Judiciales
Confirman multa de más de $15000 a empresa frutícola de Mainqué
Por deficientes condiciones laborales de sus trabajadores, una firma deberá abonar una multa a la Secretaría de Trabajo.

La Sala II de la Cámara del Trabajo de Roca confirmó la multa que había impuesto la Secretaría de Estado de Trabajo a una empresa frutícola de Mainqué por las deficientes condiciones laborales de sus trabajadores. El organismo administrativo había establecido la sanción económica luego de realizar inspecciones en una chacra de la SRL y de verificar el incumplimiento de diversas normas en materia de seguridad e higiene en las instalaciones, donde había 20 trabajadores permanentes al momento de la constatación.
Los jueces María del Carmen Vicente (voto rector), Gabriela Gadano y José Luis Rodríguez analizaron y rechazaron a fines de diciembre los fundamentos de la apelación y los pedidos de nulidad y caducidad formulados por la empresa y ratificaron la multa de $17.250 que había impuesto en septiembre de 2013 la Secretaría de Estado de Trabajo mediante su Resolución N° 2562/2013.
Surge de las actuaciones que dos inspectores de Higiene y Seguridad de la Secretaría y el Secretario General de UATRE concurrieron a la chacra para verificar las condiciones en las que se encontraban los trabajadores. Tras observar una serie de incumplimientos se intimó a la empresa a «que presente la documentación requerida e implemente medidas respecto de condiciones seguridad e higiene constatadas». Sin embargo, vencido el plazo otorgado, no se acreditó el cumplimiento y tras una nueva inspección finalmente se labró el acta con la multa.
El monto de la multa también fue cuestionado por la empresa y ratificado por la Cámara del Trabajo, que tuvo en cuenta «la existencia de antecedentes» de la SRL así como «la cantidad de faltas detectadas, la gravedad de las mismas y la cantidad de trabajadores constados al momento de la infracción».
Normas incumplidas
Según surge de la Resolución de la Secretaría de Trabajo, algunas de las normas laborales incumplidas fueron las siguientes:
– Ley 26.727 – Régimen de Trabajo Agrario.
Artículo 24: Vivienda. Requisitos mínimos.
«La vivienda que se provea al trabajador deberá ser sólida, construida con materiales adecuados que garanticen un adecuado estándar de confort y habitabilidad, debiendo reunir los siguientes requisitos mínimos:
a) Condiciones de seguridad, higiene, abrigo y luz natural, debiendo garantizarse medidas de prevención y saneamiento relativas a los riesgos sanitarios, epidémicos o endémicos según la zona de que se trate; (…)
e) Baño para cada grupo familiar, dotado de todos los elementos para atender las necesidades de higiene básica de la familia y que deberá como mínimo contener: inodoro, bidet, ducha y lavabo…»
– Decreto 617/97 – Reglamento de Higiene y Seguridad para la Actividad Agraria.
Artículo 4°: El empleador debe arbitrar los medios necesarios a fin de proveer el agua potable necesaria a los trabajadores que desempeñen tareas en su establecimiento y lugares de trabajo.
Artículo 5°: Cuando el empleador proveyere vivienda al trabajador, éste debe mantenerla en buen estado de aseo. El empleador debe instrumentar las acciones necesarias a fin de que la vivienda, ya sea fija o transportable, se mantenga libre de malezas a su alrededor y se encuentren controladas las fuentes de riesgos eléctricos, y de incendios, así como la posibilidad de derrumbes.
Artículo 6°: El empleador debe proveer un botiquín de primeros auxilios, que contendrá elementos de venta libre, de acuerdo al riesgo a que esté expuesto el trabajador. La Aseguradora de Riesgos del Trabajo debe aconsejar al empleador respecto del contenido de aquél, capacitándolo para la correcta utilización.
Artículo 18: Las instalaciones eléctricas deben cumplir con la reglamentación de la Asociación Electrotécnica Argentina. Será de aplicación supletoria la normativa establecida por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad.
Artículo 32: Las instalaciones y/o lugares de trabajo deberán contarán con la cantidad necesaria de matafuegos y/u otros sistemas de extinción, según las características y áreas de riesgo a proteger, la carga de fuego existente, las clases de fuegos involucrados y la distancia a recorrer para alcanzarlos.
– Ley Nº 19.587 – De higiene y seguridad en el trabajo
Artículo 8º: Todo empleador debe adoptar y poner en práctica las medidas adecuadas de higiene y seguridad para proteger la vida y la integridad de los trabajadores, especialmente en lo relativo (…) a la construcción, adaptación, instalación y equipamiento de los edificios y lugares de trabajo en condiciones ambientales y sanitarias adecuadas…»
Artículo 9º: Sin perjuicio de lo que determinen especialmente los reglamentos, son también obligaciones del empleador (…) mantener en buen estado de conservación, uso y funcionamiento las instalaciones eléctricas y servicios de aguas potables…».
Judiciales
Fue a la casa de su hermana pese a tener restricción y terminó detenido
La mujer se resguardó en la casa de una vecina mientras aguardaba la llegada de la Policía.

Personal de la Subcomisaría 67° de Stefenelli detuvo a un hombre acusado de violar una medida judicial de prohibición de acercamiento hacia su hermana, durante un procedimiento realizado en inmediaciones de calle Irlanda.
Todo comenzó cuando una mujer llamó al Centro de Emergencias 911 para advertir que su hermano se encontraba cerca de su domicilio, pese a tener vigente una restricción judicial.
Según trascendió, la denunciante regresaba a su vivienda junto a familiares cuando observó la presencia del sujeto. Ante esa situación, decidió refugiarse preventivamente en la casa de una vecina y solicitar intervención policial.
Minutos después, efectivos arribaron al lugar y localizaron al hombre en la vía pública. Tras corroborar la información en los sistemas judiciales, constataron que existía una prohibición de acercamiento dictada por la Unidad Procesal N° 16.
Ante el incumplimiento de la medida, los uniformados procedieron a la aprehensión del sujeto y su traslado a la dependencia policial, donde quedó alojado a disposición de la Justicia.
La Fiscalía de turno dispuso que permanezca detenido en el marco de una causa por desobediencia judicial hasta la audiencia de formulación de cargos.
Judiciales
Irá a juicio el hombre acusado de matar a tiros a un perro en Stefenelli
La Fiscalía sostiene que el imputado disparó al menos dos veces contra el animal, que agonizó durante horas antes de morir.

Esta mañana (13/05) se resolvió que el legajo fiscal que investiga el hecho ocurrido en Stefenelli cuando un hombre le habría disparado dos veces a un perro, avance hacia juicio. De esta manera, tanto el Ministerio Público Fiscal como la querella y la defensa penal pública presentaron los testimonios, la prueba documental y las convenciones probatorias.
El hecho que se tratará en el debate ocurrió en agosto de 2024, aproximadamente a las 17.15, en la vereda del domicilio del imputado.
«Fue así que el hombre salió de su casa con un arma de fuego semiautomática, calibre 22, amartilló la misma y efectuó al menos dos disparos a corta distancia dirigidos hacia el can macho de color blanco y marrón, cuya cuidadora es la denunciante», explicó el fiscal del caso.
«La señora se encontraba allí, cuando dos proyectiles impactaron en el cuerpo del animal. Esta acción fue desplegada por el imputado de manera deliberada, con el solo fin de lastimar y causar un sufrimiento innecesario al animal. Como consecuencia directa de las heridas, el can agonizó durante aproximadamente tres horas, hasta fallecer en la clínica veterinaria pese a los esfuerzos del veterinario, quien intentó salvarle la vida sin éxito, dada la gravedad de las heridas mencionadas», describió la Fiscalía.
La calificación legal por la cual el imputado estará frente a un Tribunal Unipersonal -dado que la pretensión punitiva no superará los 3 años de prisión- es la de crueldad animal.
Judiciales
Fue a hacer un trámite a la Policía y terminó detenida por un pedido de captura
Tras verificar sus antecedentes en el sistema, los efectivos constataron que registraba una orden de captura vigente.

Durante la mañana de este martes (12/05), personal policial del Destacamento 177° de Chacra Monte detuvo a una mujer que registraba un pedido de captura vigente en el marco de una causa judicial tramitada por la Fiscalía N° 3 de General Roca.
El procedimiento se produjo cuando la mujer se presentó en la unidad policial para realizar un trámite particular. En ese contexto, los efectivos verificaron sus datos personales en los sistemas correspondientes y detectaron que sobre ella pesaba una orden judicial vigente.
Ante la situación, el personal policial dio inmediata intervención a la Fiscalía de turno, que dispuso su detención y posterior traslado a la Ciudad Judicial para avanzar con las actuaciones correspondientes.
La mujer quedó a disposición de la Justicia mientras continúa la tramitación del legajo judicial en el que se encuentra involucrada.





