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Río Negro

Avanza la adhesión a la Ley Nacional de Emprendedores

«Se trata de una ley tendiente a promover el esfuerzo emprendedor en nuestro país y su expansión internacional, impulsando la creación de nuevas empresas», destacaron Ocampos y Agostino, impulsores del proyecto.

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La Legislatura rionegrina aprobó en primera vuelta el proyecto de ley que permite a Río Negro adherir a la Ley Nacional Nº 27.349, de Apoyo al Capital Emprendedor (FONDCE). “Una ley tendiente a promover el esfuerzo emprendedor en nuestro país y su expansión internacional, impulsando la creación de nuevas empresas y estimulando la generación de capital emprendedor en territorio argentino, poniendo a disposición diversas facilidades de carácter legal, fiscal y crediticio concurrentes a tal fin”, explicaron los legisladores autores de la iniciativa, Jorge Ocampos y Daniela Agostino, del Frente Progresista.

El proyecto propone eximir del pago del impuestos sobre los ingresos brutos, impuestos de sellos y tasas retributivas de servicios administrativos, al fondo y al fiduciario por todas las operaciones directamente relacionadas con el FONDCE que se realicen en jurisdicción de la Provincia.

“La iniciativa nació por pedido del diputado nacional Sergio Wisky”, explicó Ocampos y resaltó que “el propósito de la misma es regular concretamente dos cuestiones; por un lado, medidas tendientes a desarrollar en el país el ‘capital emprendedor’; y por otro, la creación de un nuevo tipo societario, la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS)”.

Con el fin de fomentar el capital emprendedor en el país se ha previsto un beneficio impositivo para los aportes de inversión en capital en Instituciones de Capital Emprendedor realizados por Inversores en Capital Emprendedor. El legislador progresista mencionó “entre otras medidas se ha proyectado en la norma nacional, la creación del Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE), el que se conformará como un fideicomiso que tendrá por objeto financiar Emprendimientos e Instituciones de Capital Emprendedor”.

Con respecto al nuevo tipo societario, cuya creación se estimula mediante el nuevo instrumento normativo nacional: la Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.), se pretende organizar, a través de esta nueva figura societaria, un régimen normativo que destaca y valora muy especialmente la libertad de creación de sociedades, su constitución y regulación contractual, sustentado ello en el principio de la autonomía de la voluntad y dejando librado a las partes la configuración de sus estipulaciones.

“A modo de resumen podemos decir que con esta nueva herramienta legislativa la administración nacional busca facilitar la constitución, promoción y el florecimiento de pequeñas compañías en el territorio nacional, con el fin de democratizar oportunidades y evitar obstáculos a quienes comprometidamente apuestan por una mejor calidad de vida y un país mejor”, sostuvo finalmente el legislador provincial Jorge Ocampos.

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Judiciales

El sueño de los 15: Los abuelos le regalaron un viaje a Disney y un fallo suplió la falta de autorización paterna

La madre intentó localizar al padre mediante llamados, mensajes y contactos familiares, pero no obtuvo respuesta.

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Una adolescente de Viedma podrá cumplir el sueño de viajar a Disney. El viaje, organizado como un regalo de sus abuelos por sus 15 años, generó una causa judicial ante la imposibilidad de contactar al progenitor, con quien la joven no tiene vínculo desde hace tiempo.

El caso se inició cuando la madre explicó que los abuelos maternos habían decidido obsequiarle a su nieta el viaje soñado a los parques de Orlando y Miami. La adolescente, de 14 años, había esperado ese momento desde hacía años. Sin embargo, para poder concretarlo, era necesario contar con la autorización de ambos padres, tal como exige la normativa vigente. La madre intentó localizar al padre mediante llamados, mensajes y contactos familiares, pero no obtuvo respuesta.

Ante la falta de comunicación y la urgencia por presentar la documentación ante la empresa de turismo, la mujer acudió al Poder Judicial. La jueza de Familia de Viedma ordenó la publicación de edictos en los boletines oficiales de Río Negro y Neuquén, pero el hombre nunca se presentó. En su lugar, se designó una defensora de ausentes para garantizar el debido proceso y se dio intervención a la Defensoría de Menores.

Durante la audiencia, la adolescente fue escuchada por la jueza, la defensora de menores y una integrante del equipo técnico del fuero. Contó con entusiasmo que quería conocer Disney, explicó los detalles del viaje y manifestó que no mantenía contacto con su padre desde hacía varios años. La defensora coincidió en que se trataba de un pedido legítimo y que estaban cumplidos los requisitos para otorgar la autorización judicial.

La sentencia destacó el esfuerzo de la familia para concretar el viaje, el valor simbólico del regalo y la importancia de garantizar el derecho a la recreación y a las experiencias culturales de la adolescente. En su resolución, la jueza señaló que «la autorización se otorga en beneficio de una joven que desea celebrar sus quince años con un viaje que tiene fecha de ida y regreso, con un propósito recreativo y educativo, y que no implica en modo alguno obstaculizar el contacto con el progenitor».

La autorización se concedió de manera inmediata, sin esperar la firmeza de la sentencia, para que la joven pueda presentar a tiempo la documentación exigida por la empresa organizadora. De este modo, la adolescente podrá viajar entre el 2 y el 14 de diciembre de 2025 a los Estados Unidos, acompañada por el grupo de coordinación de la agencia turística de Bahía Blanca.

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Judiciales

Un padre pidió que le fijen una cuota alimentaria para ordenar los pagos que hacía según los gastos que informaba la madre de su hijo

Lo hizo para poder organizar su economía y terminar con el esquema informal de pagos semanales que dependían de los gastos que su ex pareja le informaba.

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Sin acuerdo con la madre de sus hijos y con el argumento de tener previsibilidad en sus ingresos, un hombre presentó una demanda en el fuero de Familia de Bariloche para que le fijen una cuota alimentaria. El fallo ordenó una mensualidad equivalente a 3,5 del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM). Lo hizo, según explicó, para poder organizar su economía y terminar con el esquema informal de pagos semanales que dependían de los gastos que la madre le informaba.

En la demanda, propuso que se establezca una cuota equivalente al 30% de su facturación mensual como prestador independiente en el rubro Seguridad e Higiene. Ofreció además un piso mínimo, con actualización automática en base al SMVM. Requirió que los pagos se canalicen a través de una cuenta judicial y dejó constancia de que, durante años, había cubierto los gastos que le comunicaban, pero sin reglas claras ni previsibilidad.

La pareja tiene cuatro hijos en común, pero al momento de dictarse la sentencia, en noviembre este año, solo uno de ellos es menor de edad. Los tres restantes alcanzaron la mayoría de edad durante el proceso o celebraron acuerdos alimentarios por fuera del juicio. Por eso, la resolución se dictó exclusivamente en beneficio del hijo menor.

La madre rechazó la propuesta del padre. Negó que existiera desorden económico de su parte y sostuvo que la cifra ofrecida resultaba muy por debajo de las necesidades reales del hijo. Aportó una proyección de gastos, incluidos alquiler, alimentos, transporte, colegio privado y servicios, y solicitó una cuota mayor, también basada en el 30% de los ingresos, pero sobre una base declarada diferente.

Durante la etapa de prueba, la jueza interviniente recibió documentación escolar que confirmó que el hijo asistía a una institución privada, cuya cuota mensual, al momento de la evaluación, ascendía a $381.000. Ese pago era cubierto por el padre. También se incorporó una pericia social que describió el entorno de vida del adolescente como inestable, con una vivienda insuficiente para el grupo familiar y un deterioro progresivo en las condiciones materiales.

La unidad procesal tuvo en cuenta el dictamen final de la Defensora de Menores, quien intervino en representación del niño. El informe recomendó dictar sentencia fijando una cuota alimentaria que reflejara la capacidad económica del alimentante y garantizara el desarrollo integral del menor.

Finalmente, el fallo resolvió hacer lugar a la demanda presentada por el padre y fijó una cuota alimentaria equivalente a 3,5 del SMVM. La suma deberá depositarse entre los días 1 y 10 de cada mes en la cuenta judicial asignada en el expediente. El monto se actualiza automáticamente con cada modificación del salario mínimo.

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Política

Río Negro aseguró que más de 4.000 personas tengan su medicación gratuita

Se garantiza acceso gratuito a medicamentos para pacientes con enfermedades crónicas no transmisibles.

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El Gobierno de Río Negro entregó 4.011 tarjetas del programa Río Negro Presente Salud, una iniciativa impulsada por el gobernador Alberto Weretilneck que asegura el acceso gratuito a medicamentos para pacientes con enfermedades crónicas no transmisibles sin cobertura social.

A través de la articulación de los Ministerios de Salud y de Desarrollo Humano, se continúa intensificando la entrega en todas las localidades, que desde mayo de 2024 hasta noviembre de 2025, lleva 4.011 tarjetas entregadas, con el objetivo de garantizar que cada paciente pueda sostener sus tratamientos de forma regular y controlada.

La subsecretaria de Articulación de Programas del Ministerio de Salud, Marina Deorsola, destacó la importancia de la política provincial, no sólo en términos de salud pública sino también de impacto económico local.

Deorsola enfatizó que el programa es una estrategia que debe ser priorizada por la alta prevalencia de las Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ECNT) a nivel mundial y en Río Negro. «La idea es poder darle accesibilidad al tratamiento y, además, asegurar la atención en los hospitales y en el primer nivel de atención, en los Centros de Salud», sostuvo.

Además, explicó que el programa se centra inicialmente en los principales factores de riesgo cardiovascular: hipertensión y diabetes. En este sentido, la Tarjeta funciona como un pilar junto a la estrategia HEARTS de la OPS/OMS, que busca el diagnóstico y tratamiento basado en evidencia en los Centros de Salud.

Beneficio local y cambios en el hábito

Un aspecto fundamental de la tarjeta es su impacto en la economía de cada ciudad. «El paciente va una vez por mes a su farmacia más cercana para poder retirar la medicación. Esto significa que el dinero de la medicación queda en la economía local, beneficiando a la comunidad», indicó.

La subsecretaria también hizo hincapié en la prevención, alentando a la población a adoptar hábitos saludables. «Son mínimos cambios que generan grandes resultados. Tenemos el lema: ‘Pequeñas acciones hacen grandes cambios’. Esto tiene que ver con disminuir el consumo de sal, mejorar la alimentación y hacer 30 o 35 minutos de actividad física al día», agregó.

Detalles del programa y requisitos de acceso

El programa ha avanzado en etapas de implementación progresiva, iniciando una prueba piloto en General Conesa y expandiéndose a varias localidades. Busca beneficiar a personas que cumplen con tres requisitos fundamentales:

  • DNI: Presentar fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
    Certificación ANSES Negativa: No poseer ningún tipo de cobertura de obra social o prepaga.
    Diagnóstico Médico: Contar con el diagnóstico certificado de ECNT, con foco en hipertensión y/o diabetes, y la correspondiente indicación médica (receta)

Una vez cumplidos los requisitos, el Ministerio se encarga de realizar el circuito administrativo para que la tarjeta y la acreditación del monto lleguen a la persona. La Tarjeta permite el retiro de la medicación prescrita una vez por mes en la farmacia de cercanía.

El Ministerio de Salud reafirma su compromiso de seguir priorizando estas estrategias para controlar las ECNT y disminuir las complicaciones asociadas, como el infarto o el ACV.

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