la meta provincial, las autoridades del Ministerio de Salud hicieron especial hincapié en la necesidad de acelerar la concurrencia de aquellos grupos priorizados que aún muestran márgenes por cubrir, de cara al período de mayor circulación del virus influenza y el descenso térmico estacional.

Incentivar la vacunación en las personas embarazadas es un eje prioritario. Hasta el momento se han aplicado 3.162 dosis, lo que equivale a un 69,7% de la cobertura esperada para esta altura del año.

El equipo de salud recuerda que la vacunación antigripal es segura y obligatoria en este sector, debiendo administrarse en cada gestación y en cualquier trimestre del embarazo para conferir protección directa a la madre y, por traspaso de anticuerpos, al recién nacido durante sus primeros meses de vida.

Otro segmento que requiere especial atención de las familias es el de los niños y niñas de 6 a 24 meses de edad. Los registros provinciales marcan que se han colocado 5.212 primeras dosis (56,3% de cobertura), pero solo 1.629 menores completaron el esquema con la segunda dosis correspondiente (17,6% de cobertura). Para lograr una inmunidad efectiva frente al virus de la gripe, es indispensable que los lactantes que no tengan antecedentes vacunales previos reciban las dos dosis pautadas con un intervalo mínimo de 4 semanas.

Desglose de aplicaciones por población objetivo en Río Negro:

  • Mayores de 65 años: 39.325 dosis (No requieren indicación médica).
  • Personas de 2 a 64 años con Factores de Riesgo: 35.681 dosis (Con documentación médica que acredite patologías preexistentes).
  • Personal de Salud: 10.122 dosis (99,5% de cobertura lograda).
  • Niños de 6 a 24 meses (1ra Dosis + Única): 5.212 dosis (56,3% de cobertura).
  • Personas Embarazadas: 3.162 dosis (69,7% de cobertura).
  • Niños de 6 a 24 meses (2da Dosis): 1.629 dosis (17,6% de cobertura).
  • Personas Puérperas: 292 dosis (Hasta el egreso de la maternidad, máximo 10 días).

Rendimiento local y descentralización del operativo

La vacunación muestra un desempeño geográfico muy destacado en localidades de alta densidad poblacional. El Área Programa de General Roca lidera el registro histórico con 19.462 aplicaciones totales (destacando que su hospital procesa e integra la carga de afiliados a través de la Unidad de Carga de PAMI), seguida por San Carlos de Bariloche con 14.305 dosis, Cipolletti con 11.552 aplicaciones y la capital provincial, Viedma, con 9.316 vacunas registradas en sus centros asistenciales.

El principal propósito de esta estrategia sanitaria es reducir las internaciones, complicaciones graves, secuelas y mortalidad ocasionadas por la infección del virus de la influenza en la población más vulnerable de la Argentina.

Desde la cartera de salud provincial se recuerda a toda la comunidad que la inmunización es gratuita en todos los hospitales 36 y 191 centros de salud, constituyendo la herramienta preventiva más eficaz y solidaria para cuidar la salud de los rionegrinos. 

Continuar leyendo

Judiciales

Violencia económica: Un fallo impuso capacitación sobre masculinidades al progenitor y a su abogado

El hombre incumplió acuerdos de pago durante más de dos años y solo abonó una de las cuotas pactadas para saldar la deuda.

el

Una mujer de Cipolletti acordó en 2023 que el padre de su hijo le pagaría una cuota alimentaria equivalente al 30% del Salario Mínimo, Vital y Móvil. El convenio se firmó en el ámbito de los Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos. Desde el inicio, sin embargo, el cumplimiento fue parcial.

Con el tiempo, la situación se repitió. La mujer debió iniciar actuaciones judiciales para ejecutar el acuerdo. Denunció que el progenitor no pagaba de manera regular, pese a trabajar. Cada reclamo derivaba en una nueva intimación y, a continuación, en una nueva promesa de pago que tampoco se cumplía.

El padre se presentó en la causa y argumentó que atravesaba dificultades laborales y económicas. Dijo desconocer el monto exacto de la deuda y pidió que fuera la propia mujer quien calculara el monto. Ofreció pagar en cuotas y manifestó su «voluntad de pago». La jueza observó que la cuota se había pactado como un porcentaje del Salario Mínimo, un dato público y de fácil acceso, por lo que la cifra resultaba simple de determinar.

La mujer practicó la liquidación de lo adeudado entre 2023 y 2025. Sobre esa base, las partes alcanzaron un nuevo acuerdo de pago en cuotas. El progenitor volvió a incumplir: abonó solo una de las cuotas comprometidas.

Ante los reiterados incumplimientos, la mujer solicitó la inscripción del progenitor en el Registro de Deudores Alimentarios y la suspensión de su licencia de conducir. Él se opuso. Sostuvo que una propuesta laboral exigía conducir vehículos y que la suspensión del carnet frustraría esa posibilidad. La jueza compulsó los registros oficiales y verificó que el progenitor ya figuraba en una relación de dependencia que no había informado en el expediente.

La resolución analizó el caso con perspectiva de género. La jueza, titular de la Unidad Procesal Nº 11 de Cipolletti, señaló que el incumplimiento alimentario por parte del progenitor no conviviente constituye una forma de violencia económica hacia la madre. Recordó que la mujer cargó con el sostén cotidiano del hijo y, además, con la obligación de instar de manera permanente el cumplimiento de la prestación.

El fallo citó la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que habilita al juez a imponer medidas razonables para asegurar la eficacia de la sentencia alimentaria.

La jueza dispuso la retención directa de la cuota alimentaria por parte de la empleadora del progenitor. Ordenó también que tanto el alimentante como su abogado patrocinante realizaran el Programa de Masculinidad y Violencia de la Subsecretaría de Articulación de Políticas del Ministerio de Seguridad y Justicia de Río Negro, cuyo objetivo es promover espacios de reflexión y responsabilización.

La resolución explicó por qué la medida formativa alcanzó también al letrado. La jueza sostuvo que evitar los hechos de violencia de género depende en gran medida de erradicar los patrones socioculturales que la perpetúan, y que por eso resulta esencial la formación en derechos humanos de las mujeres. Sobre esa base, advirtió que la defensa introdujo planteos que, bajo la forma del derecho de defensa, obstaculizaron el cumplimiento efectivo de la prestación e impusieron cargas adicionales a la madre. La magistrada citó a la autora Mariel Molina de Juan, quien advierte que la dificultad para detectar la violencia económica responde a la naturalización de patrones culturales instalados también entre los operadores del derecho. Con ese argumento, la jueza ubicó al abogado dentro de ese colectivo y entendió que la capacitación debía comprenderlo.

La obligación rige para ambos, con consecuencias distintas según el rol. El inicio del programa debe acreditarse en un plazo de treinta días. Si el alimentante incumple, el fallo prevé la aplicación de una multa, la suspensión del carnet de conducir o la intervención del fiscal por desobediencia judicial. Si incumple el letrado, la resolución dispone poner el hecho en conocimiento del Colegio de Abogados.

La resolución advirtió al progenitor que, ante un nuevo incumplimiento de la cuota, se dispondrá sin más la suspensión de su licencia de conducir. La inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios quedó supeditada al resultado de la ejecución de la deuda liquidada en la causa.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement