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Caso de abuso sexual: Anularon una sentencia y deberán hacer un nuevo juicio

Así lo decidió el STJ luego de que la madre de la víctima llevara el caso al máximo tribunal. El acusado fue condenado a un año de prisión en suspenso.

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El Superior Tribunal de Justicia anuló una sentencia de juicio abreviado y ordenó que se realice el juicio oral con una más amplia participación de la víctima, en el marco de una causa en la que se investiga un abuso sexual denunciado en Roca en el año 2013, cometido contra una menor de edad.

El máximo tribunal de la provincia intervino a raíz del recurso de casación que interpuso, por derecho propio, la madre de la adolescente. Tras analizar las constancias del expediente y la homologación del acuerdo de juicio abreviado oportunamente presentado por la Fiscalía, la Defensoría de Menores y la Defensa, el STJ verificó que la mujer no había sido correctamente informada sobre su derecho a ser querellante en la causa. Por tal razón, el Tribunal concluyó que se restringió su participación en el proceso y ordenó «anular la sentencia y las actas de debate correspondientes» y «reenviar la causa al origen para que, con distinta integración, notifique a la víctima que puede ejercer su derecho a constituirse en parte querellante». También dispuso el STJ que se le otorgue un plazo «en el cual también deberá -si lo considera pertinente- formular su requisitoria de acusación o adherir a la realizada por el Ministerio Publico Fiscal y ofrecer la prueba para el juicio oral».

El fallo del Superior Tribunal tiene el voto rector del juez Sergio Barotto y la adhesión de sus pares Ricardo Apcarian y Adriana Zaratiegui.

La sentencia en análisis fue dictada por una Cámara Criminal de Roca que homologó el acuerdo de partes e impuso a un hombre la pena de 1 año de prisión en suspenso y dos años de pautas de conducta tras declararlo «autor del delito de abuso sexual simple». La madre de la víctima y su hija no intervinieron de manera directa en ese acuerdo por no ser parte querellante y su disconformidad con lo resuelto motivó el recurso de casación, al que hizo lugar el STJ en un reciente fallo.

En su presentación, la mujer recalcó que desde el inicio de la investigación su hija -de 14 años al momento del hecho- declaró haber sufrido un abuso sexual con acceso carnal y evidenció que esa agravante se mantuvo inalterable en la redacción de la imputación a lo largo de todo el proceso. Sin embargo, tanto en el auto de procesamiento como en la requisitoria fiscal de elevación a juicio y finalmente en el acuerdo de juicio abreviado, se encuadró la imputación en la figura de «abuso sexual simple», reduciendo sustancialmente la escala penal aplicable.

En su sentencia, el STJ le reconoció a la madre de la víctima la «legitimación» para presentar la casación porque si bien la mujer no había solicitado constituirse en querellante en ninguna etapa del proceso, el Tribunal advirtió que se había omitido «hacerle conocer su derecho» a serlo. Esa información debió brindársele cuando radicó la denuncia y cuando declaró como testigo.

En ese punto, el juez Barotto citó el Artículo 76 del actual Código Procesal Penal, que establece: «será obligatorio para los jueces o fiscales, según sea el caso, dentro de las primeras diligencias que ordenaren, convocar a la víctima a fin de que preste su versión en relación al hecho. En la ocasión, se le harán conocer pormenorizadamente sus derechos, especialmente el de constituirse en parte querellante, sus alcances y efectos; debiendo dejarse debida constancia en acta. (…) Serán nulas las resoluciones que dispongan el sobreseimiento del imputado o la clausura de la instrucción sin que se hubiere cumplido con esta obligación…”.

Además, agregó que “el Ministerio Público Fiscal tampoco ha cumplido adecuadamente la función que le impone el artículo 19 de la Ley Orgánica del Ministerio Público en cuanto señala que la “víctima debe ocupar un lugar preponderante en el proceso penal y corresponde al Ministerio Público Fiscal brindar el asesoramiento e información, resguardar sus intereses y velar por la defensa de sus derechos en el proceso, sin desmedro de su objetividad”.

El STJ concluyó que se vieron afectadas las garantías del debido proceso, el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva y señaló que la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres impone aplicar el principio de «amplitud probatoria» para el esclarecimiento de este tipo de delitos.

Derechos de la víctima

El Artículo 75 del Código Procesal Penal enumera una larga lista de derechos para la víctima de un delito. Entre ellos figura el derecho «a ser oída antes de la adopción de decisiones que impliquen la extinción o la suspensión de la acción penal» y «a ser informada (por la Fiscalía) desde el inicio del proceso y cada vez que lo requiera sobre el estado del trámite». También puede «examinar la causa (…) en las mismas condiciones establecidas para el imputado y su defensa» y «proponer al Fiscal diligencias conducentes a la averiguación de la verdad».

Para asegurar su contención y tranquilidad, la víctima también tiene derecho «a hacerse acompañar por una persona de su confianza» durante los actos del proceso en los que participe y a «recibir protección especial» cuando sea presumible una situación de peligro. Además, «tiene derecho a constituirse en parte querellante y, si no contare con medios suficientes para contratar un abogado particular, el Estado deberá proveérselo gratuitamente».

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Lograron recuperar los $140 millones robados al Municipio de Chichinales

Se trató de un ataque informático a la computadora de Tesorería de la comuna.

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La Municipalidad de Chichinales informó que finalmente lograron recuperar los $140.000.000 que habían sido robados de las cuentas bancarias de la comuna. A través de un comunicado informaron que se trató de un hackeo en las computadoras del área de Tesorería.

En un comunicado, desde el Ejecutivo informaron que gracias al trabajo en conjunto con el Banco Patagonia fue que se pudo lograr la recuperación de los fondos. «Fueron objeto de un ataque informático cometido a partir de la instalación de un programa malicioso (malware) en los sistemas informáticos de la comuna», indicaron.

«Se trató del accionar de atacantes externos que violaron la seguridad de la computadora de Tesorería e instalaron un software que les permitió manipularla de manera remota y realizar las transferencias», detallaron.

El intendente Lucas González admitió que «a partir de esta situación se ha dispuesto una revisión absoluta, control y actualización, de ser necesario, de todo el sistema informático de la Municipalidad a fin de evitar este tipo de acciones».

El jefe comunal agradeció especialmente la pronta respuesta de las autoridades del Banco Patagonia, apenas enterados del lamentable hecho, además de la inmediata respuesta de la Fiscalía Descentralizada de Villa Regina, autoridades provinciales y personal de la institución bancaria y del Municipio.

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Increíble: Hackearon y le robaron 140 millones de pesos a la Municipalidad de Chichinales

El intendente realizó la denuncia ayer.

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El intendente de la Municipalidad de Chichinales, Lucas González, denunció un millonario robo mediante un hackeo de las cuentas bancarias de la comuna. Se estima que los delincuentes informáticos se llevaron cerca de $140.000.000.

El jefe comunal indicó en la denuncia que se encuentra todo en proceso de investigación por parte del Banco Patagonia. Asimismo, también se efectuó la demanda correspondiente en la Policía y la Fiscalía descentralizada de Villa Regina.

González ya se reunió con las autoridades máximas de la entidad bancaria, para conocer detalles de lo ocurrido y analizar las posibles medidas para recuperar el dinero.

A su vez, se puso en marcha una investigación sumaria para poder determinar posibles responsabilidades internas.

En este sentido, la Municipalidad de Chichinales se presentará como querellante ante la Justicia con el objetivo de investigar qué fue lo que ocurrió y el destino del monto robado.

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Un médico de Roca fue denunciado por sedar y abusar de una paciente

El hecho habría ocurrido en la casa del profesional, donde también funciona su consultorio.

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Una mujer denunció en los Tribunales de General Roca que un reconocido médico de la ciudad la sedó y abusó sexualmente en su consultorio.

Según informó el diario Río Negro, la paciente concurrió a la vivienda del profesional, donde también funciona su consultorio, para retirar medicamentos para un tratamiento que lleva adelante. El médico generalista la habría sedado y posteriormente abusado sexual.

Según consta en la denuncia, la víctima habría sentido una sensación muy extraña de adormecimiento de los sentidos dentro de la vivienda del profesional, motivo por el cual no se pudo defender del abuso sexual.

La fiscal Norma Reyes es la encargada de los primeros pasos de la instrucción y ya dispuso una serie de pericias para comprobar el hecho denunciado.

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